# Ley 10004: Birrisito ya es el distrito sexto de Paraíso

- Página: https://elcenso.com/leyes/10004
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: CREACIÓN DEL DISTRITO SEXTO DEL CANTÓN DE PARAÌSO, DENOMINADO BIRRISITO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2021-08-18
- Publicada: 2021-08-18
- La Gaceta: 158
- Expediente: 22076
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1

## En resumen

La ley crea el distrito de Birrisito en Paraíso de Cartago y ordena al TSE elegir síndico y Consejo de Distrito seis meses después de que rija.

## A quién le toca

- Los habitantes de Birrisito, La Huerta, El Alto Jesús de la Misericordia (Alto Birrisito), barrio El Carmen y el Chiral, que pasan al distrito sexto de Paraíso
- Los dueños de fincas inscritas en el territorio, cuyos inmuebles el Registro Nacional traslada al distrito nuevo
- Quienes quieran ser síndico o miembro del Consejo de Distrito de Birrisito
- El Instituto Geográfico Nacional, que debe actualizar la cartografía oficial
- La Comisión Nacional de Nomenclatura, que debe aprobar el nombre

## A quién beneficia

- El distrito nuevo tiene su propio síndico y Consejo de Distrito, elegidos con organización del TSE
- Los límites quedan fijados con coordenadas oficiales del Instituto Geográfico Nacional
- Las fincas del territorio se inscriben en el distrito nuevo por gestión del Registro Nacional

## Qué cambia

- El distrito de Paraíso pierde el territorio que pasa a Birrisito
- La elección del síndico y del Consejo de Distrito se hace seis meses después de la vigencia de la ley
- El nombre no queda en firme hasta que lo apruebe la Comisión Nacional de Nomenclatura

## Explicación

### Qué cambia

Birrisito es, desde el 18 de agosto de 2021, el distrito sexto del cantón de Paraíso, en Cartago. La ley lo crea con centro administrativo en Birrisito y lo integra además con los caseríos de La Huerta, El Alto Jesús de la Misericordia (Alto Birrisito), barrio El Carmen y el Chiral ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

El artículo 2 fija los límites con coordenadas. Colinda al norte con Cipreses de Oreamuno, al este con Santiago de Paraíso, al oeste con Cot de Oreamuno y con Paraíso, y al sur con Paraíso ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)). Esos límites salen de la cartografía del Instituto Geográfico Nacional y del sistema de coordenadas CRTM05.

El Instituto Geográfico Nacional queda facultado para dibujar los límites en la cartografía oficial y declarar oficial el mapa del nuevo distrito ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

El nombre queda en firme cuando lo apruebe la Comisión Nacional de Nomenclatura ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

El Tribunal Supremo de Elecciones organiza y dirige la elección del síndico y de los miembros del Consejo de Distrito de Birrisito. Esa elección se hace seis meses después de que entre en vigencia la ley ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

El Registro Nacional traslada los bienes inmuebles al distrito nuevo. Las fincas inscritas en el distrito actual pasan al distrito 6, Birrisito, del cantón 2, Paraíso, de la provincia 3, Cartago ([art. Transitorio II](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 18 de agosto de 2021, en La Gaceta 158 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A los habitantes de Birrisito, La Huerta, El Alto Jesús de la Misericordia (Alto Birrisito), barrio El Carmen y el Chiral: pasan a formar parte del distrito sexto de Paraíso ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

A quienes tienen fincas inscritas en el territorio que ahora es Birrisito: el Registro Nacional gestiona el traslado de esos inmuebles al distrito nuevo ([art. Transitorio II](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

A los vecinos que quieran ser síndico o miembro del Consejo de Distrito: el TSE organiza esa elección seis meses después de la vigencia de la ley ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

Al Instituto Geográfico Nacional: debe representar los límites en la cartografía oficial y declarar oficial el mapa ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

A la Comisión Nacional de Nomenclatura: le toca aprobar el nombre para que quede en firme ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Una diputada dijo en el plenario que el proyecto era "una lucha de muchísimos años" impulsada por la asociación de desarrollo integral de Birrisito ([video, 02:38:56](https://www.youtube.com/watch?v=pdSGYUgAV_A&t=9536s)). La misma diputada explicó que con el distrito nuevo se busca "consolidar una población independiente administrativamente" y con oportunidad de generar mejoras económicas ([video, 02:39:24](https://www.youtube.com/watch?v=pdSGYUgAV_A&t=9564s)).

La diputada también relató la historia de la comunidad y mencionó documentos de la escuela del lugar, aunque la transcripción automática no permite copiar el nombre con certeza ([video, 02:41:40](https://www.youtube.com/watch?v=pdSGYUgAV_A&t=9700s)).

El expediente 22.076 se discutió en segundo debate el lunes 12 de julio de 2021 ([video, 02:37:58](https://www.youtube.com/watch?v=pdSGYUgAV_A&t=9478s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 168 de la Constitución dice que el territorio se divide en provincias, cantones y distritos, y que la ley puede establecer distribuciones especiales ([Constitución, art. 168](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La creación de un distrito encaja en esa facultad. El Censo no encontró choque entre la ley y ese artículo.

El artículo 168 exige dos tercios de los diputados solo para crear cantones nuevos, no distritos ([Constitución, art. 168](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 10004 crea un distrito, así que esa exigencia no le aplica.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El distrito nuevo tendrá síndico y Consejo de Distrito, que son parte de esa estructura municipal. El Censo no ve choque en ese punto.

El artículo 171 manda elegir a los regidores por cuatro años y dice que las municipalidades se instalan el primero de mayo del año correspondiente ([Constitución, art. 171](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley deja al TSE organizar la elección del síndico y del Consejo de Distrito seis meses después de la vigencia ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)). Esa elección es distinta de la de regidores, así que el Censo no encontró contradicción.

El artículo 45 protege la propiedad y permite privar de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El transitorio II traslada la inscripción de fincas de un distrito a otro en el Registro Nacional ([art. Transitorio II](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1)). Ese traslado es de registro, no de dueño. El Censo no ve aquí un choque, aunque no hay en el dossier detalle sobre cómo se hará el asiento registral.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución le viola un derecho por causa de esta ley, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, y se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla normalmente se necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Si ve un manejo irregular de fondos públicos en la municipalidad o en otra institución del sector público, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le brinda mal un servicio relacionado con este cambio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere proponer una reforma a esta ley, existe la iniciativa popular: los ciudadanos pueden presentar proyectos de ley y el TSE verifica las firmas ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha exacta se hará la elección del síndico y del Consejo de Distrito, solo que es seis meses después de la vigencia.

El dossier no dice si la Comisión Nacional de Nomenclatura ya aprobó el nombre de Birrisito.

El dossier no dice si el Instituto Geográfico Nacional ya publicó el mapa oficial del distrito.

El dossier no dice cuántas fincas se trasladaron de distrito ni cuándo terminó ese trámite.

## Frente a la Constitución

La ley crea un distrito, figura que el artículo 168 permite mediante ley. El Censo no encontró choque con los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o el órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede interponerlo, sin formalidades especiales, por memorial o por escrito (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y disposiciones generales. Normalmente requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Los ciudadanos presentan el proyecto, el TSE verifica las firmas y luego lo traslada a la Asamblea Legislativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 10004: CREACIÓN DEL DISTRITO SEXTO DEL CANTÓN DE PARAÌSO, DENOMINADO BIRRISITO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-08-18. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #23, lunes 12 de julio 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-07-13. https://www.youtube.com/watch?v=pdSGYUgAV_A
3. Ley 10004 en SINALEVI: Creación del distrito sexto del cantón de Paraíso, denominado Birrisito (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/07/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=94991&param2=126687&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

CREACIÓN DEL DISTRITO SEXTO DEL CANTÓN DE
PARAÍSO, DENOMINADO BIRRISITO

DECRETO LEGISLATIVO N.° 10004

EXPEDIENTE N.° 22.076

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10004

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

CREACIÓN DEL DISTRITO SEXTO DEL CANTÓN DE
PARAÍSO, DENOMINADO BIRRISITO

### ARTÍCULO 1- Creación de distrito

Se crea el distrito 6° del cantón de Paraíso de la provincia de Cartago, denominado Birrisito, cuyo centro administrativo será Birrisito. El distrito estará integrado además por los caseríos de La Huerta, El Alto Jesús de la Misericordia (Alto Birrisito), barrio El Carmen, el Chiral.

### ARTÍCULO 2- Descripción de los límites del distrito

El distrito Birrisito tendrá la siguiente descripción de límites, los cuales fueron determinados con fundamento en:

a) Información geográfica fundamental sobre la División Territorial Administrativa (DTA) de la República de Costa Rica, a la escala 1:5.000, denominada IGF_CR_DTA_5.000, según directriz DIG-001-2017, de 28 de junio de 2017, oficializada por el Instituto Geográfico Nacional, vía publicación en La Gaceta 133, de 13 de julio de 2017.

b) Decreto Ejecutivo 40962-MJP, de 24 de enero de 2018, publicado en La Gaceta 66, de 17 de abril de 2018, sobre “Actualización del Sistema Geodésico de Referencia Horizontal Oficial para Costa Rica”, que establece a CR-SIRGAS como el sistema de referencia horizontal oficial para la República de Costa Rica, y su proyección cartográfica asociada CRTM05.

c) La cartografía oficial vigente elaborada por el Instituto Geográfico Nacional, a la fecha de promulgación de esta ley, y con las coordenadas en el sistema de proyección cartográfica oficial CRTM05.

El distrito colinda:

Al Norte: con el distrito Cipreses, cantón de Oreamuno.

Al este: con el distrito Santiago, cantón de Paraíso.

Al oeste: con el distrito Cot, cantón de Oreamuno y con el distrito Paraíso, cantón de Paraíso.

Al sur: con el distrito de Paraíso, cantón de Paraíso.

Inicia en el punto donde se intersecan los límites del distrito de Cipreses de Oreamuno con el límite del distrito Santiago de Paraíso, justo en el cruce de un afluente del río Parruás con la calle Del Cerro, a partir de este vértice se continúa aguas abajo por centro de cauce del afluente y luego sobre el río Parruás, hasta el punto de coordenadas de longitud este: 518239,35 y latitud norte: 1089262,31 aproximadamente.

De este punto se continúa sobre la línea de centro de la vía férrea hacia el suroeste hasta alcanzar el punto de coordenadas de longitud este: 516725,22 y latitud norte: 1087995,8 aproximadamente, intersección con el vértice suroeste del cementerio de Birrisito, a partir de este punto se continúa al norte hasta al punto de coordenadas de longitud este: 516672,92 y latitud norte: 1088097,32 aproximadamente, luego se continúa hacia el este bordeando la propiedad del cementerio hasta alcanzar la ruta cantonal en el punto de coordenadas de longitud este: 516784,69 y latitud norte: 1088143,07 aproximadamente.

Siguiendo el noroeste sobre la línea de centro de la ruta cantonal y luego sobre la ruta 10 se alcanza una intersección con la ruta cantonal en el punto de coordenadas de longitud este: 515749,6 y latitud norte: 1088595,17 aproximadamente. A partir de este punto se toma la línea de centro de la ruta cantonal hacia el este y a unos 120 m aproximadamente, se toma una calle al norte y luego al noroeste, cruzando la localidad de Cerro Grande hasta alcanzar a unos 2800 m el punto de coordenadas de longitud este: 514475,29 y latitud norte: 1090199,06 aproximadamente, en intersección con camino vecinal.

Sobre este camino se continúa primero al este y luego al norte por la línea de centro de calle hasta intersecar la calle Del Cerro, calle que es límite distrital con Cot de Oreamuno, en el punto de coordenadas de longitud este: 514672,11 y latitud norte: 1090820,33 aproximadamente. Sobre la línea de centro de la calle Del Cerro se continúa hacia el noreste hasta alcanzar el punto de origen de esta descripción.

Figura 1. Distrito propuesto de Birrisito (06), del cantón Paraíso (2), provincia de Cartago (3).

### ARTÍCULO 3- Declaratoria oficial del mapa

Se faculta al Instituto Geográfico Nacional para que represente en la cartografía oficial los límites descritos en el artículo segundo y se declare oficial el mapa de este nuevo distrito preparado por esta institución.

### ARTÍCULO 4- Firmeza del nombre del nuevo distrito

El nombre de este distrito quedará en firme cuando lo apruebe la Comisión Nacional de Nomenclatura.

### ARTÍCULO 5- Elección de los miembros del Consejo de Distrito y síndicos

La elección de los miembros del Consejo de Distrito y síndicos del distrito de Birrisito será organizada y dirigida por el Tribunal Supremo de Elecciones, seis meses después de que entre en vigencia la presente ley.

### TRANSITORIO I- Si ocurriera el impedimento establecido en el artículo 2 del Reglamento para la Formulación de la División Administrativa Electoral, Decreto del Tribunal Supremo de Elecciones número 06-2014, la presente ley entrará en vigencia el día hábil siguiente a la celebración de las elecciones de que se trate para designar a las autoridades municipales o, en su defecto, el día hábil siguiente a las elecciones nacionales para elegir presidente, vicepresidentes y diputados.

### TRANSITORIO II- El Registro Nacional gestionará el traslado de los bienes inmuebles al distrito creado. Siendo que las fincas inscritas en el distrito actual pasarán a formar parte del distrito 6°, Birrisito, del cantón 2°, Paraíso, de la provincia 3°, Cartago.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los doce días del mes de julio del año dos mil veintiuno.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Silvia Hernández Sánchez
Presidenta

Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández Aida María Montiel Héctor
Segunda secretaria Primera prosecretaria
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil veintiuno.

Ejecútese y publíquese

CARLOS ALVARADO QUESADA

Michael Soto Rojas
Ministro de Gobernación y Policía

Sanción: 28-07-2021
Publicación: 18-08-2021 Gaceta: 158

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10004). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.