# Ley 10033: Carrillo dona un terreno al acueducto de Paso Tempisque

- Página: https://elcenso.com/leyes/10033
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE CARRILLO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DEL ACUEDUCTO DE PASO TEMPISQUE DE CARRILLO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2021-10-19
- Publicada: 2021-10-19
- La Gaceta: 201
- Expediente: 21829
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1

## En resumen

La ley desafecta un terreno municipal en Palmira de Carrillo y autoriza donarlo a la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque para tanques de agua potable.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Carrillo, que desafecta y dona el terreno
- La Asociación del Acueducto de Paso Tempisque, que recibe el terreno
- Los vecinos de Paso Tempisque que usan el acueducto
- La Notaría del Estado y la Procuraduría General de la República, que tramitan la escritura

## A quién beneficia

- La Asociación del Acueducto de Paso Tempisque recibe un terreno de 327,44 metros cuadrados
- Los vecinos de Paso Tempisque obtienen un sitio para tanques y construcciones de agua potable

## Qué cambia

- El terreno solo puede usarse para tanques y construcciones de agua potable
- Si la Asociación cambia el uso o se disuelve, el terreno vuelve a la Municipalidad de Carrillo
- La Municipalidad de Carrillo pierde el terreno de su patrimonio

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio a una asociación con nombre propio** (1): La ley nombra a una sola asociación como donataria del terreno municipal, sin concurso ni comparación con otras opciones. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo para que done el bien inmueble desafectado y descrito en el párrafo anterior a la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque, cédula jurídica número tres - cero cero dos- dos tres cero dos seis cero (3-002-230260)."

## Explicación

### Qué cambia

La ley saca un terreno del uso público de la Municipalidad de Carrillo y permite que se done a la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)). El terreno mide 327,44 metros cuadrados y está en el distrito 03, Palmira, cantón 05, Carrillo, provincia de Guanacaste.

El artículo 1 describe los linderos: al norte y al sur con resto de Ismael Chaves Chaverri, al este con Mabel Castañeda Álvarez y al oeste con calle pública de 11,92 metros ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)). La matrícula es 157280-000 y el plano catastrado es G-1125375-2006.

La Municipalidad de Carrillo queda autorizada para hacer la donación a la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque, cédula jurídica 3-002-230260 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

El terreno donado solo puede usarse para tanques de almacenamiento y las construcciones necesarias para dar agua potable a la población de Paso Tempisque ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)). Si la Asociación cambia el uso o se disuelve, el terreno vuelve a ser propiedad de la Municipalidad de Carrillo.

La Notaría del Estado confecciona la escritura de traspaso y la inscribe en el Registro Nacional ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)). La Procuraduría General de la República corrige los defectos que señale el Registro Nacional.

La ley rige desde su publicación, el 19 de octubre de 2021, en la Gaceta 201 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A la Municipalidad de Carrillo, que pierde el terreno de su patrimonio y queda autorizada para donarlo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

A la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque, que recibe el terreno con una condición: usarlo solo para el servicio de agua potable ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

A los vecinos de Paso Tempisque, que según el texto reciben el terreno para albergar los tanques de almacenamiento y las construcciones del acueducto ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

A la Notaría del Estado y a la Procuraduría General de la República, que tramitan la escritura y corrigen los defectos del Registro Nacional ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley sigue vigente y SINALEVI muestra una sola versión de la norma, sin observaciones de la Procuraduría [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1).

El texto vigente del artículo 3 agrega al final la frase "Rige a partir de su publicación" [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1). El texto aprobado cerraba el artículo 3 sin esa frase ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)). El resto del artículo es igual en las dos versiones.

### Lo que se dijo en la Asamblea

La Comisión de Guanacaste puso el expediente 21 1829 en agenda para el martes 2 de marzo de 2021, con audiencia virtual del consejo municipal de Bagaces ([video, 00:03:33](https://www.youtube.com/watch?v=IJF82-r1EYE&t=213s)).

En esa sesión, la diputada Gina Montiel presentó una moción para dispensar la lectura de las mociones del artículo 137 del expediente 21 1829 ([video, 00:15:56](https://www.youtube.com/watch?v=IJF82-r1EYE&t=956s)). La moción se aprobó ([video, 00:17:19](https://www.youtube.com/watch?v=IJF82-r1EYE&t=1039s)).

El Plenario aprobó el expediente 21 1829 en segundo debate el 25 de agosto de 2021, con 39 votos a favor y 0 en contra ([video, 00:50:53](https://www.youtube.com/watch?v=23SgpfX6Pp0&t=3053s)).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución protege la propiedad y permite privar de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no expropia: desafecta un bien municipal y autoriza donarlo, así que el Censo no encontró choque en ese punto ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

El artículo 170 reconoce la autonomía municipal ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley autoriza a la Municipalidad de Carrillo a donar, no la obliga, así que la decisión queda en manos del municipio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

El artículo 50 reconoce el derecho humano de acceso al agua potable ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino del terreno, tanques y construcciones para agua potable, calza con ese derecho ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1)).

El artículo 121 da a la Asamblea la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley se tramitó en dos debates y recibió sanción el 27 de setiembre de 2021 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Paso Tempisque y el acueducto no cumple el destino del terreno, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República, que fiscaliza a las municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la plataforma de servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en el servicio de agua, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes, que protege los derechos ante el mal funcionamiento de los servicios públicos ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si un acto concreto de la Municipalidad o de la Asociación viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo, que cualquier persona puede presentar ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se presenta dentro de dos meses desde que usted tuvo noticia cierta de la violación, cuando se trata de derechos patrimoniales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la donación ya se inscribió en el Registro Nacional.

El dossier no dice cuánto vale el terreno ni si la Municipalidad de Carrillo aprobó la donación en concejo.

El dossier no incluye el audio de la audiencia del 2 de marzo de 2021 donde se discutió el expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre la ley y los artículos revisados de la Constitución. La ley autoriza una donación municipal con un destino fijo y no expropia ni obliga al municipio.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, teléfono 2501-8000 o 2501-8025, portal institucional o correo contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Se presenta por memorial, telegrama u otro medio escrito, dentro de dos meses desde que tuvo noticia cierta de la violación (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)

## Fuentes

1. Ley 10033: DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE CARRILLO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DEL ACUEDUCTO DE PASO TEMPISQUE DE CARRILLO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-10-19. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10033 en SINALEVI: Desafectación de un bien inmueble propiedad de la Municipalidad de Carrillo y autorización para que lo done a la Asociación del Acueducto de paso Tempisque de carrillo (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 27/09/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95387&param2=127335&param3=1
3. Comisión de Guanacaste, martes 02 marzo 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-03-02. https://www.youtube.com/watch?v=IJF82-r1EYE
4. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #17, miércoles 25 de agosto 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-08-25. https://www.youtube.com/watch?v=23SgpfX6Pp0
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE CARRILLO Y AUTORIZACIÓN PARA
QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DEL ACUEDUCTO
DE PASO TEMPISQUE DE CARRILLO

DECRETO LEGISLATIVO N.° 10033

EXPEDIENTE N.° 21.829

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10033

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE CARRILLO Y AUTORIZACIÓN PARA
QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DEL ACUEDUCTO
DE PASO TEMPISQUE DE CARRILLO

### ARTÍCULO 1- Se desafecta del uso y dominio públicos el terreno propiedad de la Municipalidad de Carrillo, cédula jurídica tres – cero uno cuatro- cero cuatro dos uno cero cuatro (3-014-042104), inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles, partido de Guanacaste, matrícula de folio real número uno cinco siete dos ocho cero – cero cero cero (157280-000) que se describe de la siguiente manera: terreno para construir, situado en el distrito 03, Palmira; cantón 05, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linda al norte y al sur con resto de Ismael Chaves Chaverri; al este, con Mabel Castañeda Álvarez y, al oeste, con calle pública con once metros con noventa y dos decímetros (11,92 m). Mide trescientos veintisiete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (327,44 m2), de acuerdo con el plano catastrado número G- uno uno dos cinco tres siete cinco – dos cero cero seis (G-1125375-2006).

Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo para que done el bien inmueble desafectado y descrito en el párrafo anterior a la Asociación del Acueducto de Paso Tempisque, cédula jurídica número tres - cero cero dos- dos tres cero dos seis cero (3-002-230260).

### ARTÍCULO 2- El bien inmueble donado se destinará a albergar los tanques de almacenamiento y las construcciones necesarias para brindar de la mejor manera el servicio de agua potable a la población de Paso Tempisque.

La Asociación donataria no podrá variar el uso o destino del bien inmueble que mediante esta ley se autoriza donar; en caso de hacerlo o de que la Asociación se disuelva, el inmueble pasará a ser propiedad de la Municipalidad de Carrillo.

### ARTÍCULO 3- Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de traspaso del bien inmueble y proceda a su inscripción en el Registro Nacional. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil veintiuno.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Silvia Hernández Sánchez
Presidenta

Aracelly Salas Eduarte Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández
Primera secretaria Segunda secretaria

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintiuno.

Ejecútese y publíquese

CARLOS ALVARADO QUESADA

Dr. Daniel Salas Peraza
Ministro de Salud

Sanción: 27-09-2021
Publicación: 19-10-2021 Gaceta: 201

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10033). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.