# Ley 10050: Agosto es el mes de la afrodescendencia y el 31 es feriado sin pago obligatorio

- Página: https://elcenso.com/leyes/10050
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARATORIA DEL MES DE AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA REFORMA DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 9526, LEY PARA DECLARAR AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA, DE 22 DE MARZO DE 2018; REFORMA DEL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2, CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO DE 1943; Y REFORMA DEL TRANSITORIO AL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2, CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2021-11-22
- Publicada: 2021-11-22
- La Gaceta: 225
- Expediente: 20989
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1

## En resumen

La ley declara agosto como mes histórico de la afrodescendencia y fija el 31 de agosto como Día de la Persona Negra, un feriado que no obliga al patrono a pagar.

## A quién le toca

- Patronos: el 31 de agosto es feriado pero no de pago obligatorio
- Trabajadores: el 31 de agosto no genera pago obligatorio
- Personas que organizan actividades del 31 de agosto: esa es la fecha oficial
- Quienes planifican viajes: el transitorio mueve feriados a lunes o domingos entre 2020 y 2024

## A quién beneficia

- La afrodescendencia tiene un mes histórico declarado por ley
- El 31 de agosto queda como fecha oficial del Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense
- El sector turismo recibe traslados de feriados a lunes y domingos entre 2020 y 2024

## Qué cambia

- El 31 de agosto no obliga al patrono a pagar
- El 2 de agosto y el 1 de diciembre tampoco son de pago obligatorio
- La ley rige desde el 22 de noviembre de 2021
- El título de la ley fue corregido por Fe de Erratas en marzo de 2022

## Cláusulas a revisar

- **Feriado sin pago obligatorio** (148): El 31 de agosto se declara feriado, pero el texto dice que su pago no será obligatorio. Lo mismo pasa con el 2 de agosto y el 1 de diciembre. Texto: "Los días 2 y 31 de agosto y el 1° de diciembre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio."
- **Traslado de feriados para el turismo** (3): El transitorio mueve el disfrute de varios feriados a lunes o domingos entre 2020 y 2024. El texto dice que busca fomentar la visitación interna y la reactivación económica, sobre todo del turismo. Texto: "Todo lo anterior, con el propósito de fomentar la visitación interna y la reactivación económica en todas las regiones del país, particularmente del sector turismo."

## Explicación

### Qué cambia

Agosto queda declarado como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica. El 31 de agosto de cada año es la fecha oficial para celebrar el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

La ley también reformó el artículo 148 del Código de Trabajo. Ahí se fija cuáles feriados son de pago obligatorio y cuáles no ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

Los feriados de pago obligatorio son: 1 de enero, 11 de abril, Jueves y Viernes Santos, 1 de mayo, 25 de julio, 15 de agosto, 15 de setiembre y 25 de diciembre ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El 2 y el 31 de agosto y el 1 de diciembre son feriados, pero su pago no es obligatorio ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El artículo 3 reformó un transitorio del mismo artículo 148. Ese transitorio reparte el disfrute de varios feriados entre 2020 y 2024 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

Para el 31 de agosto de los años 2021, 2022 y 2023, el disfrute se traslada al domingo posterior ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El texto dice que esos traslados buscan fomentar la visitación interna y la reactivación económica, sobre todo del turismo ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 22 de noviembre de 2021, en La Gaceta 225 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A los patronos: el 31 de agosto es feriado, pero no están obligados a pagarlo ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

A los trabajadores: el 31 de agosto no les genera pago obligatorio, aunque sea feriado ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

A las personas que organizan actividades del 31 de agosto: la fecha oficial de celebración es esa ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

A quienes planifican viajes o actividades turísticas: el transitorio mueve el disfrute de varios feriados a lunes o domingos entre 2020 y 2024 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que, mediante Fe de Erratas publicada en La Gaceta N° 50 del 15 de marzo de 2022, se corrigió el título de la norma [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1).

El texto aprobado y el vigente coinciden en el contenido de los artículos. La corrección fue en el título [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1).

La Ley 9526, que esta ley reforma, sigue vigente. Su artículo 1 quedó así reformado por la Ley 10050 [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=86358&param2=127871&param3=1).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre esta ley. La sesión ordinaria #69 del 22 de noviembre de 2021 discute el presupuesto nacional y otros expedientes ([video, 00:55:11](https://www.youtube.com/watch?v=oUn0MRyjFFs&t=3311s)).

También se menciona el expediente 21.810, reforma al artículo 14 del Código Municipal ([video, 02:53:40](https://www.youtube.com/watch?v=oUn0MRyjFFs&t=10420s)).

La sesión extraordinaria #38 del 3 de noviembre de 2021 trata otros proyectos, como la reelección en el Banco Central ([video, 00:16:39](https://www.youtube.com/watch?v=3EIkzPEQmas&t=999s)).

La sesión ordinaria #101 del 22 de noviembre de 2022 discute el expediente 21.434, ley del trabajador independiente ([video, 01:10:17](https://www.youtube.com/watch?v=M52gUe2qcr0&t=4217s)).

Ninguna de las grabaciones del dossier menciona la Ley 10050 ni el mes de la afrodescendencia.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución del dossier.

El artículo 33 dice que toda persona es igual ante la ley y prohíbe la discriminación contraria a la dignidad humana ([Constitución, art. 33](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La declaratoria de un mes histórico para la afrodescendencia calza con ese principio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El artículo 56 dice que el trabajo es un derecho y una obligación con la sociedad ([Constitución, art. 56](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 148 del Código de Trabajo regula feriados y pagos, lo cual es materia laboral ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar y reformar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley reformó la Ley 9526 y el Código de Trabajo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

El artículo 89 incluye entre los fines culturales proteger el patrimonio histórico y artístico de la Nación ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La declaratoria de un mes histórico puede ubicarse en ese fin ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si un patrono le niega el pago del 31 de agosto, revise primero el artículo 148 del Código de Trabajo. Ahí dice que ese feriado no es de pago obligatorio ([art. 148](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1)).

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El recurso de amparo se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación. También hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

La acción de inconstitucionalidad procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para interponerla, por regla general debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si detecta un manejo irregular de fondos públicos en la organización de actividades oficiales, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le brinda un mal servicio relacionado con esta ley, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja ante la Defensoría ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere proponer una reforma a esta ley, existe la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto costó la publicación ni si hubo campaña oficial.

El dossier no indica si alguna institución quedó encargada de organizar las actividades de agosto.

El dossier no aclara si el feriado del 31 de agosto aplica igual para el sector público y el privado.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10050 y los artículos de la Constitución del dossier. La declaratoria calza con el principio de igualdad y la reforma laboral entra en la potestad de la Asamblea.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor u órgano autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo, en cualquier tiempo mientras subsista la violación o hasta dos meses después de que cesen sus efectos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales que infrinjan normas constitucionales. Por regla general requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, o al 2501-8000 o 2501-8025 (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- SINALEVI registra observaciones sobre esta ley; ver la sección SINALEVI.

## Fuentes

1. Ley 10050: DECLARATORIA DEL MES DE AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA REFORMA DEL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 9526, LEY PARA DECLARAR AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA, DE 22 DE MARZO DE 2018; REFORMA DEL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2, CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO DE 1943; Y REFORMA DEL TRANSITORIO AL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2, CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-11-22. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10050 en SINALEVI: Declara el mes de agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/10/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=95748&param2=127868&param3=1
3. Ley 9526: Ley para declarar agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 22/03/2018. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=86358&param2=127871&param3=1
4. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #69, lunes 22 de noviembre 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-11-22. https://www.youtube.com/watch?v=oUn0MRyjFFs
5. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #38, miércoles 03 de noviembre 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-11-03. https://www.youtube.com/watch?v=3EIkzPEQmas
6. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #101, martes 22 de noviembre 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-11-23. https://www.youtube.com/watch?v=M52gUe2qcr0
7. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
8. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PLENARIO

DECLARATORIA DEL MES DE AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA REFORMA DEL ARTÍCULO 1
DE LA LEY 9526, LEY PARA DECLARAR AGOSTO COMO EL MES
HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA,
DE 22 DE MARZO DE 2018; REFORMA DEL PRIMER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2,
CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO
DE 1943; Y REFORMA DEL TRANSITORIO
AL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2,
CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27
DE AGOSTO DE 1943
(Así corregido mediante fe
de erratas de 15 de marzo
de 2022, publicada en
La Gaceta 50)

DECRETO LEGISLATIVO N.° 10050

EXPEDIENTE N.° 20.989

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10050

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

DECLARATORIA DEL MES DE AGOSTO COMO EL MES HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA REFORMA DEL ARTÍCULO 1
DE LA LEY 9526, LEY PARA DECLARAR AGOSTO COMO EL MES
HISTÓRICO DE LA AFRODESCENDENCIA EN COSTA RICA,
DE 22 DE MARZO DE 2018; REFORMA DEL PRIMER
PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2,
CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27 DE AGOSTO
DE 1943; Y REFORMA DEL TRANSITORIO
AL ARTÍCULO 148 DE LA LEY 2,
CÓDIGO DE TRABAJO, DE 27
DE AGOSTO DE 1943

### ARTÍCULO 1- Se reforma el artículo 1 de la Ley 9526, Ley para Declarar Agosto como el Mes Histórico de la Afrodescendencia en Costa Rica, de 22 de agosto de 2018. El texto es el siguiente:

### Artículo 1- Se declara agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica y el 31 de agosto de cada año como la fecha oficial para celebrar el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.

### ARTÍCULO 2- Se reforma el primer párrafo del artículo 148 de la Ley 2, Código de Trabajo, de 26 de agosto de 1943. El texto es el siguiente:

### Artículo 148- Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1° de enero, el 11 de abril, el Jueves y Viernes Santos, el 1° de mayo, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 y 31 de agosto y el 1° de diciembre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio.

[…]

### ARTÍCULO 3- Se reforma el transitorio al artículo 148 de la Ley 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943. El texto es el siguiente:

### Transitorio al artículo 148- Por única vez, el disfrute del feriado correspondiente a las fechas 25 de julio y 15 de agosto de 2020 se trasladará al día lunes inmediato posterior; el correspondiente a las fechas 15 de setiembre y 1° de diciembre de 2020, al día lunes inmediato anterior.

El disfrute del feriado correspondiente a las fechas 1° de mayo y 25 de julio de 2021 se trasladará al lunes inmediato posterior y, el correspondiente a las fechas 15 de setiembre y 1° de diciembre de 2021, al lunes inmediatamente anterior.

El disfrute del feriado correspondiente a las fechas 15 de setiembre y 1° de diciembre de 2022 se trasladará al lunes inmediato posterior.

El disfrute del 31 de agosto de los años 2021, 2022 y 2023 se trasladará al domingo posterior.

El disfrute de los días feriados 11 de abril, 25 de julio y 15 de agosto de 2023 se trasladará al lunes inmediato precedente.

Por último, el disfrute del feriado correspondiente a las fechas 11 de abril, 25 julio y 15 de agosto de 2024 se trasladará al lunes inmediato siguiente.

Todo lo anterior, con el propósito de fomentar la visitación interna y la reactivación económica en todas las regiones del país, particularmente del sector turismo. Las actividades oficiales correspondientes a las conmemoraciones referidas para las fechas indicadas, cuanto así proceda, se realizarán el propio día dispuesto.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil veintiuno.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Silvia Hernández Sánchez
Presidenta

Aracelly Salas Eduarte Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández
Primera secretaria Segunda secretaria
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

Ejecútese y publíquese

CARLOS ALVARADO QUESADA

Guiselle Cruz Maduro
Ministra de Educación Pública

Silvia Lara Povedano
Ministra de Trabajo y Seguridad Social

Sanción: 25-10-2021
Publicación: 22-11-2021 Gaceta: 225

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10050). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.