El Censo
Ley10065Vigente
LeyRige desde 2021-11-261 lectura

El Hogar San Buenaventura de Turrialba es benemérito de la Patria

Una ley declara benemérita a una institución de Turrialba que cuida adultos mayores; no crea obligaciones ni gastos para la gente.

Título oficial DECLARATORIA DEL HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENVENTURA DE TURRIALBA COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRICA DE LA PATRIA

A quién le toca

  • El Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, que recibe el título de Institución Benemérita de la Patria
  • Ningún grupo de vecinos o familias recibe obligaciones nuevas por esta ley

A quién beneficia

  • El hogar queda declarado Institución Benemérita de la Patria
  • El reconocimiento consta en una ley publicada en La Gaceta 229, Alcance 241

Qué cambia

  • No hay montos, plazos ni multas en el texto
  • No se crea un trámite nuevo para la ciudadanía
  • La ley ya rige desde su publicación el 26 de noviembre de 2021

La explicación completa

Qué cambia

La ley declara al Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria (art. ÚNICO). El texto vigente en SINALEVI dice lo mismo y agrega que rige a partir de su publicación 2.

El decreto es el 10065 y el expediente es el 22.426 (art. ÚNICO). La Asamblea lo aprobó el 13 de octubre de 2021 en la Comisión Legislativa Plena Tercera. El Poder Ejecutivo lo sancionó el 18 de noviembre de 2021 y se publicó el 26 de noviembre de 2021 en La Gaceta 229, Alcance 241 1.

La declaratoria no fija montos, plazos ni multas. Tampoco crea un trámite para nadie. Es un reconocimiento con nombre propio a una institución (art. ÚNICO).

A quién le toca

Al Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, que recibe el título de Institución Benemérita de la Patria (art. ÚNICO). El texto no impone deberes a vecinos, familias ni empresas.

El texto tampoco menciona a los adultos mayores del hogar como beneficiarios directos de un derecho nuevo. Solo nombra a la institución (art. ÚNICO).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y SINALEVI registra una sola versión de la norma 2. La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta indicada.

El texto vigente cambia la forma del artículo único respecto del aprobado. El aprobado dice: "Se declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, ubicado en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria" (art. ÚNICO). El vigente dice: "Se declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, ubicado en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria. Rige a partir de su publicación" 2.

La diferencia es de formato y de redacción. El sentido de la declaratoria no cambia entre las dos versiones 2.

Lo que se dijo en la Asamblea

La comisión de Cartago dictaminó afirmativamente el expediente 22.426 00:00:09. Representantes del hogar informaron que el lugar cuenta con 70 adultos mayores y que goza de gran prestigio y simpatía por parte de la población 00:00:22.

En otra sesión, un diputado pidió revisar un proyecto para exonerar del IVA a los hogares de ancianos, que estaba en trámite legislativo 02:01:22. Ese pedido no forma parte del texto de la ley 10065.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre esta declaratoria y los artículos de la Constitución del dossier. La Constitución manda al Estado dar protección especial a las personas adultas mayores Constitución, art. 51. La ley reconoce a una institución que atiende a esa población (art. ÚNICO).

La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121. El proyecto siguió el trámite de dos debates, sanción y publicación que pide la Constitución Constitución, art. 124.

Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige, así que no hay comisión ni debate donde opinar sobre ella. Las vías son otras.

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo o de un adulto mayor, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo y se plantea contra el servidor o el órgano que causó el agravio guía, p. 22.

Si cree que una norma o un acto de autoridad choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos guía, p. 24.

Si ve un manejo irregular de fondos públicos en el hogar, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia se presenta en persona, por teléfono, por el portal o por correo guía, p. 68.

Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.

Para cambiar esta ley, la vía es una iniciativa popular de reforma. El proyecto se presenta con firmas ciudadanas y el Tribunal Supremo de Elecciones las verifica antes de enviarlo a la Asamblea guía, p. 26.

Lo que no sabemos

El dossier no dice qué beneficios concretos, si alguno, da el título de benemérita a la institución.

El dossier no incluye el texto completo de la sesión donde se aprobó el proyecto en el Plenario.

El dossier no permite saber cuántas personas trabajan en el hogar ni cuál es su situación financiera.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La declaratoria calza con la protección especial que la Constitución da a las personas adultas mayores y siguió el trámite legislativo.

  1. Constitución, art. 51"La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado. Igualmente, tendrán derecho a esa protección la madre, el niño y la niña, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad."
    Esta ley, art. ÚNICO"Se declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, ubicado en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria."

    Sin choque aparente La Constitución ordena proteger a las personas adultas mayores. La ley reconoce a una institución que las atiende, así que va en la misma dirección.

  2. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
    Esta ley, art. ÚNICO"Se declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, ubicado en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria."

    Sin choque aparente La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes. Esta declaratoria es una ley y salió de la Asamblea.

  3. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
    Esta ley, art. ÚNICO"Rige a partir de su publicación."

    Sin choque aparente El texto indica que rige desde su publicación. El dossier registra sanción el 18 de noviembre de 2021 y publicación el 26 de noviembre de 2021.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:09

    "la comisión de cartago dictaminó afirmativamente el expediente 22 mil 426"

    DICTAMINADO BENEMERITAZGO PARA HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENAVENTURA DE TURRIALBA

  • 00:00:22

    "representantes del hogar informaron que el lugar cuenta con 70 adultos mayores y que goza de gran prestigio y simpatía por parte de la población"

    DICTAMINADO BENEMERITAZGO PARA HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENAVENTURA DE TURRIALBA

  • 02:01:22

    "presente proyectos para ayudar a exonerar del iba a los hogares de ancianos ahí está en trámite legislativo"

    Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #32, martes 19 de octubre 2021

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 10065: DECLARATORIA DEL HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENVENTURA DE TURRIALBA COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRICA DE LA PATRIA Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-11-26
  2. Ley 10065 en SINALEVI: Declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba como Institución Benemérita de la Patria (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 18/11/2021
  3. DICTAMINADO BENEMERITAZGO PARA HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENAVENTURA DE TURRIALBA Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-08-24
  4. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #32, martes 19 de octubre 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-10-19
  5. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • SINALEVI registra observaciones sobre esta ley; ver la sección SINALEVI.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA TERCERA

DECLARATORIA DEL HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENVENTURA DE TURRIALBA COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA

DECRETO LEGISLATIVO N.° 10065

EXPEDIENTE N.° 22.426

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10065

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

DECLARATORIA DEL HOGAR DE ANCIANOS SAN BUENVENTURA DE TURRIALBA COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA

ARTÍCULO ÚNICO- Se declara el Hogar de Ancianos San Buenaventura de Turrialba, ubicado en el cantón de Turrialba, como Institución Benemérita de la Patria.

Rige a partir de su publicación.

COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA TERCERA.- Aprobado el día trece de octubre del año dos mil veintiuno.

Melvin Ángel Núñez Piña Yorleny León Marchena PRESIDENTE SECRETARIA

ASAMBLEA LEGISLATIVA.- A los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Silvia Hernández Sánchez Presidenta

Aracelly Salas Eduarte Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández Primera secretaria Segunda secretaria

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.

Ejecútese y publíquese

CARLOS ALVARADO QUESADA

Geanina Dinarte Romero Ministra de la Presidencia

Sanción: 18-11-2021 Publicación: 26-11-2021 Gaceta: 229 Alcance: 241

Observaciones

¿Vio algo que no calza?

Si encontró un error, sabe algo que falta o leyó una noticia sobre esta ley, cuéntenos. No se publica: lo lee el equipo y lo revisamos contra las fuentes antes de cambiar nada.

¿Qué opina usted?

0 comentarios

Nadie ha comentado todavía. Puede ser el primero.

0/1200