Vetaron la rebaja del marchamo 2022 que aprobó la Asamblea
El Poder Ejecutivo vetó la ley 10074, que rebajaba el marchamo 2022 a vehículos, motos y transporte público; ahora vuelve a la Asamblea.
Título oficial (VETO) LEY PARA EL ALIVIO EN EL PAGO DEL MARCHAMO 2022
Alerta: El Poder Ejecutivo vetó la ley 10074, que rebajaba el marchamo 2022, y el dossier no tiene el texto ni las razones del veto.
A quién le toca
- Dueños de vehículos de carga liviana, con reducción adicional del 20 por ciento
- Dueños de motocicletas con valor fiscal menor al millón de colones, exoneradas del IVA
- Personas con marchamos atrasados desde el 2014, que quedarían exoneradas
A quién beneficia
- Reducción adicional del 20 por ciento para carga liviana
- Exoneración del IVA para motos de menos de un millón de colones
- Exoneración de marchamos atrasados desde 2014
Qué cambia
- La ley no rige porque fue vetada
- El proyecto vuelve a la Asamblea, que puede aceptar el veto o resellar la ley
- El Estado dejaría de recibir más de 30 mil millones de colones según la diputada Aura Guido
- Las exoneraciones no aplicaban a vehículos de miembros de los supremos poderes ni a vehículos de más de 15 millones de colones
La explicación completa
Qué se aprobó y qué vetó el Ejecutivo
El Poder Ejecutivo vetó la ley 10074, llamada "Ley para el alivio en el pago del marchamo 2022". Por eso esa ley no rige 1.
La Asamblea Legislativa había aprobado la rebaja del marchamo para el año 2022 con 35 votos a favor y 7 en contra 00:00:09.
El dossier no tiene el texto del proyecto de ley. Tampoco tiene las razones que dio el Poder Ejecutivo para vetarlo. Lo único que consta es que la ley fue vetada 1.
Cuando el Poder Ejecutivo veta un proyecto, lo devuelve a la Asamblea con sus objeciones Constitución, art. 125. La Asamblea puede aceptar el veto o resellar la ley. Si el veto se basa en razones de inconstitucionalidad que la Asamblea no acepta, el expediente pasa a la Sala Constitucional para que resuelva el diferendo en 30 días naturales Constitución, art. 128.
A quién le toca
El texto del proyecto no está en el dossier, así que no se puede citar artículo por artículo a quién le daba o quitaba algo. Lo que sí quedó grabado en la sesión es el detalle de la rebaja que se aprobó.
A los vehículos de carga liviana se les aplicaba una reducción adicional del 20 por ciento 00:01:11.
A las motocicletas con valor fiscal menor al millón de colones se les exoneraba del pago del impuesto al valor agregado 00:01:18.
Las exoneraciones no aplicaban para vehículos de miembros de los supremos poderes ni para vehículos de más de 15 millones de colones 00:01:28.
Los diputados dejaron en firme en el proyecto la exoneración de los marchamos atrasados desde el 2014 00:03:52.
Lo que se dijo en la Asamblea
La diputada oficialista Aura Guido lamentó la posición de la mayoría y dijo que el proyecto traería una reducción al Estado de más de 30 mil millones de colones 00:01:34.
Guido dijo: "la asamblea legislativa o una mayoría de la asamblea legislativa de la cual no formaremos parte está por tomar la irresponsable decisión de mermar los ingresos tributarios del estado en 30 mil millones de colones" 00:01:45.
También señaló que los tenedores de vehículos con los valores incluidos en el descuento corresponden a los deciles más altos de la sociedad 00:02:26.
El legislador Walter Muñoz, de la fracción de Integración Nacional, dijo que votaba a favor pero que no era la solución. Instó a discutir el tema de forma integral 00:02:56.
Muñoz dijo: "en el momento en que se compra un automóvil en costa rica ya se pagan suficiente cantidad de impuestos" 00:03:13.
En la sesión del 9 de setiembre de 2021, los diputados dieron vía rápida al proyecto como medida para ayudar a la población afectada por la emergencia del COVID-19 y las restricciones vehiculares 00:00:09.
En esa misma sesión, el diputado independiente Jonathan Prendas señaló la urgencia de la moción, y la jefa de fracción oficialista Aura Guido dejó ver su negativa a la rebaja generalizada por el impacto en las finanzas del país 00:00:24.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque claro entre lo aprobado y la Constitución, porque el texto del proyecto no está en el dossier.
El artículo 125 permite al Poder Ejecutivo vetar un proyecto que no apruebe y devolverlo con objeciones Constitución, art. 125. El veto de esta ley cabe en esa facultad.
El artículo 128 regula qué pasa si el veto se funda en inconstitucionalidad y la Asamblea no la acepta: el expediente va a la Sala Constitucional Constitución, art. 128. El dossier no dice en qué se fundó este veto.
El artículo 124 exige dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley Constitución, art. 124. Sin sanción, el proyecto no se convierte en ley.
Qué puede hacer usted
Esta ley está vetada y el siguiente paso ocurre en la Asamblea. Usted puede contactar a los diputados para que acepten el veto o lo resellen, según lo que prefiera. La guía describe la incidencia ciudadana en comisión y en plenario mediante entrevistas y propuestas a los diputados guía, p. 29.
Si considera que sus derechos se violaron con algún acto público relacionado, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.
Si cree que una ley o disposición general infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24.
Lo que no sabemos
El dossier no tiene el texto del proyecto de ley 10074.
El dossier no dice en qué se fundó el veto del Poder Ejecutivo.
El dossier no dice si la Asamblea ya aceptó el veto o reselló la ley.
El dossier no tiene la fecha del veto.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El veto cabe en la facultad del Poder Ejecutivo del artículo 125. El dossier no tiene el texto del proyecto ni las razones del veto, así que no se puede comparar su contenido con la Constitución.
Constitución, art. 125"Si el Poder Ejecutivo no aprobare el proyecto de ley votado por la Asamblea, lo vetará y lo devolverá con las objeciones pertinentes."
Sin choque aparente El Poder Ejecutivo puede vetar un proyecto aprobado por la Asamblea. Eso fue lo que pasó con la ley 10074.
Constitución, art. 128"Si el veto se funda en razones de inconstitucionalidad no aceptadas por la Asamblea Legislativa, ésta enviará el decreto legislativo a la Sala indicada en el artículo 10, para que resuelva el diferendo dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que reciba el expediente."
Hay dudas Si el veto se basa en inconstitucionalidad y la Asamblea no lo acepta, decide la Sala Constitucional. El dossier no dice en qué se fundó este veto.
Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
Sin choque aparente Sin la sanción del Poder Ejecutivo, el proyecto no se convierte en ley. La ley 10074 fue vetada y por eso no rige.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
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"con 35 votos a favor y 7 en contra los diputados aprobaron la rebaja del marchamo para el próximo año"
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"la asamblea legislativa o una mayoría de la asamblea legislativa de la cual no formaremos parte está por tomar la irresponsable decisión de mermar los ingresos tributarios del estado en 30 mil millones de colones"
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"los tenedores de vehículos especialmente de algunos de los valores que están aquí contenidos en el descuento corresponden a los deciles más altos de la sociedad"
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"en el momento en que se compra un automóvil en costa rica ya se pagan suficiente cantidad de impuestos"
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"los diputados dejaron en firme en el proyecto la exoneración de los marchamos atrasados desde el 2014"
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"como una medida para ayudar a la población que se ha visto afectada por la emergencia del cobi 19 y las medidas de restricción vehicular los diputados acordaron darle vía rápida a un proyecto de ley"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10074: (VETO) LEY PARA EL ALIVIO EN EL PAGO DEL MARCHAMO 2022
- Aprueban rebaja del marchamo 2022
- Constitución Política (texto vigente)
- DIPUTADOS APRUEBAN DISPENSA A PROYECTO PARA REDUCIR MARCHAMO DEL 2022
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- SINALEVI no devolvió la ley 10074.
- La ley fue vetada y el dossier no tiene el texto del proyecto.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.