El INEC guarda plata para censos y queda eximido de la regla fiscal
La ley reserva los superávits del INEC para censos y estadísticas largas, y lo saca de dos controles de gasto público.
Título oficial REFORMA DEL ARTÍCULO 53 Y ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 53 BIS A LA LEY 9694, LEY DEL SISTEMA DE ESTADÍSTICA NACIONAL, DE 4 DE JUNIO DE 2019
Atención: La ley exime al INEC de la regla fiscal de la Ley 9635 y de la Ley 9371, lo que deja una duda frente al artículo 176 de la Constitución.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
A quién le sirve: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC)
El artículo 53 bis saca al INEC de la regla fiscal de la Ley 9635 cuando paga proyectos con los fondos reservados.
el INEC estará eximido de someterse a la regla fiscal establecida en la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.
53 bis, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- El INEC debe guardar sus superávits y rendimientos en una reserva para censos y estadísticas de largo plazo
- El INEC debe hacer una planificación plurianual y previsiones presupuestarias para todos esos años
- El INEC queda eximido de la regla fiscal de la Ley 9635 cuando paga proyectos con los fondos reservados
- El INEC debe pasar por los procedimientos de aprobación presupuestaria ante la Contraloría General de la República
A quién beneficia
- Los censos nacionales y las estadísticas de largo plazo tienen una reserva de plata asegurada
- El INEC puede planificar el gasto de varios años sin la regla fiscal de la Ley 9635
Qué cambia
- La plata reservada no se somete a la Ley 9371, salvo si no se presupuesta en los dos años siguientes al plazo del INEC
- La exención de la regla fiscal deja una duda frente al artículo 176 de la Constitución
- La Contraloría mantiene la aprobación presupuestaria del INEC
La explicación completa
Qué cambia
La ley reserva la plata que el INEC ahorre para pagar censos y estadísticas que se hacen cada más de dos años. El artículo 53 dice que los recursos que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) genere como superávit libre y todos los rendimientos que perciba por inversiones financieras constituirán una reserva destinada exclusivamente al financiamiento de los costos de los censos nacionales, de otras operaciones estadísticas con una periodicidad superior a los dos años y de la revisión y actualización de las metodologías utilizadas en la producción de las estadísticas oficiales (art. 53).
El INEC debe hacer un plan de varios años y presupuestar con base en él. El mismo artículo 53 ordena que el INEC establecerá una planificación plurianual, de acuerdo con sus competencias y finalidades (art. 53).
Esa plata no se somete a la Ley 9371, de Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos, salvo una excepción. El artículo 53 dice que los recursos reservados no se someterán a lo dispuesto por la Ley 9371, excepto cuando dichos recursos no se presupuesten durante los dos años siguientes al plazo determinado por el INEC (art. 53).
El artículo 53 bis agrega otra excepción: el INEC queda fuera de la regla fiscal de la Ley 9635. El texto dice que el INEC estará eximido de someterse a la regla fiscal establecida en la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018 (art. 53 bis).
El mismo artículo 53 bis mantiene un control: el INEC se sujetará a los procedimientos de aprobación presupuestaria ante la Contraloría General de la República (art. 53 bis).
La ley rige desde su publicación. El texto dice "Rige a partir de su publicación" y está firmado en San José a los doce días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno (art. 53 bis).
A quién le toca
Al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La ley le ordena guardar sus superávits y rendimientos en una reserva para censos y estadísticas de largo plazo (art. 53). También le pide una planificación plurianual y previsiones presupuestarias para todos los años de esa planificación.
Al INEC le da una exención: no queda sujeto a la regla fiscal de la Ley 9635 cuando paga proyectos con esos fondos reservados (art. 53 bis).
A la Contraloría General de la República. El INEC debe pasar por los procedimientos de aprobación presupuestaria ante ella (art. 53 bis).
A quien use los censos nacionales y las estadísticas oficiales. La reserva se destina a financiar los costos de los censos nacionales y de otras operaciones estadísticas con periodicidad superior a los dos años (art. 53).
Lo que se dijo en la Asamblea
Rodrigo Cubero, presidente del Banco Central, habló en la comisión en 2018 sobre el proyecto de Ley del Sistema de Estadística Nacional. Dijo que el proyecto "fortalece la independencia técnica y financiera del inec" 00:00:44.
Cubero explicó que el Banco Central ha trasladado recursos al INEC. Según el transcript, el banco central ha estado trasladando recursos que van entre 3 mil 500 y 5 mil 81 millones de colones dependiendo de la al inec 00:02:02.
Cubero dijo que quería un marco jurídico que obligue a ese traslado. Sus palabras en el transcript: "existe una pretensión entonces de que estos recursos no sean solamente a través de un convenio sino de establecer un marco jurídico" 00:02:15.
Cubero aclaró que el proyecto no traslada competencias del Banco Central al INEC. Dijo que el marco jurídico que introduce este proyecto no lo trasladaría competencia sino que simplemente fortalece el este marco de intercambio de información entre el banco central y el inec 00:03:00.
En la comisión también estuvieron Floribel Méndez Fonseca y María Elena González Quesada, del Instituto Nacional de Estadística y Censo. El transcript dice que coinciden con la importancia de la aprobación del texto de ley 00:03:17.
La grabación V1 es de 2018 y trata el proyecto de la Ley 9694, no la reforma de 2021 que reformó el artículo 53. La grabación V2 trata otros temas (cultura, puerto Caldera) y no menciona esta ley. La grabación V3 trata el Censo Agropecuario de 2013.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI registra la Reforma Ley del Sistema de Estadística Nacional como "Vigente", versión 1 de 1, sin observaciones 3.
El texto vigente del artículo 53 es el que aprobó la Ley 10084. SINALEVI muestra el artículo 53 con la nota "(Así reformado por el artículo único de la ley N° 10084 del 12 de noviembre de 2021)" 4.
La Procuraduría General de la República no le puso observaciones a esta ley 3.
Frente a la Constitución
El artículo 176 de la Constitución pide que la gestión pública se conduzca de forma sostenible, transparente y responsable, con un marco de presupuestación plurianual Constitución, art. 176. La planificación plurianual que ordena el artículo 53 va en esa línea (art. 53).
El artículo 176 también dice que en ningún caso, el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables Constitución, art. 176. La exención de la regla fiscal del artículo 53 bis (art. 53 bis) deja una duda sobre cómo se cuadra esa exención con esa regla constitucional. El Censo no encontró una respuesta en el dossier.
El artículo 184 de la Constitución le da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos Constitución, art. 184. El artículo 53 bis mantiene al INEC sujeto a los procedimientos de aprobación presupuestaria ante la Contraloría (art. 53 bis), así que ahí no se ve choque.
El artículo 121 inciso 1 dice que corresponde a la Asamblea Legislativa dictar las leyes, reformarlas y derogarlas Constitución, art. 121. La Ley 10084 reformó el artículo 53 y adicionó el 53 bis de la Ley 9694 (art. 53), lo que calza con esa atribución.
El Censo no encontró un choque claro con los artículos revisados. La duda principal está en la exención de la regla fiscal frente al artículo 176.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto del INEC o de otra institución le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparezca como presunto autor del agravio guía, p. 22.
El recurso de amparo podrá interponerse en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado totalmente sus efectos directos respecto del perjudicado guía, p. 22.
Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra las leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
La acción de inconstitucionalidad requiere un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa, salvo cuando se trate de la defensa de intereses difusos guía, p. 24.
Si sospecha un mal manejo de los fondos reservados del INEC, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia se presenta personalmente en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club guía, p. 68.
También puede llamar a los teléfonos 2501-8000 (central telefónica) o al 2501-8025 (Área de Denuncias e Investigaciones) guía, p. 68.
Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en alguno de sus derechos e intereses por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios puede hacerlo guía, p. 71.
Para cambiar la ley, existe la iniciativa popular. El proyecto debe tramitarse por los procedimientos legislativos ordinarios y votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero tiene hoy la reserva del INEC ni cuánto ha ahorrado desde 2021.
El dossier no dice cuándo será el próximo censo nacional ni cuánto cuesta.
El dossier no incluye la discusión legislativa de 2021 que aprobó la Ley 10084, solo la de 2018 sobre la Ley 9694.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
La planificación plurianual calza con el artículo 176, pero la exención de la regla fiscal deja una duda frente a la regla de que los gastos no superen los ingresos. La Contraloría mantiene su control presupuestario.
Constitución, art. 176"La gestión pública se conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta."
Esta ley, art. 53"El INEC establecerá una planificación plurianual, de acuerdo con sus competencias y finalidades."
Sin choque aparente La ley pide al INEC planificar el gasto de varios años, igual que pide la Constitución para la gestión pública.
Constitución, art. 176"En ningún caso, el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables."
Esta ley, art. 53 bis"el INEC estará eximido de someterse a la regla fiscal establecida en la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018."
Hay dudas La ley saca al INEC de la regla fiscal. Queda la duda de cómo se cuadra esa exención con la regla constitucional de que el gasto no supere el ingreso.
Constitución, art. 184"Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República"
Esta ley, art. 53 bis"el INEC se sujetará a los procedimientos de aprobación presupuestaria ante la Contraloría General de la República."
Sin choque aparente La ley mantiene al INEC bajo la aprobación presupuestaria de la Contraloría, que es la tarea que le da la Constitución.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
Esta ley, art. 53"Se reforma el artículo 53 y se adiciona el artículo 53 bis a la Ley 9694, Ley del Sistema de Estadística Nacional, de 4 de junio de 2019."
Sin choque aparente La Asamblea usó su atribución de reformar leyes al cambiar el artículo 53 y agregar el 53 bis.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:44
"fortalece la independencia técnica y financiera del inec"
- 00:02:02
"el banco central ha estado entonces trasladando recursos que van entre 3 mil 500 y 5 mil 81 millones de colones dependiendo de la al inec"
- 00:02:15
"existe una pretensión entonces de que estos recursos no sean solamente a través de un convenio sino de establecer un marco jurídico"
- 00:03:00
"el marco jurídico que introduce este proyecto no lo trasladaría competencia sino que simplemente fortalece el este marco de intercambio de información entre el banco central y el inec"
- 00:03:17
"estuvieron en la comisión floribel méndez fonseca y maría elena gonzález quesada del instituto nacional de estadística y censo quienes ya habían participado y coinciden con la importancia de la aprobación del texto de ley"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10084: REFORMA DEL ARTÍCULO 53 Y ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 53 BIS A LA LEY 9694, LEY DEL SISTEMA DE ESTADÍSTICA NACIONAL, DE 4 DE JUNIO DE 2019
- BANCO CENTRAL APOYA PROYECTO QUE CREA NUEVO SISTEMA DE ESTADISTICAS
- Ley 10084 en SINALEVI: Reforma Ley del Sistema de Estadística Nacional (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 9694: Ley del Sistema de Estadística Nacional (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 10084
Reforma Ley del Sistema de Estadística Nacional
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N° 10084
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 53 Y ADICIÓN
DE UN ARTÍCULO 53 BIS A LA LEY 9694, LEY
DEL SISTEMA DE ESTADÍSTICA NACIONAL,
DE 4 DE JUNIO DE 2019
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 53 y se adiciona el artículo 53 bis a la Ley 9694, Ley del Sistema de Estadística Nacional, de 4 de junio de 2019.
Artículo 53- Los recursos que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) genere como superávit libre y todos los rendimientos que perciba por inversiones financieras constituirán una reserva destinada exclusivamente al financiamiento de los costos de los censos nacionales, de otras operaciones estadísticas con una periodicidad superior a los dos años y de la revisión y actualización de las metodologías utilizadas en la producción de las estadísticas oficiales.
El INEC establecerá una planificación plurianual, de acuerdo con sus competencias y finalidades. Con base en ella, realizará las previsiones presupuestarias para todos los años de dicha planificación, con lo que se comprometen los recursos reservados, de acuerdo con el párrafo anterior.
Los recursos reservados, de conformidad con el primer párrafo de este artículo, no se someterán a lo dispuesto por la Ley 9371, Eficiencia en la Administración de los Recursos Públicos, de 28 de junio de 2016, excepto cuando dichos recursos no se presupuesten durante los dos años siguientes al plazo determinado por el INEC, para la realización de las actividades indicadas en este artículo.
Artículo 53 bis- El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) incluirá, en los costos de los proyectos que se sufragan con los fondos reservados a que se refiere el párrafo primero del artículo 53 de esta ley, los gastos que se empleen en la ejecución de estos. En este caso, dada la naturaleza excepcional de los fondos reservados, el INEC estará eximido de someterse a la regla fiscal establecida en la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.
A los efectos de lo dispuesto en el presente artículo y en el artículo 53 de esta ley, el INEC se sujetará a los procedimientos de aprobación presupuestaria ante la Contraloría General de la República.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República , San José, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno .