# Ley 10089: Chires de Puriscal queda declarado de interés público para turismo

- Página: https://elcenso.com/leyes/10089
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO, ECOLÓGICO Y CULTURAL DEL DISTRITO DE CHIRES DEL CANTÓN DE PURISCAL
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1

## En resumen

La ley permite al Estado apoyar el turismo, la ecología y la cultura en el distrito de Chires, en Puriscal, y a las micro, pequeñas y medianas empresas de sus habitantes.

## A quién le toca

- Habitantes de Chires con micro, pequeña o mediana empresa turística
- Personas que quieran invertir en infraestructura turística en Chires
- Personas que trabajan por el patrimonio cultural del distrito

## A quién beneficia

- El Estado podrá apoyar las iniciativas de desarrollo local de los habitantes del distrito
- El Estado podrá promover la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona
- El Estado podrá apoyar las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa vinculadas al turismo

## Qué cambia

- La ley no fija montos ni plazos para el apoyo estatal
- El apoyo debe darse bajo un esquema de desarrollo sostenible y manejo adecuado del medio ambiente
- La ley rige desde su publicación el 15 de diciembre de 2021

## Cláusulas a revisar

- **Apoyo sin monto ni institución definida** (1): La ley dice que el Estado "podrá" promover y apoyar, pero no fija montos, plazos ni cuál institución ejecuta el apoyo. Texto: "el Estado, por medio de sus instituciones públicas, podrá promover el desarrollo y la promoción de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona"
- **Beneficio limitado a un distrito** (1): La declaratoria cubre solo el distrito de Chires del cantón de Puriscal, no el resto del cantón. Texto: "Se declara de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires del cantón de Puriscal"

## Explicación

### Qué cambia

La ley declara de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires, en el cantón de Puriscal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). Con esa declaratoria, el Estado, por medio de sus instituciones públicas, podrá promover la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona.

Ese apoyo debe darse bajo un esquema de desarrollo sostenible y con manejo adecuado del medio ambiente ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). La ley dice que eso debe fortalecer la condición social y económica del distrito.

El artículo 2 permite al Estado apoyar las iniciativas de desarrollo local de los habitantes del distrito ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). También las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa vinculadas al turismo de la zona.

Ese apoyo busca mantener, proteger y mejorar el patrimonio y los bienes culturales ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). Se firmó en la Presidencia de la República, en San José, el 15 de diciembre de 2021.

### A quién le toca

A los habitantes del distrito de Chires que tengan una micro, pequeña o mediana empresa ligada al turismo ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). La ley dice que el Estado podrá apoyar sus iniciativas de desarrollo local y sus actividades.

A las personas e instituciones que quieran invertir en infraestructura turística en Chires ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). El Estado podrá promover esas inversiones por medio de sus instituciones públicas.

A quienes trabajan por el patrimonio y los bienes culturales del distrito ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). El apoyo estatal incluye mantener, proteger y mejorar ese patrimonio.

### Lo que se dijo en la Asamblea

La grabación de la Comisión Plena I del 22 de setiembre de 2021 no trata sobre el expediente de Chires. En esa sesión se votaron otros proyectos: la declaratoria de benemérita para la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano ([video, 00:10:19](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=619s)) y la declaratoria de interés público del desarrollo turístico del cantón de Coto Brus ([video, 00:11:54](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=714s)).

El expediente de Coto Brus se aprobó con 13 votos a favor ([video, 00:12:40](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=760s)). Luego pasó al Poder Ejecutivo para su trámite ([video, 00:13:04](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=784s)).

También se aprobó la declaratoria del deportivo femenino Costa Rica FFC como organización benemérita del deporte nacional ([video, 00:13:14](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=794s)). La diputada Nielsen Pérez dijo que el expediente reconoce a las primeras treinta y dos mujeres futbolistas del país ([video, 00:13:50](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=830s)).

La diputada Frank Nicolás agradeció el respaldo y dijo que ese grupo "le tocó muy duro abrirse camino" ([video, 00:15:54](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=954s)).

Ninguna de esas intervenciones menciona el distrito de Chires ni la ley 10089.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 10089 está vigente [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones.

El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que se aprobó [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1). No hay reformas, correcciones ni derogatorias registradas.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

La ley se tramitó con dos debates y pasó al Poder Ejecutivo para su sanción ([video, 00:11:24](https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M&t=684s)). Eso calza con el artículo 124, que pide dos debates y la sanción del Poder Ejecutivo para convertirse en ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 1 habla de desarrollo sostenible y manejo adecuado del medio ambiente ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). Eso va en la misma línea del artículo 50, que reconoce el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 2 menciona el patrimonio y los bienes culturales ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). El artículo 89 pone entre los fines culturales de la República proteger las bellezas naturales y conservar el patrimonio histórico y artístico ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

Hay una duda posible sobre el alcance del gasto. La ley dice que el Estado "podrá" apoyar, sin fijar montos ni partidas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1)). El artículo 175 dice que las municipalidades necesitan aprobación de la Contraloría para sus presupuestos ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no aclara si el apoyo sale de un presupuesto municipal o nacional.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo en Chires, puede presentar un recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si considera que la ley 10089 choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional.

La acción requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). No hace falta ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos.

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos en el apoyo a Chires, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades e instituciones autónomas.

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal institucional ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le da un mal servicio relacionado con esta ley, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero se destinará al apoyo en Chires ni de qué partida saldrá.

El dossier no indica qué institución pública ejecutará los apoyos del artículo 2.

El dossier no contiene la grabación de la sesión donde se discutió el expediente de Chires.

El dossier no dice si el distrito de Chires tiene territorios indígenas ni si aplica el Convenio 169.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10089 y los artículos constitucionales del dossier. Hay una duda sobre el origen del gasto porque la ley no fija montos ni partidas.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta contra el servidor o titular del órgano autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales que infrinjan una norma constitucional. Requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal institucional de denuncia electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Fuentes

1. Ley 10089: DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO, ECOLÓGICO Y CULTURAL DEL DISTRITO DE CHIRES DEL CANTÓN DE PURISCAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Comisión Plena I, miércoles 22 de setiembre 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-09-22. https://www.youtube.com/watch?v=i7GGOtbNl1M
3. Ley 10089 en SINALEVI: Declaratoria de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito Chires del cantón de Puriscal (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/12/2021. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96421&param2=129120&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10089

Declaratoria de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito Chires del cantón de Puriscal

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N° 10089

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA

DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO EL
DESARROLLO TURÍSTICO, ECOLÓGICO Y CULTURAL DEL DISTRITO DE CHIRES DEL CANTÓN DE
PURISCAL

ARTICULO 1- Declaratoria de interés
público

Se declara de interés público el
desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires del cantón de
Puriscal, para lo cual el Estado, por medio de sus instituciones públicas,
podrá promover el desarrollo y la promoción de la infraestructura y las inversiones
en turismo en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo
adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condición social y económica
del distrito.



ARTÍCULO 2- Apoyo institucional

El Estado podrá apoyar las iniciativas de
desarrollo local y las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa, de
los habitantes del distrito, vinculadas al desarrollo y la promoción del
turismo de la zona, buscando mantener, proteger y potenciar el patrimonio y los
bienes culturales.

Rige a partir de su publicación

Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de diciembre
del año dos mil veintiuno.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10089). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.