Ley 10108 fija intereses y certificación de la Desaf para cobrar daños al Fondo
La ley reforma el artículo 11 de la Ley 5662: define daños y perjuicios, fija la tasa de interés y permite cobrar con una simple certificación de la Desaf.
Título oficial REFORMA DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 5662, LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES, DE 23 DE DICIEMBRE DE 1974
Atención: La ley permite cobrar daños y perjuicios con una simple certificación de la Desaf, que también sirve para iniciar la acción penal.
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
A quién le sirve: Desaf y personas señaladas
Una simple certificación de la Desaf basta para probar daños y perjuicios, sirve para ejercitar la acción penal y constituye título ejecutivo.
Para probarlos bastará la simple certificación de la Desaf, la cual servirá para ejercitar la acción penal correspondiente y constituirá título ejecutivo
11, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- La Desaf, que puede emitir la certificación para cobrar daños y perjuicios
- Las personas o entidades a las que la Desaf les giró dinero indebidamente
- Los tribunales penales y los juzgados que ejecutan títulos ejecutivos
A quién beneficia
- La Desaf puede probar los daños con una simple certificación
- La certificación sirve como título ejecutivo para cobrar
- La acción penal y la ejecutiva pueden intentarse por separado
Qué cambia
- Los intereses se calculan con la tasa básica pasiva más 5 puntos porcentuales
- La certificación de la Desaf sirve para iniciar la acción penal
- La ley rige desde su publicación el 13 de enero de 2022
La explicación completa
Qué cambia
La Ley 10108 reforma el artículo 11 de la Ley 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (art. único). El texto nuevo dice que se consideran daños "las sumas dejadas de percibir por el Fondo o las que la Desaf haya tenido que girar indebidamente" (art. 11).
Los perjuicios son los intereses de esas sumas. Esos intereses equivalen a la tasa básica pasiva del Banco Central de Costa Rica más 5 puntos porcentuales (art. 11).
Para probar los daños y perjuicios basta una simple certificación de la Desaf (art. 11). Esa certificación sirve para ejercitar la acción penal correspondiente y constituye título ejecutivo. Las dos acciones, la penal y la ejecutiva, pueden intentarse por separado.
La ley rige a partir de su publicación (art. único). Se publicó en La Gaceta el 13 de enero de 2022 2.
A quién le toca
A la Desaf, que puede emitir la certificación para cobrar (art. 11).
A las personas o entidades a las que la Desaf les haya girado dinero indebidamente o que hayan dejado de percibir sumas para el Fondo (art. 11).
A los tribunales penales y a los juzgados que ejecutan títulos ejecutivos, porque la certificación sirve para ambas vías (art. 11).
Lo que se dijo en la Asamblea
El diputado Jonathan Acuña, del Frente Amplio, habló en una entrevista sobre las licencias para personas cuidadoras y el subsidio que paga la Caja con recursos de FODESAF 00:01:19. Dijo que el subsidio se financia con el 0,5% de los recursos de FODESAF 00:03:24.
Acuña contó que hacia septiembre la Caja se dio cuenta de que los recursos para ese subsidio se estaban agotando 00:03:56. Dijo que eran más o menos 3600 millones de colones y que ese año se acababa la plata 00:04:02.
El diputado explicó que presentó un proyecto de ley para agregar que, además del 0,5% de FODESAF, se puedan agregar más recursos vía presupuesto 00:06:56. Dijo que el proyecto fue aprobado por unanimidad en primer debate hacia finales de octubre 00:07:46.
Acuña afirmó que el Poder Ejecutivo no convocó el proyecto para segundo debate 00:09:17. También dijo que la Contraloría le respondió que sí hace falta la reforma legal 00:09:36.
Cómo está hoy según SINALEVI
La Ley 10108 está vigente 2. SINALEVI registra una sola versión de la norma. La Procuraduría General de la República observa que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta indicada.
El artículo 11 de la Ley 5662 aparece reformado por la Ley 10108 del 13 de enero de 2022 4. El texto vigente de la Ley 5662 es el mismo que aprobó la Ley 10108.
Frente a la Constitución
El artículo 41 de la Constitución dice que "Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales" Constitución, art. 41. La ley fija cómo se calculan esos daños y perjuicios para el Fondo y la Desaf (art. 11). El Censo no encontró choque entre esa regla y el artículo 41.
El artículo 39 de la Constitución dice que "A nadie se hará sufrir pena sino por delito, cuasidelito o falta, sancionados por ley anterior y en virtud de sentencia firme dictada por autoridad competente" Constitución, art. 39. La ley permite ejercitar la acción penal con una certificación de la Desaf (art. 11). Esa certificación no sustituye la sentencia firme que exige el artículo 39. El Censo no ve choque en ese punto.
El artículo 35 de la Constitución dice que "Nadie puede ser juzgado por comisión, tribunal o juez especialmente nombrado para el caso, sino exclusivamente por los tribunales establecidos de acuerdo con esta Constitución" Constitución, art. 35. La ley no crea tribunales especiales (art. 11). El Censo no encontró choque con ese artículo.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto de la Desaf o de otra institución viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos.
Si considera que la Ley 10108 o el artículo 11 de la Ley 5662 violan la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. La acción procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional.
Para interponer la acción de inconstitucionalidad se requiere, por regla general, que exista un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa guía, p. 24. No será necesario el caso pendiente cuando por la naturaleza del asunto no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos.
Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. Las denuncias se presentan personalmente en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llamando al 2501-8000 o al 2501-8025. También por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.
Si una institución pública le brinda un mal servicio o actúa de forma irregular, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero ha cobrado la Desaf con la certificación que crea esta ley.
El dossier no dice si la Ley 10108 fue reglamentada.
El dossier no dice si la reforma al artículo 11 de la Ley 5662 tiene relación directa con el proyecto de ley sobre licencias para cuidadores que menciona el diputado Acuña en la entrevista.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente norma fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró choque entre la Ley 10108 y los artículos 41, 39 y 35 de la Constitución.
Constitución, art. 41"Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales."
Esta ley, art. 11"Para los efectos de la presente ley, se considerarán como daños las sumas dejadas de percibir por el Fondo o las que la Desaf haya tenido que girar indebidamente y, como perjuicios, los intereses de dichas sumas"
Sin choque aparente La Constitución garantiza que las personas puedan pedir reparación por daños. La ley fija cómo se calculan los daños y perjuicios para el Fondo y la Desaf. El Censo no ve choque.
Constitución, art. 39"A nadie se hará sufrir pena sino por delito, cuasidelito o falta, sancionados por ley anterior y en virtud de sentencia firme dictada por autoridad competente"
Esta ley, art. 11"Para probarlos bastará la simple certificación de la Desaf, la cual servirá para ejercitar la acción penal correspondiente y constituirá título ejecutivo"
Sin choque aparente La Constitución exige sentencia firme para imponer una pena. La certificación de la Desaf sirve para iniciar la acción penal, pero no sustituye la sentencia. El Censo no ve choque.
Constitución, art. 35"Nadie puede ser juzgado por comisión, tribunal o juez especialmente nombrado para el caso, sino exclusivamente por los tribunales establecidos de acuerdo con esta Constitución."
Esta ley, art. 11"ambas accionas podrán intentarse separadamente"
Sin choque aparente La ley no crea tribunales especiales. Solo permite que la acción penal y la ejecutiva se intenten por separado ante los tribunales que ya existen. El Censo no encontró choque.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:01:19
"Muchas gracias por el espacio. Primero, dar un breve contexto, ¿qué son esas licencias que se le dan a personas cuidadoras?"
- 00:03:24
"con el 0,5% de los recursos de FODESAF"
- 00:04:02
"agotando, eran más o menos 3600 millones de colones y que ese año que este año ya se acababa la plata"
- 00:06:56
"presentar una reformita pequeñita a esa ley del 98 para agregar que además del 0,5% FODESAF en caso de requerirse más recursos se puedan agregar vía presupuesto más plata"
- 00:07:46
"Y el proyecto de ley fue aprobado por unanimidad, que esto incluye la fracción de gobierno, eh hacia finales de octubre en primer debate."
- 00:09:17
"Sí, tal y como usted dice, al final el ejecutivo no lo convocó."
- 00:09:36
"La Contraloría nos responde que sí hace falta la reforma legal."
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10108: REFORMA DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 5662, LEY DE DESARROLLO SOCIAL Y ASIGNACIONES FAMILIARES, DE 23 DE DICIEMBRE DE 1974
- Ley 10108 en SINALEVI: Reforma Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Diputado preocupado por acciones del gobierno en contra de cuidadores
- Ley 5662: Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 10108
Reforma Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
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N° 10108
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 5662, LEY DE DESARROLLO
SOCIAL Y ASIGNAC[ONES FAMILIARES, DE 23 DE DICIEMBRE DE 1974
ARTÍCULO ÚNICO-Se reforma el artículo 11 de la Ley 5662, Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, de 23 de diciembre de 1974. El texto es el siguiente:
Artículo 11- Para los efectos de la presente ley, se considerarán como daños las sumas dejadas de percibir por el Fondo o las que la Desaf haya tenido que girar indebidamente y, como perjuicios, los intereses de dichas sumas, los cuales equivaldrán a la tasa básica pasiva calculada por el Banco Central de Costa Rica más 5 (cinco) puntos porcentuales. Para probarlos bastará la simple certificación de la Desaf, la cual servirá para ejercitar la acción penal correspondiente y constituirá título ejecutivo; ambas accionas podrán intentarse separadamente.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de enero del año dos mil veintidós.
EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE.