La Libor sale de la banca de desarrollo y entra la tasa SOFR
La ley cambia la tasa Libor por la SOFR en los pagos que la banca privada recibe por los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo, y fija una multa si no cumple con los préstamos a beneficiarios finales.
Título oficial LEY PARA CAMBIAR LA REFERENCIA DE LA TASA LIBOR EN NORMATIVA RELACIONADA CON SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO.
Atención: La ley cambia la tasa que recibe la banca privada por los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo y fija una multa de TBP+4 p.p. si no cumple con los préstamos a beneficiarios finales.
A quién le toca
- Bancos privados que captan depósitos en cuenta corriente y participan en el Sistema de Banca para el Desarrollo
- Entidades administradoras de los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo
- Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo
- Sugef, que valora los faltantes sobrevenidos
- Beneficiarios finales del Sistema de Banca para el Desarrollo
A quién beneficia
- Los beneficiarios finales del Sistema de Banca para el Desarrollo podrían acceder a recursos financieros a tasas competitivas, según la exposición de la diputada en la grabación
- La banca privada recibe un 50% de la tasa básica pasiva en moneda nacional y un 50% del promedio de los últimos tres meses de la tasa SOFR en moneda extranjera
Qué cambia
- La tasa Libor deja de usarse como referencia en el artículo 59 de la Ley 1644 y se sustituye por la tasa SOFR
- El banco privado que no cumpla con los saldos mínimos de préstamos a beneficiarios finales paga una multa equivalente a la tasa básica pasiva más cuatro puntos porcentuales
- El importe de la multa se deposita en el Fondo Nacional para el Desarrollo
- Los faltantes sobrevenidos se exceptúan de la multa y los valora la Sugef
La explicación completa
Qué cambia
La ley cambia la tasa Libor por la tasa SOFR en los pagos que la banca privada recibe por los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo. El artículo único reforma los párrafos sexto y vigésimo del artículo 59 de la Ley 1644, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (art. único).
El párrafo sexto dice que las entidades que administran esos recursos, según el artículo 36 de la Ley 8634, reconocerán a la banca privada una tasa del 50% de la tasa básica pasiva para depósitos en moneda nacional. Para moneda extranjera, reconocerán un 50% del promedio de los últimos tres meses de la tasa SOFR (Secured Overnight Financing Rate), calculada por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York (art. único).
El párrafo vigésimo mantiene una multa para el banco privado que se traslade al inciso ii) y no cumpla con los saldos mínimos de préstamos a beneficiarios finales autorizados por el Consejo Rector. La sanción es la tasa básica pasiva en colones, calculada por el Banco Central, más cuatro puntos porcentuales (TBP+4 p.p.). Se aplica sobre la diferencia entre el monto requerido y el saldo de la cartera, durante los días del incumplimiento, en moneda nacional o extranjera (art. único).
El importe de esa multa se deposita en el Fondo Nacional para el Desarrollo. Se exceptúan los faltantes calificados como sobrevenidos, por causas fuera del control de las entidades. La Sugef los valora durante el procedimiento sancionatorio. Desde que se detecta el hecho, la entidad debe presentar al Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo un plan de regularización para depositar los montos faltantes en el Fondo de Crédito para el Desarrollo y cumplir con el 10% del inciso ii) (art. único).
La ley rige a partir de su publicación. Se firmó en la Presidencia de la República, San José, el 28 de enero de 2022 (art. único).
A quién le toca
A los bancos privados que captan depósitos en cuenta corriente y participan en el Sistema de Banca para el Desarrollo. La ley les fija la tasa que reciben por los recursos transferidos y la multa si no cumplen con los préstamos a beneficiarios finales (art. único).
A las entidades administradoras de los recursos del Fondo de Crédito para el Desarrollo, que deben aplicar la nueva referencia de tasa (art. único).
Al Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, que autoriza los saldos mínimos y aprueba los planes de regularización (art. único).
A la Sugef, que valora los faltantes sobrevenidos en el procedimiento sancionatorio (art. único).
A los beneficiarios finales del Sistema de Banca para el Desarrollo, porque la ley busca que accedan a recursos financieros a tasas competitivas, según la exposición de la diputada en la grabación 00:00:38.
Lo que se dijo en la Asamblea
El Plenario Legislativo aprobó el expediente 21.440, la ley para cambiar la referencia de la tasa Libor en normativa relacionada con el Sistema de Banca para el Desarrollo 00:00:09.
La diputada Karina El Niño explicó que el proyecto nace por la descontinuación de la tasa Libor. Dijo que esa tasa se usó a nivel mundial como tasa de corto plazo y se debilitó a partir del 2008, cuando se demostró que tenía riesgos importantes de manipulación. En el 2012 se evidenció el fraude al mercado por parte de los participantes del panel de bancos 00:00:45.
La diputada también dijo que la supervisión de la tasa Libor pasó de la asociación bancaria de banqueros británicos a la autoridad reguladora de servicios financieros del Reino Unido 00:01:14.
Según la grabación, el proyecto pretende modificar la referencia de la tasa Libor en la normativa del Sistema de Banca para el Desarrollo y reemplazarla por otra tasa en condiciones similares. Así los beneficiarios de la ley pueden acceder a recursos financieros a tasas competitivas 00:01:25.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la versión 1 de 1 3.
La Procuraduría General de la República observa que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica 3.
El texto consolidado de SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. La versión que aparece es la misma que se cita en el artículo único (art. único).
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.
El artículo 121 de la Constitución dice que corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa dictar las leyes, reformarlas, derogarlas y darles interpretación auténtica Constitución, art. 121. La ley 10112 reforma el artículo 59 de la Ley 1644 y fue aprobada por la Asamblea Legislativa, según el texto (art. único).
El artículo 124 de la Constitución establece que para convertirse en ley todo proyecto debe ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo, además de publicarse en La Gaceta Constitución, art. 124. El texto de la ley indica que se firmó en la Presidencia de la República el 28 de enero de 2022 y que rige a partir de su publicación (art. único). SINALEVI confirma la publicación en La Gaceta 3.
El artículo 50 de la Constitución dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza Constitución, art. 50. La ley busca que los beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo accedan a recursos financieros a tasas competitivas, según la grabación 00:00:38. No se encontró una contradicción directa con ese artículo.
El artículo 41 de la Constitución dice que ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales Constitución, art. 41. La ley establece una multa para los bancos privados que incumplan con los saldos mínimos de préstamos a beneficiarios finales (art. único). Esa multa se tramita por el procedimiento sancionatorio que valora la Sugef. El Censo no encontró en el dossier una norma que impida reclamar contra esa sanción.
Qué puede hacer usted
Si usted es beneficiario del Sistema de Banca para el Desarrollo y considera que un banco privado no está cumpliendo con los préstamos a beneficiarios finales, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República. La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos que utilizan las instituciones del Estado guía, p. 68.
Puede llamar a los teléfonos 2501-8000 (central telefónica) o al 2501-8025 (Área de Denuncias e Investigaciones) guía, p. 68.
También puede presentar la denuncia personalmente en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones de la Contraloría General de la República, ubicada en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club guía, p. 68.
O puede enviarla por correo electrónico a contraloria.general@cgrcr.go.cr o por el Portal Institucional: Denuncia Electrónica guía, p. 68.
Si una institución pública le niega información o no le responde sobre este tema, puede presentar un recurso de amparo. El recurso de amparo garantiza los derechos y libertades fundamentales establecidos en la Constitución Política guía, p. 22.
Cualquier persona puede interponer un recurso de amparo. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.
El recurso de amparo se puede interponer en cualquier tiempo mientras subsista la violación, amenaza, perturbación o restricción, y hasta dos meses después de que hayan cesado totalmente sus efectos directos respecto del perjudicado guía, p. 22.
Si considera que la ley 10112 viola un principio constitucional, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra las leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
La acción de inconstitucionalidad requiere que exista un asunto pendiente de resolver ante los tribunales, o en el procedimiento para agotar la vía administrativa, en que se invoque esa inconstitucionalidad como medio razonable de amparar el derecho o el interés que se considera lesionado guía, p. 24.
No será necesario el caso pendiente de resolución cuando por la naturaleza del asunto no exista lesión individual y directa, o se trate de la defensa de intereses difusos, o que atañen a la colectividad guía, p. 24.
Si quiere proponer un cambio a esta ley, puede usar la iniciativa popular. La guía explica que los proyectos de iniciativa popular deben ser votados en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años, salvo si se refieren a reformas constitucionales guía, p. 26.
La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para la redacción de los proyectos y en los procedimientos por seguir a los ciudadanos interesados guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuántos bancos privados participan en el Sistema de Banca para el Desarrollo ni cuánto dinero está en juego.
El dossier no incluye el texto completo del artículo 59 de la Ley 1644, solo los párrafos reformados.
El dossier no dice si la tasa SOFR ya está funcionando o si hay un período de transición.
El dossier no incluye el nombre completo de la diputada que habla en la grabación; solo se escucha "karina el niño" en los subtítulos automáticos 00:00:45.
El dossier no dice cuántas personas se benefician del Sistema de Banca para el Desarrollo.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente Ley fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10112 y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. La ley reforma una norma legal por medio de la Asamblea Legislativa y se publicó en La Gaceta, como lo pide la Constitución.
Constitución, art. 121"ARTÍCULO 121.- Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa: 1) Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
Esta ley, art. único"ARTÍCULO ÚNICO- Se reforman los párrafos sexto y vigésimo del artículo 59 de la Ley 1644, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, de 26 de setiembre de 1953, en los que se hace referencia a la tasa Libor."
Sin choque aparente La Constitución le da a la Asamblea Legislativa la potestad de reformar las leyes. Esta ley reforma el artículo 59 de la Ley 1644 y fue aprobada por la Asamblea Legislativa, según el texto.
Constitución, art. 124"Artículo 124.—Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta, sin perjuicio de los requisitos que esta Constitución establece tanto para casos especiales como para los que se resuelvan por iniciativa popular y referéndum, según los artículos 102, 105, 123 y 129 de esta Constitución."
Esta ley, art. único"Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil veintidós."
Sin choque aparente La Constitución pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta. El texto de la ley indica que se firmó en la Presidencia de la República y que rige a partir de su publicación. SINALEVI confirma la publicación en La Gaceta.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:09
"el plenario legislativo aprobó el expediente 21.440 ley para cambiar la referencia de la tasa libor en normativa relacionada con el sistema de banca para el desarrollo"
- 00:00:45
"este proyecto nace a raíz de la descontinuación de la tasa libor que es lo que se conoce por sus siglas en inglés que ha sido usada a nivel mundial como una tasa de corto plazo que se debilitó a partir del 2008 cuando se demostró que contaba con riesgos importantes de manipulación"
- 00:01:14
"y se traslada a la supervisión de la tasa libor desde la asociación bancaria de banqueros británicos hacia la autoridad reguladora de servicios financieros del reino unido"
- 00:01:25
"este proyecto lo que pretende es modificar la referencia de la tasa libor presenta una normativa que gira en torno al accionar directo del sistema de banca para el desarrollo y lograr su reemplazo por otra tasa en condiciones similares que le permita entonces a los beneficiarios de la ley del sistema banca de desarrollo poder acceder a recursos financieros a tasas competitivas"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10112: LEY PARA CAMBIAR LA REFERENCIA DE LA TASA LIBOR EN NORMATIVA RELACIONADA CON SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO.
- Plenario aprueba proyecto para modificar referencia a tasa Libor y poder acceder Banca de Desarrollo
- Ley 10112 en SINALEVI: Ley para cambiar la referencia de la tasa libor en normativa relacionada con Sistema de Banca para el Desarrollo (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10112
Ley para cambiar la referencia de la tasa libor en normativa relacionada con Sistema de Banca para el Desarrollo
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N° 10112
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA CAMBIAR LA REFERENCIA DE LA TASA
LIBOR EN NORMATIVA RELACIONADA CON SISTEMA
DE BANCA PARA EL DESARROLLO
ARTÍCULO ÚNICO- Se reforman los párrafos sexto y vigésimo del artículo 59 de la Ley 1644, Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, de 26 de setiembre de 1953, en los que se hace referencia a la tasa Libor. Los textos son los siguientes: Artículo 59- Solo los bancos podrán recibir depósitos y captaciones en cuenta corriente. Cuando se trate de bancos privados, solo podrán captar depósitos en cuenta corriente, si cumplen alguno de los siguientes requisitos:
i) (…)
Las entidades administradoras de estos recursos, según el artículo 36 de la Ley 8634, reconocerán a la banca privada, por los recursos transferidos, una tasa de interés del cincuenta por ciento (50%) de la tasa básica pasiva para depósitos en moneda nacional y un cincuenta por ciento (50%) del promedio de los últimos tres meses de la tasa SOFR ( Secured Overnight Financing Rate ), calculada por el Banco de la Reserva Federal de Nueva York, por los recursos transferidos en moneda extranjera.
(...)
Si el banco privado se traslada al inciso ii) y no cumple con los saldos mínimos requeridos en préstamos a beneficiarios finales, según lo autorizado por el Consejo Rector, de manera directa o a través de sus operadores de banca de segundo piso, se le aplicará una sanción equivalente a la tasa básica pasiva en colones, calculada por el Banco Central, más cuatro puntos porcentuales (TBP+4 p.p ), aplicables proporcionalmente sobre el valor que resulte de la diferencia entre el monto requerido autorizado y el saldo de esta cartera durante los días que se presentó el incumplimiento, sea en moneda nacional o extranjera. El importe de esta multa será depositado por el banco privado en el Fondo Nacional para el Desarrollo. Se exceptúan de esta sanción los faltantes calificados como sobrevenidos, es decir, por causas que se encuentran fuera del control de las entidades, los cuales serán valorados por la Sugef durante el procedimiento sancionatorio, sin perjuicio de que desde el momento en que se detecta el hecho la entidad está en la obligación de presentar ante el Consejo Rector del Sistema de Banca para el Desarrollo, para su aprobación, un plan de regularización para que los montos faltantes sean depositados en el Fondo de Crédito para el Desarrollo, a efectos de cumplir permanentemente con el diez por ciento (10%) establecido en este inciso ii).
(...)
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil veintidós.