# Ley 10119: Perdona marchamos viejos si paga el 2022 en tres meses

- Página: https://elcenso.com/leyes/10119
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: CONDONACIÓN DE LAS DEUDAS ACUMULADAS RELACIONADAS AL PAGO DEL MARCHAMO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1

## En resumen

La Ley 10119 condona principal, intereses y multas del marchamo de períodos anteriores a 2021 a quien pague el derecho de circulación de 2022 dentro de los tres meses siguientes a su publicación.

## A quién le toca

- Dueños de vehículos automotores con marchamo de períodos anteriores a 2021
- Dueños de motocicletas con períodos viejos pendientes
- Personas que quieren desinscribir un vehículo por desuso

## A quién beneficia

- Perdón total del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones de períodos anteriores a 2021
- La condonación queda efectiva con el solo pago del derecho de circulación de 2022
- En desinscripción por desuso, el perdón cubre todos los períodos adeudados

## Qué cambia

- Hay que pagar el marchamo de 2022 dentro de los tres meses posteriores a la publicación de la ley
- Embarcaciones y aeronaves quedan fuera del beneficio
- Funcionarios de la lista y sus cónyuges o convivientes no pueden usar el beneficio en vehículos de personas jurídicas donde participen

## Cláusulas a revisar

- **Exclusión de funcionarios y sus parejas** (único): La ley no aplica a vehículos de personas jurídicas donde participen estos funcionarios ni a los de sus cónyuges o convivientes. Texto: "La condonación dispuesta en el presente transitorio no será aplicable a ningún vehículo de cualquier tipo o motocicleta, propiedad personal o de sus cónyuges o convivientes, así como aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan participación los miembros de los Supremos Poderes"
- **Plazo corto de tres meses** (único): El perdón depende de pagar el marchamo de 2022 dentro de los tres meses posteriores a la publicación de la ley. Texto: "siempre que se cancele lo correspondiente al período 2022 dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de esta ley"

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10119 agregó un transitorio V a la Ley 7088. Ese transitorio perdona el marchamo viejo a quien se ponga al día con el 2022 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

El perdón cubre el principal, los ajustes, los intereses, las multas y las sanciones de los períodos anteriores al año 2021 inclusive ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

La condición es una sola: cancelar lo del período 2022 dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

La condonación queda efectiva con el solo pago del derecho de circulación del año 2022 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

Los tributos, timbres, seguros y cánones los administran el Ministerio de Hacienda, el IFAM, el Consejo de Seguridad Vial, el Consejo de Transporte Público y el INS ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

Para desinscribir un vehículo por desuso, la condonación se aplica a todos los períodos adeudados ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

La ley rige a partir de su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

### A quién le toca

A los dueños de vehículos automotores y motocicletas que deban marchamo de períodos anteriores a 2021 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

A quienes quieran desinscribir un vehículo por desuso y tengan períodos viejos pendientes ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

No le toca a los dueños de embarcaciones ni de aeronaves: la ley los excluye ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

Tampoco le toca a un grupo largo de funcionarios. La ley excluye vehículos y motocicletas, propios o de sus cónyuges o convivientes, registrados a nombre de personas jurídicas donde participen miembros de los Supremos Poderes ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

Esa lista incluye al presidente de la República, los vicepresidentes, los ministros y viceministros, los diputados, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo de Elecciones ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

También incluye al contralor y subcontralor, al procurador y subprocurador, a la defensora y defensora adjunta de los Habitantes y a los superintendentes de Sugef, Sugeval, Sugese y Supén ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

La lista sigue con jerarcas y miembros de juntas directivas de bancos del Estado e instituciones públicas, alcaldes, vicealcaldes e intendentes ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El video de la Asamblea del 27 de setiembre de 2023 dice que los legisladores aprobaron condonar las deudas de marchamos atrasados ([video, 00:00:10](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=10s)).

Ese mismo video habla de pagar el 2024, no el 2022 como dice el texto final ([video, 00:00:14](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=14s)).

El diputado Oscar Izquierdo, de Liberación Nacional, dijo que acababan de dar primer debate al proyecto de condonación ([video, 00:00:32](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=32s)).

Izquierdo también dijo: "este año esta Navidad van a tener la posibilidad de ponerse al día con el marchamo" ([video, 00:00:45](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=45s)).

El legislador oficialista Daniel Vargas explicó que una moción proponía condonar hasta 2023 inclusive ([video, 00:01:27](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=87s)).

Vargas dijo que con esa moción no estaban de acuerdo y que llamarían a votarla en contra ([video, 00:01:32](https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4&t=92s)).

En el video del 1 de diciembre de 2021, la comisión de asuntos económicos avanzó el expediente 22 1687 ([video, 00:00:12](https://www.youtube.com/watch?v=21J9M-PPlHI&t=12s)).

Ese video dice que el beneficio no aplicaría para embarcaciones y aeronaves ni para vehículos de altos jerarcas y sus convivientes ([video, 00:03:15](https://www.youtube.com/watch?v=21J9M-PPlHI&t=195s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y SINALEVI muestra una sola versión de la norma [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en la Gaceta que se indica [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el aprobado: el transitorio V y sus condiciones ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

La Ley 7088, a la que se le agregó el transitorio, sigue vigente [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12540&param2=148985&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea Legislativa dictar las leyes, reformarlas y derogarlas ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley se tramitó como una adición a la Ley 7088 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

El artículo 18 dice que los costarricenses deben contribuir para los gastos públicos ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley perdona deuda tributaria, y eso podría generar dudas sobre cómo se concilia con ese deber.

El artículo 45 protege la propiedad y permite limitarla por interés público con dos tercios de los votos ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca la propiedad de nadie: perdona una deuda ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1)).

El artículo 50 dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La condonación busca que la gente se ponga al día, según lo dicho en la Asamblea ([video, 00:00:48](https://www.youtube.com/watch?v=21J9M-PPlHI&t=48s)).

### Qué puede hacer usted

Si un cobro concreto le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito debe poner el hecho, el derecho violado, el nombre del funcionario o entidad y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para esa acción normalmente se necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si una institución pública le falla en el servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar esa queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por el portal institucional ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta, así que no se puede calcular el plazo de tres meses.

El dossier no aclara si el pago del 2022 ya venció o si el beneficio sigue abierto hoy.

El dossier no dice cuánta deuda se condonó ni cuántas personas se acogieron.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. Hay dudas sobre cómo se concilia el perdón de deuda tributaria con el deber de contribuir a los gastos públicos del artículo 18.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Presente un escrito con el hecho, el derecho violado, el nombre del funcionario o entidad y las pruebas. Cualquier persona puede hacerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Normalmente se necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque la inconstitucionalidad. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Fuentes

1. Ley 10119: CONDONACIÓN DE LAS DEUDAS ACUMULADAS RELACIONADAS AL PAGO DEL MARCHAMO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Condonarán deudas de marchamos atrasados. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-09-27. https://www.youtube.com/watch?v=RbV2xiL9Wf4
3. Avanza proyecto que condonaría más de dos períodos en pago de marchamo. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-12-01. https://www.youtube.com/watch?v=21J9M-PPlHI
4. Ley 10119 en SINALEVI: Condonación de las deudas acumuladas relacionadas al pago de marchamo (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 21/01/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96137&param2=128626&param3=1
5. Ley 7088: Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo Arancelario y Aduanero CA (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/11/1987. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=12540&param2=148985&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10119

Condonación de las deudas acumuladas relacionadas al pago de marchamo

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N° 10119

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA

DECRETA:

CONDONACIÓN DE LAS DEUDAS ACUMULADAS

RELACIONADAS AL PAGO DEL MARCHAMO

ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona
un transitorio V a la Ley 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo
Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987. El texto es
el siguiente:

Transitorio V- Los sujetos
pasivos de tributos, timbres, seguros y cánones administrados por el Ministerio
de Hacienda, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el Consejo de
Seguridad Vial (CSV), el Consejo de Transporte Público (CTP) y el Instituto
Nacional de Seguros (INS) correspondientes al impuesto sobre la
propiedad de vehículos automotores, creado por el artículo 9 de la Ley 7088,
Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª Consejo Arancelario y Aduanero
Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987, y sus demás rubros, que tengan
pendientes períodos anteriores al año 2021 inclusive, tendrán condonación total
del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones, siempre que se cancele
lo correspondiente al período 2022 dentro de los tres meses posteriores a la
entrada en vigencia de esta ley. La condonación será efectiva con el solo pago
del derecho de circulación correspondiente al año 2022.

Para efectos de desinscripción
de vehículos automotores por desuso, la condonación se aplicará a todos los
períodos adeudados.

La condonación dispuesta en
el presente transitorio no será aplicable a ningún vehículo de cualquier tipo o
motocicleta, propiedad personal o de sus cónyuges o convivientes, así como
aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan
participación los miembros de los Supremos Poderes, el presidente de la
República, los vicepresidentes, los ministros y viceministros, los diputados,
los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados del Tribunal
Supremo de Elecciones, el contralor y subcontralor de la
República, el procurador y subprocurador general de la República, la defensora
y defensora adjunta de los Habitantes, el superintendente general de Entidades
Financieras ( Sugef ), el superintendente general de
Valores ( Sugeval ),
el superintendente general de Seguros ( Sugese ), el
superintendente general de Pensiones ( Supén ), los
jerarcas y miembros de las juntas directivas de los bancos del Estado y de las
instituciones públicas, los alcaldes, vicealcaldes e intendentes.

Esta condonación aplicará
únicamente a vehículos automotores y motocicletas, excluyendo de la norma a
embarcaciones y aeronaves.

Rige a partir de su
publicación.

Dado en la Presidencia de la
República, San José, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil
veintidós.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10119). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.