# Ley 10160: Sociedades inactivas declaran solo un resumen y pueden borrar cédulas 3-012

- Página: https://elcenso.com/leyes/10160
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES TRIBUTARIOS PARA PERSONAS JURÍDICAS SIN ACTIVIDAD LUCRATIVA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1

## En resumen

La ley 10160 alivia la declaración anual de las sociedades inactivas y permite a entidades no domiciliadas con cédula 3-012 pedir al Registro Nacional que se la elimine.

## A quién le toca

- Sociedades inactivas que deben presentar la declaración informativa resumida
- Entidades no domiciliadas con cédula jurídica 3-012 que no hacen actividad en el país
- Personas que firmaron contratos con esas entidades antes de la eliminación de la cédula

## A quién beneficia

- Las sociedades inactivas declaran solo un resumen de activos, pasivos y capital
- Si no hay cambios, basta confirmar el contenido existente para tener por hecha la declaración anual
- Las entidades con cédula 3-012 pueden pedir al Registro Nacional que elimine la cédula
- Los actos y contratos firmados antes de la eliminación siguen válidos

## Qué cambia

- La declaración de las sociedades inactivas debe ser resumida y simple para bajar el costo de cumplimiento
- Las sociedades inactivas tienen una prórroga de tres meses desde la entrada en vigencia
- La ley rige desde su publicación

## Cláusulas a revisar

- **Salida para cédulas 3-012** (1): El título de la ley habla de simplificación de trámites para personas jurídicas sin actividad lucrativa. El artículo 1 agrega una salida específica para entidades no domiciliadas con cédula 3-012: pueden pedir al Registro Nacional que elimine la cédula. Texto: "En caso de entidades no domiciliadas que ostenten cédula jurídica que inicie en 3- 012, y no realicen ninguna actividad en el país, podrán solicitar al Registro Nacional la eliminación de la cédula jurídica que se les emitió, sin perjuicio de que se mantenga la validez de cualquier acto o contrato suscrito de previo a la eliminación de la referida cédula."
- **Resumen sin contenido definido** (1): La ley pide un resumen de activos, pasivos y capital, pero no define en el texto qué información exacta debe contener ni cómo se verifica. El dossier no incluye el reglamento. Texto: "la declaración informativa deberá ser resumida y simple, de tal forma que se minimice el costo de cumplimiento"

## Explicación

### Qué cambia

La ley 10160 reforma el inciso a) del artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). Ese artículo define quiénes son contribuyentes del impuesto. Antes, toda persona jurídica constituida en el país era contribuyente, hiciera o no actividad lucrativa.

Ahora el texto exceptúa de esa regla a las sociedades inactivas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). Esas sociedades solo deben darle a la Administración Tributaria un resumen de cómo cambiaron sus activos, pasivos y capital. La declaración tiene que ser "resumida y simple, de tal forma que se minimice el costo de cumplimiento".

Si la información no cambió, la declaración anual se tiene por hecha con solo confirmar el contenido que ya existe ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

La ley también abre una salida para entidades no domiciliadas que tengan cédula jurídica que empiece en 3-012 y no hagan ninguna actividad en el país ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). Esas entidades pueden pedirle al Registro Nacional que elimine la cédula. La eliminación no anula los actos o contratos que se firmaron antes.

El artículo 2 agrega un transitorio VI a la Ley 7092 ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). Las sociedades inactivas tienen una prórroga de tres meses, contados desde que la ley entró a regir, para cumplir con la declaración informativa.

La ley rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). El texto dice que se firmó en la Presidencia de la República, en San José, el 11 de marzo de 2022.

### A quién le toca

A las sociedades inactivas. Son las que el texto exceptúa de la regla general y solo les pide el resumen de activos, pasivos y capital ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

A las entidades no domiciliadas con cédula jurídica que empiece en 3-012 y que no realicen ninguna actividad en el país. Pueden pedir la eliminación de la cédula ante el Registro Nacional ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

A las personas que firmaron actos o contratos con esas entidades antes de la eliminación. Esos actos y contratos siguen válidos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1.

La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1). El dossier no incluye el número de La Gaceta ni la fecha exacta de publicación.

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. El texto consolidado coincide con la reforma que describe el artículo 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1) ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "observar la Constitución y las leyes" y "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no elimina el deber tributario: mantiene a las sociedades inactivas como contribuyentes y solo les pide un resumen ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)).

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la potestad de "dictar las leyes, reformarlas, derogarlas" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 10160 reforma una ley anterior, la 7092, y adiciona un transitorio ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1)). Eso calza con esa potestad.

El artículo 41 garantiza que todos encuentren "reparación para las injurias o daños" y "justicia pronta, cumplida" ([Constitución, art. 41](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no cierra ninguna vía de reclamo. Quien se sienta afectado por un acto de la Administración Tributaria o del Registro Nacional puede acudir a los tribunales.

### Qué puede hacer usted

Si la Administración Tributaria le rechaza la declaración resumida o le cobra como si fuera una sociedad activa, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). El amparo procede contra actos u omisiones de servidores públicos que violen o amenacen violar un derecho fundamental.

Paso a paso para el amparo: escriba con claridad el hecho u omisión que lo motiva, el derecho que considera violado, el nombre del servidor u órgano que causó el agravio y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)). No hace falta citar la norma constitucional infringida. El recurso no requiere otras formalidades ni autenticación y puede presentarse por memorial, telegrama u otro medio escrito.

Si lo que quiere es atacar la ley misma por contradecir la Constitución, la vía es la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional. El artículo 75 pide, por regla general, que exista un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque la inconstitucionalidad.

Si el problema es el mal funcionamiento de una institución pública, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo si una institución pública o sus funcionarios le maltrataron un derecho o interés.

Si quiere cambiar la ley, puede usar la iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). El proyecto debe votarse en la Asamblea en un plazo máximo de dos años.

### Lo que no sabemos

El dossier no explica qué información exacta debe contener el resumen de activos, capital y pasivos de las sociedades inactivas.

El dossier no dice cuántas cédulas jurídicas 3-012 existen ni cuántas se han eliminado.

El dossier no incluye el reglamento que define qué es una sociedad inactiva.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10160 y los artículos constitucionales del dossier. La ley reforma una ley tributaria dentro de la potestad de la Asamblea y no cierra vías de reclamo.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Escriba el hecho u omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. No requiere autenticación ni citar la norma constitucional. Puede presentarse por memorial, telegrama u otro medio escrito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales. Por regla general debe existir un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde se invoque la inconstitucionalidad. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de un servicio público. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto y seguir el procedimiento. El proyecto debe votarse en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10160: SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES TRIBUTARIOS PARA PERSONAS JURÍDICAS SIN ACTIVIDAD LUCRATIVA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10160 en SINALEVI: Ley de simplificación de trámites tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 11/03/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96537&param2=129371&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10160

Ley de simplificación de trámites tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa

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N° 10160

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITES
TRIBUTARIOS PARA PERSONAS

JURÍDICAS SIN ACTIVIDAD
LUCRATIVA

ARTÍCULO 1- Se reforma el
inciso a) del artículo 2 de la Ley 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21
de abril de 1988. El texto es el siguiente:

Artículo 2- Contribuyentes

Independientemente de la
nacionalidad, del domicilio y del lugar de la constitución de las personas
jurídicas o de la reunión de sus juntas directivas o de la celebración de los
contratos, son contribuyentes todas las empresas públicas o privadas que realicen
actividades o negocios de carácter lucrativo en el país:

a) Todas las personas
jurídicas legalmente constituidas, con independencia de si realizan o no una
actividad lucrativa, las sociedades de hecho, las sociedades de actividades
profesionales, las empresas del Estado, los entes colectivos sin personalidad
jurídica y las cuentas en participación que haya en el país.

Se exceptúa de la
aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior a las sociedades inactivas,
las cuales estarán en la obligación de suministrar a la Administración Tributaria
solo la información resumen de los incrementos en sus activos, pasivos y capital.
En este caso, la declaración informativa deberá ser resumida y simple, de tal
forma que se minimice el costo de cumplimiento. De no existir variación en la información
suministrada, la declaración anual se entenderá realizada mediante la confirmación
del contenido existente.

En caso de entidades no domiciliadas
que ostenten cédula jurídica que inicie en 3- 012, y no realicen ninguna
actividad en el país, podrán solicitar al Registro Nacional la eliminación de
la cédula jurídica que se les emitió, sin perjuicio de que se mantenga la
validez de cualquier acto o contrato suscrito de previo a la eliminación de la
referida cédula.

(.)



ARTÍCULO 2- Se adiciona un
nuevo transitorio a la Ley 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de
abril de 1988. El texto es el siguiente:

Transitorio VI- Para el
cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2, referente a la
declaración informativa de las sociedades inactivas, estas contarán con una
prórroga de tres meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de
la República, San José, a los once días del mes de marzo del año dos mil
veintidós.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10160). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.