# Ley 10194: La Cruz puede dividir dos fincas y donar lotes a familias pobres

- Página: https://elcenso.com/leyes/10194
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ PARA QUE SEGREGUE EN LOTES UN INMUEBLE DE DOMINIO PRIVADO DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS, EN BARRIO IRVIN DE LA CRUZ.
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de La Cruz a partir dos terrenos suyos en lotes y donarlos a personas de escasos recursos en Barrio Irvin, con reglas sobre uso y venta.

## A quién le toca

- Personas de escasos recursos de Barrio Irvin de La Cruz que reciban un lote
- Familias beneficiarias cuya vivienda queda bajo patrimonio familiar
- La Municipalidad de La Cruz, que debe dividir los terrenos y otorgar las escrituras

## A quién beneficia

- Recibir un lote para construir vivienda sin pagar impuestos de traspaso ni timbre de registro
- La vivienda familiar queda protegida por el patrimonio familiar del Código de Familia

## Qué cambia

- El beneficiario no puede vender, alquilar ni gravar el lote por diez años
- El terreno solo se puede usar para construir vivienda
- La Municipalidad debe abrir un expediente económico por cada beneficiario

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio limitado a personas de escasos recursos de Barrio Irvin** (1): La donación no es para cualquier persona. La ley la dirige a personas de escasos recursos de ese barrio y exige un expediente económico por cada una. Texto: "y los done a las personas de escasos recursos que se indican a continuación"
- **Diez años sin poder vender ni alquilar el lote** (1): El beneficiario recibe el terreno, pero no puede traspasarlo, venderlo, arrendarlo ni gravarlo durante diez años. Texto: "El beneficiario no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar, en ninguna forma, el terreno traspasado durante el plazo de diez años, a partir de la formalización de la donación."
- **Servidumbre en bienes municipales sin detalle** (3): La ley autoriza a la Municipalidad a constituir servidumbre en bienes municipales cuando se requiera, sin decir en cuáles bienes ni con qué condiciones. Texto: "se autoriza a la Municipalidad de La Cruz a constituir servidumbre en bienes municipales, en los casos que así se requiera."

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de La Cruz puede dividir en lotes un terreno suyo de 13.954,52 metros cuadrados y donar esos lotes a personas de escasos recursos en Barrio Irvin ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)). El terreno está inscrito con el folio 064948-000 y descrito en el plano G-530586-84.

La ley también autoriza dividir un segundo terreno de 4.998 metros cuadrados, con folio 236406-000 y plano G-2170579-2019 ([art. 1 bis](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)). Esa autorización se agregó en enero de 2025 con la Ley 10628 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103931&param2=145023&param3=1).

Para cada beneficiario, la Municipalidad debe abrir un expediente administrativo sobre su situación económica ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

Si los beneficiarios forman un grupo familiar, la vivienda queda bajo el régimen de patrimonio familiar del Código de Familia, Ley 5476 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

Los terrenos solo se pueden usar para construir vivienda ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)). El beneficiario no puede traspasar, vender, arrendar ni gravar el terreno durante diez años desde la donación.

Las escrituras de donación las otorga la Municipalidad ante la Notaría del Estado ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)). Los beneficiarios quedan exonerados de todo tributo, de impuestos de traspaso, derechos y timbre de registro.

La ley también permite a la Municipalidad constituir servidumbre en bienes municipales cuando haga falta ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

### A quién le toca

A las personas de escasos recursos de Barrio Irvin de La Cruz que reciban un lote: obtienen el terreno para vivienda y no pagan impuestos de traspaso ni timbre de registro ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

A esas mismas personas: no pueden vender, alquilar ni gravar el lote por diez años ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

A las familias beneficiarias: su vivienda queda bajo el patrimonio familiar del Código de Familia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

A la Municipalidad de La Cruz: le toca dividir los terrenos, abrir un expediente por cada beneficiario y otorgar las escrituras ante la Notaría del Estado ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y SINALEVI muestra la versión 2 de 2, sin observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1).

La versión original es de abril de 2022 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx). La Ley 10628, del 28 de enero de 2025, le agregó el artículo 1 bis y el artículo 3 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103931&param2=145023&param3=1).

El texto que rige hoy incluye esos dos artículos nuevos ([art. 1 bis](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo comparó el texto con los artículos de la Constitución que están en el dossier y no encontró un choque directo.

El artículo 65 pide al Estado promover la construcción de viviendas populares y crear el patrimonio familiar del trabajador ([Constitución, art. 65](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La donación de lotes para vivienda va en esa dirección ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

El artículo 51 ordena protección especial a la familia ([Constitución, art. 51](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto protege la vivienda familiar con el patrimonio familiar del Código de Familia ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

El artículo 45 declara inviolable la propiedad y permite limitarla por interés público con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí la Municipalidad dona propiedad suya, no quita propiedad a nadie ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

El artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley le da a la Municipalidad de La Cruz la tarea de dividir y donar ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

El artículo 170 reconoce autonomía a las municipalidades ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley trabaja dentro de esa autonomía al autorizar actos de la Municipalidad ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si vive en Barrio Irvin y cree que cumple los requisitos, pida en la Municipalidad de La Cruz el expediente administrativo de su situación económica ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1)).

Si la Municipalidad no le responde o le niega el trámite sin explicación, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que causó el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Si sospecha un mal manejo de fondos o de bienes municipales en este proceso, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa presupuestos y actuaciones de las municipalidades.

Las denuncias se presentan en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si la Municipalidad le da un mal servicio en este trámite, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.

Si quiere cambiar la ley, puede impulsar una iniciativa popular ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). Necesita reunir las firmas que exige la ley y el TSE las revisa.

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántos lotes salen de cada terreno ni cuántas personas serán beneficiarias.

El dossier no dice cuáles son los montos o criterios exactos del estudio económico de cada beneficiario.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la ley y los artículos constitucionales del dossier. La donación de lotes para vivienda calza con los artículos 65 y 51, y la tarea municipal calza con los artículos 169 y 170.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional contra el servidor o el órgano que causó el agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; al teléfono 2501-8025; por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Reúna las firmas que exige la ley; el TSE las revisa. La Oficina de Iniciativa Popular da asesoramiento técnico gratuito. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10194: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ PARA QUE SEGREGUE EN LOTES UN INMUEBLE DE DOMINIO PRIVADO DE SU PROPIEDAD Y LOS DONE A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS, EN BARRIO IRVIN DE LA CRUZ.. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10628: Reforma Autorización a la Municipalidad de La Cruz para que segregue en lotes un inmueble de dominio privado de su propiedad y los done a personas de escasos recursos en Barrio Irvin de La Cruz (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/01/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103931&param2=145023&param3=1
3. Ley 10194 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de La Cruz para que segregue en lotes un inmueble de dominio privado de su propiedad y los done a personas de escasos recursos en Barrio Irvin de La Cruz (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/04/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97235&param2=145024&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10194

Autorización a la Municipalidad de La Cruz para que segregue en lotes un inmueble de dominio privado de su propiedad y los done a personas de escasos recursos en Barrio Irvin de La Cruz

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N° 10194

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

PARA QUE SEGREGUE EN LOTES UN INMUEBLE

DE DOMINIO PRIVADO DE SU PROPIEDAD Y LOS

DONE A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS,

EN BARRIO IRVIN DE LA CRUZ

Artículo 1- Se
autoriza a la Municipalidad de La Cruz, cédula jurídica número tres-cero
catorce-cero cuarenta y dos mil ciento cinco, (3-014-042105), para e que
segregue en lotes el inmueble de su propiedad, inscrito en el Registro
Nacional, sección de Bienes Inmuebles, bajo el folio real matrícula número cero
sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y ocho-cero cero cero (N.°
064948-000) del partido de Guanacaste, el cual se describe en el plano
catastrado número G-cinco tres cero cinco ocho seis-ocho cuatro (G-530586-84),
con una cabida de trece mil novecientos cincuenta y cuatro metros cuadrados y
cincuenta y dos decímetros (13954,52 m 2 ); naturaleza:
terreno para lotificar, situado en el distrito 1: La Cruz; cantón 10: La Cruz
de la provincia de Guanacaste; linderos: norte: Tierrica Sociedad Anónima; sur:
Tierrica Sociedad Anónima; este: Tierrica Sociedad Anónima y oeste: camino
público con frente 14M 00CM y los done a las personas de escasos recursos que
se indican a continuación:

Para efectos de esta donación, la Municipalidad
levantará un expediente administrativo por cada beneficiario en relación con su
situación económica, conforme lo establece la legislación correspondiente del
Sistema Financiero para la Vivienda.

En caso de que los beneficiarios constituyan un grupo
familiar, la vivienda se considera afecta al régimen de patrimonio familiar
prescrito en la Ley 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973, tanto
en caso de matrimonio como en unión libre.

Los terrenos descritos en esta ley serán utilizados,
exclusivamente, para la construcción de vivienda. El beneficiario no podrá
traspasar, vender, arrendar ni gravar, en ninguna forma, el terreno traspasado
durante el plazo de diez años, a partir de la formalización de la donación.



Artículo
1 bis- La Municipalidad de La Cruz, cédula jurídica número tres-cero
catorce-cero cuarenta y dos mil ciento cinco, (3-014-042105), queda autorizada
también para que segregue en lotes el inmueble de su propiedad inscrito en el Registro
Nacional, sección de Bienes Inmuebles, bajo el folio de matrícula número
doscientos treinta y seis mil cuatrocientos seis-cero cero cero
(N. º 236406-000) del partido de Guanacaste, el cual se describe en el
plano catastrado número G- dos uno siete cero cinco siete nueve- dos cero uno
nueve (G-2170579-2019), con una cabida de cuatro mil novecientos noventa y ocho
metros cuadrados (4998 m2); naturaleza: terreno de solar, situado en el
distrito 1-La Cruz; cantón 1 O-La Cruz; provincia de Guanacaste; linderos:
norte: calle pública con un frente a ella de once metros setenta y siete
centímetros (11,77 metros), sur: Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, calle
pública con un frente a ella de nueve metros quince centímetros (9, 15m); este:
calle pública con un frente a ella de veintiocho metros con veinte centímetros
(28,20m), Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, calle pública con un frente a
ella de diez metros con veinticinco centímetros (10,25m), calle pública con un
frente a ella de nueve metros (9m); oeste: Tierrica
Sociedad Anónima, calle pública con un frente a ella de nueve metros con
cincuenta centímetros (9,50m), calle pública con un frente a ella de veintidós
metros con trece centímetros (22, 13 m) y los done a las personas de escasos
recursos que se indican a continuación:

Para
los efectos de los lotes antes descritos, la autorización contenida en este
artículo es complementaria a la autorización otorgada a la Municipalidad de La
Cruz en el numeral 1 de la Ley 1 O 194, Autorización a la Municipalidad de La
Cruz para que Segregue en Lotes un Inmueble de Dominio Privado de su Propiedad
y los Done a Personas de Escasos Recursos, en Barrio lrvin
de La Cruz, de 25 de abril de 2022.

En
el caso de los lotes que se describen a continuación, se autoriza a la
Municipalidad de La Cruz a constituir servidumbre de paso que brinde acceso
sobre las siguientes fincas, a tales efectos, se varía el número de plano
catastrado en los siguientes lotes:

(Así
adicionado por el artículo 1° de la ley N° 10628 del 28 de enero del 2025)



ARTÍCULO 2- Las escrituras de donación de los lotes
que se autorizan mediante la presente ley las otorgará la Municipalidad de La
Cruz ante la Notaría del Estado, del documento ante el Registro Público de la
Propiedad. Se exonera a los beneficiarios de esta donación de todo tributo, de
impuestos de traspaso, derechos y timbre de registro.

Rige a partir de
su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a
los veinticinco días del mes de abril del año dos mil veintidós.

EJECÚTESE Y
PUBLÍQUESE



Artículo 3- Para efectos de la presente ley,
se autoriza a la Municipalidad de La Cruz a constituir servidumbre en bienes
municipales, en los casos que así se requiera.

(Así adicionado por el artículo 2°
de la ley N° 10628 del 28 de enero del 2025)

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10194). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.