El Censo
Ley10241Vigente
Ley

Asociaciones de desarrollo podrán hacer mantenimiento con plata pública

La Ley 10241 permite que asociaciones comunales firmen contratos con entidades públicas y municipalidades para mantener infraestructura, con cargo a fondos públicos y bajo la Ley 9986.

Título oficial REFORMA DE LA LEY 3859, LEY SOBRE EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD (DINADECO), DE 7 DE ABRIL DE 1967

Atención: La ley autoriza pagar servicios de mantenimiento a asociaciones con cargo a recursos de entes públicos, bajo el procedimiento de la Ley 9986.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • A quién le sirve: Asociaciones de desarrollo comunal

    El artículo reformado permite a las asociaciones celebrar contratos de cualquier tipo y realizar toda clase de operaciones lícitas, sin que el texto detalle límites.

    celebrar contratos de cualquier tipo, realizar toda clase de operaciones lícitas
    23, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Asociaciones de desarrollo comunal regidas por la Ley 3859 que quieran firmar contratos de mantenimiento
  • Entidades públicas y municipalidades que quieran contratar a asociaciones para mantenimiento
  • Vecinos de comunidades donde operen asociaciones que presten esos servicios

A quién beneficia

  • Las asociaciones comunales pueden adquirir bienes y firmar contratos de cualquier tipo para sus fines
  • Pueden crear microempresas comunitarias para mantenimiento de infraestructura y predios
  • Las entidades públicas y municipalidades quedan autorizadas a firmar convenios con esas asociaciones

Qué cambia

  • Los contratos se pagan con recursos de entes públicos
  • Debe seguirse el procedimiento de contratación de la Ley 9986
  • El reglamento debía actualizarse en noventa días hábiles

La explicación completa

Qué cambia

La Ley 10241 reformó el artículo 23 de la Ley 3859 (DINADECO) y ahora permite a las asociaciones comunales hacer más cosas con su plata y sus bienes (art. 23). Pueden adquirir toda clase de bienes, firmar contratos de cualquier tipo y hacer operaciones lícitas para cumplir sus fines.

También pueden crear emprendimientos socioproductivos bajo la figura de microempresas comunitarias (art. 23). Esos emprendimientos sirven para mantenimiento de infraestructura comunal pública, infraestructura vial por estándares y mantenimiento de predios.

La ley autoriza a las entidades públicas y a los gobiernos locales a firmar convenios o contratos con esas asociaciones (art. 23). La idea es que las asociaciones presten servicios de mantenimiento con cargo a los recursos de los entes públicos. El texto dice que eso busca generar empleo y propiciar el desarrollo socioeconómico en las comunidades.

Todo debe hacerse con apego a los requisitos técnicos y mediante el procedimiento de contratación que corresponda (art. 23). Además, debe cumplirse la Ley 9986, Ley de Contratación Pública, de 27 de mayo de 2021.

El transitorio único ordena actualizar el reglamento a más tardar noventa días hábiles después de la publicación de la ley (art. Transitorio Único). La ley se firmó en San José el 13 de julio de 2022 (art. Único).

A quién le toca

A las asociaciones de desarrollo comunal regidas por la Ley 3859 y su reglamento (art. 23). Ellas son las que pueden adquirir bienes, firmar contratos y crear microempresas comunitarias.

A las entidades públicas y a los gobiernos locales (art. 23). La ley los autoriza a firmar convenios o contratos con esas asociaciones para servicios de mantenimiento.

A las personas de las comunidades donde operen esas asociaciones (art. 23). El texto menciona generar empleo y desarrollo socioeconómico en las comunidades.

Lo que se dijo en la Asamblea

La diputada de la comisión especial de Cartago dictaminó en forma positiva el expediente 22.198, una reforma a la ley de DINADECO 00:00:10. Según la grabación, la iniciativa pretende facultar a las asociaciones para hacer mantenimiento de infraestructura comunal pública, vial y de predios mediante contratos con instituciones públicas 00:00:24.

Una diputada dijo que el proyecto es importante para el desarrollo de las comunidades del país 00:00:50. También dijo: "me parece que el fortalecimiento de esta de esta iniciativa acuerpado con la reforma de la ley de dinámico pues viene a aportarle mucho al país" 00:00:56.

Otros legisladores anunciaron mociones para subsanar aspectos como los controles 00:01:33. Un legislador dijo que presentarían mociones por dos temas 00:01:41. El primero: entender que este tipo de contratos no implica tercerización 00:01:49. El segundo: poner límites a los contratos y convenios para que no sean tan abiertos 00:02:42. Ese legislador dijo que tampoco se eliminan todos los controles de transparencia 00:03:02.

En una grabación de 2014, Haris Regidor Barbosa, presidente ejecutivo, habló en la comisión de asuntos municipales 00:00:24. Dijo que la institución estaba atrasada tecnológicamente y con infraestructura deficiente 00:01:08.

En una grabación de 2017, Haris Regidor Barbosa de la dirección nacional de desarrollo de la comunidad mostró su apoyo al proyecto 19 mil 633 00:00:09. Ese proyecto pretendía reforzar con el 10 por ciento de las utilidades del Banco Popular a DINADECO 00:00:21. Aclaró que era una medida paliativa que no resuelve en su totalidad la necesidad de invertir en todas las comunidades del país 00:00:28.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente 5. SINALEVI registra una sola versión de la norma. La Procuraduría General de la República observa que, al no indicar fecha de rige, la ley empieza a regir diez días después de su publicación, según el artículo 129 de la Constitución Política.

El texto vigente del artículo 23 en SINALEVI coincide con el texto aprobado 6. SINALEVI anota que ese artículo fue reformado por el artículo único de la Ley 10241 del 13 de julio de 2022.

Frente a la Constitución

El artículo 182 de la Constitución ordena licitación para contratos de ejecución de obras públicas, compras con fondos de esas entidades y ventas o arrendamientos de bienes públicos Constitución, art. 182. La ley remite esos contratos al procedimiento de la Ley 9986 y exige cumplir los requisitos técnicos (art. 23). El Censo no encontró un choque directo: el texto no exime de licitación, sino que ordena seguir el procedimiento que corresponda.

El artículo 183 de la Constitución da a la Contraloría General de la República la vigilancia de la Hacienda Pública Constitución, art. 183. La ley usa recursos de entes públicos para pagar servicios de asociaciones (art. 23). Esa plata sigue bajo la vigilancia de la Contraloría, según la guía de participación ciudadana guía, p. 68. El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 56 de la Constitución dice que el trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad Constitución, art. 56. La ley menciona generar empleo en las comunidades (art. 23). El Censo no encontró choque entre ambos textos.

Qué puede hacer usted

Si una asociación de su comunidad firma un contrato con una municipalidad o una institución pública, usted puede pedir información sobre ese contrato. La Contraloría revisa los contratos que las instituciones públicas firman para verificar que se ajusten a la ley guía, p. 68.

Puede presentar una denuncia ante la Contraloría si sospecha un manejo irregular de recursos públicos guía, p. 68. Las formas son: personalmente en Sabana Sur, llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, usar el portal de Denuncia Electrónica, escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr, o enviar un apartado postal a 1179-1000 San José.

Puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le brinda un mal servicio guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja si fue maltratada en sus derechos por el mal funcionamiento de una institución pública.

Si un acto concreto de una institución viola un derecho suyo, puede interponer un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Si considera que la ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos.

Lo que no sabemos

El dossier no dice si el reglamento se actualizó dentro de los noventa días hábiles que ordena el transitorio único.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 9986 ni el detalle del procedimiento de contratación aplicable.

El dossier no dice cuántos convenios se han firmado al amparo de esta reforma ni por cuánto dinero.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

Al no indicar fecha de rige, esta ley empieza a regir diez días después de su publicación, según lo que dispone el artículo 129 de la Constitución Política.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley remite los contratos a la Ley 9986 y mantiene la vigilancia de la Contraloría; no se encontró una contradicción directa con los artículos revisados.

  1. Constitución, art. 182"Los contratos para la ejecución de obras públicas que celebren los Poderes del Estado, las Municipalidades y las instituciones autónomas, las compras que se hagan con fondos de esas entidades y las ventas o arrendamientos de bienes pertenecientes a las mismas, se harán mediante licitación, de acuerdo con la ley en cuanto al monto respectivo."
    Esta ley, art. 23"en apego a los requisitos técnicos y mediante el procedimiento de contratación que corresponda y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 9986, Ley de Contratación Pública, de 27 de mayo de 2021"

    Sin choque aparente La Constitución pide licitación para obras públicas. La ley no la elimina: manda a seguir el procedimiento de la Ley 9986.

  2. Constitución, art. 183"La Contraloría General de la República es una institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública; pero tiene absoluta independencia funcional y administrativa en el desempeño de sus labores."
    Esta ley, art. 23"con cargo a los recursos de los entes públicos, las asociaciones puedan prestar servicios de mantenimiento de infraestructura comunal pública"

    Sin choque aparente Los pagos salen de fondos públicos y siguen bajo la vigilancia de la Contraloría.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:24

    "con esta iniciativa se pretende facultar a las asociaciones de desarrollo comunal para que puedan realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal pública de infraestructura vial por estándares y mantenimiento de predios mediante contratos con instituciones públicas"

    Asociaciones de desarrollo podrán realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal

  • 00:00:56

    "me parece que el fortalecimiento de esta de esta iniciativa acuerpado con la reforma de la ley de dinámico pues viene a aportarle mucho al país"

    Asociaciones de desarrollo podrán realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal

  • 00:01:49

    "entender que no significa que este tipo de contratos va a implicar tercerización"

    Asociaciones de desarrollo podrán realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal

  • 00:03:02

    "tampoco es que a partir de este convenio ya se eliminan todos los controles de transparencia"

    Asociaciones de desarrollo podrán realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal

  • 00:00:28

    "sin embargo aclaró que es una medida paliativa que no resuelve en su totalidad la necesidad que tienen de invertir en todas las comunidades del país"

    Haris Regidor Barbosa · DINADECO DE ACUERDO CON AUMENTAR RECURSOS

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 10241: REFORMA DE LA LEY 3859, LEY SOBRE EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD (DINADECO), DE 7 DE ABRIL DE 1967 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Asociaciones de desarrollo podrán realizar labores de mantenimiento de infraestructura comunal Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-03-03
  3. DINADECO REFUERZA ESTRATEGIA DE APOYO A LAS COMUNIDADES Asamblea Legislativa Costa Rica, 2014-12-10
  4. DINADECO DE ACUERDO CON AUMENTAR RECURSOS Asamblea Legislativa Costa Rica, 2017-07-26
  5. Ley 10241 en SINALEVI: Reforma Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/07/2022
  6. Ley 3859: Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 07/04/1967
  7. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  8. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10241

Reforma Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO)

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 10241

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DE LA LEY 3859, LEY SOBRE EL DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD (DINADECO), DE 7 DE ABRIL DE 1967

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 23 de la Ley 3859, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad ( Dinadeco ), de 7 de abril de 1967. El texto es el siguiente:

Artículo 23- Para su funcionamiento, las organizaciones comunales regidas por la Ley 3859, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad ( Dinadeco ) de 7 de abril de 1967, y su reglamento, pueden adquirir toda clase de bienes, celebrar contratos de cualquier tipo, realizar toda clase de operaciones lícitas, dirigidas a la consecución de sus fines, implementar emprendimientos socioproductivos , bajo la figura de microempresas comunitarias, para labores de mantenimiento de infraestructura comunal pública, de infraestructura vial por estándares y mantenimiento de predios.

Se autoriza a las entidades públicas y a los gobiernos locales para que realicen convenios y/o contratos con esas asociaciones, para que de manera planificada y con cargo a los recursos de los entes públicos, las asociaciones puedan prestar servicios de mantenimiento de infraestructura comunal pública, de infraestructura vial por estándares y mantenimiento de predios, para generar empleo y propiciar el desarrollo socioeconómico en las comunidades, en apego a los requisitos técnicos y mediante el procedimiento de contratación que corresponda y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 9986, Ley de Contratación Pública, de 27 de mayo de 2021.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

TRANSITORIO ÚNICO- El reglamento debe ser actualizado a más tardar noventa días hábiles a partir de la fecha de publicación de la presente ley.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de julio del año dos mil veintidós.

EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE

Observaciones

¿Vio algo que no calza?

Si encontró un error, sabe algo que falta o leyó una noticia sobre esta ley, cuéntenos. No se publica: lo lee el equipo y lo revisamos contra las fuentes antes de cambiar nada.

¿Qué opina usted?

0 comentarios

Nadie ha comentado todavía. Puede ser el primero.

0/1200