Nueva ley suma capacitación al costo de la vivienda
La ley 10260 permite al BANHVI financiar capacitación y acompañamiento social con hasta un 1% del presupuesto anual del FOSUVI.
Título oficial ADICIÓN DE UN INCISO D) AL ARTÍCULO 177 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARALA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI, LEY Nº 7052, DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA LA INCORPORACIÓN DE LA VARIABLE SOCIAL DENTRO DE LOS SERVICIOS QUE BRINDA EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA.
Atención: La ley autoriza al BANHVI a usar hasta un 1% del presupuesto anual del FOSUVI para capacitación, y el dossier no dice a cuánto dinero equivale ese monto.
La letra pequeña
Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El permiso está escrito en palabras tan amplias que casi no tiene límite.
A quién le sirve: BANHVI
La ley deja al BANHVI fijar la metodología y el perfil de las personas profesionales. El texto no detalla esos criterios.
el Banhvi deberá emitir la reglamentación para el uso de los recursos que contemple los lineamientos que incluyan aspectos de supervisión, auditoría y evaluación, así como la metodología y el perfil de las personas profesionales que puedan desarrollar estas actividades
transitorio único, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Familias beneficiarias de subsidios de vivienda en proyectos habitacionales
- El BANHVI, que debe velar por el precio de venta y financiar la capacitación
- La Auditoría Interna del BANHVI, que debe rendir un informe anual
- Las personas profesionales que darán la capacitación y el acompañamiento
A quién beneficia
- Las familias beneficiarias reciben capacitación y acompañamiento socio-organizativo
- El BANHVI puede pagar esos costos con recursos del FOSUVI, hasta un 1% del presupuesto anual
- Las comunidades pueden quedar más organizadas y articuladas con su gobierno local
Qué cambia
- El precio máximo de venta de las viviendas del FOSUVI ahora incluye los costos de capacitación
- El BANHVI tiene seis meses desde la vigencia para emitir el reglamento
- La Auditoría Interna del BANHVI debe evaluar el impacto social cada año
La explicación completa
Qué cambia
La ley 10260 agrega un inciso d) al artículo 177 de la Ley 7052. Ese inciso mete los costos de capacitación y acompañamiento socio-organizativo dentro del cálculo del precio máximo de venta de las viviendas que financia el FOSUVI (art. único).
El precio final de esas viviendas no puede pasar de 1.33 veces la suma de varios rubros. Uno de esos rubros es ahora el nuevo inciso d) (art. único).
El inciso d) cubre el período que va desde la aprobación del proyecto hasta un año después de terminada la construcción (art. único).
Ese dinero debe servir para que las familias beneficiarias desarrollen destrezas y habilidades. La ley busca comunidades organizadas, seguras, solidarias, inclusivas y amigables con el ambiente (art. único).
El BANHVI queda autorizado a pagar estos costos con recursos del FOSUVI. El tope es un 1% del monto anual presupuestado del FOSUVI (art. único).
Antes de aplicar la variable social, el BANHVI debe emitir un reglamento. Ese reglamento debe incluir supervisión, auditoría y evaluación. También debe fijar la metodología y el perfil de las personas profesionales que harán estas actividades. El plazo es de seis meses contados desde la vigencia de la ley (art. transitorio único).
Cuando la variable social empiece a aplicarse, la Auditoría Interna del BANHVI hará un informe anual. Ese informe revisa la buena gestión de los recursos y el funcionamiento de los lineamientos del reglamento. Pone énfasis en la evaluación de impacto social (art. transitorio único).
La ley rige desde su publicación (art. único).
A quién le toca
A las familias beneficiarias de los programas de subsidio de vivienda en proyectos habitacionales. La ley dice que el inciso d) busca que esas familias desarrollen destrezas y habilidades (art. único).
Al BANHVI. La ley le ordena velar por que el costo y el precio de venta de la vivienda se mantengan en márgenes normales. También le autoriza financiar los costos de capacitación con recursos del FOSUVI (art. único).
A la Auditoría Interna del BANHVI. Debe hacer un informe anual sobre la gestión de esos recursos y el impacto social (art. transitorio único).
A las personas profesionales que desarrollen las actividades de capacitación y acompañamiento. El reglamento del BANHVI debe fijar su perfil y su metodología (art. transitorio único).
Lo que se dijo en la Asamblea
Las grabaciones del dossier no tratan sobre la ley 10260. Tratan de otros proyectos que también tocan la Ley 7052.
En una comisión, Dagoberto Hidalgo Cortés, gerente general del BANHVI, advirtió que el proyecto 23.450 para crear el Ministerio de Territorios podría ser inconstitucional 00:00:10. Dijo que al derogarse el marco legal del sistema financiero nacional de la vivienda se infringiría el principio de seguridad jurídica 00:00:29.
El diputado Rodrigo Arias, del Partido Liberación Nacional, preguntó qué participación tuvo el BANHVI en esa propuesta 00:03:02. Hidalgo respondió que integró un equipo de trabajo y que hizo observaciones de orden técnico 00:03:16.
En 2016, Manuel Salinas, del Foro Nacional de la Vivienda, pidió reformar la Ley 7052. Dijo que los grupos sociales son quienes presentan las listas de beneficiarios 00:00:24.
En 2026, el plenario aprobó el expediente 24.380, Ley de Vivienda Popular para las Islas. Esa ley reforma la Ley 7052 para dar bonos de vivienda en las islas 00:00:00.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 10260 está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma y no registra observaciones de la Procuraduría 5.
El texto que publica SINALEVI es el mismo que aprobó la Asamblea. No hay dos versiones que comparar 5.
La Ley 7052, que la 10260 reforma, también sigue vigente 6.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10260 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 51 dice que la familia "tiene derecho a la protección especial del Estado" Constitución, art. 51. La ley 10260 ordena capacitación y acompañamiento para familias beneficiarias de vivienda. Eso va en la misma dirección (art. único).
El artículo 50 dice que el Estado procurará "el mayor bienestar a todos los habitantes del país" Constitución, art. 50. El inciso d) busca mejorar la calidad de vida de las familias beneficiarias (art. único).
El artículo 184 da a la Contraloría la tarea de fiscalizar la ejecución de los presupuestos Constitución, art. 184. La ley 10260 pone la revisión de esos recursos en la Auditoría Interna del BANHVI, no en la Contraloría (art. transitorio único). Esa diferencia no crea un choque: la Auditoría Interna es un control adicional dentro del BANHVI.
El artículo 121 dice que corresponde a la Asamblea "dictar las leyes, reformarlas, derogarlas" Constitución, art. 121. La ley 10260 se tramitó como una adición a la Ley 7052, que es una ley ordinaria (art. único).
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto del BANHVI o de una entidad pública le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.
En el escrito debe expresar con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas guía, p. 23.
Si cree que la ley 10260 choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
La acción de inconstitucionalidad requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No hace falta ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos guía, p. 24.
Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos del FOSUVI, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia se presenta de forma escrita o verbal guía, p. 68.
Puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero representa el 1% del presupuesto anual del FOSUVI.
El dossier no dice si el BANHVI ya emitió el reglamento del transitorio único.
El dossier no incluye el texto completo del artículo 177 de la Ley 7052, solo el inciso d) nuevo.
El dossier no tiene grabaciones de la discusión de la ley 10260 en la Asamblea.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La ley 10260 ordena capacitación y acompañamiento para familias beneficiarias, lo que coincide con la protección especial a la familia del artículo 51 y el bienestar del artículo 50. No se encontró choque con los artículos del dossier.
Constitución, art. 51"La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado."
Esta ley, art. único"que permitan que las familias beneficiarias de los programas de subsidio de la vivienda en proyectos habitacionales desarrollen destrezas y habilidades que generen comunidades organizadas, seguras, solidarias, inclusivas, amigables con el ambiente"
Sin choque aparente La ley busca fortalecer a las familias beneficiarias con capacitación. Eso va en la misma dirección que la protección especial que ordena la Constitución.
Constitución, art. 50"El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza."
Esta ley, art. único"promoviendo con ello el mejoramiento de su calidad de vida"
Sin choque aparente El inciso d) declara que busca mejorar la calidad de vida de las familias. Eso calza con el bienestar que la Constitución le pide procurar al Estado.
Constitución, art. 184"Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República"
Esta ley, art. transitorio único"la Auditoría Interna del Banhvi realizará un informe anual que verifique la buena gestión de los recursos"
Sin choque aparente La ley pone la revisión de los recursos en la Auditoría Interna del BANHVI. La Contraloría mantiene su función constitucional de fiscalizar los fondos públicos. No hay choque, hay un control adicional.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
Esta ley, art. único"Se adiciona un nuevo inciso d) al artículo 177 de la Ley del Sistema Financiero para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley N° 7052"
Sin choque aparente La Asamblea usó su potestad de reformar leyes al agregar el inciso d) a la Ley 7052. Eso es exactamente lo que le permite el artículo 121.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:10
"dagoberto Hidalgo Cortés gerente general del banco hipotecario de la vivienda advirtió que el proyecto 23.450 creación del Ministerio de territorios hábitat de vivienda podría ser inconstitucional"
- 00:00:29
"que al derogarse el marco legal del sistema financiero Nacional de la vivienda se estaría infringiendo en el principio de seguridad jurídica"
- 00:03:02
"el diputado Rodrigo Arias del partido Liberación nacional preguntó que qué participación tuvo el Bambi en esta propuesta de proyecto de ley"
- 00:00:24
"manuel salinas del foro nacional de la vivienda señaló que en los últimos años la norma ha sufrido modificaciones pero vía decreto y es urgente una reforma a la ley para actualizarla"
- 00:00:00
"El plenario legislativo aprobó el expediente 24,380, Ley de Vivienda Popular para las Islas, reforma la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Bambi para que se otorguen bonos para la construcción de viviendas en las islas."
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10260: ADICIÓN DE UN INCISO D) AL ARTÍCULO 177 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARALA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI, LEY Nº 7052, DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA LA INCORPORACIÓN DE LA VARIABLE SOCIAL DENTRO DE LOS SERVICIOS QUE BRINDA EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA.
- BANHVI advierte que proyecto para crear el ministerio de territorios podría ser inconstitucional
- GRUPOS DE VIVIENDA PIDEN REFORMAR LEY DEL BANHVI
- Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares
- Ley 10260 en SINALEVI: Ley para la incorporación de la variable social dentro de los servicios que brinda el sistema financiero nacional para la vivienda (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 7052: Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI (Banco Hipotecario de la Vivienda) (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10260
Ley para la incorporación de la variable social dentro de los servicios que brinda el sistema financiero nacional para la vivienda
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N° 10260
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN INCISO D) AL ARTÍCULO 177 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARALA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI, LEY Nº 7052,
DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA LA INCORPORACIÓN DE LA VARIABLE SOCIAL
DENTRO DE LOS SERVICIOS QUE BRINDA
EL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
PARA LA VIVIENDA
ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un nuevo inciso d) al artículo 177 de la Ley del Sistema Financiero para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), Ley N° 7052, de 13 de noviembre de 1986, y sus reformas. El texto es el siguiente:
Artículo 177- El Banhvi deberá velar por que el costo de la vivienda y su precio de venta se mantengan dentro de los márgenes normales para la actividad de construcción y venta de viviendas . Para este efecto , el precio máximo de venta será regulado de la siguiente manera :
Para viviendas con financiación parcial o total del Fosuvi , el precio final no podrá exceder en 1.33 veces el total que resulte de sumar:
(.)
d) Costos de capacitación y acompañamiento socio-organizativo durante el período comprendido entre la aprobación del proyecto y hasta un año después de haber concluido la construcción de este, que permitan que las familias beneficiarias de los programas de subsidio de la vivienda en proyectos habitacionales desarrollen destrezas y habilidades que generen comunidades organizadas, seguras, solidarias, inclusivas, amigables con el ambiente, articuladas con su entorno y gobierno local, y que le den sostenibilidad a la inversión pública en vivienda e infraestructura, promoviendo con ello el mejoramiento de su calidad de vida. Se autoriza al Banhvi a financiar estos costos de inversión con recursos del Fosuvi , hasta un máximo de un por ciento (1 %) del monto anual presupuestado del Fosuvi .
TRANSITORIO ÚNICO- De previo a la implementación de la variable social, el Banhvi deberá emitir la reglamentación para el uso de los recursos que contemple los lineamientos que incluyan aspectos de supervisión, auditoría y evaluación, así como la metodología y el perfil de las personas profesionales que puedan desarrollar estas actividades, esto en un plazo no mayor de seis meses contados a partir de la vigencia de la presente ley.
Una vez iniciada la aplicación de la variable social, la Auditoría Interna del Banhvi realizará un informe anual que verifique la buena gestión de los recursos y el adecuado funcionamiento de los lineamientos establecidos en el respectivo reglamento, dando énfasis a la evaluación de impacto social generado con la variable social aprobada en la ley.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
Ejecútese y Publíquese .