Una ley borra 178 impuestos de hace dos siglos
La Ley 10275 deroga 178 leyes de impuestos dictadas entre 1825 y 1912, sin efecto retroactivo y sin tocar derechos ya adquiridos.
Título oficial DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE IMPUESTOS)
A quién le toca
- Abogados y funcionarios que citaban esas 178 leyes antiguas: ya no están vigentes
- Personas con derechos nacidos al amparo de esas leyes: los conservan por el artículo 2
- Nadie paga un impuesto nuevo ni una multa por esta ley
A quién beneficia
- Se limpia el ordenamiento jurídico de 178 leyes de impuestos de 1825 a 1912
- Los derechos adquiridos y situaciones consolidadas quedan protegidos
- No hay efecto retroactivo que perjudique a ciudadanos
Qué cambia
- Las reformas que esas leyes viejas hicieron sobre leyes posteriores siguen vigentes
- El Estado no queda eximido de obligaciones adquiridas bajo esas normas
- La ley rige desde el 20 de setiembre de 2022
La explicación completa
Qué cambia
La Ley 10275 borra del ordenamiento jurídico 178 leyes que crearon impuestos entre 1825 y 1912. El artículo 1 las deroga una por una, con su número, fecha y la página de la Colección de leyes y decretos donde están (art. 1).
Entre las que desaparecen hay impuestos viejos sobre el café, el ganado, la madera, el tabaco, el azúcar, las armas de fuego y hasta un "impuesto de capitación" (art. 1). También se derogan exoneraciones de aduana para maíz, frijoles, harina, máquinas y materiales de construcción.
La ley no le quita nada a nadie. El artículo 2 dice que la derogatoria "no afectará los intereses individuales, derechos subjetivos, derechos patrimoniales, intereses colectivos o situaciones jurídicas consolidadas" que esas leyes hayan creado (art. 2). Tampoco se aplica hacia atrás para perjudicar a los ciudadanos.
El mismo artículo 2 aclara que las reformas o derogatorias que esas leyes viejas hicieron sobre leyes posteriores siguen en pie, porque ya quedaron incorporadas (art. 2).
La ley rige desde su publicación, el 20 de setiembre de 2022 (art. 2).
A quién le toca
A nadie en particular. El texto no crea obligaciones, multas ni cobros nuevos para personas o empresas (art. 1).
A los abogados y funcionarios que buscan normas antiguas: esas 178 leyes ya no se pueden citar como vigentes (art. 1).
A quien tuviera un derecho nacido al amparo de alguna de esas leyes: lo conserva, porque el artículo 2 protege los derechos adquiridos y las situaciones consolidadas (art. 2).
Lo que se dijo en la Asamblea
Las grabaciones son de proyectos anteriores, no de la Ley 10275. En 2013, la comisión de asuntos jurídicos dictaminó el expediente 18705, una primera parte de la depuración 00:00:11. El presidente de la comisión, Luis Gerardo Villanueva Monje, explicó que se trataba de la primera de tres partes de la iniciativa 00:00:38.
Villanueva puso un ejemplo: la ley de inquilinato estaba sustentada en la declaratoria de guerra a Alemania, y derogar esa declaratoria habría derogado también la ley de inquilinato 00:00:49.
La diputada Gloria Mejo Almada indicó que ya se presentaba otro proyecto para depurar exoneraciones, con un grupo de 200 leyes que cumplieron su propósito 00:01:54.
En febrero de 2013, la diputada Gloria Vejarano presentó el primer proyecto para derogar 196 leyes, firmado por 55 diputados 00:00:21. Dijo que el país no puede garantizar seguridad jurídica con cerca de 43000 normas 00:01:02.
El presidente del Colegio de Abogados, Gari Amador, dijo que el ciudadano tiene derecho a saber a cuál ley atenerse 00:02:06.
En marzo de 2022, el plenario aprobó el expediente 21 mil 076, que proponía derogar 997 leyes emitidas entre 1824 y 1910 00:00:10.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 5.
La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica 5.
SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. El texto consolidado y el aprobado coinciden 5.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y la Constitución del dossier.
El artículo 121, inciso 1, de la Constitución dice que corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. La Ley 10275 es exactamente eso: la Asamblea derogando leyes (art. 1).
El artículo 2 de la ley protege los derechos adquiridos y evita la retroactividad (art. 2). Eso calza con el artículo 45 de la Constitución, que declara la propiedad inviolable y exige indemnización previa si se priva de ella por interés público Constitución, art. 45.
El artículo 197 de la Constitución mantiene en vigor el ordenamiento jurídico existente mientras no sea modificado o derogado por los órganos competentes Constitución, art. 197. La Ley 10275 usa esa vía (art. 1).
Una posible duda: el artículo 124 exige dos debates y sanción del Poder Ejecutivo para convertirse en ley Constitución, art. 124. El dossier no incluye el detalle de la votación en el plenario, así que no se puede confirmar ese trámite con las fuentes disponibles.
Qué puede hacer usted
Esta ley ya rige. Las vías para una ley vigente son distintas a las de un proyecto.
Acción de inconstitucionalidad: si considera que la Ley 10275 infringe un principio constitucional, puede presentarla ante la Sala Constitucional guía, p. 24. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo que se trate de intereses difusos.
Recurso de amparo: si un acto concreto de una institución pública, aplicando esta ley, viola un derecho suyo, puede interponerlo en cualquier tiempo mientras subsista la violación, o hasta dos meses después de que cesen sus efectos guía, p. 22.
Denuncia ante la Contraloría General: si sospecha un manejo irregular de fondos públicos relacionado con la aplicación de esta ley, puede denunciar en la plataforma de servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Queja ante la Defensoría de los Habitantes: si una institución pública le maltrata un derecho o le da un mal servicio al aplicar esta ley, puede presentar una queja guía, p. 71.
Iniciativa popular: si quiere proponer una reforma a esta ley, puede reunir firmas. Se necesita al menos un 5% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral Constitución, art. 105. El proyecto se tramita en la Asamblea en un plazo máximo de dos años guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuántas de las 178 leyes derogadas seguían aplicándose en la práctica.
El dossier no incluye el detalle de la votación en el plenario ni la fecha exacta de publicación en La Gaceta.
El dossier no permite confirmar si alguna de las 178 leyes había sido ya derogada tácitamente antes de 2022.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente ley fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La ley usa la potestad que el artículo 121 da a la Asamblea para derogar leyes, y el artículo 2 protege derechos adquiridos como pide el artículo 45. El dossier no permite confirmar el trámite de dos debates del artículo 124.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
Esta ley, art. 1"Se deroga expresamente la siguiente normativa, correspondiente al período entre 1825 y 1912, por razones de caducidad, en objetivo y temporalidad"
Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea la potestad de derogar leyes. Esta ley hace exactamente eso con 178 normas antiguas.
Constitución, art. 45"La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley."
Esta ley, art. 2"La derogación de las normas señaladas en los artículos de esta ley no afectará los intereses individuales, derechos subjetivos, derechos patrimoniales, intereses colectivos o situaciones jurídicas consolidadas a las cuales estas hayan dado lugar."
Sin choque aparente La ley protege los derechos ya nacidos y evita la retroactividad, en línea con la protección de la propiedad del artículo 45.
Constitución, art. 197"Se mantiene en vigor el ordenamiento jurídico existente, mientras no sea modificado o derogado por los órganos competentes del Poder Público, o no quede derogado expresa o implícitamente por la presente Constitución."
Esta ley, art. 1"Se deroga expresamente la siguiente normativa, correspondiente al período entre 1825 y 1912, por razones de caducidad, en objetivo y temporalidad"
Sin choque aparente El artículo 197 permite que el ordenamiento se modifique o derogue por los órganos competentes. La Asamblea es ese órgano.
Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
Esta ley, art. 2"Rige a partir de su publicación."
Hay dudas El dossier no incluye el detalle de la votación en dos debates ni la sanción del Poder Ejecutivo, así que no se puede confirmar ese trámite con las fuentes disponibles.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:38
"el presidente de la comisión Luis Gerardo Villanueva monje explicó que esta es la primera de tres partes que tiene la iniciativa que pretende limpiar la legislación costarricense"
- 00:00:21
"según explicó la proponente la diputada Gloria vejarano Este es el inicio de la depuración de la legislación vigente"
- 00:01:02
"nuestro país no puede garantizarle a la ciudadanía una seguridad jurídica cuando estamos hablando de cerca de 43000 normas"
- 00:02:06
"el presidente del colegio de abogados gari Amador se mostró complacido de haber aportado para lograr mayor seguridad jurídica en el país"
- 00:00:10
"el plenario legislativo aprobó el expediente 21 mil 076 derogatoria de leyes caducas o históricamente obsoletas para la depuración del ordenamiento jurídico"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10275: DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO (CUARTA PARTE IMPUESTOS)
- Dictaminan proyecto de derogatoria de leyes caducas o históricamente obsoletas
- PROPONEN DEROGAR LEYES OBSOLETAS
- Diputados dejan en firme derogatoria de leyes obsoletas
- Ley 10275 en SINALEVI: Derogatoria de Leyes Caducas o históricamente obsoletas para la depuración del ordenamiento jurídico (Cuarta parte impuestos) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10275
Derogatoria de Leyes Caducas o históricamente obsoletas para la depuración del ordenamiento jurídico (Cuarta parte impuestos)
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10275
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DEROGATORIA DE LEYES CADUCAS O HISTÓRICAMENTE OBSOLETAS
PARA LA DEPURACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO
(CUARTA PARTE IMPUESTOS)
ARTÍCULO 1- Se deroga expresamente la siguiente normativa, correspondiente al período entre 1825 y 1912, por razones de caducidad, en objetivo y temporalidad:
Ley Nº 49 de 28 de setiembre de 1825. Restablece cobro alcabala ventas fincas rústicas y urbanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1825, semestre 2, tomo 1, pág. 142)
Ley N º 69 de 30 de noviembre de 1825. Crea tributos a importaciones para fondo de propios de San José (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1825, semestre 2, tomo 1, pág. 176)
Ley Nº 128 de 06 de junio de 1827. Impuestos para Nicoya, Santa Cruz, Guanacaste, Heredia (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1827, semestre 1, tomo 2, pág. 20)
Ley Nº 178 de 05 de mayo de 1829. Impone pago de alcabala consulado municipal a comerciantes extranjeros (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1829, semestre 1, tomo 1, pág. 125)
Ley Nº 195 de 30 de junio de 1829. Impuesto a tierras sitas en La Carpintera a favor de Ciudad de Cartago (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1829, semestre 1, tomo 1, pág. 165)
Ley Nº 226 de 23 de junio de 1830. Establece impuestos a favor de la Municipalidad de Cartago (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1830, semestre 1, tomo 1, pág. 260)
Ley Nº 45 de 18 de octubre de 1831. Establece derecho de alcabala sobre venta de fincas rústicas y urbanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1831, semestre 2, tomo 1, pág. 122)
Ley Nº 61 de 27 de octubre de 1832. Impuestos para fondo de propios Bagaces y Cañas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1832, semestre 1, tomo 3, pág. 192)
Ley N º 62 de 01 de mayo de 1832. Arancel general tribunales y juzgados Corte Justicia (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1832, semestre 1, tomo 3, pág. 194)
Ley N º 17 de 13 de mayo de 1833. Obligación hacendaria del cobro del impuesto de lazareto y peaje (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1833, semestre 1, tomo 1, pág. 38)
Ley N º 71 de 01 de mayo de 1838. Impuestos a terrenos Legua de Alajuela (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1838, semestre 1, tomo 5, pág. 215)
Ley N º 1 de 03 de junio de 1839. Reduce impuesto de importación (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1839, semestre 1, tomo 6, pág. 1)
Ley N º 7 de 22 de mayo de 1839. Arancel, bases y tarifas para el comercio marítimo y terrestre (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1839, semestre 1, tomo 6, pág. 47)
Ley N º 21 de 24 de agosto de 1840. Adiciona arancel general (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1840, semestre 2, tomo 6, pág. 357)
Ley N º 25 de 17 de setiembre de 1840. Declara que es redimible el censo impuesto sobre los terrenos de Pavas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1840, semestre 2, tomo 6, pág. 375)
Ley N º 27 de 06 de diciembre de 1841. Establece impuesto a quintal de café exportado (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1841, semestre 2, tomo 7, pág. 128)
Ley N º 34 de 22 de setiembre de 1845. Exonera importación felpa seda para fábrica sombreros (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1845, semestre 2, tomo 9, pág. 60)
Ley N º 35 de 22 de setiembre de 1845. Exonera importación hilo fábrica rebozos cortes enaguas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1845, semestre 2, tomo 9, pág. 63)
Ley N º 56 de 31 de diciembre de 1845. Crea lotería con impuesto favor Hospital San Juan Dios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1845, semestre 2, tomo 9, pág. 195)
Ley N º 56 de 31 de diciembre de 1845. Crea lotería con impuesto favor Hospital San Juan Dios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1845, semestre 2, tomo 9, pág. 195)
Ley N º 56 de 31 de diciembre de 1845. Crea lotería con impuesto favor Hospital San Juan Dios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1845, semestre 2, tomo 9, pág. 195)
Ley N º 75 de 09 de junio de 1846. Arancel de aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1846, semestre 1, tomo 9, pág. 232)
Ley N º 73 de 17 de noviembre de 1847. Aduana de Puntarenas recauda impuestos de esa población (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1847, semestre 2, tomo 10, pág. 191)
Ley N º 78 de 29 de noviembre de 1847. Reglamenta rentas alcabala interior, papel sellado y tierras baldías (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1847, semestre 2, tomo 1, pág. 124)
Ley N º 88 de 27 de diciembre de 1847. Aduana de Puntarenas cobra derechos itinerarios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1847, semestre 2, tomo 10, pág. 213)
Ley N º 132 de 28 de agosto de 1848. Ref. impuesto exportación al café (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1848, semestre 2, tomo 10, pág. 331)
Ley N º 5 de 19 de mayo de 1851. Ref. impuestos por peso mercancías en Sarapiquí y Matina (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1851, semestre 1, tomo 12, pág. 21)
Ley N º 31 de 21 de agosto de 1851. Impuestos importación de países con tratados de comercio (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1851, semestre 2, tomo 12, pág. 54)
Ley N º 82 de 27 de setiembre de 1852. Razón de boletas el alcabala (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1852, semestre 2, tomo 12, pág. 180)
Ley N º 100 de 15 de abril de 1853. Pago de derecho de alcabala sobre fincas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1853, semestre 1, tomo 12, pág. 233)
Ley N º 11 de 15 de mayo de 1854. Exonera impuestos importación la harina trigo maíz (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1854.
Ley N º 43 de 02 de agosto de 1854. Grava quintal de café que pase por La Garita (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1854, semestre 2, tomo 13, pág. 66)
Ley N º 49 de 22 de setiembre de 1854. Arancel para exacción de derechos en ministerios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1854, semestre 2, tomo 13, pág. 78)
Ley N º 85 de 24 de julio de 1855. Arancel para exacción de derechos en ministerios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1855, semestre 2, tomo 13, pág. 142)
Ley N º 8 de 08 de junio de 1857. Exonera llantas fierro cinco pulgadas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1857, semestre 1, tomo 14, pág. 103)
Ley N º 14 de 02 de setiembre de 1857. Deroga impuesto destace ganado como subvención guerra (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1857, semestre 2, tomo 14, pág. 120)
Ley Nº 15 de 04 de setiembre de 1857. Crea impuesto destace ganado para educación primaria (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1857, semestre 2, tomo 14, pág. 121)
Ley Nº 53 de 27 de diciembre de 1859. Impuesto importación de bultos por Puntarenas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1859, semestre 2, tomo 16, pág. 148)
Ley N º 75 de 04 de agosto de 1864. Pago de servicios a receptor de alcabalas en Heredia (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1864, semestre 2, tomo 18, pág. 167)
Ley N º 38 de 02 de noviembre de 1866. Deducción de alcabala en venta de fincas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1866, semestre 2, tomo 1, pág. 213)
Ley N º 9 de 25 de junio de 1868. Deroga impuestos exportación café y establece a licores (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1868, semestre 1, tomo 1, pág. 157)
Ley N º 16 de 13 de julio de 1868. Deroga impuesto al paso reses por Garita Río Grande (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1868, semestre 2, tomo 1, pág. 165)
Ley N º 23 de 30 de julio de 1868. Impuesto a licores fuertes extranjeros (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1868, semestre 2, tomo 1, pág. 176)
Ley N º 6 de 25 de febrero de 1869. Abole monopolio fiscal del tabaco (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1869, semestre 1, tomo 1, pág. 15)
Ley N º 25 de 02 de junio de 1870. Deroga impuesto de timbre ley 27 setiembre 1869 (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1870, semestre 1, tomo 19, pág. 62)
Ley N º 57 de 29 de octubre de 1870. Impuesto transacciones públicas y privadas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1870, semestre 2, tomo 19, pág. 142)
Ley N º 22 de 25 de julio de 1871. Arancel derechos oficina registro (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1871, semestre 2, tomo 20, pág. 94)
Ley N º 38 de 29 de setiembre de 1871. Impuesto mercaderías muelle Puerto Puntarenas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1871, semestre 2, tomo 20, pág. 152)
Ley N º 39 de 30 de setiembre de 1871. Impuesto exportación café (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1871, semestre 2, tomo 20, pág. 155)
Ley N º 40 de 07 de octubre de 1871. Impuesto exportación frutos y prohíbe exportar hule (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1871, semestre 2, tomo 20, pág. 157)
Ley N º 3 de 03 de enero de 1872. Tarifa de aduanas para armas de fuego (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1872, semestre 1, tomo 21, pág. 6)
Ley N º 46 de 11 de setiembre de 1873. Franquicias postales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1873, semestre 2, tomo 22, pág. 172)
Ley N º 11 de 20 de mayo de 1875. Exonera importación de maíz frijoles y arroz (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1875, semestre 1, tomo 23, pág. 77)
Ley N º 43 de 11 de agosto de 1875. Concede a provincias impuesto sobre mortuales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1875, semestre 2, tomo 23, pág. 164)
Ley N º 1 de 11 de febrero de 1880. Aforo de armas de fuego (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1880, semestre 1, tomo 1, pág. 10)
Ley N º 14 de 03 de setiembre de 1880- Exime impuestos importación de fosfatos para abono (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1880, semestre 2, tomo 1, pág. 62)
Ley N º 16 de 03 de setiembre de 1880. Exime impuesto de muellaje a maderas exportadas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1880, semestre 2, tomo 1, pág. 63)
Ley N º 24 de 21 de julio de 1881- Aforo de municiones de armas de fuego (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1881, semestre 2, tomo 1, pág. 133)
Ley N º 3 de 31 de agosto de 1882. Porte correspondencia y telegramas centroamérica (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1882, semestre 2, tomo 1, pág. 208)
Ley N º 27 de 13 de octubre de 1882. Exonera exportación productos nacionales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1882, semestre 2, tomo 1, pág. 299)
Ley N º 28 de 13 de octubre de 1882. Crea impuesto de timbre (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1882, semestre 2, tomo 1, pág. 300)
Ley N º 28 de 13 de octubre de 1882. Crea impuesto de timbre (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1882, semestre 2, tomo 1, pág. 300)
Ley N º 9 de 18 de octubre de 1882. Establece forma pago derechos importación (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1882, semestre 2, tomo 1, pág. 378)
Ley N º 4 de 26 de febrero de 1883. Rebaja derechos de patente para expendio de licores (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1883, semestre 1, tomo 1, pág. 91)
Ley N º 20 de 08 de junio de 1883. Mercaderías con franquicia en aduana de Limón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1883, semestre 1, tomo 1, pág. 182)
Ley N º 41 de 20 de julio de 1883. Elimina impuesto por fabricación de cerveza (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1883, semestre 2, tomo 1, pág. 341)
Ley N º 47 de 23 de julio de 1883. Exonera importación artículos de forraje (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1883, semestre 2, tomo 1, pág. 345)
Ley N º 2 de 18 de enero de 1884. Tarifa postal (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884.
Ley N º 11 de 23 de febrero de 1884. Ref. Tarifa postal (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 1, tomo 1, pág. 43)
Ley N º 11 de 23 de febrero de 1884. Ref. Tarifa postal (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 1, tomo 1, pág. 43)
Ley N º 14 de 06 de junio de 1884. Exonera importación pastos secos (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 1, tomo 1 , pág. 234)
Ley N º 32 de 27 de setiembre de 1884., Reglamento de cobro de derechos en el registro de la propiedad (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 2, tomo 1, pág. 380)
Ley N º 14 de 19 de noviembre de 1884. Ordenanza sobre impuestos municipales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 2, tomo 1, pág. 430)
Ley N º 36 de 01 de diciembre de 1884. Ref. arancel de aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1884, semestre 2, tomo 1, pág. 442)
Ley N º 40 de 07 de mayo de 1885. Eleva impuesto destace ganado (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 1 , tomo 1 , pág. 156)
Ley N º 28 de 23 de julio de 1885. Impuesto importación de maderas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 2, tomo 1, pág. 296)
Ley N º 33 de 29 de julio de 1885. Regula cobro y condonación de créditos del tesoro nacional (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 2, tomo 1, pág. 304)
Ley N º 48 de 11 de agosto de 1885. Exonera importación máquinas fabricación telas y rebozos (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 2, tomo 1, pág. 341)
Ley N º 51 de 12 de agosto de 1885. Exonera importación máquinas fabricación telas y rebozos exonera insumos fábrica tejidos de algodón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 2, tomo 1, pág. 345)
Ley N º 61 de 10 de setiembre de 1885. Arancel de aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885 semestre 2, tomo 1, pág. 486)
Ley N º 69 de 17 de octubre de 1885. Exime impuesto exportación maderas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885, semestre 2, tomo 1, pág. 583)
Ley N º 12 de 27 de octubre de 1885. Exonera importación madera para edificar en Limón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1885, semestre 2, tomo 1, pág. 608)
Ley N º 4 de 13 de enero de 1886. Reforma arancel de aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1, pág. 22)
Ley N º 10 de 29 de marzo de 1886. Exonera letrinas y objetos limpieza excusados (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886.
Ley N º 15 de 10 de junio de 1886. Concesión importar ganado, aves, caballos para cruzarse (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1, pág. 261)
Ley N º 16 de 10 de junio de 1886. Exonera materiales para fábrica de rebozos y tejidos (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1 , pág. 262)
Ley N º 23 de 18 de junio de 1886. Exonera materiales para establecer empresas de gas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1, pág. 276)
Ley N º 26 de 29 de junio de 1886. Exonera materiales construcción hipódromo Mata Redonda (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1, pág. 288)
Ley N º 27 de 29 de junio de 1886. Exonera materiales empresa tranvías de Cartago (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1886, semestre 1, tomo 1, pág. 289)
Ley N º 6 de 07 de febrero de 1887. Deroga derechos importar mercaderías por Limón y Puntarenas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887.)
Ley N º19 de 27 de junio de 1887. Exonera materiales y equipo para obras municipales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 1, tomo 1, pág. 409)
Ley N º 31 de 07 de julio de 1887. Deroga impuesto sobre embarcaciones menores (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 37)
Ley N º 46 de 22 de julio de 1887. Prórroga exoneración artículos de consumo en Limón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 88)
Ley N º 2 de 31 de agosto de 1887. Ley sobre contribución para caminos (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 293)
Ley Nº 3 de 31 de agosto de 1887. Ley recaudación impuestos municipales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 296)
Ley N º 4 de 06 de octubre de 1887. Exonera maíz arroz y frijoles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 359)
Ley N º 11 de 25 de noviembre de 1887. Exonera importación de hierro galvanizado (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1887, semestre 2, tomo 2, pág. 464)
Ley N º 1 de 13 de febrero de 1888. Exime derechos aduana cereales y carnes conservadas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1888, semestre 1, tomo 1, pág. 61)
Ley N º 46 de 16 de julio de 1888. Exime derechos aduana cereales y carnes conservadas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1888, semestre 2, tomo 1, pág. 271)
Ley N º 2 de 15 de enero de 1889. Ref. aforo arancel aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1889, semestre 1 , tomo 1 , pág. 11 )
Ley N º 85 de 13 de diciembre de 1889. Exonera artículos consumo y rebaja impuesto arancelario (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1889, semestre 2, tomo 1, pág. 702)
Ley N º 63 de 29 de julio de 1890. Exonera temporalmente importación de madera (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1889, semestre 1, tomo 1, pág. 558)
Ley N º 40 de 01 de agosto de 1891. Impuestos expendio licores y destace ganado a municipios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1891, semestre 2, tomo 2, pág. 91)
Ley N º 33 de 06 de julio de 1892. Ref. Ley sobre impuesto de capitación (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1892, semestre 2, tomo 2, pág. 10)
Ley N º 84 de 21 de octubre de 1892. Exonera material para construir ferrocarriles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1892, semestre 2, tomo 1, pág. 252)
Ley N º 18 de 19 de mayo de 1893. Rebaja impuesto importación arroz (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1893, semestre 1, tomo 1, pág. 277)
Ley N º 19 de 20 de mayo de 1893. Suprime impuesto exportación café (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1893, semestre 1, tomo 1, pág. 279)
Ley N º 20 de 03 de junio de 1893. Exonera importación maquinaria fabricación azúcar (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1893, semestre 1, tomo 1, pág. 303)
Ley N º 24 de 18 de julio de 1893. Impuesto exportación madera favor hospitales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1893, semestre 2, tomo 2, pág. 20)
Ley N º 42 de 03 de octubre de 1893. Impuesto Exportación Café (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1893, semestre 2, tomo 2, pág. 276)
Ley N º 32 de 28 de julio de 1894. Destina impuesto de teatro a municipalidades (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1894, semestre 2, tomo 2, pág. 67)
Ley N º 5 de 28 de mayo de 1895. Arancel de aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 1, tomo 1, pág. 273)
Ley N º 30 de 03 de julio de 1895. Ref. Impuesto exportación de madera (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 2)
Ley N º 49 de 13 de julio de 1895. Exonera carbón de piedra (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 26)
Ley N º 51 de 16 de julio de 1895. Destina impuesto construcción penitenciaría (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 28)
Ley N º 57 de 19 de julio de 1895. Exonera maquinaria para siembra y siega de trigo (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 38)
Ley N º 64 de 23 de julio de 1895. Exonera material fijo y rodante para tranvía (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 68)
Ley N º 67 de 26 de julio de 1895. Exonera maquinaria para fabricación de azúcar (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1895, semestre 2, tomo 2, pág. 51)
Ley N º 37 de 25 de julio de 1896. Exonera derechos importación filtros pasteur (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1896, semestre 1, tomo 1, pág. 198)
Ley Nº 13 de 28 de mayo de 1897. Ref. exoneración importación filtros pasteur (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1897, semestre 1, tomo 1, pág. 90)
Ley Nº40 de 29 de julio de 1897. Exonera maquinaria fabricación azúcar (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1897, semestre 2, tomo 1, pág. 145)
Ley N º 3 de 30 de setiembre de 1897. Derechos importación maderas para Limón y Puntarenas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1897, semestre 2, tomo 1, pág. 206)
Ley Nº 19 de 16 de junio de 1898. Exonera impuesto exportación café terceras (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 1, tomo 1, pág. 193)
Ley Nº 33 de 21 de julio de 1898. Organizar comisión redactora nuevo arancel aduanas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 1, tomo 1, pág. 257)
Ley Nº 34 de 22 de julio de 1898. Ref. arancel aduanas (partidas 85, 87 y 88) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 2, tomo 1, pág. 238)
Ley N º 45 de 02 de agosto de 1898. Ref. arancel aduanas (partidas 27 y 85) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 2, tomo 1, pág. 263)
Ley N º 46 de 02 de agosto de 1898. Declara monopolio fiscal importación tabaco manufacturado (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 2, tomo 1, pág. 264)
Ley N º 3 de 12 de noviembre de 1898. Exceptúa derechos aduana material para ferrocarril (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1898, semestre 2, tomo 1, pág. 488)
Ley Nº 12 de 23 de marzo de 1899. Ref. arancel aduanas (Aforo Revólveres y Cartuchos) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 1, tomo 1, pág. 87)
Ley N º 11 de 25 de mayo de 1899. Pago derechos aduana y muellaje (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 1, tomo 1, pág. 160)
Ley N º 13 de 26 de mayo de 1899. Ref. Impuesto Exportación Madera Costa Pacífico (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 1, tomo 1, pág. 164)
Ley N º 16 de 02 de junio de 1899. Ref. arancel aduanas (Aforo Revólveres Cartuchos) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 1, tomo 1, pág. 170)
Ley N º 23 de 20 de junio de 1899. Impuesto exportación ganado vacuno (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 1 , tomo 1 , pág. 197)
Ley N º 4 de 09 de setiembre de 1899. Impuesto beneficencia sobre sucesiones (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 2, tomo 1, pág. 135)
Ley N º 3 de 14 de setiembre de 1899. Derechos aduaneros sobre paquetes postales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 2, tomo 1, pág. 133)
Ley N º 7 de 26 de setiembre de 1899. impuesto pasajes ferrocarril para Hospital San Juan Dios (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1899, semestre 2, tomo 1, pág. 265)
Ley N º 10 de 20 de enero de 1900. Faculta Municipalidad Santa Bárbara cobro impuesto (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900)
Ley N º 4 de 17 de mayo de 1900. Autoriza Municipalidad de Santa Bárbara cobrar impuesto (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900, semestre 1, tomo 1, pág. 140)
Ley N º 23 de 28 de junio de 1900. Fija derechos registro de la propiedad (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900, semestre 1, tomo 1, pág. 206)
Ley N º 26 de 19 de julio de 1900. Impuesto pasajes de ferrocarril (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900, semestre 2, tomo 2, pág. 23)
Ley N º 39 de 01 de agosto de 1900. Impuesto al cacao (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900, semestre 2, tomo 2, pág.27)
Ley N º 5 de 14 de agosto de 1900. Exonera importación y exportación de moneda (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1900, semestre 2, tomo 2, pág. 79)
Ley N º 6 de 14 de abril de 1901. Aumenta impuesto importaciones (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1901, semestre 1, tomo 1, pág.87)
Ley N º 17 de 19 de julio de 1901. Libera gravamen exportación café (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1901, semestre 2, tomo 2, pág.19)
Ley N º 8 de 09 de setiembre de 1901. Exonera derechos aduana Compañía Luz Eléctrica San José (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1901, semestre 2, tomo 2, pág.65)
Ley N º 5 de 07 de febrero de 1902. Franquicia importación cajas madera (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 1, tomo 1, pág.32)
Ley N º 10 de 23 de mayo de 1902. Aprueba decreto exoneración importación cajas madera (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 1, tomo 1, pág. 101)
Ley N º 15 de 06 de junio de 1902. Reforma partidas arancel aduanas (83, 84 y 85) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 1, tomo 1, pág. 121)
Ley N º 25 de 30 de junio de 1902. Libre importación maquinaria elaboración mármol (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 1, tomo 1, pág. 146)
Ley N º 28 de 03 de julio de 1902. Ref. aforos sobre muebles de madera (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 2, tomo 1, pág. 22)
Ley N º 83 de 20 de agosto de 1902. Deroga ley construcciones en Limón y crea arancel a madera importada (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 2, tomo 1, pág.187)
Ley N º 5 de 05 de setiembre de 1902. Aclara aranceles importación de madera introducida por Puerto Limón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 2, tomo 1, pág.240)
Ley N º 12 de 17 de noviembre de 1902. Distribución impuesto exportación concha perla (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 2, tomo 1, pág. 338)
Ley N º 21 de 19 de marzo de 1903. Reduce derechos aduana insumos industria confites (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1902, semestre 1, tomo 1, pág. 168)
Ley N º 49 de 20 de julio de 1903. Aforo de varias especies (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1903, semestre 2, tomo 2, pág. 106)
Ley N º 53 de 25 de julio de 1903. Subvención Compra Máquina Extractora de Fibras Textiles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1903, semestre 2, tomo 2, pág. 117)
Ley N º 14 de 20 de enero de 1904. Exonera derechos aduana materiales Puerto Limón (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1904, semestre 1, tomo 1, pág. 9)
Ley N º 16 de 18 de abril de 1905. Exonera derechos importación maíz frijoles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1905, semestre 1 , tomo 1 , pág. 178)
Ley N º 1 de 25 de abril de 1905. Exonera temporalmente derechos importación frijoles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1905, semestre 1, tomo 1, pág. 183)
Ley N º 3 de 20 de mayo de 1905. Grava importación impresos comerciales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1905, semestre 1, tomo 1, pág. 230)
Ley N º 32 de 11 de julio de 1905. Exonera importación residuos de trigo (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1905, semestre 2, tomo 2, pág. 17)
Ley N º 51 de 27 de julio de 1905. Exonera importación sarnol carbolina creolina (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1905, semestre 2, tomo 2, pág. 98)
Ley N º 33 de 11 de julio de 1907. Derecho por certificaciones archivos nacionales (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de lá República. Año 1907, semestre 2, tomo 1, pág. 12)
Ley N º 26 de 07 de julio de 1908. Exonera exportación madera puertos Pacífico (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1908, semestre 2, tomo 1, pág. 22)
Ley N º 27 de 09 de julio de 1908. Franquicia material a The Costa Rica Electric Light (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República Año 1908, semestre 2, tomo 1, pág. 31)
Ley N º 36 de 29 de julio de 1908. Suspende impuesto exportación concha perla (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1908, semestre 2, tomo 1, pág. 95)
Ley N º 14 de 22 de octubre de 1908. Exonera Importación Ganado Vacuno (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1908, semestre 2, tomo 1, pág. 557)
Ley N º 16 de 28 de octubre de 1908. Impuesto exportación bananos (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1908, semestre 2, tomo 1, pág. 585)
Ley N º 5 de 19 de octubre de 1909. Exonera importación maíz y frijoles negros (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1909, semestre 1, tomo 1, pág. 122)
Ley N º 100 de 13 de julio de 1909. Exonera fibrocemento y materiales hierro (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1909, semestre 2, tomo 2, pág. 41)
Ley N º 102 de 13 de julio de 1909. Exonera materiales instalaciones eléctricas Puntarenas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1909, semestre 2, tomo 2, pág. 42)
Ley N º 105 de 13 de julio de 1909. Exonera importación maíz y frijoles (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1909, semestre 2, tomo 2, pág. 46)
Ley N º 15 de 07 de junio de 1910. Franquicia exportación dulce y azúcar (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1910, semestre 1, tomo 1, pág. 290)
Ley N º 21 de 20 de junio de 1910. Exonera maquinaria explotación minas (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1910, semestre 1, tomo 1, pág. 312)
Ley N º 58 de 23 de agosto de 1910. Ref. arancel aduanas (Aforo Leche Condensada) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1910, semestre 2, tomo 2, pág. 364)
Ley N º 58 de 29 de agosto de 1910. Impuesto salida del país (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1910, semestre 2, tomo 2, pág. 727)
Ley N º 13 de 20 de setiembre de 1911. Arancel aduanas (Aforo Suela) (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1911, semestre 2, tomo 1, pág. 170)
Ley N º 26 de 25 de junio de 1912. Exonera temporalmente petróleo y gasolina (Colección de leyes y decretos de la Procuraduría General de la República. Año 1912, semestre 1, tomo 1, pág. 361)
ARTÍCULO 2- La derogación de las normas señaladas en los artículos de esta ley no afectará los intereses individuales, derechos subjetivos, derechos patrimoniales, intereses colectivos o situaciones jurídicas consolidadas a las cuales estas hayan dado lugar. Tampoco, se entenderá que tales derogaciones puedan ser aplicadas con efecto retroactivo de forma tal que puedan afectar los derechos de los ciudadanos, ni tampoco se entenderá que eximen al Estado o a los entes públicos de obligaciones adquiridas que se hayan establecido en dichas normas.
Igualmente, su derogación no afectará las reformas, abrogaciones o derogaciones que hayan efectuado sobre la legislación posterior que esté vigente, pues se entiende que dichas modificaciones han quedado incorporadas y forman parte del contenido de las normas afectadas; todo ello de acuerdo con los artículos 34 y 129 de la Constitución Política de 1949, y los artículos del 8 al 16, ambos inclusive, del Código Civil de 1887.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.