El Censo
Ley10278Vigente
Ley

Derogada la ley de 1953 que autorizaba comprar equipo al ICE

La Ley 10279 elimina del ordenamiento la autorización de 1953 al ICE para comprar una planta y equipo de perforación, sin afectar derechos ya adquiridos.

Título oficial DEROGATORIA DE LA LEY 1595, AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA COMPRAR UN EQUIPO DE PERFORACIONES DE TÚNELES Y UNA PLANTA DIÉSEL, DE 8 DE JULIO DE 1953

A quién le toca

  • El Instituto Costarricense de Electricidad, que deja de tener esa autorización legal específica.
  • Cualquier persona o empresa que haya adquirido derechos al amparo de la Ley 1595.
  • El Estado y los entes públicos con obligaciones nacidas de la Ley 1595.

A quién beneficia

  • Quien tenga derechos patrimoniales o situaciones jurídicas consolidadas bajo la Ley 1595 los conserva.
  • El Estado no queda eximido de obligaciones ya adquiridas bajo la Ley 1595.

Qué cambia

  • La derogatoria rige desde su publicación.
  • No se aplica con efecto retroactivo en perjuicio de personas.
  • Las reformas y derogatorias posteriores que tocaron la Ley 1595 se mantienen incorporadas.

La explicación completa

Qué cambia

La Ley 10278 deroga de forma expresa la Ley 1595, del 8 de julio de 1953 (art. 1). Esa ley vieja autorizaba al Instituto Costarricense de Electricidad a comprar un equipo de perforación de túneles y una planta eléctrica 2.

La derogatoria no afecta los intereses individuales, los derechos subjetivos, los derechos patrimoniales, los intereses colectivos ni las situaciones jurídicas consolidadas que la Ley 1595 haya creado (art. 2). Tampoco se puede aplicar con efecto retroactivo para perjudicar derechos de personas.

El artículo 2 también dice que la derogatoria no exime al Estado ni a los entes públicos de obligaciones adquiridas que se hayan establecido en esas normas (art. 2). Y aclara que no afecta las reformas, abrogaciones o derogaciones que leyes posteriores hayan hecho sobre la legislación vigente, porque esas modificaciones quedan incorporadas.

La ley rige a partir de su publicación (art. 2). El texto está dado en la Presidencia de la República, en San José, el 11 de julio de 2022.

A quién le toca

Al Instituto Costarricense de Electricidad, que era el destinatario de la autorización de la Ley 1595 y deja de tener ese permiso legal específico (art. 1) 2.

A las personas que tengan derechos subjetivos, derechos patrimoniales o situaciones jurídicas consolidadas nacidas de la Ley 1595: la derogatoria no se los quita (art. 2).

Al Estado y a los entes públicos que hayan adquirido obligaciones bajo la Ley 1595: la derogatoria no los libera de cumplirlas (art. 2).

Cómo está hoy según SINALEVI

La Ley 10278 está vigente y es la versión 1 de 1, sin observaciones de la Procuraduría General de la República 3. La Ley 1595 aparece como derogada 2.

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado: la versión vigente coincide con el texto principal del dossier 3 (art. 1).

Frente a la Constitución

El artículo 2 de la ley cita expresamente los artículos 34 y 129 de la Constitución Política de 1949 (art. 2).

El artículo 34 dice: "A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, o de sus derechos patrimoniales adquiridos o de situaciones jurídicas consolidadas" Constitución, art. 34. La ley respeta esa regla cuando ordena que la derogatoria no se aplique con efecto retroactivo ni afecte derechos consolidados (art. 2).

El artículo 129 dice: "La ley no queda abrogada ni derogada sino por otra posterior" Constitución, art. 129. La Ley 10278 es una ley posterior que deroga la Ley 1595, así que calza con esa regla (art. 1).

El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la atribución de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. La derogatoria entra en esa atribución (art. 1).

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.

Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige. Las vías para una ley vigente son distintas a las de un proyecto en trámite.

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22.

Si considera que la Ley 10278 choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.

Si el problema es el manejo de fondos públicos del ICE, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos de empresas públicas como el ICE y recibe denuncias por escrito o verbal guía, p. 68.

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.

Lo que no sabemos

El dossier no dice si el ICE llegó a comprar el equipo de perforación de túneles o la planta diésel que autorizaba la Ley 1595.

El dossier no explica por qué la Asamblea decidió derogar la Ley 1595 en 2022.

El dossier no incluye el texto completo de la Ley 1595, solo su título y su estado.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley respeta la prohibición de retroactividad del artículo 34 y la regla del artículo 129 sobre derogatoria por ley posterior. La Asamblea tiene la atribución de derogar leyes según el artículo 121.

  1. Constitución, art. 34"A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, o de sus derechos patrimoniales adquiridos o de situaciones jurídicas consolidadas."
    Esta ley, art. 2"Dicha derogación no puede ser aplicada con efecto retroactivo de forma tal que pueda afectar los derechos de las personas."

    Sin choque aparente La Constitución prohíbe aplicar una ley hacia atrás cuando eso perjudica a alguien. La ley dice lo mismo: no se aplica hacia atrás ni toca derechos ya consolidados.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10278: DEROGATORIA DE LA LEY 1595, AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA COMPRAR UN EQUIPO DE PERFORACIONES DE TÚNELES Y UNA PLANTA DIÉSEL, DE 8 DE JULIO DE 1953 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 1595: Se autoriza al Instituto Costarricense de Electricidad para adquirir libre de gravámenes y con garantía de perfecto funcionamiento, el equipo de perforación de túneles y la planta eléctrica (Derogado) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/07/1953
  3. Ley 10278 en SINALEVI: Deroga ley N° 1595 del 08/07/1953, "Se autoriza al Instituto Costarricense de Electricidad para adquirir libre de gravámenes y con garantía de perfecto funcionamiento, el equipo de perforación de túneles y la planta eléctrica" (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 11/07/2022
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10278

Deroga ley N° 1595 del 08/07/1953, "Se autoriza al Instituto Costarricense de Electricidad para adquirir libre de gravámenes y con garantía de perfecto funcionamiento, el equipo de perforación de túneles y la planta eléctrica"

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 10278

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DEROGATORIA DE LA LEY 1595, AUTORIZACIÓN

AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

PARA COMPRAR UN EQUIPO DE PERFORACIONES

DE TÚNELES Y UNA PLANTA DIÉSEL,

DE 8 DE JULIO DE 1953

ARTÍCULO 1- Se deroga, expresamente, la Ley 1595, Autorización al Instituto Costarricense de Electricidad para Comprar un Equipo de Perforaciones de Túneles y una Planta Diésel, de 8 de julio de 1953.

ARTÍCULO 2- La derogación de la ley indicada en el artículo anterior, no afectará los intereses individuales, derechos subjetivos, derechos patrimoniales, intereses colectivos o situaciones jurídicas consolidadas a las cuales esta haya dado lugar.

Dicha derogación no puede ser aplicada con efecto retroactivo de forma tal que pueda afectar los derechos de las personas. Asimismo, no exime al Estado o a los entes públicos de obligaciones adquiridas que se hayan establecido en dichas normas.

Igualmente, esa derogación no afectará las reformas, abrogaciones o derogaciones que hayan efectuado sobre la legislación posterior que esté vigente, pues se entiende que dichas modificaciones han quedado incorporadas y forman parte del contenido de las normas afectadas; todo ello de acuerdo con los artículos 34 y 129 de la Constitución Política de 1949, y los artículos del 8 al 16, ambos inclusive, del Código Civil de 1887.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los once días del mes de julio del año dos mil veintidós.

EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE.

Observaciones

¿Vio algo que no calza?

Si encontró un error, sabe algo que falta o leyó una noticia sobre esta ley, cuéntenos. No se publica: lo lee el equipo y lo revisamos contra las fuentes antes de cambiar nada.

¿Qué opina usted?

0 comentarios

Nadie ha comentado todavía. Puede ser el primero.

0/1200