# Ley 10282: Esparza amplía su polideportivo con dos terrenos y una donación

- Página: https://elcenso.com/leyes/10282
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: CAMBIO DE NATURALEZA DE UN BIEN INMUEBLE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA Y AUTORIZACIÓN AL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE ESPARZA PARA QUE DONE UN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA, PARA QUE REÚNA LAS FINCAS Y SE AMPLÍE EL ÁREA DEL POLIDEPORTIVO HUGO CARRANZA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1

## En resumen

La ley desafecta un terreno municipal, autoriza al Comité Cantonal de Deportes a donar otro y permite reunir ambos para ampliar el Polideportivo Hugo Carranza, en Macacona de Esparza.

## A quién le toca

- La Municipalidad de Esparza, que recibe el terreno del Comité Cantonal de Deportes y puede reunir las fincas
- El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza, autorizado a donar su finca 6-127314-000
- La Notaría del Estado, que confecciona la escritura de traspaso sin impuestos, tasas ni contribuciones
- La Procuraduría General de la República, que corrige los defectos que señale el Registro Nacional
- Las personas que usan el Polideportivo Hugo Carranza en Macacona de Esparza

## A quién beneficia

- El Polideportivo Hugo Carranza gana área con un terreno municipal de 36.828 metros cuadrados
- La Municipalidad de Esparza puede reunir las dos fincas en una sola
- La escritura de traspaso queda exenta de todo pago de impuestos, tasas o contribuciones

## Qué cambia

- El terreno municipal deja de ser bien de uso público y pasa a uso deportivo
- La reunión de fincas depende de que exista el plano catastrado de reunión
- La donación del Comité Cantonal de Deportes requiere la escritura de la Notaría del Estado

## Cláusulas a revisar

- **Escritura sin impuestos, tasas ni contribuciones** (5): La ley exime de todo pago a la escritura de traspaso. El dossier no dice cuánto se deja de cobrar. Texto: "Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de traspaso, la cual estará exenta de todo tipo de pago de impuestos, tasas o contribuciones."
- **Procuraduría corrige defectos del Registro** (5): La ley autoriza a la Procuraduría a corregir los defectos que señale el Registro Nacional, sin detallar cuáles ni con qué límite. Texto: "Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional."

## Explicación

### Qué cambia

La ley desafecta un terreno de la Municipalidad de Esparza y lo pasa a uso deportivo. El artículo 1 quita la condición de bien público al terreno inscrito como finca 6-118666-000, en el distrito de Macacona, cantón de Esparza, provincia de Puntarenas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)). Ese terreno mide 36.828 metros cuadrados y su plano es el P-657645-200.

El artículo 2 le da un nuevo destino: ampliar y consolidar el Polideportivo Hugo Carranza ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

El artículo 3 autoriza al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza, cédula jurídica 3-007-092054, a donar un terreno propio a la Municipalidad de Esparza ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)). Ese terreno es la finca 6-127314-000, también en Macacona, con plano P-0778731-2020.

El artículo 4 permite a la Municipalidad reunir las dos fincas, pero solo cuando tenga el plano catastrado de reunión ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

El artículo 5 autoriza a la Notaría del Estado a hacer la escritura de traspaso. Esa escritura no paga impuestos, tasas ni contribuciones ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)). También autoriza a la Procuraduría General de la República a corregir los defectos que señale el Registro Nacional.

La ley rige desde su publicación ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)). El texto está fechado en Puntarenas el 30 de setiembre de 2022.

### A quién le toca

A la Municipalidad de Esparza, que recibe el terreno del Comité Cantonal de Deportes y puede reunir las fincas ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)) ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

Al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza, que queda autorizado a donar su finca 6-127314-000 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que debe confeccionar la escritura de traspaso sin cobro de impuestos, tasas ni contribuciones ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

A la Procuraduría General de la República, que puede corregir los defectos que señale el Registro Nacional ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

A las personas que usan el Polideportivo Hugo Carranza en Macacona, porque el terreno desafectado se destina a ampliarlo y consolidarlo ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1). El dossier no incluye el número ni la fecha de esa Gaceta.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 89 de la Constitución dice que "Todas las personas tienen derecho al deporte, a la educación física y a la recreación" y que "El Estado garantizará este derecho" ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley usa un terreno público para ampliar un polideportivo, lo que va en esa dirección ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley trabaja con bienes de la Municipalidad de Esparza y con su plano catastrado, sin quitarle esa autonomía ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

El artículo 169 pone "La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón" a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley deja la reunión de fincas en manos de la Municipalidad ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)).

El artículo 124 pide dos debates, aprobación de la Asamblea y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto indica que rige desde su publicación ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)), y SINALEVI confirma que está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1).

El artículo 175 somete los presupuestos municipales a la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley exime de impuestos, tasas y contribuciones solo a la escritura de traspaso ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1)), no toca el presupuesto municipal.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de la Municipalidad de Esparza o del Comité Cantonal de Deportes le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que esta ley infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando se defiendan intereses difusos o no exista lesión individual y directa.

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la Municipalidad de Esparza o en el Comité Cantonal de Deportes, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice el número ni la fecha de La Gaceta donde se publicó la ley.

El dossier no dice cuánto cuesta la escritura de traspaso ni cuánto se deja de cobrar por la exención.

El dossier no dice si la Municipalidad de Esparza ya tiene el plano catastrado de reunión de fincas.

El dossier no dice en qué estado está hoy el Polideportivo Hugo Carranza ni cuándo empezarían las obras.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la ley y los artículos constitucionales del dossier. La ley usa bienes municipales para ampliar un polideportivo, lo que calza con el derecho al deporte y con la autonomía municipal.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Se expresa el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. No requiere autenticación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. Teléfonos 2501-8000 o 2501-8025. Portal institucional de Denuncia Electrónica. Correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. Apartado Postal 1179-1000 San José. Fax 2501-8100. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica que haya sido maltratada en sus derechos o intereses por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10282: CAMBIO DE NATURALEZA DE UN BIEN INMUEBLE DE LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA Y AUTORIZACIÓN AL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE ESPARZA PARA QUE DONE UN INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE ESPARZA, PARA QUE REÚNA LAS FINCAS Y SE AMPLÍE EL ÁREA DEL POLIDEPORTIVO HUGO CARRANZA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10282 en SINALEVI: Cambio de naturaleza de un bien inmueble de la Municipalidad de Esparza y autorización al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza para que reúna las fincas y se amplíe el área del Polideportivo Hugo Carranza (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/09/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97980&param2=132958&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10282

Cambio de naturaleza de un bien inmueble de la Municipalidad de Esparza y autorización al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza para que reúna las fincas y se amplíe el área del Polideportivo Hugo Carranza

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N° 10282

LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

CAMBIO DE
NATURALEZA DE UN BIEN INMUEBLE DE LA MUNICIPALIDAD

DE
ESPARZA Y AUTORIZACIÓN AL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES

Y
RECREACIÓN DE ESPARZA PARA QUE DONE UN INMUEBLE A

LA MUNICIPALIDAD
DE ESPARZA, PARA QUE REÚNA

LAS
FINCAS Y SE AMPLÍE EL ÁREA DEL

POLIDEPORTIVO
HUGO CARRANZA

ARTÍCULO
1- Se desafecta de uso público un bien inmueble propiedad de la Municipalidad
de Esparza, cédula jurídica tres- cero uno cuatro- cero cuatro dos uno uno cinco (3-014-042115), finca seis - uno uno ocho seis seis seis - cero cero cero (6-118666-000), ubicada en la provincia de Puntarenas;
cantón Esparza; distrito Macacona ; naturaleza:
terreno para infraestructura deportiva y educativa dividida en dos secciones;
linderos: al norte con Norma Abarca Córdoba, Catalina y Osear
Castillo Víquez, Aurelio Salas Murillo; al sur con quebrada en el medio Pilar y
Luis Peraza Solórzano, y Coopeesparza R.L.; al este
con Saúl Peraza Solórzano y el Estado; al este con el Estado y calle pública
con diecinueve metros lineales (19 m); mide treinta y seis mil ochocientos
veintiocho metros cuadrados (36828 m2). El plano correspondiente es el P- seis
cinco siete seis cuatro cinco -dos cero cero (P-
657645-200).



ARTÍCULO 2-
Se afecta el bien inmueble descrito en el artículo anterior, a un nuevo uso
público de ampliación y consolidación del Polideportivo Hugo Carranza.



ARTÍCULO 3-
Se autoriza al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Esparza, cédula
jurídica número tres- cero cero siete- cero nueve dos cero cinco cuatro
(3-007-092054) para que done un bien inmueble de su propiedad a la Municipalidad
de Esparza. El bien inmueble por donar se describe así: finca seisuno dos siete
tres uno cuatro - cero cero cero (6-127314-000), ubicada en la provincia de
Puntarenas; cantón Esparza; distrito Macacona; naturaleza: terreno de respastos;
linderos: al norte, el sur y el este: Saúl Peraza Solórzano; al oeste: Municipalidad de Esparza y servidumbre de paso con
once metros de frente (11 m); mide once mil doscientos cincuenta metros con
once metros de frente. El plano correspondiente es el P- cero siete siete ocho
siete tres uno - dos cero dos cero (P-0778731-2020).



ARTÍCULO 4-
La Municipalidad de Esparza podrá reunir las fincas descritas en los artículos
1 y 3 de esta ley, una vez que cuente con el plano catastrado de reunión de
fincas.



ARTÍCULO 5.-
Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de
traspaso, la cual estará exenta de todo tipo de pago de impuestos, tasas o
contribuciones. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República
para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la
ciudad de Puntarenas, provincia de Puntarenas, a los treinta días del mes de
septiembre del año dos mil veintidós.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10282). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.