# Ley 10291: Pérez Zeledón regala 44 lotes a 44 personas con nombre y apellido

- Página: https://elcenso.com/leyes/10291
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE DONE LOS TERRENOS SEGREGADOS DEL TERRENO MUNICIPAL FOLIO REAL 1-484678, A PERSONAS FÍSICAS EN RIESGO SOCIAL
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1

## En resumen

La ley 10291 autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón a donar 44 lotes del Proyecto Arizona a 44 personas ya identificadas en el texto, con patrimonio familiar por diez años.

## A quién le toca

- Las 44 personas nombradas en el artículo 1 reciben un lote cada una
- La Municipalidad de Pérez Zeledón debe segregar la finca 1-484678-000 para el lote B-14
- El Concejo Municipal de Pérez Zeledón autoriza cualquier cancelación del patrimonio familiar antes de diez años
- La Notaría del Estado confecciona las escrituras sin cobro de impuestos ni tasas
- La Procuraduría General de la República corrige los defectos que señale el Registro Nacional

## A quién beneficia

- Las 44 personas nombradas reciben un lote de entre 175 m² y 354 m² sin pagar impuestos de traspaso
- Los lotes quedan con patrimonio familiar, lo que protege la vivienda del grupo familiar
- La Notaría del Estado hace las escrituras y no se cobran tasas registrales

## Qué cambia

- Los lotes no se pueden vender, hipotecar ni alquilar durante diez años
- El Registro Inmobiliario anula de oficio cualquier documento sin autorización del Concejo Municipal
- La municipalidad pierde el dominio de 44 terrenos de su patrimonio
- El lote B-14 depende de que se reactive un plano y se cree una finca nueva antes de donar

## Cláusulas a revisar

- **Beneficio con nombre y apellido** (1): El artículo 1 lista 44 lotes con nombre, cédula, folio y plano de cada beneficiario. El título de la ley no menciona a ninguna de estas personas. Texto: "María de los Ángeles Badilla Cubillo"
- **Exención total de impuestos y tasas** (3): Las escrituras de traspaso quedan exentas de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, registrales o de cualquier otra índole. Texto: "las cuales estarán exentas de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole"
- **El Concejo Municipal puede levantar el candado** (2): El artículo 2 prohíbe vender o hipotecar por diez años, pero deja abierta la puerta a que el Concejo Municipal autorice la cancelación del patrimonio familiar antes de ese plazo. Texto: "Lo anterior con la salvedad de que se cuente con la debida autorización por parte del Concejo Municipal de Pérez Zeledón."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón a donar 44 lotes del Proyecto Arizona a 44 personas que el texto nombra una por una ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). La municipalidad tiene cédula jurídica 3-014-042056.

Los lotes van de 175 m² a 354 m² y están repartidos en los grupos A, B, C, D y E ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). Cada fila trae el folio real, el plano y la cédula de quien recibe.

El lote B-14 tiene un trámite aparte. La municipalidad debe reactivar el plano SJ-1428749-2010, segregar la finca 1-484678-000 y crear una finca nueva de 250 m² ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). Solo después puede donarla.

Los terrenos son para construir vivienda y quedan con afectación de patrimonio familiar, según el Código de Familia ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). No se pueden vender, hipotecar ni alquilar durante diez años, contados desde la escritura pública de la donación.

Tampoco se puede cancelar el patrimonio familiar antes de esos diez años, salvo que el Concejo Municipal de Pérez Zeledón lo autorice ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). El Registro Inmobiliario anula de oficio cualquier documento que llegue sin esa autorización.

La Notaría del Estado hace las escrituras de traspaso, y esas escrituras no pagan impuestos, tasas ni contribuciones registrales ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). La Procuraduría General de la República corrige los defectos que señale el Registro Nacional.

La ley rige desde su publicación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). El texto está dado en la Presidencia de la República el 8 de julio de 2022.

### A quién le toca

A las 44 personas nombradas en el artículo 1, que reciben cada una un lote ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). Entre ellas están María de los Ángeles Badilla Cubillo, Kathia Valverde Zúñiga, Norman Valverde Mora, María Isolina Quirós Venegas y Rosa Haydee González Alvarado.

A la Municipalidad de Pérez Zeledón, que es la que dona y la que debe tramitar la segregación del lote B-14 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

Al Concejo Municipal de Pérez Zeledón, que es el único que puede autorizar la cancelación del patrimonio familiar antes de los diez años ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

A la Notaría del Estado, que confecciona las escrituras ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)). A la Procuraduría General de la República, que corrige los defectos del Registro Nacional.

A los vecinos del Proyecto Arizona en Pérez Zeledón, porque la ley cambia el destino de terrenos que hoy son patrimonio municipal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1.

La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1).

El archivo de leyes de la Asamblea ubica la publicación en el Alcance 185 de la Gaceta digital 166, del 1 de setiembre de 2022 [\[3\]](https://www.asamblea.go.cr/sd/Lists/Archivo_Leyes/DispForm.aspx?ID=2194&ContentTypeId=0x010027F4CF5CCAE4F047BABD7F5711AD329C).

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. No hay reformas ni correcciones posteriores en el dossier.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay expropiación: la municipalidad dona terreno propio a personas en riesgo social, y la ley no menciona indemnización ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

El artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley respeta esa regla porque es la municipalidad la que dona, no el Estado central ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

El artículo 121 inciso 1 da a la Asamblea la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es un decreto legislativo, así que calza con esa atribución ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1)).

El artículo 124 pide dos debates, aprobación y publicación en La Gaceta ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier muestra publicación en el Alcance 185 de La Gaceta 166 [\[3\]](https://www.asamblea.go.cr/sd/Lists/Archivo_Leyes/DispForm.aspx?ID=2194&ContentTypeId=0x010027F4CF5CCAE4F047BABD7F5711AD329C).

Queda una duda sobre el artículo 175, que somete los presupuestos municipales a la aprobación de la Contraloría General ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no dice si la donación pasa por ese control. El Censo no puede confirmarlo con el dossier.

### Qué puede hacer usted

Si vive en Pérez Zeledón y le preocupa el destino de estos terrenos, puede presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos y contratos de las municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en persona en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025.

Hay otras vías: el portal institucional de Denuncia Electrónica, el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr, el apartado postal 1179-1000 San José o el fax 2501-8100 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si un acto concreto de la municipalidad le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)). Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en el servicio ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). La Defensoría protege los derechos e intereses de todas las personas que habitan en Costa Rica.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuándo se formalizaron las escrituras de donación ni si ya se inscribieron en el Registro Inmobiliario.

El dossier no explica por qué esas 44 personas fueron escogidas ni qué estudio técnico las identificó como personas en riesgo social.

El dossier no dice si la Contraloría General revisó o aprobó esta donación.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro. Queda una duda sobre el control de la Contraloría General que pide el artículo 175 para los presupuestos municipales.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club; teléfonos 2501-8000 o 2501-8025; correo contraloria.general@cgrcr.go.cr; apartado 1179-1000 San José; fax 2501-8100 (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Recurso de amparo: Memorial escrito contra el servidor u órgano autor del agravio; se puede presentar mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional; requiere asunto pendiente salvo intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10291: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA QUE DONE LOS TERRENOS SEGREGADOS DEL TERRENO MUNICIPAL FOLIO REAL 1-484678, A PERSONAS FÍSICAS EN RIESGO SOCIAL. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10291 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que done los terrenos segregados del terreno municipal a personas físicas con riesgo social (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/07/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97678&param2=132147&param3=1
3. Archivo_Leyes - Autorización a la municipalidad de Pérez.... www.asamblea.go.cr. https://www.asamblea.go.cr/sd/Lists/Archivo_Leyes/DispForm.aspx?ID=2194&ContentTypeId=0x010027F4CF5CCAE4F047BABD7F5711AD329C
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10291

Autorización a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que done los terrenos segregados del terreno municipal a personas físicas con riesgo social

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N°
10291

LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN
A LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN PARA

QUE
DONE LOS TERRENOS SEGREGADOS DEL TERRENO

MUNICIPAL
FOLIO REAL 1-484678, A PERSONAS

FÍSICAS
EN RIESGO SOCIAL

ARTÍCULO
1- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón, cédula jurídica número tres
- cero uno cuatro - cero cuatro dos cero cinco seis (N. 0 3-014-042056),
para que done los siguientes terrenos del denominado Proyecto Arizona, que es
parte de su patrimonio, a las personas beneficiarias, según el detalle de las
líneas que se indican a continuación:

LOTE

MEDIDA

FOLIO

PLANO

NOMBRE

CEDULA

A-1

273
m²

642502

SJ-16233956-2012

María
de los Ángeles Badilla Cubillo

6-0224-0831

A-2

250
m²

642503

SJ-1623960-2012

Kathia Valverde Zúñiga

1-0716-0983

A-3

247
m²

642504

SJ-1623961-2012

Norman
Valverde Mora

1-0360-0292

A-4

249
m²

642505

SJ-1623962-2012

María
Isolina Quirós Venegas

1-0480-0914

A-5

248
m²

642506

SJ-1623963-2012

Rosa
Haydee González Alvarado

8-0089-0174

A-6

247
m²

642507

SJ-1623964-2012

Grace
Teresita Fallas Quirós

1-1328-0868

A-7

246
m²

642508

SJ-1623965-2012

María
de los Ángeles Valverde Mora cc.

Marielos Valverde Mora

1-0392-0300

A-8

247
m²

642509

SJ-1623966-2012

Marta
Mayela Ortega Ortega

9-0093-0152

B-1

245
m²

650430

SJ-1623967-2012

Yorleny del Carmen Arias Castro

1-0956-0271

B-2

260
m²

650431

SJ-1623968-2012

Karen
Viviana Jiménez Jiménez

1-1511-0851

B-3

238
m²

650432

SJ-1625472-2012

Liliana
Torres Montoya

1-1037-0329

B-4

210
m²

650433

SJ-1623836-2012

Yalile del Milagro Robles Rojas

1-1264-0075

B-5

269
m²

650434

SJ-1623837-2012

Kathia Rojas Badilla

1-0946-0991

B-6

175
m²

650435

SJ-1630368-2013

Xinia Barquero Zamora

1-0507-0686

B-7

241
m²

650436

SJ-1623838-2012

Dunia de los Ángeles Vindas
Cerdas

1-1244-0839

B-8

251
m²

650437

SJ-1623839-2012

María
Elena Fallas Alfaro

1-0333-0102

B-9

251
m²

650438

SJ-1623840-2012

María
Guadalupe Angulo Navarro

1-1744-0711

B-10

251
m²

650439

SJ-1623841-2012

Jenny
Carola Romero Villalobos

1-1111-0260

B-11

251
m²

650440

SJ-1623842-2012

Mauren Patricia García Carpio

1-0957-0421

B-12

249
m²

640441

SJ-1628205-2012

José
Johannes Castro Núñez

1-1417-0379

B-13

250
m²

650442

SJ-1625742-2012

Damaris
Badilla Guillén

9-0066-0251

B-14

250
m²

Por
segregar

SJ-1428749-10

Verónica
Jeannette Hernández Arce

1-1662-0674

B-15

250
m²

650443

SJ-1625195-2012

Ángela
Giselle Corrales Azofeifa

1-0886-0878

C-1

270
m²

642802

SJ-1625188-2012

Laura
Patricia Valverde Cruz

1-1073-0699

C-2

270
m²

642803

SJ-1625189-2012

Heidy del Carmen Naranjo Cerdas

1-0853-0571

C-3

288
m²

642804

SJ-1625190-2012

Martha
Eugenia Cordero Montiel

1-0402-1476

C-4

306
m²

642805

SJ-1625193-2012

Donata del Carmen Leiva Torres

6-0170-0560

C-5

323
m²

642806

SJ-1625196-2012

Odalia Elizabeth Vindas
Álvarez

4-0171-0422

C-6

282
m²

642807

SJ-1625192-2012

Lidilia Barahona Jiménez

2-0298-0075

C-7

279
m²

642808

SJ-1625194-2012

Ayda Gabriela Fallas Flores

1-1024-0688

C-8

275
m²

642809

SJ-1625191-2012

Ronald
Martin Elizondo Castro

1-1294-0410

C-9

271
m²

642810

SJ-1623869-2012

Maylin Patricia Villalobos Elizondo

1-0945-0978

C-11

263
m²

642812

SJ-1626456-2012

Anabelle Ceciliano
Fallas

1-0822-0445

C-12

260
m²

642813

SJ-1626457-2012

María
Nuria de los Ángeles Chavarría Carranza

1-0703-0012

C-13

257
m²

642814

SJ-1626458-2012

María
Eugenia Villalobos Elizondo

1-0945-0977

C-14

334 m²

642815

SJ-1626454-2012

Ana
Cecilia Garro Muñoz

1-0927-0053

C-15

354 m²

642816

SJ-1623870-2012

Leonel
Montes González

1-0811-0669

C-16

254 m²

642817

SJ-1623871-2012

Angie
Sofía Ugalde Núñez

1-1363-0495

C-17

258 m²

642818

SJ-1623872-2012

Ingrid
Silenia Fernández Barboza

1-1050-0506

C-18

263 m²

642819

SJ-1625087-2012

Laura
del Milagro Vega Arias

6-0373-0463

C-19

267 m²

642820

SJ-1625090-2012

Gabriela
Tatiana Picado Rojas

1-1376-0384

C-20

272 m²

642821

SJ-1625089-2012

Damaris
Camacho Méndez

1-0480-0330

C-21

276 m²

642822

SJ-1625091-2012

Karla
Andrea Gamboa Villalobos

1-1455-0853

C-22

281 m²

642823

SJ-1625092-2012

Ana
Lucrecia Martínez Sánchez

1-0680-0812

D-1

300 m²

643230

SJ-1625093-2012

Silvia
Navarro Fallas

1-0954-0137

E-1

291 m²

642499

SJ-1623969-2012

Karen
Yadiana Jiménez Reyes

1-1262-0471

E-2

285 m²

642500

SJ-1623971-2012

Jesús
Chinchilla Amador

1-0508-0499

E-3

307 m²

642501

SJ-1623972-2012

Juan
Carlos Mora Altamirano

1-0767-0291

Para el caso del lote
B-14, se autoriza a la Municipalidad de Pérez para que realice la reactivación
del plano SJ- uno cuatro dos ocho siete cuatro nueve - dos cero uno cero
(SJ-14287 49-2010), segregue la finca folio real uno-cuatro ocho cuatro seis
siete ocho- cero cero cero
(1-484678-000) y genere una nueva finca de doscientos cincuenta metros
cuadrados (250 m 2 ); generada la nueva finca, la Municipalidad de
Pérez Zeledón podrá proceder a realizar la donación conforme a lo indicado en
el presente artículo .



ARTÍCULO
2- Los bienes inmuebles que la Municipalidad donará, al amparo de
lo establecido en esta ley, son terrenos para la construcción de vivienda;
tendrán la afectación de patrimonio familiar, según las
disposiciones del Código de Familia, y no podrán ser enajenados,
gravados o arrendados, bajo ningún título, gratuito u oneroso,
durante un plazo de diez años, contado a partir de la fecha en que se
formalice en escritura pública el otorgamiento de la donación. De igual forma,
no se podrá cancelar el régimen de patrimonio familiar, si no ha
transcurrido dicho plazo.

Lo
anterior con la salvedad de que se cuente con la debida autorización por parte
del Concejo Municipal de Pérez Zeledón. El Registro Inmobiliario cancelará, de
oficio, la presentación de cualquier documento que no contenga esa autorización.



ARTÍCULO
3- Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione las escrituras
de traspaso, las cuales estarán exentas de todo tipo de impuestos, tasas
o contribuciones, tanto registrales como de cualquier otra índole. Asimismo, se
autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los
defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Dado
en la Presidencia de la República, San José, a los ocho días del mes
de julio del año dos mil veintidós.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10291). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.