# Ley 10293: Censo: Censo traslada el caserío Bajo La Legüita de Mercedes Sur a Candelarita

- Página: https://elcenso.com/leyes/10293
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: ADSCRIPCIÓN DEL CASERÍO DE LA LEGÜITA AL DISTRITO DE CANDELARITA DE PURISCAL, SAN JOSÉ
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1

## En resumen

La Ley 10293 mueve el caserío Bajo La Legüita del distrito de Mercedes Sur al distrito de Candelarita, ambos de Puriscal, y encarga al Instituto Geográfico Nacional el mapa oficial.

## A quién le toca

- Personas que viven en el caserío Bajo La Legüita, que pasan de Mercedes Sur a Candelarita
- Personas del sector de Pedernal, donde el caserío colinda con Candelarita
- El Instituto Geográfico Nacional, que debe preparar el mapa oficial del distrito

## A quién beneficia

- El caserío Bajo La Legüita queda adscrito al distrito de Candelarita de Puriscal
- El Instituto Geográfico Nacional preparará el mapa oficial del distrito con los límites fijados

## Qué cambia

- El caserío Bajo La Legüita deja de pertenecer al distrito de Mercedes Sur
- Los límites del distrito de Candelarita se fijan en el artículo 2
- Si aplica el impedimento del Reglamento de División Administrativa Electoral, la ley rige tres meses después de las elecciones

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10293 cambia de distrito un caserío. El artículo 1 adscribe el caserío Bajo La Legüita del distrito de Mercedes Sur al distrito de Candelarita, ambos del cantón de Puriscal, en la provincia de San José ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

El artículo 2 fija los límites. El caserío colinda al norte y noreste con el distrito de Mercedes Sur, en los puntos de bajo La Legua, La Legua y Cerbatana. Al sur se anexa y colinda con el distrito de Candelarita, en el sector de Pedernal ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

El artículo 3 encarga el mapa. El Instituto Geográfico Nacional preparará el mapa oficial del distrito, de acuerdo con los límites del artículo anterior ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

El transitorio único fija una condición para la entrada en vigor. Si la aprobación se ve afectada por el artículo 2 del Reglamento de Orden, Dirección y Disciplina Interior de la Asamblea Legislativa, la ley rige tres meses después de las elecciones nacionales o municipales ([art. transitorio único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

La ley rige a partir de su publicación. Se firmó en la Presidencia de la República, en San José, el 8 de julio de 2022 ([art. transitorio único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

### A quién le toca

A las personas que viven en el caserío Bajo La Legüita. Pasan del distrito de Mercedes Sur al distrito de Candelarita, en el cantón de Puriscal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

A las personas del sector de Pedernal. El caserío se anexa y colinda con el distrito de Candelarita en ese sector ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

Al Instituto Geográfico Nacional. Le toca preparar el mapa oficial del distrito con los límites que fija el artículo 2 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1 [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1).

La Procuraduría General de la República anota que la norma se publicó en formato digital en La Gaceta que se indica [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1).

El texto de SINALEVI es el mismo que se aprobó. No hay una versión anterior distinta que mostrar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121, inciso 1, de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una ley dictada por la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca esa administración. Solo cambia a qué distrito pertenece un caserío.

El artículo 170 declara autónomas a las corporaciones municipales ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no cambia esa autonomía ni el presupuesto municipal.

El artículo 97 pide consultar al Tribunal Supremo de Elecciones en proyectos de ley sobre materias electorales ([Constitución, art. 97](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El transitorio único menciona el Reglamento para la Formulación de la División Administrativa Electoral, decreto del Tribunal Supremo de Elecciones número 06-2014 ([art. transitorio único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1)). El dossier no dice si hubo consulta al TSE, así que no se puede confirmar ese trámite.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo por este cambio de distrito, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El escrito debe decir con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado o amenazado, el nombre del servidor o del órgano y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

La acción de inconstitucionalidad requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si una institución pública le da mal servicio por este cambio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

La Defensoría no investiga casos que estén a la espera de una resolución judicial ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si el problema es el manejo de fondos públicos por una municipalidad, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

También puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si quiere proponer una reforma a esta ley, existe la iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas personas viven en el caserío Bajo La Legüita.

El dossier no dice si el Tribunal Supremo de Elecciones fue consultado sobre esta ley.

El dossier no dice si el Instituto Geográfico Nacional ya preparó el mapa oficial del distrito.

El dossier no dice la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre la Ley 10293 y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene potestad para dictar leyes y la ley no toca la autonomía municipal.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. El escrito debe decir el hecho o la omisión, el derecho violado o amenazado, el nombre del servidor o del órgano y las pruebas. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Iniciativa popular para reformar la ley: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa da asesoría técnica gratuita para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10293: ADSCRIPCIÓN DEL CASERÍO DE LA LEGÜITA AL DISTRITO DE CANDELARITA DE PURISCAL, SAN JOSÉ. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10293 en SINALEVI: Adscripción del caserío de la Legüita del distrito de Candelarita de Puriscal, San José (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/07/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=97643&param2=132082&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10293

Adscripción del caserío de la Legüita del distrito de Candelarita de Puriscal, San José

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N° 10293

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

ADSCRIPCIÓN DEL CASERÍO DE
LA LEGÜITA AL DISTRITO DE

CANDELARITA DE PURISCAL,
SAN JOSÉ

ARTÍCULO 1- Adscripción. Se adscribe el caserío Bajo
La Legüita del distrito de Mercedes Sur, al distrito de Candelarita, ambos del cantón de Puriscal,
perteneciente a
la provincia
de San José.



ARTÍCULO 2- Límites. El caserío de
La Legüita que colinde al norte y noreste con el distrito de Mercedes Sur,
en los puntos de bajo La Legua, La Legua y Cerbatana, y al sur se
anexa y colindaría con el distrito de Candelarita, en el sector de Pedernal.



ARTÍCULO 3- Interpretación de límites. El Instituto Geográfico Nacional preparará el mapa
oficial del distrito, de conformidad con los límites establecidos en el
artículo anterior.



TRANSITORIO
ÚNICO- Si para la aprobación de este proyecto de ley se viera afectado por el
impedimento establecido en el artículo 2 del Reglamento para la Formulación de
la División Administrativa Electoral, decreto del Tribunal Supremo de
Elecciones número 06-2014, la presente ley entrará en vigencia tres meses
después de la celebración de las elecciones nacionales o municipales.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los ocho días del mes de julio del año
dos mil veintidós.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10293). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.