Cárcel para quien compre cable robado y señales de tránsito
La ley 10336 sube las penas para quien roba o compra cable, dispositivos de acueductos, señales de tránsito y líneas férreas, y ya rige.
Título oficial LEY CONTRA EL ROBO Y LA RECEPTACIÓN DE CABLE, DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE ACUEDUCTOS, SEÑALES DE TRÁNSITO Y LÍNEAS FÉRREAS, MEDIANTE LA REFORMA DEL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 209, LA ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 330 Y DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 331 DE LA LEY 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970
Alerta: La ley sube las penas de cárcel por receptación de tres a cinco años y por cosas sospechosas de cuatro a seis años, y el Código Penal anota sentencias que tuvieron las medidas de seguridad como inconstitucionales.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El permiso está escrito en palabras tan amplias que casi no tiene límite.
A quién le sirve: Quien haga de la receptación o del tráfico una práctica habitual
La ley no dice en qué consiste la medida de seguridad ni cuánto dura. El Código Penal anota sentencias que las tuvieron como inconstitucionales.
Se aplicará la respectiva medida de seguridad, cuando el autor hiciere de la receptación una práctica que implique profesionalidad.
2, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Quien robe cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito o líneas férreas
- Quien compre, reciba u oculte esas cosas robadas
- Quien reciba esas cosas y debía presumir que venían de un delito
- Quien haga de la receptación o del tráfico de esas cosas una práctica habitual
A quién beneficia
- Las comunidades afectadas por robos de cableado, que según la grabación fueron 46 cantones
- Los 17.000 clientes que la grabación menciona como afectados entre 2020 y 2021
- El Instituto Costarricense de Electricidad, que según la grabación perdió más de 4.000 millones de colones
Qué cambia
- La pena por hurto agravado de esas cosas va de uno a diez años de prisión
- La pena por receptación de esas cosas sube de tres a cinco años de prisión
- La pena por recibir esas cosas de procedencia sospechosa va de cuatro a seis años
- Se aplican medidas de seguridad a quien haga de eso una práctica habitual
La explicación completa
Qué cambia
La ley 10336 ya rige y castiga con más cárcel a quien roba o compra cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito y líneas férreas 1. El texto reformó el inciso 6) del artículo 209 del Código Penal (art. 1).
El hurto agravado da prisión de un año a tres años si lo robado no pasa de cinco veces el salario base (art. 1). Si vale más de esa suma, la pena va de uno a diez años.
Ese inciso 6) cubre cosas ligadas a un servicio público (art. 1). También cubre cosas de valor científico, artístico, cultural, de seguridad o religioso. Aplica cuando están destinadas a muchas personas o libradas a la confianza pública.
El artículo 2 agrega un párrafo al artículo 330 sobre receptación (art. 2). Receptar es comprar, recibir u ocultar cosas de un delito. La pena base es de seis meses a cinco años de prisión y de veinte a sesenta días multa.
Si lo receptado son las cosas del inciso 6), la pena sube de tres a cinco años de prisión (art. 2). Se aplica una medida de seguridad si la persona hace de la receptación una práctica profesional.
El artículo 3 agrega un párrafo al artículo 331 sobre cosas de procedencia sospechosa (art. 3). La pena base es de seis meses a cuatro años de prisión. Si se trata de las cosas del inciso 6), la pena va de cuatro a seis años.
Si la persona hace de eso un tráfico habitual, se le impone una medida de seguridad (art. 3). La ley rige desde su publicación, el 3 de marzo de 2023.
A quién le toca
A quien robe cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito o líneas férreas (art. 1). Esas cosas entran en el inciso 6) del artículo 209.
A quien compre, reciba u oculte esas cosas robadas (art. 2). La pena por receptación sube de tres a cinco años.
A quien reciba esas cosas y debía presumir que venían de un delito (art. 3). La pena va de cuatro a seis años.
A quien haga de la receptación o del tráfico de esas cosas una práctica habitual (art. 2) (art. 3). Se le aplica una medida de seguridad.
Lo que se dijo en la Asamblea
La grabación de la Asamblea Legislativa del 28 de octubre de 2022 habla del expediente 22.816 00:00:16. Ese expediente es la ley contra el robo y la recepción de cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito y líneas férreas.
La grabación da cifras del problema. Entre el 2020 y el 2021 se reportaron 928 robos de cableado 00:00:27. Afectaron a comunidades en 46 cantones y a 17.000 clientes 00:00:30.
El Instituto Costarricense de Electricidad informó pérdidas de más de 4.000 millones de colones en los últimos dos años 00:00:35. La grabación no nombra a la persona que lee el texto.
La grabación explica el objetivo del proyecto. Busca extender la sanción a los receptores de esos bienes robados 00:00:44.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 10336 está vigente 3. SINALEVI muestra una sola versión de la norma. La Procuraduría General de la República anota que la ley se publicó en formato digital en La Gaceta.
El Código Penal que cita SINALEVI tiene un texto distinto en el artículo 330 4. Ese texto incluye un párrafo que la ley 10336 no repite: pena de cuatro a seis años si el valor de lo receptado pasa de cinco salarios base.
El Código Penal también anota dos sentencias de la Sala Constitucional sobre las medidas de seguridad 4. Son la 1992-0088 del 17 de enero de 1992 y la 1052 del 8 de enero de 2009. En esas resoluciones la Sala consideró que las medidas de seguridad como sanción para delincuentes habituales deben tenerse como inconstitucionales.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró choque directo entre la ley 10336 y los artículos de la Constitución que están en el dossier. Hay una duda sobre las medidas de seguridad.
El artículo 35 dice que nadie puede ser juzgado por un tribunal nombrado para el caso Constitución, art. 35. La ley 10336 no crea tribunales especiales (art. 2).
El artículo 121 dice que a la Asamblea le toca dictar las leyes Constitución, art. 121. La ley 10336 salió de la Asamblea Legislativa 1.
La duda está en las medidas de seguridad del artículo 2 y del artículo 3 (art. 2) (art. 3). El Código Penal anota que la Sala Constitucional las tuvo como inconstitucionales en dos sentencias 4. Esa nota es una referencia, no una decisión sobre esta ley.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo. Se plantea contra el servidor o el órgano que causa el agravio.
El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación guía, p. 22. También hasta dos meses después de que cesen sus efectos.
Si cree que la ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Procede contra leyes que infrinjan una norma o principio constitucional.
La acción pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24. No hace falta ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos.
Si ve un mal manejo de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. La denuncia se presenta en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025.
Si una institución pública le falla en un servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.
Para proponer una reforma a esta ley, existe la iniciativa popular guía, p. 26. El Tribunal Supremo de Elecciones revisa las firmas y traslada el proyecto a la Asamblea. La Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuántas condenas se han dictado con esta ley desde 2023.
El dossier no dice si la Sala Constitucional se ha pronunciado sobre las medidas de seguridad de esta ley en concreto.
El dossier no dice cuánto es el salario base que usa el artículo 209.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La presente Ley fue publicada en formato digital en La Gaceta que se indica.
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
El Censo no encontró choque directo con los artículos del dossier. Hay duda sobre las medidas de seguridad, porque el Código Penal anota dos sentencias de la Sala Constitucional que las tuvieron como inconstitucionales.
Constitución, art. 35"Nadie puede ser juzgado por comisión, tribunal o juez especialmente nombrado para el caso, sino exclusivamente por los tribunales establecidos de acuerdo con esta Constitución."
Esta ley, art. 2"Se aplicará la respectiva medida de seguridad, cuando el autor hiciere de la receptación una práctica que implique profesionalidad."
Hay dudas La ley no crea tribunales especiales. La duda es si la medida de seguridad se impone sin un juicio ante los tribunales comunes.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones;"
Esta ley, art. 1"Se reforma el inciso 6) del artículo 209 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970."
Sin choque aparente La Asamblea Legislativa tiene la potestad de reformar el Código Penal. La ley 10336 salió de la Asamblea.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:16
"expediente 22.816 ley contra el robo y la recepción de cable dispositivos de seguridad de acueductos señales de tránsito y líneas férreas"
- 00:00:27
"entre el 2020 y el 2021 se reportaron 928 robos de cableado que afectaron a comunidades en 46 cantones y a 17.000 clientes"
- 00:00:35
"el instituto costarricense de Electricidad ha informado que las pérdidas por este tipo de delito superan los 4.000 millones de colones solo en los últimos dos años"
- 00:00:44
"este proyecto lo que busca es dar un paso Más allá del combate de los robots de infraestructura básica para la prestación de servicios públicos al extender la sanción a los receptores de estos bienes robados"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10336: LEY CONTRA EL ROBO Y LA RECEPTACIÓN DE CABLE, DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD DE ACUEDUCTOS, SEÑALES DE TRÁNSITO Y LÍNEAS FÉRREAS, MEDIANTE LA REFORMA DEL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 209, LA ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 330 Y DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 331 DE LA LEY 4573, CÓDIGO PENAL, DE 4 DE MAYO DE 1970
- Avanza proyecto que castiga robo y recepción de cable y señales de tránsito
- Ley 10336 en SINALEVI: Ley contra el robo y la receptación de cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito y líneas férreas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Ley 4573: Código Penal (Vigente)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10336
Ley contra el robo y la receptación de cable, dispositivos de seguridad de acueductos, señales de tránsito y líneas férreas
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N° 10336
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY CONTRA EL ROBO Y LA RECEPTACIÓN DE CABLE, DISPOSITIVOS
DE SEGURIDAD DE ACUEDUCTOS, SEÑALES DE TRÁNSITO
Y LÍNEAS FÉRREAS, MEDIANTE LA REFORMA DEL INCISO 6)
DEL ARTÍCULO 209, LA ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL
ARTÍCULO 330 Y DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 331
DE LA LEY 4573, CÓDIGO PENAL,
DE 4 DE MAYO DE 1970
ARTÍCULO 1- Se reforma el inciso 6) del artículo 209 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970.
Artículo 209- Hurto agravado
Se aplicará prisión de un año a tres años, si el valor de lo sustraído no excede de cinco veces el salario base y, de uno a diez años, si fuere superior a esa suma, en los siguientes casos:
( ... )
- Si fuera de cosas vinculadas a la prestación de un servicio público, de valor científico, artístico, cultural, de seguridad, o religioso, cuando, por el lugar en que se encuentren, estén destinadas al servicio, a la utilidad o a la reverencia de un número indeterminado de personas, o librados a la confianza pública .
( ... )
ARTÍCULO 2- Se adiciona un párrafo al artículo 330 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970.
Artículo 330- Receptación
Será reprimido con prisión de seis meses a cinco años y con veinte a sesenta días multa, al que adquiriere, recibiere y ocultare dinero, cosas o bienes provenientes de un delito en el que no participó, o interviniere en su adquisición, recepción u ocultación.
Será reprimido con prisión de tres a cinco años, cuando las conductas descritas en el párrafo anterior recaigan sobre las cosas referidas en el inciso 6) del artículo 209.
Se aplicará la respectiva medida de seguridad, cuando el autor hiciere de la receptación una práctica que implique profesionalidad.
ARTÍCULO 3- Se adiciona un párrafo al artículo 331 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970.
Artículo 331- Receptación de cosas de procedencia sospechosa
Será reprimido con prisión de seis meses a cuatro años al que, sin promesa anterior al delito, recibiere cosas o bienes que, de acuerdo con las circunstancias, debía presumir provenientes de un delito.
Será reprimido con prisión de cuatro a seis años, cuando las conductas descritas en el párrafo anterior recaigan sobre las cosas referidas en el inciso 6) del artículo 209 .
Si el autor hiciere de ello un tráfico habitual, se le impondrá la respectiva medida de seguridad.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los 03 días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.