# Ley 10355: Costa Rica declara benérita al Liceo Franco-Costarricense

- Página: https://elcenso.com/leyes/10355
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARATORIA DEL LICEO FRANCO-COSTARRICENSE COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA COSTARRICENSE
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1

## En resumen

La Ley 10355 declara al Liceo Franco-Costarricense Institución Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense, un reconocimiento honorífico sin obligaciones nuevas para la ciudadanía.

## A quién le toca

- El Liceo Franco-Costarricense, que recibe el título de institución benemérita
- Ningún otro grupo: la ley no crea obligaciones ni derechos para estudiantes, familias o docentes

## A quién beneficia

- El Liceo Franco-Costarricense obtiene un reconocimiento honorífico del Estado
- El título destaca la labor del centro en la educación y las relaciones entre Costa Rica y Francia

## Qué cambia

- No hay trámites nuevos para la ciudadanía
- No hay montos, plazos ni multas asociados a la ley
- La ley rige desde su publicación

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10355 declara al Liceo Franco-Costarricense Institución Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1)). El texto tiene un solo artículo y no crea trámites, pagos ni obligaciones para nadie.

El reconocimiento se da "por razón de su meritoria labor, desde su fundación, en favor de la República, la educación, la cultura y las relaciones fraternales entre Costa Rica y Francia" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1)). El texto está dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

### A quién le toca

Al Liceo Franco-Costarricense, que recibe el título de institución benemérita ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1)). El texto no impone deberes ni da derechos a estudiantes, padres de familia, docentes ni a ninguna otra institución.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría General de la República [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre esta declaratoria y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier. La ley se aprobó como ley ordinaria y se publicó, lo que calza con el trámite del artículo 124 ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El reconocimiento toca fines culturales que la Constitución menciona, como "conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación" ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). También se relaciona con la libertad de enseñanza, porque el Liceo es un centro docente ([Constitución, art. 79](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Ninguno de esos artículos impone condiciones que la ley incumpla.

### Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige y no abre una etapa de consulta pública. Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que una ley o una disposición general choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para plantearla normalmente debe haber un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa.

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se reciben en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025.

Si una institución pública le falla en un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

### Lo que no sabemos

El dossier no incluye el número de expediente legislativo ni la fecha exacta de publicación en La Gaceta.

El dossier no dice si la ley tuvo informe de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad.

El dossier no detalla qué efectos prácticos, si alguno, tiene el título de benemérita sobre el presupuesto del Liceo.

## Frente a la Constitución

La declaratoria es un reconocimiento honorífico aprobado como ley ordinaria. El Censo no encontró choque con los artículos constitucionales del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional, con el hecho, el derecho violado, el nombre del órgano y las pruebas (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea ante la Sala Constitucional; normalmente requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8025, por el portal institucional o por correo electrónico (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10355: DECLARATORIA DEL LICEO FRANCO-COSTARRICENSE COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA COSTARRICENSE. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10355 en SINALEVI: Declara el Liceo Franco- Costarricense Institución Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 29/06/2023. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100115&param2=137217&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10355

Declara el Liceo Franco- Costarricense Institución Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense

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N° 10355

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DECLARATORIA DEL LICEO FRANCO-COSTARRICENSE

COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA
EDUCACIÓN

Y LA CULTURA COSTARRICENSE

ARTICULO ÚNICO- Se declara el Liceo Franco- Costarricense Institución
Benemérita de la Educación y la Cultura Costarricense, por razón de su
meritoria labor, desde su fundación, en favor de la República, la educación, la
cultura y las relaciones fraternales entre Costa Rica y Francia.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días
del mes de junio del año dos mil veintitrés.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10355). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.