Caja de ANDE ya puede dar préstamos de vivienda
La Ley 10364 agrega a la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande) a la lista de entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
Título oficial ADICIÓN DE UN INCISO F) AL ARTÍCULO 72 DE LA LEY 7052, LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA ADICIONAR A LA CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EDUCADORES (CAJA DE ANDE) COMO ENTIDAD AUTORIZADA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA
A quién le toca
- La Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande) queda en la lista de entidades autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
- Los educadores y ahorrantes de la Caja de Ande podrían acceder a préstamos de vivienda por medio de esa entidad.
- El BANHVI puede ejecutar recursos del Fondo para la Vivienda Productiva por medio de la Caja de Ande como entidad autorizada.
A quién beneficia
- La Caja de Ande puede optar por la condición de entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.
- Los educadores que ahorran en la Caja de Ande tendrían una entidad más cerca para préstamos de vivienda.
Qué cambia
- La ley no crea un fondo nuevo ni cambia montos. Solo agrega a la Caja de Ande a la lista del artículo 72 de la Ley 7052.
- La Caja de Ande debe respetar su naturaleza jurídica, según el texto del nuevo inciso f).
La explicación completa
Qué cambia
La Ley 10364 agrega un inciso f) al artículo 72 de la Ley 7052. Con eso, la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande) puede pedir ser entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (art. único).
El texto nuevo dice: "f) La Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores, respetando su naturaleza jurídica." (art. 72)
La ley rige desde su publicación. Se firmó en San José el 29 de junio de 2023 (art. único).
El artículo 72 de la Ley 7052 dice que "podrán optar por la condición de entidades autorizadas, de conformidad con lo previsto en ella y en sus reglamentos, las instituciones siguientes" (art. 72). La Caja de Ande queda en esa lista.
A quién le toca
A la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande). La ley la nombra como entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (art. 72).
A los educadores y demás personas que ahorran o piden préstamos en la Caja de Ande. La ley no les impone trámites nuevos. La Caja de Ande queda habilitada para operar en el sistema de vivienda (art. 72).
Al Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI). La Ley 7052 le encarga administrar los recursos del Fondo para la Vivienda Productiva (Fovipro) y ejecutarlos por medio de las entidades autorizadas 2.
Lo que se dijo en la Asamblea
No hay grabaciones sobre la Ley 10364. Las grabaciones del dossier tratan otros proyectos: el 23.450 (ministerio de territorios) y el 24,380 (vivienda en islas).
En V1, del 19 de enero de 2023, Dagoberto Hidalgo Cortés, gerente general del Banco Hipotecario de la Vivienda, advirtió que el proyecto 23.450 podría ser inconstitucional 00:00:10. Dijo que al derogarse el marco legal del sistema financiero de la vivienda se infringiría el principio de seguridad jurídica. Explicó que hay ahorrantes que confiaron sus recursos 00:00:29.
En V2, del 11 de noviembre de 2016, Manuel Salinas, del Foro Nacional de la Vivienda, pidió reformar la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda. Dijo que los grupos sociales quedaron "borrados de un plumazo" 00:00:37.
En V3, del 27 de enero de 2026, el plenario aprobó el expediente 24,380, Ley de Vivienda Popular para las Islas. La iniciativa reforma la Ley 7052 para dar bonos de vivienda en las islas 00:00:00.
Cómo está hoy según SINALEVI
La Ley 10364 está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la 1 de 1, y no tiene observaciones 6.
El texto consolidado de SINALEVI coincide con el aprobado: el artículo único agrega el inciso f) al artículo 72 de la Ley 7052 (art. único).
La Ley 7052 también está vigente 2.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró choque entre la Ley 10364 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 121, inciso 1, de la Constitución dice que corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. La Ley 10364 es una reforma a la Ley 7052 hecha por la Asamblea (art. único).
El artículo 124 de la Constitución pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta Constitución, art. 124. La ley se firmó en la Presidencia de la República el 29 de junio de 2023 (art. único).
El artículo 105 de la Constitución dice que la potestad de legislar reside en el pueblo y se delega en la Asamblea por medio del sufragio Constitución, art. 105. La ley no toca esa potestad.
Qué puede hacer usted
Si un acto concreto de la Caja de Ande o del BANHVI viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.
El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.
Si cree que la Ley 10364 infringe la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
La acción de inconstitucionalidad requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo. No se necesita si se defienden intereses difusos o colectivos guía, p. 24.
Si detecta un manejo irregular de fondos públicos en el BANHVI o en la Caja de Ande, puede denunciarlo ante la Contraloría General de la República. Las denuncias se presentan en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025 guía, p. 68.
Si una institución pública le da un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja guía, p. 71.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si la Caja de Ande ya pidió formalmente ser entidad autorizada ni si el BANHVI ya la aceptó.
El dossier no dice cuántos educadores o ahorrantes usan la Caja de Ande.
El dossier no dice cuánto dinero podría prestar la Caja de Ande para vivienda.
El dossier no tiene grabaciones de la discusión de la Ley 10364 en la Asamblea.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
Fuentes
- Ley 10364: ADICIÓN DE UN INCISO F) AL ARTÍCULO 72 DE LA LEY 7052, LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA ADICIONAR A LA CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EDUCADORES (CAJA DE ANDE) COMO ENTIDAD AUTORIZADA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA
- Ley 7052: Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI (Banco Hipotecario de la Vivienda) (Vigente)
- BANHVI advierte que proyecto para crear el ministerio de territorios podría ser inconstitucional
- GRUPOS DE VIVIENDA PIDEN REFORMAR LEY DEL BANHVI
- Brindarán bonos de vivienda en territorios insulares
- Ley 10364 en SINALEVI: Ley para adicionar a la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores (Caja de Ande) como entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
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Ley 10364
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N° 10364
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN INCISO F) AL ARTÍCULO 72 DE LA LEY 7052, LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA Y CREACIÓN DEL BANHVI (BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA), DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986. LEY PARA ADICIONAR A LA CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EDUCADORES (CAJA DE ANDE) COMO ENTIDAD AUTORIZADA DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA
ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona un inciso f) al artículo 72 de la Ley 7052, Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banhvi (Banco Hipotecario de la Vivienda), de 13 de noviembre de 1986. El texto es el siguiente.
Artículo 72- Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley, podrán optar por la condición de entidades autorizadas, de conformidad con lo previsto en ella y en sus reglamentos, las instituciones siguientes:
[...]
f) La Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores, respetando su naturaleza jurídica.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil veintitrés.