# Ley 10399: Hacienda y Banco Central deben rendir informe ante diputados cada marzo

- Página: https://elcenso.com/leyes/10399
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: LEY PARA QUE EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA CONCURRAN ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1

## En resumen

La ley obliga al ministro de Hacienda y al presidente del Banco Central a presentar un informe económico anual ante el Plenario de la Asamblea Legislativa.

## A quién le toca

- El ministro de Hacienda debe ir al Plenario en la primera sesión ordinaria de marzo de cada año
- El presidente del Banco Central debe ir en sesión ordinaria durante marzo y puede ser convocado en octubre
- Las fracciones legislativas pueden hacer uso de la palabra después de cada informe
- La población recibe un informe económico anual dirigido a ella

## A quién beneficia

- La población obtiene un balance anual de la situación macroeconómica del país
- Los diputados pueden interrogar o comentar después de cada informe
- El informe incluye perspectivas económicas y medidas de política fiscal y monetaria

## Qué cambia

- El ministro de Hacienda y el presidente del Banco Central tienen una obligación anual de comparecencia
- El Banco Central puede ser convocado dos veces al año si se considera necesario
- La ley no fija multas ni sanciones por incumplimiento

## Explicación

### Qué cambia

La ley obliga al ministro de Hacienda y al presidente del Banco Central de Costa Rica a presentarse ante el Plenario de la Asamblea Legislativa. Ambos deben rendir un informe dirigido a toda la población ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

El informe debe incluir, como mínimo, un balance del último año calendario de la situación macroeconómica del país. También las perspectivas económicas y los objetivos y medidas de política fiscal y monetaria para el año en curso ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

El ministro de Hacienda debe ir en la primera sesión ordinaria del mes de marzo de cada año. Después de su presentación, las fracciones legislativas pueden hacer uso de la palabra ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

El presidente del Banco Central debe ir en sesión ordinaria durante el mes de marzo de cada año. También puede ser convocado en octubre si se considera necesario, para dar seguimiento a la política económica en sus áreas ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en San José el 14 de noviembre de 2023 ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

### A quién le toca

Al ministro de Hacienda: debe concurrir al Plenario en la primera sesión ordinaria de marzo de cada año ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

Al presidente del Banco Central de Costa Rica: debe concurrir en sesión ordinaria durante marzo de cada año, y en octubre si se considera necesario ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

A las fracciones legislativas: pueden hacer uso de la palabra después de cada informe ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

A toda la población: el informe está dirigido a ella ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no tiene observaciones de la Procuraduría General de la República [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1).

El texto consolidado que publica SINALEVI coincide con el texto aprobado. No hay una versión distinta que mostrar [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1).

### Frente a la Constitución

El artículo 145 de la Constitución dice que los ministros de Gobierno pueden concurrir a las sesiones de la Asamblea Legislativa y deben hacerlo cuando esta lo disponga ([Constitución, art. 145](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley desarrolla ese deber para Hacienda y lo extiende al presidente del Banco Central. El Censo no encontró choque en ese punto.

El artículo 144 de la Constitución ya obliga a los ministros a presentar cada año una memoria sobre los asuntos de su dependencia, dentro de los primeros quince días del primer período de sesiones ordinarias ([Constitución, art. 144](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley añade una comparecencia oral en marzo. Las dos obligaciones pueden convivir, pero conviene revisar si los plazos se traslapan.

El artículo 116 fija las sesiones ordinarias del primero de febrero al treinta de abril ([Constitución, art. 116](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley pide la comparecencia de Hacienda en la primera sesión ordinaria de marzo, dentro de ese período. Calza.

El artículo 11 obliga a los funcionarios públicos a cumplir los deberes que la ley les impone ([Constitución, art. 11](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La comparecencia es uno de esos deberes.

### Qué puede hacer usted

Pedir el informe. La ley dice que el informe está dirigido a toda la población ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1)). Puede solicitar copia a la Asamblea Legislativa o consultar la sesión cuando se realice.

Presentar una denuncia ante la Contraloría General de la República si sospecha un manejo irregular de fondos públicos. Puede hacerlo en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública no cumple con sus funciones. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Interponer un recurso de amparo si un acto concreto viola un derecho fundamental. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Presentar una acción de inconstitucionalidad contra la ley si considera que infringe la Constitución. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales, salvo cuando se defiendan intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas veces se ha aplicado la ley desde su entrada en vigencia.

No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente, así que no hay registro de lo que se dijo en el debate.

## Frente a la Constitución

La ley desarrolla el deber de comparecencia que ya existe en el artículo 145 y añade una obligación anual de informe. El Censo no encontró choque con los artículos revisados.

## Qué puede hacer usted

- Solicitar el informe anual: Pedir copia del informe a la Asamblea Legislativa o consultar la sesión (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Recurso de amparo: Cualquier persona puede interponerlo ante la Sala Constitucional (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales, salvo cuando se defiendan intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10399: LEY PARA QUE EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA CONCURRAN ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10399 en SINALEVI: Ley para que el Ministro de Hacienda y el Presidente del Banco Central de Costa Rica concurran ante la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 14/11/2023. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100864&param2=138547&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10399

Ley para que el Ministro de Hacienda y el Presidente del Banco Central de Costa Rica concurran ante la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica

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N° 10399

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA.

LEY PARA QUE EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL

PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

CONCURRAN ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

ARTÍCULO 1- Deberán concurrir, ante el
Plenario de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, el ministro
de Hacienda y el presidente del Banco Central de Costa Rica, para que rindan un
informe dirigido a toda la población. Este informe deberá contener, como
mínimo, un balance del último año calendario de la situación macroeconómica del
país, de las perspectivas económicas, así como de los objetivos y las medidas
de política fiscal y monetaria para el año en curso.



ARTÍCULO 2- La concurrencia del ministro
de Hacienda se realizará en la primera sesión ordinaria del mes de marzo de
cada año; posterior a la presentación del informe, las fracciones legislativas
podrán hacer uso de la palabra para lo que corresponda.



ARTÍCULO 3- La concurrencia del presidente
del Banco Central de Costa Rica se deberá realizar en sesión ordinaria, durante
el mes de marzo de cada año y, de considerarse necesario, en el mes octubre de
cada año, a efectos de darle seguimiento a la conducción de la política
económica en las áreas de su competencia y de los demás asuntos atinentes al
Banco Central de Costa Rica. Posterior a la presentación del informe, las
fracciones legislativas podrán hacer uso de la palabra para lo que corresponda.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República,
San José, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.

EJECÚTESE
Y PUBLÍQUESE.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10399). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.