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Cuarta reforma al presupuesto 2023 cambia los artículos 2 y 6

La ley 10406 modifica los artículos 2 y 6 del presupuesto 2023, pero el texto publicado no muestra el contenido nuevo.

Título oficial CUARTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY N°10.331, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2023, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2022

Atención: La ley modifica los artículos 2 y 6 del presupuesto 2023, pero el texto de SINALEVI no muestra el contenido nuevo y remite a un Alcance Digital que el dossier no incluye.

La letra pequeña

Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • A quién le sirve: Ciudadanía en general

    El artículo 1 modifica los artículos 2 y 6 del presupuesto 2023, pero el texto de SINALEVI no reproduce el contenido nuevo. Solo remite al Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023.

    Por el tipo de formato consultar el Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Instituciones del Estado que reciben plata del presupuesto del 2023
  • Personas que quieran revisar cómo se repartió el presupuesto del 2023
  • Funcionarios públicos cuyos salarios salen del presupuesto modificado

A quién beneficia

  • No se identifican beneficios concretos en el texto disponible, porque el detalle de los artículos 2 y 6 no está en el dossier

Qué cambia

  • Los artículos 2 y 6 del presupuesto 2023 cambian, pero el detalle está en un Alcance Digital que el dossier no incluye
  • La ley rige desde su publicación en La Gaceta
  • SINALEVI no registra observaciones de la Procuraduría

La explicación completa

Qué cambia

La ley 10406 modifica dos artículos del presupuesto del 2023: el 2 y el 6 de la Ley 10331 (art. 1). El texto que publica SINALEVI no incluye el contenido nuevo de esos dos artículos. Solo dice que se modifican y remite al Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023.

La ley rige desde su publicación en La Gaceta (art. 1). Fue firmada en la Presidencia de la República, en San José, el 4 de diciembre de 2023.

El artículo 1 es el único artículo de esta ley. No hay más artículos que revisar (art. 1).

A quién le toca

A las instituciones del Estado que reciben plata del presupuesto del 2023. El texto no dice cuáles ni cuánto, porque el detalle está en el Alcance Digital que SINALEVI no reproduce (art. 1).

A cualquier persona que quiera revisar cómo se repartió el presupuesto del 2023. La modificación cambia los artículos 2 y 6 de la Ley 10331, que son parte del presupuesto ordinario y extraordinario de ese año (art. 1).

Lo que se dijo en la Asamblea

No hay grabaciones de la discusión de esta ley 10406. Las grabaciones del dossier son de presupuestos de otros años: 2020 y 2021 00:00:10 00:03:08 00:08:25.

En la comisión de Asuntos Hacendarios del 9 de octubre de 2020, la diputada Laura Guido habló sobre las plazas vacantes en el presupuesto 02:16:22. Dijo que eliminar una plaza obliga a descontarla del presupuesto y que eso arrastra un faltante para años futuros 02:16:38.

En esa misma sesión, la diputada Mariner Solís dijo que el gobierno pretendió gastar 51 mil millones de colones de ahorro por intereses 03:43:29. También dijo que no veía ahorros propios del gobierno 03:44:37.

En la comisión del 4 de agosto de 2021, la ministra de Educación habló sobre becas y transporte estudiantil 01:02:12. No dio el dato exacto del presupuesto 2022 para el programa de postsecundaria porque no lo tenía a mano 01:38:53.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones de la Procuraduría 5.

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. Muestra el mismo texto, pero sin el contenido de los artículos 2 y 6, porque remite al Alcance Digital (art. 1).

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y la Constitución del dossier. La ley modifica partidas de un presupuesto ya aprobado, y la Constitución permite que la Asamblea modifique el presupuesto por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180.

El artículo 180 dice que el presupuesto "sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo" Constitución, art. 180. El dossier no dice si esta ley tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo. Ese es un dato que falta.

El artículo 176 pide que la gestión pública sea "sostenible, transparente y responsable" Constitución, art. 176. La ley cumple con publicarse en La Gaceta, pero el texto que reproduce SINALEVI no deja ver el detalle del cambio. Eso podría generar dudas sobre la transparencia, no un choque directo.

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución le viola un derecho por cómo se aplicó esta ley, puede presentar un recurso de amparo guía, p. 22. Cualquier persona puede interponerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que la ley misma viola la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional.

Para la acción de inconstitucionalidad, el artículo 75 pide que exista un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24. No se necesita ese caso pendiente cuando se defienden intereses difusos o colectivos.

Si sospecha un manejo irregular de los fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República guía, p. 68. La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos de las instituciones del Estado.

Puede denunciar personalmente en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llamar al 2501-8000 o al 2501-8025 guía, p. 68. También puede usar el portal de Denuncia Electrónica o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si una institución pública le brinda mal un servicio, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

Lo que no sabemos

Qué dicen exactamente los artículos 2 y 6 reformados. El texto de SINALEVI remite al Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023, que no está en el dossier.

Cuánto dinero cambia y a qué instituciones va. El dossier no lo detalla.

Si la ley tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo, como pide el artículo 180 de la Constitución Constitución, art. 180.

Quiénes votaron a favor y quiénes en contra. No hay grabación de esta ley 10406.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas

El Censo no encontró un choque claro. La Constitución permite modificar el presupuesto por ley, pero el dossier no dice si esta ley tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo como pide el artículo 180.

  1. Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
    Esta ley, art. 1"Modifícanse los artículos 2 y 6 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2023, Ley No. 10.331"

    Hay dudas La Constitución permite modificar el presupuesto, pero solo con leyes que proponga el Poder Ejecutivo. El dossier no dice quién propuso esta ley.

  2. Constitución, art. 176"La gestión pública se conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta."
    Esta ley, art. 1"Por el tipo de formato consultar el Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023"

    Hay dudas La Constitución pide transparencia. El texto que reproduce SINALEVI no deja ver el contenido del cambio, solo remite a otro documento. Eso genera dudas, no un choque directo.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10406: CUARTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA A LA LEY N°10.331, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2023, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2022 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. DETALLES CUARTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-06-30
  3. Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios, viernes 9 de octubre del 2020 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2020-10-09
  4. Comisión de Asuntos Hacendarios (extraordinaria), miércoles 04 de agosto 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-08-05
  5. Ley 10406 en SINALEVI: Cuarta modificación legislativa de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2023 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 04/12/2023
  6. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • El video "Comisión de Hacendarios, miércoles 4 de setiembre" no tiene subtítulos; no se citó.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10406

Cuarta modificación legislativa de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2023

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N° 10406

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

CUARTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10.331, LEY DE PRESUPUESTO

ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO

2023, DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2022.

Artículo 1: Modifícanse los artículos 2 y 6 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2023, Ley No. 10.331, publicada en el Alcance número 267 a La Gaceta No. 235 del 09 de diciembre de 2022 y sus reformas, de la forma que se indica a continuación:

(Nota de Sinalevi: Por el tipo de formato consultar el Alcance Digital N° 244 a La Gaceta N° 228 del 8 de diciembre de 2023 ).

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presiden c ia de la Rep ú bli c a , San José , a los c uatro días del mes de di c iembre del año dos mil veintitrés.

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