# Ley 10422: El OIJ ya no paga IVA cuando compra equipo para investigar

- Página: https://elcenso.com/leyes/10422
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: REFORMA DE LA LEY 6826, LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA EXONERAR DEL IVA AL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL, PARA FORTALECER LA REPRESIÓN DE LOS DELITOS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1

## En resumen

Desde noviembre de 2023, el Organismo de Investigación Judicial queda exento del IVA en sus compras de bienes y servicios, y eso reduce lo que ese impuesto recauda.

## A quién le toca

- El OIJ, que deja de pagar IVA en sus compras de bienes y servicios para cumplir sus funciones.
- Los proveedores que le venden al OIJ, cuyas ventas quedan exentas del impuesto.
- El presupuesto público, que según la exposición en la Asamblea dejaría de recibir alrededor de 2.400 millones de colones.

## Qué cambia

- El OIJ puede comprar equipo y servicios sin el recargo del IVA.
- La recaudación del IVA baja en el monto que el OIJ dejaba de pagar.
- La exención aplica solo a las compras del OIJ para sus funciones, no a otras instituciones.

## Cláusulas a revisar

- **Exención solo para el OIJ** (único): El inciso nuevo exime únicamente las compras del OIJ. Ninguna otra institución ni las personas reciben este beneficio. Texto: "37- La adquisición de bienes y servicios que haga el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), para el cumplimiento de sus funciones."
- **Menos recaudación de IVA** (único): La exención baja lo que el Estado recibe por IVA. La viceministra de Hacienda estimó en la Asamblea que se dejarían de percibir alrededor de 2.400 millones de colones. Texto: "37- La adquisición de bienes y servicios que haga el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), para el cumplimiento de sus funciones."

## Explicación

### Qué cambia

El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) deja de pagar el impuesto de valor agregado (IVA) cuando compra bienes y servicios para hacer su trabajo. La Asamblea agregó un inciso nuevo a la lista de exenciones de la Ley 6826 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

El texto nuevo dice: "La adquisición de bienes y servicios que haga el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), para el cumplimiento de sus funciones" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

Ese inciso entra como el número 37 del artículo 8 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, que es el artículo que enumera todo lo que está exento ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 8 de noviembre de 2023 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

### A quién le toca

Al OIJ. Es la única institución que gana la exención: cuando compra bienes y servicios para cumplir sus funciones, no paga IVA ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

A los proveedores que le venden al OIJ. Esas ventas quedan exentas del impuesto, según el mismo inciso ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

Al resto de la lista de exenciones del artículo 8 de la Ley 6826, que sigue igual. El texto aprobado solo suma el inciso 37 y no toca los otros ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El 26 de setiembre de 2023, la viceministra de Hacienda Priscila Zamora dijo a los diputados de la comisión de jurídicos que si se aprobaba la norma habría mayor endeudamiento. Según ella, "alrededor de 2.400 millones de colones se dejarían de percibir" ([video, 00:00:33](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=33s)).

En la misma audiencia se habló de la situación del OIJ. Una persona dijo que el OIJ "tiene alrededor de 600 celulares decomisados que no puede abrir por presupuesto" ([video, 00:00:39](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=39s)).

La misma persona defendió la exención con este argumento: "si el directorio Dj no puede abrir los celulares el juez no puede iniciar el proceso y todos por un tema presupuestario" ([video, 00:01:06](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=66s)).

También se dijo que "cada vez que hacemos una exoneración debilitamos las finanzas públicas" ([video, 00:01:24](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=84s)).

Sobre el destino del dinero, se afirmó que "la intención del investigación judicial con apetitoria de la exoneración del IVA es fortalecer la retención de los delitos con más presupuesto" ([video, 00:02:10](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=130s)).

El video no permite identificar con nombre a todas las personas que hablan. Solo se nombra a la viceministra Priscila Zamora ([video, 00:00:22](https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q&t=22s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1).

El texto consolidado que publica la Procuraduría es el mismo que aprobó la Asamblea: el inciso 37 del artículo 8 de la Ley 6826 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121, inciso 1, dice que le corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley se tramitó y aprobó en la Asamblea, así que calza con esa atribución.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben "contribuir para los gastos públicos" ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Una exención reduce lo que se recauda, pero la Constitución no prohíbe exenciones y el dossier no trae un artículo que las limite.

El artículo 183 le da a la Contraloría General de la República la vigilancia de la Hacienda Pública ([Constitución, art. 183](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esa vigilancia sigue aplicando sobre los fondos del OIJ, porque la ley no la quita.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto del OIJ o de Hacienda le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o el órgano que aparece como autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos.

Si cree que esta ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para presentar esa acción hace falta un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un manejo irregular de los recursos públicos del OIJ, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en un servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si quiere cambiar esta ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y la Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto IVA deja de pagar el OIJ cada año por esta exención.

El dossier no dice si el OIJ ya usó la exención ni desde cuándo la aplica en sus compras.

El dossier no incluye el texto completo del artículo 8 de la ley vigente, solo el fragmento del inciso 1.

El video no permite identificar a todas las personas que hablan en la discusión.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la exención del IVA al OIJ y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene la potestad de dictar y reformar leyes, y la Constitución no prohíbe exenciones tributarias.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o el órgano autor del agravio. Cualquier persona puede presentarlo, en cualquier tiempo mientras subsista la violación y hasta dos meses después de que cesen sus efectos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes y disposiciones generales. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se defiendan intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal de denuncia electrónica o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular para reformar la ley: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y la Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 10422: REFORMA DE LA LEY 6826, LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA EXONERAR DEL IVA AL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL, PARA FORTALECER LA REPRESIÓN DE LOS DELITOS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Hacienda no avala exonerar del IVA al OIJ. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-09-26. https://www.youtube.com/watch?v=SPGOM78d02Q
3. Ley 10422 en SINALEVI: Reforma la Ley 6826 Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para exonerar del IVA al Organismo de Investigación Judicial, para fortalecer la represión de los delitos (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 08/11/2023. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=100747&param2=138363&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10422

Reforma la Ley 6826 Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para exonerar del IVA al Organismo de Investigación Judicial, para fortalecer la represión de los delitos

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 10422

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DE LA LEY 6826, LEY DE IMPUESTO

AL VALOR AGREGADO, DE 8 DE NOVIEMBRE DE 1982, PARA EXONERAR DEL
IVA AL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL, PARA FORTALECER

LA REPRESIÓN DE LOS DELITOS

ARTÍCULO ÚNICO- Se adiciona el
inciso 37) al artículo 8 de la Ley 6826, Ley de Impuesto al Valor Agregado
(IVA), de 8 de noviembre de 1982. El texto es el siguiente:

Artículo 8- Exenciones. Están exentos del pago de este
impuesto:

[...]

37- La adquisición de bienes y servicios que haga el
Organismo de Investigación Judicial (OIJ), para el cumplimiento de sus
funciones.

Rige
a partir de su publicación .

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los
ocho días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10422). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.