La amnistía de la CCSS se extendió doce meses más
Los patronos y trabajadores independientes con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS tienen doce meses adicionales para pedir la condonación.
Título oficial PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES
Atención: La ley condona multas, recargos e intereses de la CCSS y el dossier no dice cuánto dinero deja de recibir la institución.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
Alguien queda pagando algo que el título no menciona.
A quién le sirve: CCSS y sus finanzas
La ley permite condonar multas, recargos e intereses. El dossier no da el monto que la CCSS deja de recibir.
para que los trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por concepto de multas, recargos e intereses
único, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Patronos con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS
- Trabajadores independientes con esas mismas deudas
- Personas con deudas de más de un año de antigüedad
A quién beneficia
- Doce meses adicionales para pedir la condonación de multas, recargos e intereses ante la CCSS
- Posibilidad de pagar de un solo tracto o firmar acuerdo de pago
- La reforma de 2024 amplía el plazo de deudas condonables a las que superen un año
Qué cambia
- La condonación no es automática: requiere solicitud expresa del patrono o trabajador independiente
- La prórroga sirve solo para gestionar la condonación, no para ampliar los plazos condonables de la ley 10232
- La ley rige desde el 13 de diciembre de 2023
La explicación completa
Qué cambia
La ley 10432 extiende por doce meses el plazo que la ley 10232 daba para pedir la condonación de deudas con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) (art. único). Ese plazo cubre multas, recargos e intereses de patronos y trabajadores independientes.
El plazo original estaba en el artículo 4 de la ley 10232: doce meses desde que esa ley entró a regir 2. La ley 10432 le suma otros doce meses a ese mismo plazo (art. único).
La condonación no es automática. El patrono o el trabajador independiente tiene que pedirla con una solicitud expresa ante la CCSS 2. También puede pagar de un solo tracto o firmar un acuerdo de pago con la institución.
El texto vigente tiene una reforma. El artículo 1 de la ley 10604, del 15 de noviembre de 2024, agregó una frase al artículo único (art. único). Esa frase amplía el plazo de deudas condonables a las que superen un año de antigüedad, cuando se cumpla la condición de los artículos 2 y 3.
La ley rige desde su publicación, el 13 de diciembre de 2023 (art. único).
A quién le toca
A los patronos que deben multas, recargos e intereses a la CCSS. Ellos pueden pedir la condonación dentro del plazo prorrogado (art. único).
A los trabajadores independientes que tienen esas mismas deudas con la CCSS. También pueden pedir la condonación en ese plazo (art. único).
A quienes tienen deudas de más de un año: el texto prorrogado amplía el plazo para esas deudas, según la reforma de 2024 (art. único).
Lo que cambia en la práctica
El trámite sigue igual que en la ley original. La persona interesada presenta la solicitud ante la CCSS. Luego paga todo de una vez o firma un acuerdo de pago 2.
La prórroga sirve solo para gestionar la condonación. No amplía los plazos condonables de la ley 10232, según la nota de SINALEVI 2.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley 10432 está vigente. SINALEVI muestra la versión 2 de 2, sin observaciones de la Procuraduría 3.
La versión vigente incluye la reforma de la ley 10604 del 15 de noviembre de 2024 (art. único). Esa reforma amplió el plazo de deudas condonables a las que superen un año de antigüedad.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró choque entre esta ley y los artículos de la Constitución en el dossier. La ley 10432 es una prórroga de plazo tributario. El artículo 121, inciso 1, de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121. El artículo 124 exige dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley Constitución, art. 124.
El artículo 176 pide que la gestión pública sea sostenible y transparente Constitución, art. 176. La condonación de multas e intereses reduce ingresos de la CCSS. Eso podría generar dudas sobre el equilibrio financiero, pero el dossier no da cifras de cuánto se condona.
Qué puede hacer usted
Si usted es patrono o trabajador independiente con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS, presente la solicitud de condonación ante la institución. Lleve su cédula y el detalle de la deuda. Pida el acuerdo de pago si no puede pagar de una vez 2.
Si la CCSS le rechaza la solicitud y usted cree que viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional. Cualquier persona puede interponerlo guía, p. 22.
Si cree que la ley tiene un problema de fondo, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24.
Si ve un manejo irregular de fondos públicos en la CCSS, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Llame al 2501-8000 o al 2501-8025 guía, p. 68.
Si la CCSS le da un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes guía, p. 71.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuánto dinero se condonó con la ley 10232 ni con esta prórroga.
El dossier no dice cuántas personas usaron el plazo original ni cuántas usaron la prórroga.
El dossier no incluye el texto completo de los artículos 2 y 3 de la ley 10432 que menciona la reforma de 2024.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 2 de 2Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró choque entre la ley 10432 y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene potestad para dictar leyes y el trámite cumplió los requisitos formales.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
Esta ley, art. único"Prórroga de la Amnistía para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, para que se extienda por un plazo adicional de doce meses la prórroga establecida en esta ley"
Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes. Esta ley es una prórroga de plazo tributario, materia que corresponde a la Asamblea.
Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
Esta ley, art. único"Rige a partir de su publicación."
Sin choque aparente La ley indica que rige desde su publicación. El dossier no muestra el detalle de los dos debates, pero la ficha de la Asamblea confirma que está vigente.
Constitución, art. 176"La gestión pública se conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta."
Esta ley, art. único"para que los trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por concepto de multas, recargos e intereses"
Hay dudas La condonación reduce ingresos de la CCSS. El dossier no da cifras de cuánto se condona, así que no se puede medir el efecto fiscal. Hay una duda sobre el impacto en las finanzas de la institución.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 10432: PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES
- Ley 10232: Ley de autorización y condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales (Vigente)
- Ley 10432 en SINALEVI: Prórroga de la amnistía para la formalización y recaudación de las cargas sociales (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10432
Prórroga de la amnistía para la formalización y recaudación de las cargas sociales
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N° 10432
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA PARA LA FORMALIZACIÓN
Y RECAUDACIÓN DE LAS CARGAS
SOCIALES
ARTÍCULO ÚNICO- Prórroga de la Amnistía para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, para que se extienda por un plazo adicional de doce meses la prórroga establecida en esta ley, en relación con el artículo 4 de la Ley 10232, Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, del 29 de abril de 2022, para que los trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por concepto de multas, recargos e intereses.
Se amplía el plazo de deudas condenables a aquellas que superen un año de antigüedad en el momento de cumplirse la condición prevista en los artículos 2 y 3 de la presente ley.
(Así reformado por el artículo 1° de la ley Segunda prórroga del plazo para acogerse a la condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales, N° 10604 del 15 de noviembre de 2024 )
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.