# Ley 10432: La amnistía de la CCSS se extendió doce meses más

- Página: https://elcenso.com/leyes/10432
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1

## En resumen

Los patronos y trabajadores independientes con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS tienen doce meses adicionales para pedir la condonación.

## A quién le toca

- Patronos con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS
- Trabajadores independientes con esas mismas deudas
- Personas con deudas de más de un año de antigüedad

## A quién beneficia

- Doce meses adicionales para pedir la condonación de multas, recargos e intereses ante la CCSS
- Posibilidad de pagar de un solo tracto o firmar acuerdo de pago
- La reforma de 2024 amplía el plazo de deudas condonables a las que superen un año

## Qué cambia

- La condonación no es automática: requiere solicitud expresa del patrono o trabajador independiente
- La prórroga sirve solo para gestionar la condonación, no para ampliar los plazos condonables de la ley 10232
- La ley rige desde el 13 de diciembre de 2023

## Cláusulas a revisar

- **Condonación sin cifra de impacto fiscal** (único): La ley permite condonar multas, recargos e intereses. El dossier no da el monto que la CCSS deja de recibir. Texto: "para que los trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por concepto de multas, recargos e intereses"
- **Reforma de 2024 sin texto completo en el dossier** (único): La reforma de la ley 10604 amplía el plazo de deudas condonables, pero el dossier no incluye el texto de los artículos 2 y 3 que menciona. Texto: "Se amplía el plazo de deudas condenables a aquellas que superen un año de antigüedad en el momento de cumplirse la condición prevista en los artículos 2 y 3 de la presente ley."

## Explicación

### Qué cambia

La ley 10432 extiende por doce meses el plazo que la ley 10232 daba para pedir la condonación de deudas con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)). Ese plazo cubre multas, recargos e intereses de patronos y trabajadores independientes.

El plazo original estaba en el artículo 4 de la ley 10232: doce meses desde que esa ley entró a regir [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1). La ley 10432 le suma otros doce meses a ese mismo plazo ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)).

La condonación no es automática. El patrono o el trabajador independiente tiene que pedirla con una solicitud expresa ante la CCSS [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1). También puede pagar de un solo tracto o firmar un acuerdo de pago con la institución.

El texto vigente tiene una reforma. El artículo 1 de la ley 10604, del 15 de noviembre de 2024, agregó una frase al artículo único ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)). Esa frase amplía el plazo de deudas condonables a las que superen un año de antigüedad, cuando se cumpla la condición de los artículos 2 y 3.

La ley rige desde su publicación, el 13 de diciembre de 2023 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)).

### A quién le toca

A los patronos que deben multas, recargos e intereses a la CCSS. Ellos pueden pedir la condonación dentro del plazo prorrogado ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)).

A los trabajadores independientes que tienen esas mismas deudas con la CCSS. También pueden pedir la condonación en ese plazo ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)).

A quienes tienen deudas de más de un año: el texto prorrogado amplía el plazo para esas deudas, según la reforma de 2024 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)).

### Lo que cambia en la práctica

El trámite sigue igual que en la ley original. La persona interesada presenta la solicitud ante la CCSS. Luego paga todo de una vez o firma un acuerdo de pago [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1).

La prórroga sirve solo para gestionar la condonación. No amplía los plazos condonables de la ley 10232, según la nota de SINALEVI [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 10432 está vigente. SINALEVI muestra la versión 2 de 2, sin observaciones de la Procuraduría [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1).

La versión vigente incluye la reforma de la ley 10604 del 15 de noviembre de 2024 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1)). Esa reforma amplió el plazo de deudas condonables a las que superen un año de antigüedad.

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre esta ley y los artículos de la Constitución en el dossier. La ley 10432 es una prórroga de plazo tributario. El artículo 121, inciso 1, de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El artículo 124 exige dos debates y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 176 pide que la gestión pública sea sostenible y transparente ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La condonación de multas e intereses reduce ingresos de la CCSS. Eso podría generar dudas sobre el equilibrio financiero, pero el dossier no da cifras de cuánto se condona.

### Qué puede hacer usted

Si usted es patrono o trabajador independiente con deudas de multas, recargos e intereses ante la CCSS, presente la solicitud de condonación ante la institución. Lleve su cédula y el detalle de la deuda. Pida el acuerdo de pago si no puede pagar de una vez [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1).

Si la CCSS le rechaza la solicitud y usted cree que viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley tiene un problema de fondo, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si ve un manejo irregular de fondos públicos en la CCSS, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Llame al 2501-8000 o al 2501-8025 ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si la CCSS le da un mal servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero se condonó con la ley 10232 ni con esta prórroga.

El dossier no dice cuántas personas usaron el plazo original ni cuántas usaron la prórroga.

El dossier no incluye el texto completo de los artículos 2 y 3 de la ley 10432 que menciona la reforma de 2024.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre la ley 10432 y los artículos constitucionales del dossier. La Asamblea tiene potestad para dictar leyes y el trámite cumplió los requisitos formales.

## Qué puede hacer usted

- Solicitud de condonación ante la CCSS: Presente solicitud expresa ante la CCSS con su cédula y el detalle de la deuda. Pida pagar de un solo tracto o firmar un acuerdo de pago. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf)
- Recurso de amparo: Preséntelo ante la Sala Constitucional. Cualquier persona puede interponerlo. Exprese el hecho, el derecho violado y el nombre del servidor público. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa donde invoque la inconstitucionalidad. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Llame al 2501-8000 o al 2501-8025, o presente la denuncia en el portal institucional o en Sabana Sur. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10432: PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA PARA LA FORMALIZACIÓN DE LAS CARGAS SOCIALES. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10232: Ley de autorización y condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 29/04/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96826&param2=143891&param3=1
3. Ley 10432 en SINALEVI: Prórroga de la amnistía para la formalización  y recaudación de las cargas sociales (Vigente, Versión de la norma: 2 de 2). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/12/2023. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101036&param2=143892&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10432

Prórroga de la amnistía para la formalización y recaudación de las cargas sociales

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N° 10432

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

PRÓRROGA DE LA AMNISTÍA
PARA LA FORMALIZACIÓN

Y RECAUDACIÓN DE LAS
CARGAS

SOCIALES

ARTÍCULO ÚNICO- Prórroga de la Amnistía para la Formalización
y Recaudación de las Cargas Sociales, para que se extienda por un plazo
adicional de doce meses la prórroga establecida en esta ley, en relación con el
artículo 4 de la Ley 10232, Autorización de Condonación para la Formalización y
Recaudación de las Cargas Sociales, del 29 de abril de 2022, para que los
trabajadores independientes y patronos gestionen la condonación de deudas por
concepto de multas, recargos e intereses.

Se amplía el plazo de deudas condenables a
aquellas que superen un año de antigüedad en el momento de cumplirse la
condición prevista en los artículos 2 y 3 de la presente ley.

(Así reformado por el
artículo 1° de la ley Segunda prórroga del plazo para acogerse a
la condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales, N°
10604 del 15 de noviembre de 2024 )

Rige a partir de su
publicación.

Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de diciembre
del año dos mil veintitrés.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10432). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.