# Ley 10444: Autobuses 2007 y 2008 pueden circular un año más

- Página: https://elcenso.com/leyes/10444
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: LEY PARA GARANTIZAR EL SERVICIO DE AUTOBÚS PARA LOS USUARIOS
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1

## En resumen

La ley permite por única vez que autobuses modelos 2007 y 2008 de empresas micro, pequeñas, medianas y cooperativas sigan en ruta hasta un año después de su publicación.

## A quién le toca

- Empresas autobuseras micro, pequeñas y medianas clasificadas por la Aresep
- Cooperativas de transporte público en esas clasificaciones
- Usuarios de ruta regular que dependen de esas unidades
- El ente encargado de la inspección técnica vehicular
- El Consejo de Transporte Público y la Aresep

## A quién beneficia

- Las empresas micro, pequeñas y medianas pueden usar autobuses modelos 2007 y 2008 un año más
- Las cooperativas de transporte público en esas clasificaciones tienen el mismo permiso
- Las unidades que se acojan deben cumplir las condiciones de accesibilidad de la Ley 7600

## Qué cambia

- Las unidades con más de quince años deben pasar inspección técnica vehicular cada cuatro meses
- El Consejo de Transporte Público y la Aresep tienen por autorizada la operación de esas unidades
- El permiso es por única vez y dura hasta un año después de la entrada en vigencia

## Cláusulas a revisar

- **Permiso solo para empresas de cierto tamaño** (1): El transitorio excluye a las empresas grandes. Solo las clasificadas por la Aresep como micro, pequeñas y medianas, y las cooperativas en esas clasificaciones, pueden usar autobuses modelos 2007 y 2008 un año más. Texto: "Esta norma es de aplicación única y exclusiva para las empresas autobuseras clasificadas como micro, pequeñas y medianas, según la clasificación de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos ( Aresep ) y las cooperativas del sector de transporte público ubicadas en esas clasificaciones."

## Explicación

### Qué cambia

La ley agrega un transitorio nuevo a la Ley de Tránsito. Ese transitorio autoriza, por única vez, que los autobuses de ruta regular modelos 2007 y 2008 sigan circulando hasta un año después de que la ley entre a regir ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

El permiso es solo para empresas autobuseras clasificadas como micro, pequeñas y medianas por la Aresep. También cubre a las cooperativas del sector de transporte público que estén en esas clasificaciones ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

El ente que hace la inspección técnica vehicular debe revisar antes que la flota cumpla los requisitos técnicos ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

Las unidades que pasen los quince años de antigüedad y usen este plazo extra deben hacer la inspección técnica vehicular cada cuatro meses. También deben cumplir las condiciones de accesibilidad de la Ley 7600 y su reglamento ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

Mientras dure el transitorio, el Consejo de Transporte Público y la Aresep tienen por autorizada la operación de esas unidades. Eso cubre los aspectos operativos, tarifarios y legales ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

La ley rige desde su publicación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

### A quién le toca

A las empresas autobuseras micro, pequeñas y medianas clasificadas por la Aresep. Ellas pueden usar autobuses modelos 2007 y 2008 un año más ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

A las cooperativas de transporte público que estén en esas clasificaciones. Tienen el mismo permiso ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

A los usuarios de ruta regular. Las unidades que se acojan al plazo deben cumplir las condiciones de accesibilidad de la Ley 7600 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

Al ente de inspección técnica vehicular. Le toca verificar antes el cumplimiento de los requisitos técnicos de la flota ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

Al Consejo de Transporte Público y a la Aresep. Deben tener por autorizada la operación de esas unidades en lo operativo, tarifario y legal ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El video de la Asamblea dice que la ley busca garantizar el servicio de autobús para los usuarios ([video, 00:00:00](https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw&t=0s)).

Según el video, lo que se pretendió fue darle mayor vida útil a las unidades existentes. Así las empresas de transporte podrían acceder a nuevos créditos y refinanciamiento ([video, 00:00:08](https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw&t=8s)).

Una persona entrevistada en el video dice: "Me parece que es un medio que mucha gente lo necesita" ([video, 00:00:24](https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw&t=24s)).

Otra persona dice que no todos tienen la oportunidad de tener un automóvil o una moto. Por eso le parece buena idea que el servicio siga funcionando ([video, 00:00:29](https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw&t=29s)).

Una persona más menciona mal servicio en ciertas partes de Tres Ríos ([video, 00:00:38](https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw&t=38s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI muestra una sola versión de la norma y no registra observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1).

El texto vigente es el que se aprobó. No hay una versión distinta que aplicar [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 33 dice que toda persona es igual ante la ley y prohíbe la discriminación contraria a la dignidad humana ([Constitución, art. 33](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El transitorio aplica solo a empresas micro, pequeñas, medianas y cooperativas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)). Esa diferencia por tamaño de empresa no aparece en el dossier como un choque constitucional.

El artículo 50 dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El transitorio busca mantener el servicio de autobús y exige accesibilidad de la Ley 7600 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1)). Eso calza con ese fin.

El artículo 124 regula cómo se convierte un proyecto en ley: dos debates, aprobación y sanción ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El dossier no permite revisar si hubo algún problema en ese trámite.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una empresa o de una institución viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

En el escrito debe poner con claridad el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Puede presentarlo en cualquier tiempo mientras subsista la violación. También hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para presentarla normalmente debe haber un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No se necesita ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si el problema es el mal funcionamiento de un servicio público, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Se puede hacer en persona, por teléfono, por el portal institucional o por correo ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si quiere cambiar esta ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice la fecha exacta de publicación de la ley en La Gaceta, así que no se puede fijar el día en que vence el año del transitorio.

El dossier no dice cuántas empresas o unidades se acogen al transitorio.

El dossier no detalla qué requisitos técnicos debe verificar el ente de inspección.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre el transitorio y los artículos constitucionales del dossier.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Presente un escrito con el hecho, el derecho violado, el nombre del órgano y las pruebas. Cualquier persona puede hacerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Normalmente requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa. No se necesita cuando se defienden intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Puede hacerlo en persona, por teléfono, por el portal institucional o por correo electrónico. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 10444: LEY PARA GARANTIZAR EL SERVICIO DE AUTOBÚS PARA LOS USUARIOS. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Leyes de impacto: Buses. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2025-07-21. https://www.youtube.com/watch?v=AogoXnPvjdw
3. Ley 10444 en SINALEVI: Ley para garantizar el servicio de autobús para los usuarios (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 31/01/2024. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=101433&param2=139861&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10444

Ley para garantizar el servicio de autobús para los usuarios

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 10444

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE
COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA GARANTIZAR EL
SERVICIO DE AUTOBÚS PARA LOS USUARIOS

ARTÍCULO
1.- Se adiciona el transitorio XXV a la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías
Públicas Terrestres y Seguridad Vial, de 4 de octubre de 2012. El texto es el
siguiente:

Transitorio
XXV.- Para efectos de la prestación del servicio de transporte público, en
relación con la vida útil de las unidades, se autoriza, por única vez, que las
unidades modalidad autobús de ruta regular, modelos 2007 y 2008, puedan ser
utilizadas en el servicio de transporte público y circular hasta por un año a
partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Esta norma es de
aplicación única y exclusiva para las empresas autobuseras clasificadas como
micro, pequeñas y medianas, según la clasificación de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos ( Aresep ) y las cooperativas
del sector de transporte público ubicadas en esas clasificaciones. El ente
encargado de realizar la inspección técnica vehicular deberá verificar de
previo el cumplimiento de los requisitos técnicos de la flota del transporte
público que circule bajo esta habilitación. Las unidades de transporte que
sobrepasen los quince años de antigüedad, y se acojan al plazo adicional
establecido en el presente transitorio, deberán realizar la inspección técnica
vehicular cada cuatro meses y cumplir con las condiciones de accesibilidad
establecidas en la Ley 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y su reglamento.

Durante la
vigencia de la presente norma transitoria, tanto el Consejo de Transporte
Público como la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos tendrán por
autorizada la operación de las unidades cubiertas por esta disposición, para
todos los aspectos operativos, tarifarios y legales.

Rige a partir de su
publicación.

Dado en la
Presidencia de la República, San José, a los treinta y un días del mes de enero
del año dos mil veinticuatro.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10444). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.