Ley 10490 recorta 10 plazas del MAG y cambia el presupuesto 2024
La ley modifica el presupuesto 2024 y elimina 10 puestos fijos del Ministerio de Agricultura y Ganadería a partir del 1 de julio de 2024.
Título oficial TERCER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024 Y SEGUNDA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10.427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023
Atención: La ley elimina 10 plazas fijas del MAG a partir del 1 de julio de 2024, y el dossier no dice qué pasa con las personas que las ocupan.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
Alguien queda pagando algo que el título no menciona.
A quién le sirve: Las 10 personas que ocupan las plazas del MAG
El texto elimina 10 puestos fijos pero no dice qué pasa con las personas que los ocupan ni si reciben indemnización.
En este artículo se especifica el detalle de las 10 plazas que serán eliminadas de la relación de puestos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, las mismas corresponden a 10 puestos de Cargos Fijos, a partir del 1 de julio del 2024
4, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Las 10 personas que ocupan las plazas eliminadas en el MAG
- El personal del Servicio Fitosanitario del Estado
- El personal del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria
- El personal de la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria
- Cualquier institución que reciba plata del presupuesto nacional 2024
A quién beneficia
- El texto no da un beneficio directo a un grupo identificable
- El ahorro por las 10 plazas eliminadas queda en el presupuesto nacional
Qué cambia
- El MAG pierde 10 puestos fijos a partir del 1 de julio de 2024
- El Servicio Fitosanitario del Estado pierde una plaza
- El Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria pierde seis plazas
- La Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria pierde tres plazas
- El presupuesto 2024 cambia en partidas que el dossier no detalla
La explicación completa
Qué cambia
La ley 10490 modifica el presupuesto ordinario y extraordinario del 2024, que es la ley 10427 (art. 1). El cambio principal que se puede leer completo en el texto es la eliminación de 10 plazas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (art. 4).
Las 10 plazas son cargos fijos y se eliminan a partir del 1 de julio de 2024 (art. 4). Una plaza está en el Servicio Fitosanitario del Estado. Seis están en el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria. Tres están en la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria.
El resto de los artículos modifica los incisos A, B y C del artículo 1 de la ley 10427 (art. 1). También modifica los artículos 2 y 6 de esa misma ley (art. 2) (art. 3). El texto de SINALEVI no incluye el detalle de esos cambios. Remite a un alcance digital de La Gaceta.
La ley rige desde su publicación en La Gaceta (art. 4). Según la Procuraduría, rige desde el jueves 30 de mayo de 2024 2.
A quién le toca
A las 10 personas que ocupan las plazas que se eliminan en el MAG (art. 4). El texto no dice qué pasa con ellas ni si reciben alguna indemnización.
A las personas que trabajan en el Servicio Fitosanitario del Estado, el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria y la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria (art. 4). Son las tres dependencias donde se recortan puestos.
A cualquier persona o institución que reciba plata del presupuesto nacional del 2024. Los artículos 1, 2 y 3 cambian partidas de la ley 10427, pero el detalle no está en el dossier (art. 1) (art. 2) (art. 3).
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente 2. SINALEVI muestra una sola versión de la norma.
La Procuraduría anota que hubo una Fe de Erratas 2. Esa corrección se publicó en el Alcance Digital N° 104 a La Gaceta N° 100 del 4 de junio de 2024. La Fe de Erratas ordenó publicar de nuevo la ley completa. También eliminó varios apartados.
El texto vigente mantiene el rige desde el 30 de mayo de 2024 2. El dossier no incluye el texto aprobado original para comparar qué apartados se eliminaron.
Lo que se dijo en la Asamblea
Las grabaciones del dossier son de otros presupuestos, no de la ley 10490. La más cercana es de 2022. En esa sesión, la presidenta de la comisión de Asuntos Hacendarios, Paulina Ramírez, explicó que rechazaron una moción para eliminar el congelamiento de plazas vacantes 00:00:21. Dijo que ese congelamiento representó más de 15 mil millones en 2021 00:00:37.
En otra grabación de 2023, el diputado Carlos Felipe García dijo que el Ministerio de Seguridad "tiene que poner orden a lo interno" 00:00:49. El diputado José Pablo Sibaja dijo que quitarle dinero a Educación para dárselo a Seguridad es "desvestir un santo para vestir otro" 00:01:34.
En una sesión de 2020, la diputada María Inés Solís explicó una moción para exigir una ejecución de al menos un 15 por ciento del presupuesto disponible 00:11:29. Dijo que la moción incluía a ministerios, entes adscritos, Poder Legislativo, Poder Judicial y Tribunal Supremo de Elecciones 00:11:49.
Ninguna de estas grabaciones menciona la ley 10490 ni las plazas del MAG.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10490 y los artículos de la Constitución en el dossier.
El artículo 180 dice que el presupuesto "constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos" y que solo se modifica por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180. La ley 10490 es una modificación presupuestaria aprobada por la Asamblea (art. 1). El dossier no permite confirmar si tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo.
El artículo 176 ordena que la gestión pública sea "sostenible, transparente y responsable" Constitución, art. 176. La eliminación de plazas es una decisión de gasto que el texto detalla puesto por puesto (art. 4).
El artículo 129 dice que las leyes son obligatorias desde el día que ellas designen Constitución, art. 129. La ley 10490 dice que rige desde su publicación en La Gaceta (art. 4).
Qué puede hacer usted
Esta ley ya rige. Las herramientas para esta etapa son distintas a las de un proyecto en discusión.
Necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa guía, p. 24. No hace falta ese caso si se defienden intereses difusos.
Cualquier persona puede presentarlo guía, p. 22. Se presenta contra el servidor o titular del órgano que causa el agravio.
Se puede presentar en persona en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, por el portal institucional o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla guía, p. 71.
Necesita firmas de al menos el 5 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral Constitución, art. 105. El proyecto se tramita en la Asamblea en un plazo máximo de dos años guía, p. 26.
Lo que no sabemos
El dossier no incluye el detalle de los cambios a los artículos 1, 2 y 6 de la ley 10427. SINALEVI remite a un alcance digital que no está en el dossier.
El dossier no dice qué pasa con las 10 personas cuyas plazas se eliminan. No hay información sobre indemnización ni traslado.
El dossier no incluye el texto aprobado original de la ley 10490. No se puede comparar qué apartados eliminó la Fe de Erratas.
El dossier no dice si el Poder Ejecutivo tuvo iniciativa en esta modificación presupuestaria.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
Mediante Fe de Erratas y publicada en el Alcance Digital N° 104 a La Gaceta N° 100 del 4 de junio de 2024, se acordó publicar nuevamente la presente ley en su totalidad.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10490 y los artículos de la Constitución en el dossier. La ley sigue el marco del artículo 180 sobre modificaciones presupuestarias y el artículo 129 sobre entrada en vigencia.
Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
Esta ley, art. 1"Modificase los incisos A, B y C del artículo 1 ° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427"
Hay dudas La ley 10490 es una modificación presupuestaria aprobada por la Asamblea. El dossier no permite confirmar si tuvo iniciativa del Poder Ejecutivo, que es lo que pide la Constitución.
Constitución, art. 129"Las leyes son obligatorias y surten efectos desde el día que ellas designen; a falta de este requisito, diez días después de su publicación en el Diario Oficial."
Esta ley, art. 4"Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta."
Sin choque aparente La ley dice cuándo empieza a regir, como pide la Constitución. Según la Procuraduría, rige desde el 30 de mayo de 2024.
Constitución, art. 176"La gestión pública se conducirá de forma sostenible, transparente y responsable, la cual se basará en un marco de presupuestación plurianual, en procura de la continuidad de los servicios que presta."
Esta ley, art. 4"En este artículo se especifica el detalle de las 10 plazas que serán eliminadas de la relación de puestos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, las mismas corresponden a 10 puestos de Cargos Fijos, a partir del 1 de julio del 2024"
Sin choque aparente La eliminación de plazas es una decisión de gasto que el texto detalla puesto por puesto. El Censo no encontró en el dossier un choque con el principio de gestión sostenible.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:00:21
"estamos en el conocimiento del segundo presupuesto extraordinario de la república el cual contiene la solicitud de la exclusión de varias normas presupuestarias que se refieren principalmente a la eliminación del congelamiento de plazas vacantes"
- 00:00:37
"esto ha representado para el año 2021 según un informe de análisis presupuestario más de 15 mil millones por lo cual hemos improbado esta moción"
- 00:00:49
"seguridad tiene que poner orden a lo interno pero que tampoco nos venga a decir que no tienen de Dónde sacar esos 1900 millones"
- 00:01:34
"quitarle dinero educación y darse la seguridad es desvestir un santo para vestir otro"
- 00:11:29
"esta moción propone que a partir de la vigencia de este presupuesto extraordinario y durante el resto de este año 2020 todas las instituciones que ejecuten recursos del presupuesto nacional estarán obligadas a realizar una super ejecución de al menos un 15 por ciento de su presupuesto disponible"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10490: TERCER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024 Y SEGUNDA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10.427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023
- Ley 10490 en SINALEVI: Tercer presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2024 y segunda modificación legislativa Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Balance de la discusión del Presupuesto Extraordinario para el ejercicio Económico 2022
- Diputados dictaminan segundo presupuesto extraordinario para 2023 con 4.100 millones para seguridad
- Comisión de Hacendarios, martes 9 de junio de 2020
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-04. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
Ley 10490
Tercer presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2024 y segunda modificación legislativa Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico
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Nº 10490
(Nota de Sinalevi : Mediante Fe de Erratas y publicada en el Alcance Digital N° 104 a La Gaceta N° 100 del 4 de junio de 2024, se acordó publicar nuevamente la presente ley en su totalidad, e incluyendo la numeración de páginas del texto de la ley 10490, manteniendo el rige de la ley a partir del jueves 30 de mayo del 2024 y elimínese varios apartados. Para ver en que consistió dicha Fe de Erratas la misma puede ser consultada en el siguiente Enlace )
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
TERCER PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024 Y SEGUNDA
MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10.427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA
REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023.
Artículo 1: Modificase los incisos A, B y C del artículo 1 ° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427, publicada en el Alcance Digital No. 245 a La Gaceta No. 229 del 11 de diciembre de 2023, en la forma que se muestra a continuación:
(Nota de Sinalevi : Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 101 a La Gaceta N° 97 del 30 de mayo de 2024 )
Artículo 2: Modificanse los artículos 2º y 6º de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427, publicada en el Alcance Digital No. 245 a La Gaceta No. 229 del 11 de diciembre de 2023, en la forma que se muestra a continuación:
(Nota de Sinalevi : Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 101 a La Gaceta N° 97 del 30 de mayo de 2024 )
Artículo 3: Modificanse los artículos 2° y 6° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427, publicada en el Alcance Digital No. 245 a La Gaceta No. 229 del 11 de diciembre de 2023, en la forma que se muestra a continuación:
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 101 a La Gaceta N° 97 del 30 de mayo de 2024 )
Artículo 4: Modificase el artículo 2º de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024 Ley Nº 10427, publicada en Alcance No.245 al Diario Oficial La Gaceta No.229 del 11 de diciembre del 2023, de la forma que se indica a continuación:
En este artículo se especifica el detalle de las 10 plazas que serán eliminadas de la relación de puestos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, las mismas corresponden a 10 puestos de Cargos Fijos, a partir del 1 de julio del 2024, el desglose se presenta a continuación:
Subprograma 171-01 Servicio Fitosanitario del Estado
-Puesto Nº . 501370 Profesional Jefe de Servicio Civil 3
Programa 172-00 Instituto Nacional de Innovación y transferencia en tecnología agropecuaria.
-Puesto Nº . 107357 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº . 107415 Profesional Jefe de Servicio Civil 1
-Puesto Nº . 107 459 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº . 12729 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº . 12745 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº . 12765 Profesional Jefe de Servicio Civil
Programa 175-01 Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria
-Puesto Nº . 107365 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº. 27340 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
-Puesto Nº . 27394 Profesional Jefe de Servicio Civil 2
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.