El Censo
Ley10556Vigente
LeyRige desde 2024-11-13

Poás puede perdonar deudas de aguas residuales en Caliche

La Municipalidad de Poás queda autorizada a condonar por una única vez las deudas de tratamiento de aguas residuales de los dueños de viviendas de la Urbanización Caliche acumuladas al 31 de enero del 2022.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POÁS PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS POR EL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA URBANIZACIÓN CALICHE, ACUMULADAS AL 31 DE ENERO DEL 2022

Atención: La ley perdona deudas de un grupo concreto de propietarios y el dossier no dice cuánto dinero deja de recibir la Municipalidad de Poás.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Propietarios de viviendas de la Urbanización Caliche

    El beneficio no es general: cubre solo las deudas de esa urbanización en Sabana Redonda.

    Los beneficiarios de la presente ley serán los propietarios de viviendas dentro de la Urbanización Caliche, que posean deudas pendientes con la Municipalidad de Poás por el concepto de servicio de tratamiento de aguas residuales acumuladas al 31 de enero del 2022.
    2, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Propietarios de viviendas en la Urbanización Caliche con deuda de aguas residuales al 31 de enero del 2022
  • Municipalidad de Poás, que queda autorizada a condonar
  • Vecinos del distrito de Sabana Redonda, donde está la planta de tratamiento

A quién beneficia

  • Perdón total del monto principal, intereses y multas por una única vez
  • Cubre solo deudas acumuladas al 31 de enero del 2022

Qué cambia

  • La municipalidad deja de cobrar esas deudas
  • El perdón no es automático: la municipalidad debe otorgarlo
  • La ley no fija un plazo para que la municipalidad aplique el perdón

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Poás puede perdonar, por una única vez, las deudas de tratamiento de aguas residuales de la Urbanización Caliche (art. 1). El perdón cubre el monto principal, los intereses y las multas acumuladas al 31 de enero del 2022.

El servicio es el de la planta de tratamiento de la Urbanización Caliche. Esa planta está en el distrito de Sabana Redonda, cantón de Poás (art. 1).

La ley rige desde su publicación, el 13 de noviembre del 2024, en la Gaceta 213 1.

A quién le toca

Los beneficiarios son los propietarios de viviendas dentro de la Urbanización Caliche (art. 2). Solo aplica a quienes tengan deudas pendientes con la Municipalidad de Poás por ese servicio. La deuda tiene que haberse acumulado al 31 de enero del 2022.

La ley no condona la deuda por sí misma. Autoriza a la municipalidad para que la condone (art. 1).

Lo que se dijo en la Asamblea

El dossier no trae ninguna intervención sobre esta ley. Las tres grabaciones disponibles tratan otros temas 00:09:41 02:27:51 00:46:45.

La grabación V1 es un noticiero sobre El Salvador: seguridad, bonos y cáncer de mama 00:09:41. La V2 es una sesión del 2020 sobre la elección de magistrados 02:27:51. La V3 es una sesión del 2022 sobre un indulto y el cáncer de mama 00:46:45.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente 5. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones.

El texto de SINALEVI coincide con el texto aprobado que publicó la Asamblea 5 1.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

La Constitución dice que "La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio" Constitución, art. 105. La Asamblea aprobó esta autorización con esa potestad (art. 1).

La Constitución reconoce que "Las corporaciones municipales son autónomas" Constitución, art. 170. La ley no le ordena a la municipalidad condonar: la autoriza (art. 1).

Queda una duda sobre el control del gasto. La Constitución dice que "Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución" Constitución, art. 175. El perdón de deudas reduce un ingreso municipal. El dossier no dice si la Contraloría revisó ese efecto.

Qué puede hacer usted

Si es vecino de Calle y la municipalidad le cobra una deuda anterior al 31 de enero del 2022, pida por escrito la condonación.

Si la municipalidad le niega el perdón sin explicación, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que causa el agravio guía, p. 22.

El amparo se presenta por memorial, telegrama u otro medio escrito, sin otras formalidades guía, p. 23.

Si cree que la municipalidad aplica mal la ley, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La Contraloría revisa los presupuestos de las municipalidades guía, p. 68.

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal de Denuncia Electrónica guía, p. 68.

También puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes por el mal funcionamiento de un servicio público guía, p. 71.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas viviendas hay en la Urbanización Caliche ni cuánto suma la deuda que se condona.

El dossier no dice si la Contraloría revisó el efecto de esta condonación en el presupuesto municipal.

El dossier no trae la discusión de los diputados sobre esta ley.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas

La ley cabe en la potestad de legislar y en la autonomía municipal. Queda una duda sobre el control de la Contraloría en el presupuesto municipal.

  1. Constitución, art. 105"La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad de Poás para que otorgue la condonación total, por una única vez, de las deudas acumuladas por el monto principal, intereses y multas, al 31 de enero del 2022"

    Sin choque aparente La Asamblea usó la potestad que le da la Constitución para dictar leyes.

  2. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad de Poás para que otorgue la condonación total, por una única vez"

    Sin choque aparente La ley autoriza, no obliga. La municipalidad decide si aplica el perdón.

  3. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 1"la condonación total, por una única vez, de las deudas acumuladas por el monto principal, intereses y multas"

    Hay dudas Perdonar deudas baja un ingreso del presupuesto municipal. El dossier no dice si la Contraloría revisó ese efecto.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10556: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POÁS PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS POR EL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA URBANIZACIÓN CALICHE, ACUMULADAS AL 31 DE ENERO DEL 2022 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-11-13
  2. #EnVivo | Noticiero Legislativo Edición Estelar - 08 de octubre 2024. Asamblea Legislativa, 2024-10-09
  3. Sesión extraordinaria del Plenario Legislativo, lunes 5 de octubre del 2020 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2020-10-05
  4. #EnVivo | Sesión Plenaria N° 76 ✍ Asamblea Legislativa, 2022-10-11
  5. Ley 10556 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Poás para la condonación de deudas por el servicio de tratamiento de aguas residuales de la urbanización Caliche, acumuladas al 31 de enero de 2022 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 23/10/2024
  6. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-03. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POÁS PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS POR EL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA URBANIZACIÓN CALICHE, ACUMULADAS AL 31 DE ENERO DEL 2022

LEY N.º 10556

EXPEDIENTE N.º 24.132

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10556

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE POÁS PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS POR EL SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DE LA URBANIZACIÓN CALICHE, ACUMULADAS AL 31 DE ENERO DEL 2022

ARTÍCULO 1- Autorización

Se autoriza a la Municipalidad de Poás para que otorgue la condonación total, por una única vez, de las deudas acumuladas por el monto principal, intereses y multas, al 31 de enero del 2022, por el concepto de servicio de tratamiento de aguas residuales de la planta de tratamiento de la Urbanización Caliche, ubicada en el distrito de Sabana Redonda, en el cantón de Poás.

ARTÍCULO 2- Beneficiarios

Los beneficiarios de la presente ley serán los propietarios de viviendas dentro de la Urbanización Caliche, que posean deudas pendientes con la Municipalidad de Poás por el concepto de servicio de tratamiento de aguas residuales acumuladas al 31 de enero del 2022.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los ocho días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.

Ejecútese y publíquese

Publicación: 13-11-2024 Gaceta: 213

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