El Censo
Ley10559Vigente
LeyRige desde 2024-11-134 lecturas

Cine y música fuera de la GAM pagarán menos renta

La ley 10559 abre el régimen de zonas francas a empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana, con inversiones desde cien mil dólares.

Título oficial LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM

Atención: La ley exonera del impuesto sobre la renta a empresas de cine y música fuera de la GAM, y el texto no explica cómo se compensa esa rebaja.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Empresas de cine, video y música fuera de la GAM

    La ley da exenciones de renta sin pedir resultados de exportación ni restricciones de ventas locales.

    Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local.
    3, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la GAM
  • Empresas de zonas francas bajo las categorías c) y g)
  • Quien venda al mercado local bienes o servicios de estas empresas

A quién beneficia

  • Exención del impuesto sobre la renta sin pedir resultados de exportación
  • Categoría nueva dentro del régimen de zonas francas
  • Inversión mínima de 100.000 dólares dentro del parque industrial

Qué cambia

  • Las ventas al mercado local pagan tributos al consumo y trámites de importación
  • La inversión sube a 250.000 dólares si la empresa opera fuera del parque industrial
  • El Estado deja de cobrar renta a estas empresas

La explicación completa

Qué cambia

La ley 10559 crea una categoría nueva dentro del régimen de zonas francas para empresas de cine, video y música. Deben instalarse de forma permanente fuera de la Gran Área Metropolitana (art. 2).

El artículo 1 mete estas actividades en la lista de la ley 10234 sobre inversiones fuera de la GAM. Incluye películas, documentales, series, comerciales, videojuegos y producción de sonido (art. 1).

El artículo 2 agrega el inciso j) al artículo 17 de la ley de zonas francas. Ahí quedan las empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la GAM (art. 2).

Esas empresas deben invertir al menos 100.000 dólares en activos fijos nuevos. Si operan fuera del local de la empresa, la inversión sube a 250.000 dólares (art. 2).

El artículo 3 reforma el artículo 3 de la ley de zonas francas. Da exenciones en el impuesto sobre la renta sin pedir resultados de exportación ni restricciones de ventas locales (art. 3).

Los bienes y servicios que estas empresas vendan al mercado local sí pagan los tributos al consumo. También pasan por los trámites aduaneros de cualquier importación (art. 3).

La ley rige desde su publicación, el 13 de noviembre de 2024, en la Gaceta 213 1.

A quién le toca

A empresas de cine, video y música que quieran abrir operaciones fuera de la GAM. Deben cumplir la inversión mínima y las reglas del artículo 21 ter de zonas francas cuando apliquen (art. 2).

A empresas que ya están en zonas francas bajo las categorías c) y g). El artículo 3 también las alcanza con el nuevo trato fiscal (art. 3).

A quien venda bienes o servicios de estas empresas en el mercado local. Esos productos pagan tributos al consumo y trámites de importación (art. 3).

Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre este proyecto. La sesión del 21 de septiembre de 2022 discute carreteras, pensiones y nombramientos 00:17:25 00:37:01 00:01:58.

En esa sesión una diputada dijo: "nuestras carreteras son una verdadera bomba de tiempo" 00:17:25. Otro diputado habló de "pensiones de lujo" 00:32:14. Nada de eso toca la ley 10559.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones 5.

El texto vigente del artículo 3 de la ley de zonas francas coincide con el aprobado. SINALEVI anota que fue reformado por el artículo 3 de la ley 10559 6.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos revisados.

El artículo 124 pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Ejecutivo y publicación en La Gaceta Constitución, art. 124. La ficha muestra aprobación el 8 de octubre de 2024 y publicación el 13 de noviembre de 2024 1.

El artículo 89 manda apoyar la iniciativa privada para el progreso artístico Constitución, art. 89. Dar incentivos a empresas de cine y música va en esa línea.

El artículo 50 pide al Estado estimular la producción y el reparto de la riqueza Constitución, art. 50. La ley busca atraer inversión a zonas fuera de la GAM.

Queda una duda sobre el artículo 18, que obliga a contribuir con los gastos públicos Constitución, art. 18. La ley exonera de renta a estas empresas. El texto no explica cómo se compensa esa rebaja.

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública le viola un derecho por esta ley, puede presentar un recurso de amparo. Lo plantea cualquier persona, contra el servidor u órgano que causa el agravio guía, p. 22.

El amparo se presenta en cualquier tiempo mientras subsista la violación. Si el derecho es patrimonial, tiene dos meses desde que se enteró guía, p. 22.

Si cree que la ley choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan una norma constitucional guía, p. 24.

La acción pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No hace falta si defiende intereses difusos o colectivos guía, p. 24.

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos ligado a estos incentivos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia es escrita o verbal guía, p. 68.

Puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.

Si una institución pública le falla en un servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende a cualquier persona que habite en Costa Rica guía, p. 71.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas empresas se han acogido a la nueva categoría.

El dossier no dice cuánto dinero deja de recaudar el Estado por estas exenciones.

El dossier no incluye el reglamento que menciona el último párrafo del artículo 18.

El dossier no tiene declaraciones de diputados sobre este proyecto en específico.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas

El Censo no encontró un choque claro. Queda la duda de cómo se compensa la rebaja de renta frente al deber de contribuir con los gastos públicos.

  1. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
    Esta ley, art. Ficha"Publicación: 13-11-2024 Gaceta: 213"

    Sin choque aparente La ley se aprobó y se publicó en La Gaceta, como pide la Constitución.

  2. Constitución, art. 89"Entre los fines culturales de la República están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el progreso científico y artístico."
    Esta ley, art. 1"Industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas: todas aquellas actividades propias de la industria del entretenimiento"

    Sin choque aparente La ley apoya la iniciativa privada en cine y música, lo que calza con este fin cultural.

  3. Constitución, art. 50"El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza."
    Esta ley, art. 2"Empresas de la industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas que se instalen permanentemente fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM)."

    Sin choque aparente La ley estimula la producción fuera de la GAM, lo que va en la línea del artículo 50.

  4. Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos."
    Esta ley, art. 3"Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local."

    Hay dudas La ley exonera de renta a estas empresas. El texto no explica cómo se compensa esa rebaja. Es una duda, no un choque declarado.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10559: LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-11-13
  2. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #69, miércoles 21 de septiembre 2022 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-21
  3. Sesión extraordinaria del Plenario Legislativo, lunes 21 de septiembre 2020 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2020-09-21
  4. Comisión de Nombramientos, miércoles 21 de septiembre 2022 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-21
  5. Ley 10559 en SINALEVI: Ley para incentivar la reactivación del sector cultural y la atracción de producciones fílmicas y musicales (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 17/10/2024
  6. Ley 7210: Ley de Régimen de Zonas Francas (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 23/11/1990
  7. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  8. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-06. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM

LEY N.º 10559

EXPEDIENTE N.º 23.265

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10559

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM

ARTÍCULO 1- Se adiciona un inciso d) al artículo 2 de la Ley 10234, Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para Promover la Atracción de Inversiones Fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM), de 4 de mayo de 2022. El texto será el siguiente:

Artículo 2- Definiciones

(…)

d) Industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas: todas aquellas actividades propias de la industria del entretenimiento, destinadas a un amplio mercado internacional, tales como:

1- Películas de corto, mediano y largo metraje.

2- Documentales, series y novelas.

3- Programas de telerrealidad, piezas de mercadeo audiovisual, comerciales y videoclips.

4- Programas seriados o sus capítulos.

5- Servicios de posproducción.

6- Dibujo, animación digital y videojuegos.

7- Producción, divulgación, edición, grabación e ingeniería de sonido propias de la industria.

ARTÍCULO 2- Se adicionan un inciso j) al artículo 17 y un artículo 21 septies a la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990. Los textos son los siguientes:

Artículo 17- Las industrias que se acojan al régimen de zonas francas se clasificarán bajo una o varias de las siguientes categorías:

(…)

j) Empresas de la industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas que se instalen permanentemente fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM).

(…)

Artículo 21 septies- Las industrias indicadas en el inciso j) del artículo 17 de esta ley estarán sujetas a las siguientes reglas:

Las empresas indicadas en el inciso j) del artículo 17 de esta ley estarán sujetas a las reglas del artículo 21 ter de la presente ley, cuando sean aplicables, y deberán realizar una inversión nueva inicial en activos fijos al menos de cien mil dólares estadounidenses (US $100.000) o su equivalente en moneda nacional. Tales empresas podrán operar fuera del parque industrial, siempre y cuando la inversión inicial en activos fijos nuevos sea al menos doscientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US $250.000) o su equivalente en moneda nacional.

ARTÍCULO 3- Se reforman el artículo 3 y el último párrafo del artículo 18 de la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990. Los textos son los siguientes:

Artículo 3- Tratamiento fiscal para las industrias bajo las categorías c), g) y j) del artículo 17 de la presente ley:

Para las empresas beneficiarias bajo las categorías c), g) y j) del artículo 17 de la presente ley se aplicarán las siguientes disposiciones:

a) Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local.

b) A los bienes y servicios de estas empresas, que sean destinados al mercado local, les serán aplicables todos los tributos al consumo que correspondan, así como los procedimientos aduaneros propios de cualquier importación similar proveniente del exterior. Para estos efectos, se entenderá por tributos al consumo aquellos que, por su naturaleza, son exigibles en el mercado en el que son consumidos.

Artículo 18- Las personas físicas o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, con actividades en las zonas francas, contempladas en esta ley y las que resultarán incluidas en el respectivo acuerdo ejecutivo, podrán:

(…)

Lo dispuesto en este inciso será aplicable también a las industrias de las categorías c), i) y j) del artículo 17 de esta ley, conforme lo disponga el reglamento.

(…)

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los ocho días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Publicación: 13-11-2024 Gaceta: 213

De dónde salió esto

Publicada
2024-11-13
Gaceta
213
Expediente
23265
Documento
10559.docx

Leyes que reforma

  • Ley 7210 LEY DE RÉGIMEN DE ZONAS FRANCASSE ADICIONA UN INCISO J) AL ARTÍCULO 17 Y UN ARTÍCULO 21 SEPTIES
  • Ley 7210 LEY DE RÉGIMEN DE ZONAS FRANCASSE REFORMA EL ARTÍCULO 3 Y EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 18
  • Ley 10234 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD TERRITORIAL PARA PROMOVER LA ATRACCIÓN DE INVERSIONES FUERA DE LA GRAN ÁREA METROPOLITANA (GAM)SE ADICIONA UN INCISO D) AL ARTÍCULO 2
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