# Ley 10559: Cine y música fuera de la GAM pagarán menos renta

- Página: https://elcenso.com/leyes/10559
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2024-11-13
- Publicada: 2024-11-13
- La Gaceta: 213
- Expediente: 23265
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1

## En resumen

La ley 10559 abre el régimen de zonas francas a empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la Gran Área Metropolitana, con inversiones desde cien mil dólares.

## A quién le toca

- Empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la GAM
- Empresas de zonas francas bajo las categorías c) y g)
- Quien venda al mercado local bienes o servicios de estas empresas

## A quién beneficia

- Exención del impuesto sobre la renta sin pedir resultados de exportación
- Categoría nueva dentro del régimen de zonas francas
- Inversión mínima de 100.000 dólares dentro del parque industrial

## Qué cambia

- Las ventas al mercado local pagan tributos al consumo y trámites de importación
- La inversión sube a 250.000 dólares si la empresa opera fuera del parque industrial
- El Estado deja de cobrar renta a estas empresas

## Cláusulas a revisar

- **Exención de renta para un grupo específico** (3): La ley da exenciones de renta sin pedir resultados de exportación ni restricciones de ventas locales. Texto: "Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local."
- **El Estado deja de cobrar renta** (3): El texto no dice cuánto dinero deja de recaudar el Estado por estas exenciones. Texto: "Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley"

## Explicación

### Qué cambia

La ley 10559 crea una categoría nueva dentro del régimen de zonas francas para empresas de cine, video y música. Deben instalarse de forma permanente fuera de la Gran Área Metropolitana ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

El artículo 1 mete estas actividades en la lista de la ley 10234 sobre inversiones fuera de la GAM. Incluye películas, documentales, series, comerciales, videojuegos y producción de sonido ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

El artículo 2 agrega el inciso j) al artículo 17 de la ley de zonas francas. Ahí quedan las empresas de cine, video y música que se instalen fuera de la GAM ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

Esas empresas deben invertir al menos 100.000 dólares en activos fijos nuevos. Si operan fuera del local de la empresa, la inversión sube a 250.000 dólares ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

El artículo 3 reforma el artículo 3 de la ley de zonas francas. Da exenciones en el impuesto sobre la renta sin pedir resultados de exportación ni restricciones de ventas locales ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

Los bienes y servicios que estas empresas vendan al mercado local sí pagan los tributos al consumo. También pasan por los trámites aduaneros de cualquier importación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 13 de noviembre de 2024, en la Gaceta 213 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A empresas de cine, video y música que quieran abrir operaciones fuera de la GAM. Deben cumplir la inversión mínima y las reglas del artículo 21 ter de zonas francas cuando apliquen ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

A empresas que ya están en zonas francas bajo las categorías c) y g). El artículo 3 también las alcanza con el nuevo trato fiscal ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

A quien venda bienes o servicios de estas empresas en el mercado local. Esos productos pagan tributos al consumo y trámites de importación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan sobre este proyecto. La sesión del 21 de septiembre de 2022 discute carreteras, pensiones y nombramientos ([video, 00:17:25](https://www.youtube.com/watch?v=4QUVjW_XaIk&t=1045s)) ([video, 00:37:01](https://www.youtube.com/watch?v=-2-IiKmU0is&t=2221s)) ([video, 00:01:58](https://www.youtube.com/watch?v=HJTWvWTzkUk&t=118s)).

En esa sesión una diputada dijo: "nuestras carreteras son una verdadera bomba de tiempo" ([video, 00:17:25](https://www.youtube.com/watch?v=4QUVjW_XaIk&t=1045s)). Otro diputado habló de "pensiones de lujo" ([video, 00:32:14](https://www.youtube.com/watch?v=4QUVjW_XaIk&t=1934s)). Nada de eso toca la ley 10559.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1).

El texto vigente del artículo 3 de la ley de zonas francas coincide con el aprobado. SINALEVI anota que fue reformado por el artículo 3 de la ley 10559 [\[6\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=11593&param2=147709&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos revisados.

El artículo 124 pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Ejecutivo y publicación en La Gaceta ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ficha muestra aprobación el 8 de octubre de 2024 y publicación el 13 de noviembre de 2024 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

El artículo 89 manda apoyar la iniciativa privada para el progreso artístico ([Constitución, art. 89](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Dar incentivos a empresas de cine y música va en esa línea.

El artículo 50 pide al Estado estimular la producción y el reparto de la riqueza ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley busca atraer inversión a zonas fuera de la GAM.

Queda una duda sobre el artículo 18, que obliga a contribuir con los gastos públicos ([Constitución, art. 18](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley exonera de renta a estas empresas. El texto no explica cómo se compensa esa rebaja.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública le viola un derecho por esta ley, puede presentar un recurso de amparo. Lo plantea cualquier persona, contra el servidor u órgano que causa el agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se presenta en cualquier tiempo mientras subsista la violación. Si el derecho es patrimonial, tiene dos meses desde que se enteró ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley choca con la Constitución, puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan una norma constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

La acción pide un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No hace falta si defiende intereses difusos o colectivos ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos ligado a estos incentivos, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La denuncia es escrita o verbal ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Puede llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si una institución pública le falla en un servicio, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes. Atiende a cualquier persona que habite en Costa Rica ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas empresas se han acogido a la nueva categoría.

El dossier no dice cuánto dinero deja de recaudar el Estado por estas exenciones.

El dossier no incluye el reglamento que menciona el último párrafo del artículo 18.

El dossier no tiene declaraciones de diputados sobre este proyecto en específico.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro. Queda la duda de cómo se compensa la rebaja de renta frente al deber de contribuir con los gastos públicos.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta por escrito contra el servidor u órgano que causa el agravio. Cualquier persona puede hacerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional. Requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, por teléfono al 2501-8000 o 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Leyes que reforma

- Ley 7210, LEY DE RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS: SE ADICIONA UN INCISO J) AL ARTÍCULO 17 Y UN ARTÍCULO 21 SEPTIES
- Ley 7210, LEY DE RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS: SE REFORMA EL ARTÍCULO 3 Y EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 18
- Ley 10234, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD TERRITORIAL PARA PROMOVER LA ATRACCIÓN DE INVERSIONES FUERA DE LA GRAN ÁREA METROPOLITANA (GAM): SE ADICIONA UN INCISO D) AL ARTÍCULO 2

## Fuentes

1. Ley 10559: LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2024-11-13. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #69, miércoles 21 de septiembre 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-21. https://www.youtube.com/watch?v=4QUVjW_XaIk
3. Sesión extraordinaria del Plenario Legislativo, lunes 21  de septiembre 2020. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2020-09-21. https://www.youtube.com/watch?v=-2-IiKmU0is
4. Comisión de Nombramientos, miércoles 21 de septiembre 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-21. https://www.youtube.com/watch?v=HJTWvWTzkUk
5. Ley 10559 en SINALEVI: Ley para incentivar la reactivación del sector cultural y la atracción de producciones fílmicas y musicales (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 17/10/2024. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103223&param2=143197&param3=1
6. Ley 7210: Ley de Régimen de Zonas Francas (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 23/11/1990. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=11593&param2=147709&param3=1
7. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
8. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR
CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES
FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM

LEY N.º 10559

EXPEDIENTE N.º 23.265

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10559

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

LEY PARA INCENTIVAR LA REACTIVACIÓN DEL SECTOR
CULTURA Y LA ATRACCIÓN DE PRODUCCIONES
FÍLMICAS Y MUSICALES FUERA DE LA GAM

### ARTÍCULO 1- Se adiciona un inciso d) al artículo 2 de la Ley 10234, Ley de Fortalecimiento de la Competitividad Territorial para Promover la Atracción de Inversiones Fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM), de 4 de mayo de 2022. El texto será el siguiente:

### Artículo 2- Definiciones

(…)

d) Industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas: todas aquellas actividades propias de la industria del entretenimiento, destinadas a un amplio mercado internacional, tales como:

1- Películas de corto, mediano y largo metraje.

2- Documentales, series y novelas.

3- Programas de telerrealidad, piezas de mercadeo audiovisual, comerciales y videoclips.

4- Programas seriados o sus capítulos.

5- Servicios de posproducción.

6- Dibujo, animación digital y videojuegos.

7- Producción, divulgación, edición, grabación e ingeniería de sonido propias de la industria.

### ARTÍCULO 2- Se adicionan un inciso j) al artículo 17 y un artículo 21 septies a la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990. Los textos son los siguientes:

### Artículo 17- Las industrias que se acojan al régimen de zonas francas se clasificarán bajo una o varias de las siguientes categorías:

(…)

j) Empresas de la industrias fílmicas, audiovisuales y discográficas que se instalen permanentemente fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM).

(…)

### Artículo 21 septies- Las industrias indicadas en el inciso j) del artículo 17 de esta ley estarán sujetas a las siguientes reglas:

Las empresas indicadas en el inciso j) del artículo 17 de esta ley estarán sujetas a las reglas del artículo 21 ter de la presente ley, cuando sean aplicables, y deberán realizar una inversión nueva inicial en activos fijos al menos de cien mil dólares estadounidenses (US $100.000) o su equivalente en moneda nacional. Tales empresas podrán operar fuera del parque industrial, siempre y cuando la inversión inicial en activos fijos nuevos sea al menos doscientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US $250.000) o su equivalente en moneda nacional.

### ARTÍCULO 3- Se reforman el artículo 3 y el último párrafo del artículo 18 de la Ley 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990. Los textos son los siguientes:

### Artículo 3- Tratamiento fiscal para las industrias bajo las categorías c), g) y j) del artículo 17 de la presente ley:

Para las empresas beneficiarias bajo las categorías c), g) y j) del artículo 17 de la presente ley se aplicarán las siguientes disposiciones:

a) Para efectos del impuesto sobre la renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en esta ley, sin supeditación de hecho ni de derecho a resultados de exportación o restricciones de ventas en el mercado local.

b) A los bienes y servicios de estas empresas, que sean destinados al mercado local, les serán aplicables todos los tributos al consumo que correspondan, así como los procedimientos aduaneros propios de cualquier importación similar proveniente del exterior. Para estos efectos, se entenderá por tributos al consumo aquellos que, por su naturaleza, son exigibles en el mercado en el que son consumidos.

### Artículo 18- Las personas físicas o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, con actividades en las zonas francas, contempladas en esta ley y las que resultarán incluidas en el respectivo acuerdo ejecutivo, podrán:

(…)

Lo dispuesto en este inciso será aplicable también a las industrias de las categorías c), i) y j) del artículo 17 de esta ley, conforme lo disponga el reglamento.

(…)

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los ocho días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Publicación: 13-11-2024 Gaceta: 213

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10559). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.