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La Asamblea movió partidas del presupuesto 2024 con una sexta reforma

La ley 10616 cambia el artículo 2 de la Ley 10427 y traslada partidas del presupuesto 2024; el detalle completo está en el Alcance 187 de La Gaceta.

Título oficial SEXTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10 427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023

Atención: La ley traslada partidas del presupuesto 2024, pero el texto no las detalla: remite al Alcance Digital 187, así que la gente debe abrirlo para saber qué institución recibe qué.

La letra pequeña

Encontramos un artículo que no calza con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • A quién le sirve: Ciudadanía que quiera revisar el destino del dinero

    El artículo 1 modifica el artículo 2 de la Ley 10427, pero el detalle de las partidas solo aparece en el Alcance Digital 187 a La Gaceta 219 del 21 de noviembre de 2024.

    Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance DIgital N° 187 a La Gaceta N° 219 del 21 de noviembre de 2024
    1, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Instituciones públicas cuyas partidas se trasladan en el artículo 2 de la Ley 10427
  • La Asamblea Legislativa, que aprobó la modificación
  • El Poder Ejecutivo, que firmó el decreto el 20 de noviembre de 2024

A quién beneficia

  • Las instituciones cuyas partidas se refuerzan con el traslado, según el Alcance 106
  • El Poder Ejecutivo, que puede ejecutar el presupuesto modificado

Qué cambia

  • El presupuesto 2024 queda modificado en su artículo 2 desde la publicación en La Gaceta
  • El detalle de las partidas solo se conoce abriendo el Alcance Digital 187
  • La ley está vigente y SINALEVI no registra observaciones de la Procuraduría

La explicación completa

Qué cambia

La ley 10616 modifica el artículo 2 de la Ley 10427, que es el presupuesto ordinario y extraordinario de la República para el ejercicio económico 2024 (art. 1). El cambio consiste en un traslado de partidas, según el resumen del expediente 24689 2.

El texto aprobado no trae la lista de partidas dentro de su cuerpo. SINALEVI anota que, por lo extenso del contenido y el tipo de formato, hay que consultar el Alcance Digital 187 a La Gaceta 219 del 21 de noviembre de 2024 (art. 1).

La ley rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta (art. 1). El decreto se firmó en la Presidencia de la República, en San José, el 20 de noviembre de 2024.

El número de expediente es el 24.689 y el decreto legislativo es el 10616 3.

A quién le toca

A las instituciones públicas cuyas partidas se trasladan en el artículo 2 de la Ley 10427. El texto no las nombra una por una; remite al Alcance 187 (art. 1).

A la Asamblea Legislativa, que aprobó la modificación, y al Poder Ejecutivo, que la firmó el 20 de noviembre de 2024 (art. 1).

Lo que se dijo en la Asamblea

No son de la ley 10616 de 2024.

En la sesión del 28 de julio de 2021, la locución de televisión legislativa anunció la comparecencia del ministro de Hacienda, Elías Villegas, para explicar ese presupuesto 00:11:08.

Dijo que "ni un cinco de los siete mil 390 millones de colones se quedan sin ningún gasto administrativo" 00:41:25.

En la sesión del 11 de agosto de 2021, el diputado José María Villalta alertó sobre el cierre de centros del IAFA por recortes presupuestarios 01:23:04. Señaló que en ese presupuesto se incluían 472 millones de colones del superávit del IAFA, pero para pagar deudas acumuladas 01:24:26.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley 10616 está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la versión 1 de 1, y no anota observaciones de la Procuraduría 7.

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado. La única diferencia es que el articulado remite al Alcance 187 para ver el detalle de las partidas (art. 1).

La Ley 10427, que esta norma modifica, también sigue vigente 8.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución del dossier.

El artículo 180 dice que el presupuesto ordinario y los extraordinarios "sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo" Constitución, art. 180. La ley 10616 es una ley de modificación y el decreto se firmó en la Presidencia de la República (art. 1).

El artículo 124 pide dos debates en días distintos, aprobación de la Asamblea y sanción del Poder Ejecutivo Constitución, art. 124. El dossier no permite confirmar cuántos debates tuvo esta ley.

El artículo 176 ordena que el monto de los gastos no supere el de los ingresos probables Constitución, art. 176. El dossier no trae los montos de esta modificación, así que no se puede comparar.

Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución le viola un derecho por cómo se aplicó esta ley, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22.

El amparo se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio guía, p. 22. Debe expresar el hecho, el derecho violado, el nombre del servidor y las pruebas guía, p. 23.

Si considera que la ley misma infringe la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos.

Puede denunciar un manejo irregular de recursos públicos ante la Contraloría General de la República. Se presenta en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o al teléfono 2501-8025 guía, p. 68.

Puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en el servicio guía, p. 71.

Lo que no sabemos

El dossier no trae la lista de partidas que se trasladan; hay que abrir el Alcance 187.

El dossier no dice cuántos debates tuvo la ley en la Asamblea.

El dossier no trae los montos de ingresos y gastos de esta modificación.

Las grabaciones disponibles son de 2021 y no cubren la discusión de la ley 10616.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10616 y los artículos constitucionales del dossier. El artículo 180 permite modificar el presupuesto por ley de iniciativa del Poder Ejecutivo, y esta ley cumple esa forma.

  1. Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, y sólo podrán ser modificados por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo."
    Esta ley, art. 1"Modificase el artículo 2° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427"

    Sin choque aparente La Constitución permite cambiar el presupuesto mediante una ley que proponga el Poder Ejecutivo. Esta ley modifica el artículo 2 de la Ley 10427 y el decreto se firmó en la Presidencia de la República.

  2. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta"
    Esta ley, art. 1"Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta."

    Hay dudas La Constitución pide dos debates, aprobación legislativa, sanción del Ejecutivo y publicación. La ley dice que rige desde su publicación, pero el dossier no permite confirmar los dos debates.

  3. Constitución, art. 176"En ningún caso, el monto de los gastos presupuestos podrá exceder el de los ingresos probables."
    Esta ley, art. 1"Modificase el artículo 2° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427"

    Hay dudas La Constitución exige que los gastos no superen los ingresos. El dossier no trae los montos de esta modificación, así que no se puede comparar.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:11:08

    "en esta comisión comparecerá el ministro de hacienda el iam villegas quien va a dar explicaciones y algunos datos sobre el quinto presupuesto y sexta modificación presupuestaria para el ejercicio económico del año 2021"

    Comisión de Asuntos Hacendarios, miércoles 28 de julio 2021

  • 00:41:25

    "ni un cinco de los siete mil 390 millones de colones se quedan sin ningún gasto administrativo"

    Silvia Lara Povedano · Comisión de Asuntos Hacendarios, martes 10 de agosto 2021

  • 01:24:26

    "en este presupuesto se incluye únicamente una partida por 472 millones de colones pero del superávit del iafa pero esa partida va destinada a pagar deudas que la institución tiene acumulada"

    José María Villalta · Comisión de Asuntos Hacendarios, miércoles 11 de agosto 2021

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 10616: SEXTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10 427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024, DE 4 DE DICIEMBRE DE 2023 Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Asamblea: Expediente 24689 - Sexta Modificación Legislativa de la Ley 10.427, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2024, de 4 de diciembre de 2023 delfino.cr
  3. ALCANCE NO 187 A LA GACETA NO 219 Año CXLVI www.imprentanacional.go.cr
  4. Comisión de Asuntos Hacendarios, miércoles 28 de julio 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-07-28
  5. Comisión de Asuntos Hacendarios, martes 10 de agosto 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-08-10
  6. Comisión de Asuntos Hacendarios, miércoles 11 de agosto 2021 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-08-11
  7. Ley 10616 en SINALEVI: Sexta modificación legislativa de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024 (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 20/11/2024
  8. Ley 10427: Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024 (Vigente) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 04/12/2023
  9. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  10. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-03. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10616

Sexta modificación legislativa de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024

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LA - ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

SEXTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY 10427, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y

EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2024, DE 4 DE

DICIEMBRE DE 2023

Artículo 1: Modificase el artículo 2° de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2024, Ley No. 10.427, publicada en el Alcance Digital No. 245 a La Gaceta No. 229 del 11 de diciembre de 2023, en la forma que se muestra a continuación:

(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance DIgital N° 187 a La Gaceta N° 219 del 21 de noviembre de 2024

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.

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