# Ley 10630: San Rafael de Heredia dona tres terrenos a un centro de ancianos

- Página: https://elcenso.com/leyes/10630
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN A LA ASOCIACIÓN CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL AL ANCIANO FRANCISCA VALERIO BADILLA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2025-02-27
- Publicada: 2025-02-27
- La Gaceta: 39
- Expediente: 23753
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1

## En resumen

La ley autoriza a la Municipalidad de San Rafael de Heredia a segregar y donar tres inmuebles a la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, solo para uso de personas adultas mayores.

## A quién le toca

- La Municipalidad de San Rafael de Heredia, que queda autorizada para segregar y donar tres inmuebles
- La Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, que recibe los bienes con destino exclusivo a personas adultas mayores
- Las personas adultas mayores usuarias del centro, que son la única razón válida para la donación
- La Notaría del Estado y la Procuraduría General de la República, que tramitan la escritura y corrigen defectos registrales

## A quién beneficia

- La asociación recibe tres inmuebles sin costo para continuar su centro de atención a personas adultas mayores
- La municipalidad conserva el derecho de recuperar los inmuebles si la asociación se disuelve o cambia el destino

## Qué cambia

- La asociación no puede vender, alquilar ni destinar los inmuebles a otro fin distinto al centro de ancianos
- Si la asociación incumple, los bienes regresan a la Municipalidad de San Rafael de Heredia
- La ley rige desde el 27 de febrero de 2025

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una asociación específica** (2): La ley nombra a una sola asociación como beneficiaria de tres inmuebles municipales, sin concurso ni comparación con otras organizaciones. Texto: "Se autoriza a la Municipalidad de San Rafael para que done los dos lotes a segregar descritos en el artículo anterior, a la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla"
- **Tres inmuebles, no dos** (3): El título habla de dos inmuebles, pero el artículo 3 agrega un tercero de 506 metros cuadrados a la donación. Texto: "Asimismo, se autoriza a la Municipalidad de San Rafael para que done a la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, el bien inmueble de su propiedad inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles bajo el sistema de folio real partido de Heredia, matrícula número cuatro- dos seis cuatro cuatro nueve tres (N.°4-264493)"

## Explicación

### Qué cambia

La Municipalidad de San Rafael de Heredia puede segregar dos lotes de una finca suya y donarlos, junto con un tercer inmueble, a la Asociación Francisca Valerio Badilla. El primer lote es el del plano 4-7021-2024, de 991 metros cuadrados, con un terreno de parqueo y un edificio donde ya funciona la asociación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). El segundo es el del plano 4-7020-2024, de 3 710 metros cuadrados, con salón multiuso, rancho, cancha, soda, vestidor, casa y edificio. El tercero es el de matrícula 4-264493, de 506 metros cuadrados, para albergar las instalaciones del centro ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

La donación solo vale si los inmuebles se usan como centro de atención integral de personas adultas mayores ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). La asociación no puede cambiar el uso ni el destino de los bienes. Si se disuelve o los dedica a otro fin, pasan a ser propiedad de la Municipalidad de San Rafael de Heredia ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

La Notaría del Estado confecciona la escritura de traspaso y la inscribe en el Registro Nacional. La Procuraduría General de la República corrige los defectos que señale el Registro Nacional ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). La ley rige desde su publicación, el 27 de febrero de 2025, en La Gaceta 39, alcance 27 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A la Municipalidad de San Rafael de Heredia, que queda autorizada para segregar y donar los tres inmuebles ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

A la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, cédula de persona jurídica 3-002-087220, que recibe los bienes con una condición: usarlos solo para personas adultas mayores ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

A las personas adultas mayores que usan o usarán las instalaciones del centro, porque la ley fija ese destino como única razón válida para la donación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

A la Notaría del Estado y a la Procuraduría General de la República, que tramitan la escritura y corrigen los defectos que señale el Registro ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

El dossier no trae ninguna grabación sobre este proyecto. Las tres sesiones disponibles tratan otros temas. La sesión del 5 de setiembre de 2022 discute el presupuesto y otros expedientes ([video, 01:47:51](https://www.youtube.com/watch?v=msaqFSqTgUY&t=6471s)). La sesión del 3 de julio de 2023 aborda la reforma al Ministerio de Agricultura y el turismo ([video, 00:28:15](https://www.youtube.com/watch?v=H5snLtn5PZQ&t=1695s)). La sesión del 5 de octubre de 2023 discute el desarrollo turístico de Upala, Guatuso y Los Chiles ([video, 01:57:13](https://www.youtube.com/watch?v=rAGZpu4pjGw&t=7033s)). Ninguna menciona la donación de bienes en San Rafael de Heredia.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la del 28 de enero de 2025, sin observaciones de la Procuraduría General de la República [\[5\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1). No hay reformas, correcciones ni derogatorias posteriores en el dossier.

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución protege la propiedad y permite privar de ella solo por interés público comprobado y con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no expropia: la Municipalidad dona bienes propios, y el artículo 4 devuelve los inmuebles al municipio si se incumple el destino ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). El Censo no encontró un choque directo con ese artículo.

El artículo 174 de la Constitución dice que la ley indicará en qué casos las municipalidades necesitan autorización legislativa para enajenar bienes inmuebles ([Constitución, art. 174](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es precisamente esa autorización para este caso concreto ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). El Censo no ve conflicto en ese punto.

El artículo 170 reconoce la autonomía municipal ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no obliga al municipio: lo autoriza, con la fórmula "Se autoriza a la Municipalidad" ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1)). Esa fórmula deja la decisión final en manos del concejo municipal, lo que calza con la autonomía. El Censo no encontró choque constitucional en el texto.

### Qué puede hacer usted

Si vive en San Rafael de Heredia y le preocupa el uso de estos terrenos, puede pedir información al concejo municipal sobre el estado de la segregación y la escritura. La guía de participación ciudadana explica que la Contraloría General de la República fiscaliza los presupuestos y contratos de las municipalidades, y recibe denuncias por escrito o verbalmente en su plataforma de Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o al correo contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Si considera que un acto concreto de la municipalidad o de la asociación viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional. Cualquier persona puede interponerlo, sin abogado y sin formalidades especiales, según la guía ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)) ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad, que se presenta contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

También puede acudir a la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le falla en la prestación de un servicio relacionado con estos bienes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la Municipalidad de San Rafael de Heredia ya aprobó la segregación o si la escritura ya se inscribió en el Registro Nacional.

El dossier no incluye el plano catastrado ni el estudio registral que confirme el estado actual de las matrículas 4-193384-000, 4-7021-2024, 4-7020-2024 y 4-264493.

El dossier no contiene las actas del concejo municipal de San Rafael de Heredia sobre esta donación.

El dossier no incluye la sesión legislativa donde se aprobó esta ley, por lo que no hay citas de diputados sobre este proyecto.

## Frente a la Constitución

La ley autoriza una donación de bienes municipales con destino fijo y reversión al municipio, lo que calza con los artículos 45, 170 y 174 de la Constitución. El Censo no encontró choque directo.

## Qué puede hacer usted

- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presente la denuncia por escrito o verbalmente en la Plataforma de Servicios de Sabana Sur, llame al 2501-8025 o escriba a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Recurso de amparo: Preséntelo ante la Sala Constitucional por memorial o escrito, sin abogado ni formalidades especiales, dentro de los dos meses siguientes al hecho (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y disposiciones generales ante la Sala Constitucional; requiere asunto pendiente salvo intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por mal funcionamiento de una institución pública (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- El video "Plenario Legislativo, sesión ordinaria #59, martes 12 setiembre 2023" no tiene subtítulos; no se citó.

## Fuentes

1. Ley 10630: DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN A LA ASOCIACIÓN CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL AL ANCIANO FRANCISCA VALERIO BADILLA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2025-02-27. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #61, lunes 05 septiembre 2022. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-09-05. https://www.youtube.com/watch?v=msaqFSqTgUY
3. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #32, lunes 03 julio 2023. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-07-04. https://www.youtube.com/watch?v=H5snLtn5PZQ
4. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #68, jueves 05 octubre 2023. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2023-10-06. https://www.youtube.com/watch?v=rAGZpu4pjGw
5. Ley 10630 en SINALEVI: Desafectación de dos inmuebles propiedad de la Municipalidad de San rafael de Heredia y autorización para su donación a la Asociación centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 28/01/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103932&param2=145025&param3=1
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
7. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN
A LA ASOCIACIÓN CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL
AL ANCIANO FRANCISCA VALERIO BADILLA

LEY N.º 10630

EXPEDIENTE N.º 23.753

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10630

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
**DECRETA:**

DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN
A LA ASOCIACIÓN CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL
AL ANCIANO FRANCISCA VALERIO BADILLA

### ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de San Rafael, cédula de persona jurídica número tres- cero uno cuatro -cero cuatro dos cero nueve cinco (N.°3-014-042095), para que segregue dos lotes de la finca de su propiedad inscrita en el Registro de Bienes Inmuebles, partido de Heredia, bajo el sistema de folio real matrícula número cuatro- uno nueve tres tres ocho cuatro- cero cero cero (N.°4-193384-000), que es terreno de solar con un salón multiuso, un rancho, una cancha, una soda, un vestidor, una casa y un edificio; situado en el distrito 1, San Rafael, del cantón 5, San Rafael, de la provincia de Heredia. Linda al norte con Municipalidad de San Rafael; al sur, con calle pública y lote uno; al este, con calle pública y Municipalidad de San Rafael; al oeste, con lote uno y, al noreste, con Municipalidad de San Rafael. Mide: cinco mil setecientos veintiséis metros cuadrados con cincuenta y tres decímetros (5 726,53 m2), según plano catastrado número H- cero ocho nueve cinco seis ocho uno- dos cero cero tres ( N.°H-0895681-2003).

Los lotes a segregar se describen de la siguiente manera:

Lote uno: terreno de parqueo y un edificio, donde se ubican las instalaciones de la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla; situado en el distrito 1, San Rafael, del cantón 5, San Rafael, de la provincia de Heredia. Linda: al norte: servidumbre en medio con un ancho de seis metros (6m), resto de la finca madre y Municipalidad de San Rafael; al sur: calle pública; al este: servidumbre en medio con un ancho de seis metros (6m), resto de la finca madre y Municipalidad de San Rafael; al oeste: resto de la finca madre. Mide novecientos noventa y un metros cuadrados (991m2), de conformidad con el plano catastrado número cuatro-siete cero dos uno- dos cero dos cuatro (N.°4-7021-2024).

Lote dos: terreno de solar, con un salón multiuso, un rancho, una cancha, una soda, un vestidor, una casa y un edificio, donde se ubican las instalaciones de la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla; situado en el distrito 1, San Rafael, del cantón 5, San Rafael, de la provincia de Heredia. Linda: al norte: Municipalidad de San Rafael; al sur: calle pública; al este: calle pública; al oeste: servidumbre en medio con un ancho de seis metros (6m) y Municipalidad de San Rafael. Mide: tres mil setecientos diez metros cuadrados (3 710 m2), de conformidad con el plano catastrado número cuatro- siete cero dos cero – dos cero dos cuatro (N.°4-7020-2024).

El resto de la finca madre se lo reserva la Municipalidad de San Rafael.

### ARTÍCULO 2- Se autoriza a la Municipalidad de San Rafael para que done los dos lotes a segregar descritos en el artículo anterior, a la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, cédula de persona jurídica número tres- cero cero dos- cero ocho siete dos dos cero (N.°3-002- 087220), para que sean utilizados exclusivamente como centro de atención integral de las personas adultas mayores.

### ARTÍCULO 3- Asimismo, se autoriza a la Municipalidad de San Rafael para que done a la Asociación Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla, el bien inmueble de su propiedad inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles bajo el sistema de folio real partido de Heredia, matrícula número cuatro- dos seis cuatro cuatro nueve tres (N.°4-264493), que se describe de la siguiente manera: terreno de solar situado en el distrito 1, San Rafael, del cantón 5, San Rafael, de la provincia de Heredia. Linda al norte con predial 40501019338400; al sur: calle pública con un frente de seis metros y ochenta y dos centímetros lineales (6,82m); al este: calle pública con veinticinco metros con noventa y cinco centímetros lineales (25,95m); al oeste: predial 40501019338400; al suroeste: predial 40501019338400. Mide quinientos seis metros cuadrados (506 m2), según plano catastrado número H-dos cero nueve nueve ocho uno nueve- dos cero uno nueve ( N.°H-2099819-2019), para que se destine a albergar las instalaciones del Centro de Atención Integral al Anciano Francisca Valerio Badilla.

### ARTÍCULO 4- La Asociación donataria no podrá variar el uso o destino que actualmente tienen los bienes inmuebles que mediante esta ley se autoriza a donar. En caso de que la Asociación se disuelva, o los inmuebles se destinen a otro fin, estos pasarán a ser propiedad de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.

### ARTÍCULO 5- Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de traspaso de los inmuebles y proceda a su inscripción en el Registro Nacional. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los siete días del mes de enero del año dos mil veinticinco.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil veinticinco.

Ejecútese y publíquese

Publicación: 27-02-2025 Gaceta: 39 Alcance: 27

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10630). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.