# Ley 10639: El IMAS dona un lote de 403 metros a Obras del Espíritu Santo

- Página: https://elcenso.com/leyes/10639
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: SEGREGACIÓN Y DESAFECTACIÓN DE UN BIEN PROPIEDAD DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN A LA ASOCIACIÓN OBRAS DEL ESPÍRITU SANTO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1

## En resumen

La ley autoriza al IMAS a separar y donar un terreno en San José a la Asociación Obras del Espíritu Santo para sus programas sociales.

## A quién le toca

- El IMAS debe segregar el terreno y firmar la donación.
- La Asociación Obras del Espíritu Santo recibe el lote y lo usa para programas sociales.
- El resto de la finca madre sigue en manos del IMAS y conserva su naturaleza.
- Los notarios externos que contrate el IMAS quedan exentos de tasas y tributos en esos actos.

## A quién beneficia

- La Asociación Obras del Espíritu Santo recibe un terreno de 403 metros cuadrados en San José.
- El IMAS puede usar notarios externos sin pagar tasas ni tributos en los actos de esta ley.
- Las poblaciones vulnerables podrían recibir atención integral en el inmueble donado.

## Qué cambia

- El lote sale del uso público de edificaciones destinadas a servicios sociales.
- La ley no fija plazo ni condición para que la asociación empiece los programas sociales.
- La ley no ordena un informe de la Contraloría sobre la donación.

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una asociación con nombre propio** (3): La ley nombra a una sola asociación como receptora del terreno y no abre la donación a otras organizaciones. Texto: "a la Asociación Obras del Espíritu Santo, cédula de persona jurídica número tres - cero cero dos - tres cuatro cuatro cinco seis dos (3-002-344562)."
- **Sin plazo ni control para el destino social** (4): La ley dice para qué se usará el inmueble, pero no fija plazo para empezar los programas ni ordena un informe de la Contraloría. Texto: "El inmueble donado será utilizado por la Asociación Obras del Espíritu Santo, para el desarrollo de sus programas sociales dirigidos a brindar atención integral a las poblaciones más vulnerables."
- **Exención de tasas y tributos notariales** (5): Los actos notariales de esta ley no pagan tasas ni tributos. El título no anuncia esa exención. Texto: "Los actos notariales que se realicen al amparo de esta norma estarán exentos de toda tasa o tributo."

## Explicación

### Qué cambia

La ley autoriza al IMAS a separar un terreno de 403 metros cuadrados de una finca más grande y a donarlo a la Asociación Obras del Espíritu Santo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). El terreno está en el distrito Hospital, cantón primero de San José.

El artículo 1 fija el plano del lote: SJ-30871-2023 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). La finca madre está inscrita con el folio real 1-199399-000 y mide 21.177 metros cuadrados. El IMAS se queda con el resto de la finca.

El artículo 2 saca ese lote del uso público de "varias edificaciones destinadas a servicios sociales" ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). El resto de la finca conserva su naturaleza.

El artículo 3 nombra a la Asociación Obras del Espíritu Santo, cédula jurídica 3-002-344562, como la que recibe la donación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). El IMAS aparece con la cédula 4-000-042144 ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

El artículo 4 dice para qué se usará el inmueble: "el desarrollo de sus programas sociales dirigidos a brindar atención integral a las poblaciones más vulnerables" ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

El artículo 5 permite al IMAS usar notarios externos solo para cumplir esta ley ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). Los actos notariales de esta norma no pagan tasas ni tributos.

La ley rige desde su publicación ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). El archivo legislativo indica que salió en La Gaceta Digital 43 del 5 de marzo de 2025 [\[2\]](https://asamblea.go.cr/sd/Lists/Archivo_Leyes/DispForm.aspx?ID=1923&ContentTypeId=0x010027F4CF5CCAE4F047BABD7F5711AD329C).

### A quién le toca

Al IMAS, que debe segregar el terreno y firmar la donación ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

A la Asociación Obras del Espíritu Santo, que recibe el lote y lo destina a sus programas sociales ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

A las personas que usan los servicios sociales de la finca madre: el resto de la finca sigue igual y conserva su naturaleza ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

A los notarios externos que contrate el IMAS para esta donación, que quedan exentos de tasas y tributos en esos actos ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente y SINALEVI muestra una sola versión de la norma [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1). La Procuraduría General de la República no le puso observaciones.

El texto de SINALEVI coincide con el que aprobó la Asamblea: cinco artículos sobre segregar, desafectar y donar el lote ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)) ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 45 dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí el IMAS es dueño del terreno y la ley lo autoriza a donarlo, no lo obliga a entregarlo a un tercero por la fuerza ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

El artículo 121 da a la Asamblea la atribución de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley es una autorización legislativa concreta, aprobada por la Asamblea ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

El artículo 50 dice que "El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país" ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El destino del lote son programas sociales para "las poblaciones más vulnerables" ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)), lo que va en esa dirección.

Queda una duda sobre el control del uso del bien. La ley no fija un plazo para que la Asociación Obras del Espíritu Santo empiece los programas sociales ni dice qué pasa si no los hace ([art. 4](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)). Tampoco ordena un informe de la Contraloría sobre la donación ([art. 3](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de esta donación viola un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando se defienden intereses difusos.

Si sospecha un manejo irregular de recursos públicos en la donación, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría revisa presupuestos de instituciones autónomas y fondos públicos que administran privados.

Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr.

Si una institución pública le falla en un servicio relacionado con este bien, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja.

Para cambiar la ley, existe la iniciativa popular: los proyectos se tramitan en la Asamblea y se votan en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuándo se firmó la escritura de donación ni si ya se inscribió el lote a nombre de la asociación.

El dossier no dice cuánto vale el terreno de 403 metros cuadrados.

El dossier no dice qué programas sociales concretos funcionarán en el lote ni desde cuándo.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro con la Constitución del dossier. Queda la duda de que la ley no fija plazo ni control para el uso del bien donado.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan una norma o principio constitucional. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: En la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. Por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar una queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita en la Asamblea y se vota en un plazo máximo de dos años. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito para redactarlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10639: SEGREGACIÓN Y DESAFECTACIÓN DE UN BIEN PROPIEDAD DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN A LA ASOCIACIÓN OBRAS DEL ESPÍRITU SANTO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Archivo_Leyes - Segregación y Desafectación de un Bien Propiedad.... asamblea.go.cr. https://asamblea.go.cr/sd/Lists/Archivo_Leyes/DispForm.aspx?ID=1923&ContentTypeId=0x010027F4CF5CCAE4F047BABD7F5711AD329C
3. Ley 10639 en SINALEVI: Segregación y desafectación de un bien propiedad del Instituto Mixto de Ayuda Social y autorización para su donación a la Asociación Obras del Espíritu Santo (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 14/02/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=103976&param2=145089&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10639

Segregación y desafectación de un bien propiedad del Instituto Mixto de Ayuda Social y autorización para su donación a la Asociación Obras del Espíritu Santo

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N° 10639

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA

DECRETA:

SEGREGACIÓN Y DESAFECTACIÓN DE UN BIEN

PROPIEDAD DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA

SOCIAL Y AUTORIZACIÓN PARA SU DONACIÓN

A LA ASOCIACIÓN OBRAS DEL ESPÍRITU SANTO

ARTÍCULO 1- Segregación del bien. Se autoriza al
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula de persona jurídica cuatro-cero
cero cero-cero cuatro dos uno cuatro cuatro (4-000-042144), a segregar un
terreno de cuatrocientos tres metros cuadrados (403 m 2 ), según el
plano SJ- tres cero ocho siete uno - dos cero dos tres (SJ- 30871-2023), cuya
finca madre se encuentra inscrita en el Registro de Bienes Inmuebles del
Registro Nacional, bajo el sistema de folio real uno-uno nueve nueve tres nueve
nueve - cero cero cero (1-199399-000), y se describe así: naturaleza: varias
edificaciones destinadas a servicio social, matrícula número uno- nueve nueve
nueve tres nueve nueve (1999399); situada en el distrito tres, Hospital; cantón
primero, San José, de la provincia de San José, con los siguientes linderos: al
noreste calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y cinco metros
con ochenta y tres centímetros (145,83 m); al noroeste: Clavelina Miranda
Miranda; al sureste Municipalidad de San José, en parte y en parte con frente a
calle pública con setenta y ocho metros con noventa centímetros (78, 90m); al
suroeste: Municipalidad de San José en parte y en parte con río María Aguilar.
Mide veintiún mil ciento setenta y siete metros cuadrados (21177 m 2 ), descrito por
el plano catastrado número SJ- dos cero siete ocho nueve seis cinco - dos cero
uno ocho (SJ-2078965-2018), un terreno con construcción y se describe así:
situado en la provincia de San José; cantón primero, San José; distrito tres,
Hospital. Sus linderos son: al norte calle pública con un frente de veintitrés
metros con veintiocho decímetros (23,28 m); al este, calle pública con un
frente a ella de dieciocho metros con noventa y dos decímetros lineales (18,92
m); al oeste, el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y al sur el Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS).

El resto de la finca madre se la reserva el
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).



ARTÍCULO 2- Desafectación del bien segregado. Se
desafecta del uso público de "varias edificaciones destinadas a servicios
sociales" únicamente la finca a segregar descrita en el artículo primero de
esta ley y que se ajusta al plano SJ- tres cero ocho siete uno- dos cero dos
tres (SJ-308712023).

El resto de la finca conserva su naturaleza.



ARTÍCULO 3- Autorización para donar el bien
segregado. Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula de
persona jurídica cuatro - cero cero cero - cero cuatro dos uno cuatro cuatro
(4-000-042144), para que done el terreno de su propiedad, segregado y
desafectado en el artículo primero y segundo de esta ley, a la Asociación Obras
del Espíritu Santo, cédula de persona jurídica número tres - cero cero dos -
tres cuatro cuatro cinco seis dos (3-002-344562).



ARTÍCULO 4- Destino del bien segregado. El inmueble
donado será utilizado por la Asociación Obras del Espíritu Santo, para el
desarrollo de sus programas sociales dirigidos a brindar atención integral a
las poblaciones más vulnerables.



ARTÍCULO 5- Autorización. Se autoriza al Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula de persona jurídica cuatro-cero cero cero
- cero cuatro dos uno cuatro cuatro (4-000-042144), a emplear notarios externos
con el único propósito de cumplir la presente ley. Los actos notariales que se
realicen al amparo de esta norma estarán exentos de toda tasa o tributo.

Rige a partir de su publicación

Dado en la Presidencia de la República, San José, a
los catorce días del mes de febrero del año dos mil veinticinco.

EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE .

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10639). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.