# Ley 10701: El IMN es ahora institución benemérita de la patria

- Página: https://elcenso.com/leyes/10701
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARATORIA DEL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL (IMN) COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2025-06-12
- Publicada: 2025-06-12
- La Gaceta: 107
- Expediente: 23679
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1

## En resumen

Una ley declara benemérito al Instituto Meteorológico Nacional por 135 años de trabajo; no cambia trámites ni cobros para la gente.

## A quién le toca

- El Instituto Meteorológico Nacional (IMN), que recibe el título de institución benemérita
- Ningún grupo de personas recibe obligaciones o derechos nuevos con esta ley

## A quién beneficia

- El IMN queda reconocido como Institución Benemérita de la Patria por 135 años de labor
- El reconocimiento menciona su papel en la prevención de desastres hidrometeorológicos

## Qué cambia

- La ley no crea cobros, multas ni trámites para la ciudadanía
- La ley rige desde el 12 de junio de 2025
- SINALEVI no registra observaciones de la Procuraduría

## Explicación

### Qué cambia

La ley declara Institución Benemérita de la Patria al Instituto Meteorológico Nacional (IMN) ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)). El reconocimiento se basa en su aporte al desarrollo socioeconómico del país. También menciona la vigilancia sistemática del estado del tiempo y la seguridad de la navegación aérea y marítima. Suma su contribución a la prevención de desastres hidrometeorológicos durante 135 años.

La norma no crea obligaciones nuevas para las personas. Tampoco fija montos, multas ni plazos. La ley rige desde su publicación, el 12 de junio de 2025 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)) [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

La Asamblea aprobó el texto el 9 de abril de 2025 ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)). El Poder Ejecutivo lo firmó el 6 de mayo de 2025. Salió publicado en La Gaceta 107 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

El texto no impone deberes ni da derechos a grupos de personas. La única destinataria es una institución: el Instituto Meteorológico Nacional (IMN) ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)).

El reconocimiento alcanza al IMN por cuatro razones que el artículo enumera ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)). Esas razones son su aporte al desarrollo socioeconómico, el monitoreo del tiempo, la seguridad de la navegación y la prevención de desastres.

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan esta ley. La sesión del 9 de setiembre de 2026 discute la reelección de magistrados y la CCSS ([video, 01:47:14](https://www.youtube.com/watch?v=Y_oNOpdVx3s&t=6434s)). La sesión del 13 de mayo de 2026 trata reformas constitucionales y la Caja ([video, 00:17:28](https://www.youtube.com/watch?v=GVcA1hodL80&t=1048s)). Ninguna menciona el expediente 23.679 ni la declaratoria del IMN.

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma y no anota observaciones de la Procuraduría. El texto vigente coincide con el aprobado por la Asamblea ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre esta ley y la Constitución del dossier. La declaratoria es un reconocimiento simbólico y no reparte competencias ni fondos ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)).

El artículo 124 pide dos debates, aprobación legislativa, sanción del Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto indica que se aprobó en comisión plena, se comunicó al Ejecutivo y se publicó ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)).

El artículo 50 manda al Estado procurar el mayor bienestar a todos los habitantes ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El reconocimiento al IMN por su labor de prevención de desastres apunta en esa dirección ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1)).

### Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige y no abre audiencias ni consultas. Las vías que quedan son las de control y propuesta.

1. Si un acto concreto del IMN le viola un derecho, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

2. Si considera que la ley choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos.

3. Si detecta un mal manejo de fondos públicos en el IMN, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se reciben en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional.

4. Si un servicio público le funciona mal, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.

5. Si quiere cambiar la ley, puede impulsar una iniciativa popular. Necesita reunir al menos el 5% de las firmas del padrón electoral ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). El Tribunal Supremo de Elecciones revisa las firmas y traslada el proyecto a la Asamblea.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice si la declaratoria benemérita trae algún beneficio presupuestario para el IMN.

El dossier no incluye el debate legislativo de esta ley, solo el texto aprobado.

El dossier no explica por qué la sesión de setiembre de 2026 no retomó este tema.

## Frente a la Constitución

La declaratoria es un reconocimiento simbólico. No reparte competencias ni fondos, y el trámite de aprobación y publicación aparece en el texto.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se presenta ante la Sala Constitucional contra el servidor o titular del órgano. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presencial en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal de denuncia electrónica. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentarla. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: Reunir al menos el 5% de las firmas del padrón electoral. El TSE verifica y traslada el proyecto a la Asamblea. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Fuentes

1. Ley 10701: DECLARATORIA DEL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL (IMN) COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2025-06-12. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, Sesión Extraordinaria #26, 09 Setiembre 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-09-10. https://www.youtube.com/watch?v=Y_oNOpdVx3s
3. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #09, 13 mayo 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-05-13. https://www.youtube.com/watch?v=GVcA1hodL80
4. Ley 10701 en SINALEVI: Declaratoria del Institución Benemérita de la Patria el Instituto Meteorológico Nacional (IMN) como institución benemérita de la Patria (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 06/05/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=104608&param2=146229&param3=1
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECLARATORIA DEL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL (IMN) COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA

LEY N.º 10701

EXPEDIENTE N.º 23.679

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10701

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

DECLARATORIA DEL INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL (IMN) COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA

### ARTÍCULO ÚNICO- Se declara Institución Benemérita de la Patria el Instituto Meteorológico Nacional (IMN), por su gran e invaluable aporte al desarrollo socioeconómico, la vigilancia sistemática del estado del tiempo, la seguridad de la navegación aérea y marítima del país, y contribuir con la prevención de los desastres hidrometeorológicos en el país a lo largo de 135 años.

Rige a partir de su publicación.

COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA TERCERA- Aprobado a los nueve días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

Óscar Izquierdo Sandí María Daniela Rojas Salas
Presidente Secretaria

ASAMBLEA LEGISLATIVA- A los nueve días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.

Ejecútese y publíquese

Publicación: 12-06-2025 Gaceta: 107

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10701). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.