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Un préstamo de $500 millones para pagar deuda y abonar a la CCSS

La ley aprueba un crédito con el BIRF: 90% paga deuda pública y 10% se transfiere a la CCSS para amortizar lo que el Estado le debe.

Título oficial APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 9546-CR, TERCER PRÉSTAMO PARA POLÍTICAS DE DESARROLLO PARA LA GESTIÓN FISCAL Y DESCARBONIZACIÓN, SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF)

Atención: El 90% del préstamo se usa para pagar deuda y el 10% para amortizar la deuda del Estado con la CCSS, así que el dinero no financia programas nuevos.

La letra pequeña

Encontramos 3 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • Alguien queda pagando algo que el título no menciona.

    A quién le sirve: Contribuyentes y usuarios de servicios públicos

    El 90% se destina solo a pagar el servicio de la deuda y sustituye la emisión de deuda interna. El 10% va a la CCSS para amortizar deuda del Estado.

    El noventa por ciento (90%) de los recursos se utilizarán, exclusivamente, en el pago del servicio de la deuda
    2, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • El Ministerio de Hacienda administra el préstamo y transfiere el 10% a la CCSS
  • La CCSS recibe el 10% de los desembolsos como abono a la deuda del Estado
  • Los funcionarios y particulares que desvíen los fondos enfrentan sanción y proceso penal
  • Los tenedores de deuda interna ven reducida la emisión de títulos del presupuesto vigente

A quién beneficia

  • La CCSS recibe pagos por la deuda que el Estado tiene con ella
  • El Estado sustituye deuda interna por financiamiento externo
  • Los documentos del financiamiento no pagan impuestos ni timbres

Qué cambia

  • El 90% del préstamo no llega a programas nuevos: se usa para pagar deuda
  • Los ahorros que genere la ley deben eliminarse del presupuesto y no pueden usarse en gastos nuevos
  • El desvío de recursos se castiga con el artículo 68 de la Ley 7428 y el artículo 363 del Código Penal

La explicación completa

Qué cambia

La ley aprueba un préstamo de hasta 500 millones de dólares con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) (art. 1). El contrato, sus anexos y condiciones generales forman parte de la ley.

El uso del dinero está fijado por artículo. El 90% se destina solo a pagar el servicio de la deuda. Con eso se sustituye la fuente de financiamiento del gasto ya autorizado en el presupuesto y se reduce la emisión de títulos de deuda interna (art. 2).

El 10% restante lo traslada el Ministerio de Hacienda a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). El monto va proporcional a los desembolsos del préstamo y sirve para amortizar la deuda del Estado con esa institución (art. 2).

Esa transferencia a la CCSS queda excluida del título IV sobre responsabilidad fiscal y del capítulo IV de disposiciones transitorias de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (art. 2).

Si alguien desvía los recursos para fines distintos, se aplica el artículo 68 de la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (art. 2). También se configura el delito de malversación de fondos públicos del artículo 363 del Código Penal.

Todos los recursos entran al presupuesto de la República por medio de presupuestos extraordinarios que aprueba la Asamblea Legislativa (art. 3). Los ahorros que genere la ley no se pueden usar en gastos nuevos y deben eliminarse del presupuesto.

El Prestatario administra los recursos según el principio de Caja Única del Estado (art. 4). Los documentos para formalizar el financiamiento no pagan impuestos, timbres, tasas, contribuciones ni derechos (art. 5).

La ley rige desde su publicación. Se firmó en San José el 25 de agosto de 2025 (art. 5).

A quién le toca

Al Ministerio de Hacienda: recibe el préstamo, lo incorpora al presupuesto y hace la transferencia del 10% a la CCSS (art. 2) (art. 3).

A la Caja Costarricense de Seguro Social: recibe el 10% de los desembolsos como abono a lo que el Estado le debe (art. 2).

A los funcionarios públicos y a los particulares que administren estos fondos: si les dan un uso distinto al autorizado, enfrentan la sanción del artículo 68 de la Ley 7428 y el delito de malversación del artículo 363 del Código Penal (art. 2).

A los tenedores de deuda interna del Estado: la ley reduce la emisión de títulos valores de deuda interna del presupuesto vigente (art. 2).

Lo que se dijo en la Asamblea

La comisión de asuntos hacendarios recibió al ministro de Hacienda para discutir el expediente 24425, que es este tercer préstamo 00:00:06. El crédito es por 500 millones de dólares 00:00:26.

El ministro explicó el tipo de préstamo: "es un préstamo de apoyo presupuestario" y en el banco mundial se le conoce como préstamo de política para el desarrollo 00:00:32. Dijo que busca sostener acciones del gobierno y apuntalar la situación fiscal del país 00:00:41.

Sobre los préstamos anteriores, indicó que el primero se aprobó con la ley 9988 en 2021 y el segundo con la ley 10233 en 2022, por 300 millones cada uno, y que todos se usaron para pagar deuda 00:00:52.

La legisladora Sonia Rojas preguntó por los recortes que podría generar la deuda 00:01:22. Preguntó si se había comparado bien para que fuera el porcentaje más beneficioso y no quedaran comprometidas la salud, la educación y la infraestructura 00:01:26.

El ministro respondió que la comparación es con el mercado local 00:01:57. Dijo que la tasa es variable y que la comparación es 571 frente a 670, así que en cualquiera de los dos escenarios es más barato 00:02:14.

El legislador Pablo Cibaja preguntó sobre la propuesta de vender el Banco de Costa Rica con la ley 1092, aprobada en el periodo anterior para deducir deuda con activos ociosos 00:02:21. Preguntó si el Banco de Costa Rica es un activo ocioso 00:02:33.

El ministro contestó que la rentabilidad de una empresa se ve con el roe y se compara con el costo de oportunidad de endeudarse 00:02:41. Dijo que si el roe es menor que la tasa a la que se endeuda, para el Ministerio de Hacienda el Banco de Costa Rica es un activo ocioso 00:02:52.

El crédito seguía en análisis en la comisión de asuntos hacendarios al cierre del video 00:03:08.

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no tiene observaciones 3.

El texto vigente es el aprobado. No hay una versión distinta que mostrar.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución del dossier.

El artículo 121, inciso 4, da a la Asamblea Legislativa la atribución de aprobar o improbar los convenios internacionales y tratados públicos Constitución, art. 121. Esta ley aprueba un contrato de préstamo con el BIRF, así que calza con esa atribución (art. 1).

El artículo 180 dice que el presupuesto ordinario y los extraordinarios son el límite de acción de los Poderes Públicos y que solo se modifican por leyes de iniciativa del Poder Ejecutivo Constitución, art. 180. La ley ordena incorporar los recursos por presupuestos extraordinarios que aprueba la Asamblea (art. 3).

El artículo 176 ordena que la gestión pública sea sostenible, transparente y responsable, con presupuestación plurianual Constitución, art. 176. La ley destina el 90% a pagar deuda y elimina los ahorros del presupuesto (art. 2) (art. 3).

El artículo 73 establece los seguros sociales y dice que los fondos y reservas de los seguros sociales no pueden transferirse ni emplearse en finalidades distintas a las que motivaron su creación Constitución, art. 73. La ley transfiere dinero del préstamo a la CCSS para amortizar deuda del Estado, no para otro fin (art. 2).

El artículo 184 da a la Contraloría la función de fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos Constitución, art. 184. La ley remite al artículo 68 de la Ley 7428 para sancionar el desvío de recursos (art. 2).

Qué puede hacer usted

Esta ley ya rige y regula un préstamo. El referéndum no procede en materia de aprobación de empréstitos y contratos guía, p. 30. La iniciativa popular tampoco procede en proyectos de aprobación de empréstitos y contratos guía, p. 16.

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo en la ejecución de estos fondos, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo guía, p. 22. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos guía, p. 22.

Si considera que la ley infringe una norma o principio constitucional, existe la acción de inconstitucionalidad guía, p. 24. Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos.

Puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presuma irregular en el manejo de recursos públicos guía, p. 68. Las vías son la plataforma de servicios en Sabana Sur, los teléfonos 2501-8000 y 2501-8025, el portal de denuncia electrónica, el correo contraloria.general@cgrcr.go.cr, el apartado postal 1179-1000 o el fax 2501-8100.

También puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes si una institución pública le causa un mal funcionamiento en sus servicios guía, p. 71. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo.

Lo que no sabemos

El dossier no dice el plazo del préstamo ni la tasa de interés exacta.

El dossier no dice cuántos desembolsos hará el BIRF ni en qué fechas.

El dossier no dice cuánto de la deuda del Estado con la CCSS queda cubierto con este 10%.

El dossier no incluye el texto del contrato de préstamo 9546-CR, que la ley declara parte integrante.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley aprueba un contrato de préstamo, ordena incorporar los recursos al presupuesto y remite a la Contraloría y al Código Penal para sancionar desvíos. El Censo no encontró choque con los artículos del dossier.

  1. Constitución, art. 121"Aprobar o improbar los convenios internacionales, tratados públicos y concordatos."
    Esta ley, art. 1"Apruébese el Contrato de Préstamo 9546-CR, Tercer Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y Descarbonización, entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la República de Costa Rica"

    Sin choque aparente La Constitución da a la Asamblea la tarea de aprobar convenios internacionales. Esta ley hace exactamente eso con un contrato de préstamo.

  2. Constitución, art. 180"El presupuesto ordinario y los extraordinarios constituyen el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado"
    Esta ley, art. 3"Todos los recursos autorizados por este financiamiento se incorporarán al presupuesto de la República, mediante la aprobación de presupuestos extraordinarios autorizados por la Asamblea Legislativa."

    Sin choque aparente La ley mete el dinero al presupuesto por la vía de presupuestos extraordinarios, que es el cauce que fija la Constitución.

  3. Constitución, art. 73"No podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales."
    Esta ley, art. 2"El diez por ciento (10%) restante será transferido por el Ministerio de Hacienda a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), proporcionalmente a los desembolsos del financiamiento autorizado mediante esta ley, como aporte a las deudas con esa institución para amortizar a la deuda del Estado con la CCSS."

    Sin choque aparente El dinero va a la CCSS para pagar lo que el Estado le debe. No se usa para un fin distinto al de los seguros sociales.

  4. Constitución, art. 184"Fiscalizar la ejecución y liquidación de los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República"
    Esta ley, art. 2"El desvío o la utilización de los recursos de estos empréstitos, para fines distintos de los expresamente autorizados en este artículo, será sancionado según lo indicado en el artículo 68 de la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República"

    Sin choque aparente La ley deja el control del desvío en manos de la Contraloría, que es el órgano que la Constitución encarga de fiscalizar los presupuestos.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 00:00:32

    "es un préstamo de apoyo presupuestario"

    Ministro de Hacienda · Analizan crédito por 500 millones de dólares

  • 00:00:52

    "el primero aprobado con la ley 9988 en el 2021 y eh la ley 10233 aprobado en el 2022 por 300 millones cada uno de estos y todos se utilizaron para pagar deuda"

    Ministro de Hacienda · Analizan crédito por 500 millones de dólares

  • 00:01:26

    "que mañana no tengamos comprometido la salud la educación y la infraestructura a corto y mediano plazo"

    Sonia Rojas · Analizan crédito por 500 millones de dólares

  • 00:02:14

    "la comparación es 571 la comparación es 670 Así que en cualquiera de los dos escenarios es más barato"

    Ministro de Hacienda · Analizan crédito por 500 millones de dólares

  • 00:02:52

    "si el roe es menor que la tasa comparativa a la cual yo me endeudo sí Entonces para Ministerio de Hacienda el banco de Costa Rica es un activo ocioso"

    Ministro de Hacienda · Analizan crédito por 500 millones de dólares

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Ley 10752: APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 9546-CR, TERCER PRÉSTAMO PARA POLÍTICAS DE DESARROLLO PARA LA GESTIÓN FISCAL Y DESCARBONIZACIÓN, SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Analizan crédito por 500 millones de dólares Asamblea Legislativa Costa Rica, 2024-11-06
  3. Ley 10752 en SINALEVI: Aprueba Contrato de préstamo 9546, tercer préstamo para Políticas de Desarrollo para la gestión fiscal y descarbonización, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 25/08/2025
  4. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-03. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10752

Aprueba Contrato de préstamo 9546, tercer préstamo para Políticas de Desarrollo para la gestión fiscal y descarbonización, suscrito con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

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N° 10752

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 9546-CR, TERCER

PRÉSTAMO PARA POLÍTICAS DE DESARROLLO PARA LA GESTIÓN

FISCAL Y DESCARBONIZACIÓN, SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERNACIONAL DE

RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF)

ARTÍCULO 1- Aprobación del Contrato de Préstamo 9546-CR, Tercer Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y Descarbonización Apruébese el Contrato de Préstamo 9546-CR, Tercer Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y Descarbonización, entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y la República de Costa Rica, para financiar el Programa de Gestión Fiscal y de Descarbonización hasta por la suma de quinientos millones de dólares estadounidenses (US $500.000.000).

El texto del contrato de préstamo, sus anexos y condiciones generales, que se adjuntan a continuación, forman parte integrante de esta ley.

(Nota de Sinalevi: Por tener articulado propio el Contrato de Préstamo 9546-CR, Tercer Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y Descarbonización debe consultarse en el sistema de forma independiente)

ARTÍCULO 2- Uso de los recursos

Los recursos del financiamiento autorizado en la presente ley serán utilizados de la siguiente manera:

a) El noventa por ciento (90%) de los recursos se utilizarán, exclusivamente, en el pago del servicio de la deuda, sustituyendo la fuente de financiamiento del gasto autorizado en el presupuesto de la República y disminuyendo la respectiva emisión de títulos valores de deuda interna del presupuesto vigente.

b) El diez por ciento (10%) restante será transferido por el Ministerio de Hacienda a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), proporcionalmente a los desembolsos del financiamiento autorizado mediante esta ley, como aporte a las deudas con esa institución para amortizar a la deuda del Estado con la CCSS.

La transferencia de estos recursos, que realice este Ministerio a la CCSS, estarán excluidos de lo dispuesto en el título IV, Responsabilidad fiscal de la República, y en el capítulo IV, Disposiciones transitorias al título IV, del título V, Disposiciones transitorias, de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, del 3 de diciembre de 2018.

El desvío o la utilización de los recursos de estos empréstitos, para fines distintos de los expresamente autorizados en este artículo, será sancionado según lo indicado en el artículo 68 de la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, del 7 de setiembre de 1994. Además, constituirá el delito por malversación de fondos públicos, tipificado en el artículo 363 de la Ley 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970, y será sancionado con las penas establecidas en dicho artículo.

ARTÍCULO 3- Incorporación de recursos en el presupuesto ordinario y extraordinario de la república.

Todos los recursos autorizados por este financiamiento se incorporarán al presupuesto de la República, mediante la aprobación de presupuestos extraordinarios autorizados por la Asamblea Legislativa.

Los ahorros generados por la aplicación de esta ley no podrán ser utilizados en nuevos gastos y deberán ser eliminados del presupuesto de la República.

ARTÍCULO 4- Administración de los recursos

El Prestatario administrará los recursos de los contratos de préstamo, de conformidad con el principio de Caja Única del Estado, en lo que corresponda.

ARTÍCULO 5- Exención de pago de impuestos para la formalización del financiamiento

No estarán sujetos al pago de ninguna clase de impuestos, timbres, tasas, contribuciones o derechos, los documentos que se requieran para formalizar el financiamiento autorizado en esta ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

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