# Ley 10759: Se derogan seis artículos de la vieja Ley de Juegos

- Página: https://elcenso.com/leyes/10759
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DEROGACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 12, 13, 14, 19, 20 Y 21 DE LA LEY 3, LEY DE JUEGOS, DE 31 DE AGOSTO DE 1922
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1

## En resumen

La Ley 10759 elimina seis artículos de la Ley 3 de 1922 sobre juegos de azar, y rige desde su publicación.

## A quién le toca

- Personas y negocios que se regían por los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3 de 1922 sobre juegos de azar
- Quien necesite invocar esas seis normas derogadas: ya no existen en el ordenamiento

## A quién beneficia

- El texto no crea beneficios directos para ningún grupo nombrado

## Qué cambia

- Seis artículos de la Ley de Juegos de 1922 dejan de estar vigentes
- La ley rige desde su publicación, según el artículo único
- No se crean montos, multas ni trámites nuevos en el texto

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10759 deroga seis artículos de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922, para juegos de azar ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)). Los artículos que desaparecen son el 12, el 13, el 14, el 19, el 20 y el 21.

La ley tiene un solo artículo, el único, y no crea reglas nuevas ni montos ni multas ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)). Solo quita esos seis artículos del texto de 1922.

La ley rige a partir de su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)). El texto está dado en la Presidencia de la República, San José, al 15 de octubre de 2025.

El dossier no incluye el contenido de los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 que se derogan. Por eso no se puede decir aquí qué decía cada uno.

### A quién le toca

A las personas y negocios que se regían por los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3 de 1922 sobre juegos de azar, porque esas normas dejan de existir ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)).

El texto no nombra a ningún grupo, institución ni actividad específica más allá de "juegos de azar" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra la norma como "Reforma Ley de Juegos", en estado "Vigente", versión 1 de 1, sin observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1).

SINALEVI no muestra un texto distinto al aprobado: la versión vigente es la única y coincide con el texto principal [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

El artículo 121, inciso 1, de la Constitución dice que corresponde a la Asamblea Legislativa "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Esta ley hace justamente eso: deroga artículos de una ley anterior ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)).

El artículo 124 de la Constitución pide dos debates, aprobación de la Asamblea, sanción del Poder Ejecutivo y publicación en La Gaceta para que un proyecto sea ley ([Constitución, art. 124](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El texto indica que se ejecute y se publique ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1)), pero el dossier no trae el detalle de los debates ni la fecha de publicación en La Gaceta.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una autoridad pública viola un derecho suyo a partir de esta derogatoria, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo, y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que hayan cesado sus efectos directos ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que esta ley infringe una norma o principio constitucional, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para interponerla, el artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional pide un asunto pendiente ante los tribunales o en el procedimiento administrativo, salvo cuando no exista lesión individual y directa o se trate de intereses difusos.

Si quiere proponer una reforma por iniciativa popular, la guía explica que el proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

### Lo que no sabemos

Qué decían los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 que se derogan: el dossier no incluye su texto.

La fecha exacta de publicación en La Gaceta: el dossier no la trae.

Cómo votó cada diputado y qué se discutió en el Plenario: no hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley ejerce la potestad de derogar que el artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa. El dossier no permite verificar el trámite de debates y publicación del artículo 124.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Cualquier persona puede interponerlo. Se expresa el hecho o la omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano y las pruebas. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Se presenta ante la Sala Constitucional invocando la inconstitucionalidad como medio razonable de amparar el derecho o interés lesionado. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Iniciativa popular: La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para la redacción del proyecto y los procedimientos por seguir. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10759: DEROGACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 12, 13, 14, 19, 20 Y 21 DE LA LEY 3, LEY DE JUEGOS, DE 31 DE AGOSTO DE 1922. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10759 en SINALEVI: Reforma Ley de Juegos (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 15/10/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105514&param2=148101&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10759

Reforma Ley de Juegos

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N° 10759

LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DEROGACIÓN DE
LOS ARTÍCULOS 12, 13, 14, 19, 20 Y 21 DE LA LEY 3,

LEY DE
JUEGOS, DE 31 DE AGOSTO DE 1922

ARTÍCULO
ÚNICO- Se derogan los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922, para
juegos de azar.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la
Presidencia de la República, San José, al día quince del mes de octubre del año
dos mil veinticinco.

EJECÚTESE Y PUBlÍQUESE.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10759). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.