# Ley 10788: Bomberos atenderán emergencias con animales y quedan exentos de responsabilidad

- Página: https://elcenso.com/leyes/10788
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: RESCATE DE VIDA SILVESTRE POR MEDIO DE LA ADICIÓN DE UN INCISO E) AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY 8228, LEY DEL BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS, DE 19 DE MARZO DE 2002
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1

## En resumen

La Ley 10788 agrega a las funciones del Cuerpo de Bomberos la atención de emergencias con fauna y exime de responsabilidad a su personal cuando siga los protocolos.

## A quién le toca

- El personal del Cuerpo de Bomberos que atienda emergencias con fauna.
- Las personas que llamen a Bomberos por una emergencia que involucre un animal.
- La entidad especializada que asesore en los protocolos, que el texto no nombra.

## A quién beneficia

- El personal de Bomberos queda exento de responsabilidad administrativa, civil o penal si actúa según los protocolos.
- El Cuerpo de Bomberos suma una función nueva a su lista del artículo 5.

## Qué cambia

- La atención de emergencias con fauna se limita al control del incidente.
- La exención depende de que la actuación siga los protocolos internos y la legislación vigente.
- La ley rige desde su publicación, el 11 de noviembre de 2025.

## Cláusulas a revisar

- **Exención de responsabilidad para el personal de Bomberos** (único): La ley exime al personal de responsabilidad administrativa, civil o penal si actúa según los protocolos internos y la legislación vigente. El título de la ley solo habla de rescate de vida silvestre. Texto: "el personal de Bomberos estará exento de responsabilidad administrativa, civil o penal derivada del cumplimiento de su deber, siempre que su actuación se realice conforme a los protocolos internos establecidos y en apego a la legislación vigente."
- **La entidad especializada no se nombra** (único): El texto dice "la entidad especializada correspondiente" sin nombrarla, y los protocolos internos que condicionan la exención no están en el dossier. Texto: "de acuerdo con los protocolos desarrollados con la asesoría de la entidad especializada correspondiente"

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10788 le suma una función nueva al Cuerpo de Bomberos: atender emergencias que involucren fauna. El cambio se hizo adicionando un inciso e) al artículo 5 de la Ley 8228, Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

Esa atención se hará "de acuerdo con los protocolos desarrollados con la asesoría de la entidad especializada correspondiente" ([art. 5](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)). En esas situaciones, la función de Bomberos "se circunscribirá al control de los incidentes" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

El texto también crea una exención. El personal de Bomberos "estará exento de responsabilidad administrativa, civil o penal derivada del cumplimiento de su deber" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)). Esa protección aplica solo si la actuación se hace "conforme a los protocolos internos establecidos y en apego a la legislación vigente".

La ley rige desde su publicación. El texto dice: "Rige a partir de su publicación" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)). La firma es del 11 de noviembre de 2025, en San José.

### A quién le toca

Al personal del Cuerpo de Bomberos. La ley le da una función nueva y, a la vez, una exención de responsabilidad administrativa, civil o penal cuando actúe según los protocolos ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

A las personas que llamen a Bomberos por una emergencia con un animal. La institución ahora tiene esa atención entre sus funciones, aunque limitada al control del incidente ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

A la entidad especializada que asesore en los protocolos. El texto no la nombra; solo dice "la entidad especializada correspondiente" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1).

El artículo 5 de la Ley 8228 ya incluía las funciones anteriores: coordinación de emergencias, incendios, colaboración y medallas [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=48308&param2=148851&param3=1). El inciso e) nuevo se sumó a esa lista y la numeración corrió.

### Frente a la Constitución

El artículo 11 de la Constitución dice que los funcionarios públicos "son simples depositarios de la autoridad" y "no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella" ([Constitución, art. 11](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley sí concede la facultad nueva, pero la limita al control del incidente y a los protocolos ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

El artículo 41 garantiza reparación para "las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales" ([Constitución, art. 41](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La exención de responsabilidad civil podría generar dudas si un daño a un tercero queda sin reparación. El texto condiciona la exención a actuar "en apego a la legislación vigente" ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

El artículo 50 reconoce el derecho a "un ambiente sano y ecológicamente equilibrado" y faculta a denunciar actos que lo infrinjan ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no toca ese derecho; solo ordena quién controla la emergencia ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1)).

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y la Constitución. Las dudas quedan en cómo se aplique la exención en casos concretos.

### Qué puede hacer usted

Si un acto de Bomberos en una emergencia con fauna le causa un daño, puede presentar un recurso de amparo. Procede contra "toda acción, omisión o simple actuación material" de servidores públicos que viole o amenace violar un derecho fundamental ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo lo puede interponer cualquier persona y se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Si considera que la exención de responsabilidad choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan "alguna norma o principio constitucional" ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

Para presentarla necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No hace falta ese caso cuando se defienden "intereses difusos" ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

También puede denunciar ante la Contraloría General de la República un hecho que se presuma irregular con recursos públicos ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Y puede acudir a la Defensoría de los Habitantes por mal funcionamiento de un servicio público ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuál es "la entidad especializada correspondiente" que asesorará los protocolos.

El dossier no incluye el contenido de los protocolos internos que condicionan la exención.

El dossier no permite saber si la exención cubre daños a terceros o solo la responsabilidad del funcionario.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. Quedan dudas sobre cómo se aplicará la exención de responsabilidad civil frente al derecho de reparación del artículo 41.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio. Lo puede interponer cualquier persona. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Procede contra leyes que infrinjan una norma o principio constitucional. Requiere un asunto pendiente ante tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Se presenta de forma escrita o verbal en la Plataforma de Servicios, por teléfono, por el portal institucional, por correo o por apartado postal. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Puede presentarla cualquier persona que habite en Costa Rica y haya sido maltratada en sus derechos por una institución pública o sus funcionarios. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10788: RESCATE DE VIDA SILVESTRE POR MEDIO DE LA ADICIÓN DE UN INCISO E) AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY 8228, LEY DEL BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS, DE 19 DE MARZO DE 2002. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10788 en SINALEVI: Rescate de Vida Silvestre (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 11/11/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=105967&param2=148850&param3=1
3. Ley 8228: Ley del  Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 19/03/2002. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=48308&param2=148851&param3=1
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
5. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10788

Rescate de Vida Silvestre

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N° 10788

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

RESCATE DE VIDA SILVESTRE
POR MEDIO DE LA ADICIÓN DE UN INCISO

E) AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY
8228, LEY DEL BENEMÉRITO CUERPO DE

BOMBEROS, DE 19 DE MARZO DE
2002

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un nuevo inciso
e) al artículo 5 de la Ley 8228, Ley del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa
Rica, de 19 de marzo de 2002 y se corre la numeración. El texto es el siguiente:

Artículo 5- Funciones

El Cuerpo de Bomberos
tendrá las siguientes funciones:

( ... )

e) La atención de
situaciones de emergencia que sean de su competencia y que involucren fauna, de
acuerdo con los protocolos desarrollados con la asesoría de la entidad
especializada correspondiente. En estas situaciones, su función se circunscribirá
al control de los incidentes. En el ejercicio de la función descrita en este
inciso, el personal de Bomberos estará exento de responsabilidad administrativa,
civil o penal derivada del cumplimiento de su deber, siempre que su actuación
se realice conforme a los protocolos internos establecidos y en apego a la
legislación vigente.

( ... )

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de
la República, San José, a los once días del mes de noviembre del año dos mil
veinticinco.

EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10788). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.