# Ley 10799: Golfito queda declarado zona de interés turístico por ley

- Página: https://elcenso.com/leyes/10799
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO DEL CANTÓN DE GOLFITO
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1

## En resumen

Una ley vigente declara de interés público el turismo en Golfito y pide a las instituciones públicas apoyar proyectos, convenios y asociaciones público-privadas en el cantón.

## A quién le toca

- Instituciones públicas del país, instadas a gestionar apoyo y cooperación con Golfito
- Pequeñas y medianas empresas de habitantes de Golfito vinculadas al turismo
- Habitantes de Golfito, por el fortalecimiento social y económico del cantón

## A quién beneficia

- El Estado podrá promover infraestructura e inversiones de turismo en Golfito
- El Estado podrá apoyar iniciativas de desarrollo local y actividades de pymes turísticas
- Las instituciones públicas podrán firmar convenios y asociaciones público-privadas con el cantón

## Qué cambia

- La ley no fija montos, plazos ni multas; rige desde su publicación
- El desarrollo debe darse bajo un esquema sostenible y con manejo adecuado del ambiente
- La ley no asigna tareas nuevas a la Municipalidad de Golfito en su texto

## Cláusulas a revisar

- **Apoyo institucional sin detalle** (2): La ley insta a las instituciones a gestionar apoyo y cooperación con Golfito, pero no fija montos, plazos ni prioridades. Texto: "Se insta a todas las instituciones públicas del país, para que, dentro del marco jurídico respectivo, gestionen los mecanismos de apoyo y cooperación con el cantón de Golfito para la ejecución de esta ley, mediante diferentes recursos o alternativas, convenios de cooperación, iniciativas y asociaciones público-privadas, con el fin de promover el desarrollo turístico de este cantón."
- **Apoyo a pymes turísticas del cantón** (1): El artículo 1 dice que el Estado podrá apoyar las actividades de estas empresas, sin detallar cómo. Texto: "Asimismo, el Estado podrá apoyar todas las iniciativas que promuevan el desarrollo local y las actividades de las pequeñas y medianas empresas de los habitantes, vinculados al desarrollo turístico."

## Explicación

### Qué cambia

La Ley 10799 declara de interés público el desarrollo turístico del cantón de Golfito ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). Con eso, el Estado puede promover infraestructura e inversiones de turismo en la zona.

El texto pide que ese desarrollo sea sostenible y con manejo adecuado del ambiente ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). También dice que debe fortalecer la condición social y económica del cantón.

La ley autoriza al Estado a apoyar iniciativas de desarrollo local y actividades de pequeñas y medianas empresas de los habitantes, ligadas al turismo ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

El artículo 2 insta a todas las instituciones públicas del país a gestionar mecanismos de apoyo y cooperación con Golfito ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). Menciona recursos, alternativas, convenios de cooperación, iniciativas y asociaciones público-privadas.

La ley no fija montos, plazos ni multas. Rige desde su publicación ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). El Poder Ejecutivo la firmó en San José el 18 de noviembre de 2025.

### A quién le toca

A las instituciones públicas del país. El artículo 2 las insta a gestionar apoyo y cooperación con Golfito, dentro de su marco jurídico ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

A las pequeñas y medianas empresas de los habitantes de Golfito vinculadas al turismo. El artículo 1 dice que el Estado podrá apoyar sus actividades ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

A quienes promuevan desarrollo local en el cantón. El artículo 1 incluye el apoyo a esas iniciativas ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

A los habitantes de Golfito en general. El artículo 1 habla de fortalecer la condición social y económica del cantón ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1). SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1. La ficha no trae observaciones de la Procuraduría.

El texto consolidado de SINALEVI coincide con el aprobado: declara el interés público y ordena la participación institucional ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)) ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos revisados de la Constitución. La ley declara un interés público y pide cooperación institucional, sin crear tributos ni quitar controles.

El artículo 50 ordena al Estado procurar el mayor bienestar y garantizar un ambiente sano ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley habla de desarrollo sostenible y manejo adecuado del ambiente, así que va en la misma línea ([art. 1](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)).

El artículo 169 pone los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le asigna tareas nuevas a la Municipalidad de Golfito; insta a las instituciones públicas en general ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). Queda la duda de cómo se coordinará con el gobierno local.

El artículo 140 dice que el Poder Ejecutivo reglamenta y ejecuta las leyes ([Constitución, art. 140](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley deja en manos de las instituciones la gestión de convenios y asociaciones ([art. 2](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1)). Falta ver cómo se reglamenta.

### Qué puede hacer usted

Si un acto concreto de una institución pública viola un derecho suyo por esta ley, puede presentar un recurso de amparo ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). Cualquier persona puede interponerlo.

Paso a paso: en el recurso exprese con claridad el hecho o la omisión ([guía, p. 23](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=23)). Indique el derecho violado y el nombre del servidor u órgano responsable. Aporte las pruebas de cargo.

El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)). También hasta dos meses después de que cesen sus efectos directos.

Si cree que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Procede contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional.

Para la acción de inconstitucionalidad se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). No se necesita ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos.

Si sospecha un mal manejo de fondos públicos en los convenios que autoriza esta ley, puede denunciar ante la Contraloría General de la República ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). La Contraloría fiscaliza el uso de los fondos públicos.

La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025.

Si una institución pública le falla en un servicio relacionado con esta ley, puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)). Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja.

Si quiere proponer una reforma a esta ley, existe la iniciativa popular ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito para redactarlo.

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero se destinará ni qué instituciones firmarán convenios primero.

El dossier no incluye el decreto de publicación en La Gaceta ni su número.

El dossier no trae grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la Ley 10799 y los artículos revisados de la Constitución. Queda la duda de cómo se coordinará con el gobierno local.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Exprese el hecho u omisión, el derecho violado, el nombre del servidor u órgano responsable y las pruebas de cargo. Cualquier persona puede interponerlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defienden intereses difusos o colectivos. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Preséntela en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, contiguo al Tennis Club, o llame al 2501-8000 o al 2501-8025. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja por el mal funcionamiento de una institución pública. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios. La Oficina de Iniciativa Popular brinda asesoramiento técnico gratuito para redactarlo. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10799: DECLARACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO DEL CANTÓN DE GOLFITO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Ley 10799 en SINALEVI: Declaración de interés público el desarrollo turístico del cantón de Golfito (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 18/11/2025. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=106124&param2=149402&param3=1
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

Ley 10799

Declaración de interés público el desarrollo turístico del cantón de Golfito

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N° 10799

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DECLARACIÓN DE INTERÉS
PÚBLICO EL DESARROLLO

TURÍSTICO DEL CANTÓN DE
GOLFITO

ARTÍCULO 1- Declaración de interés
público. Se declara de interés público el desarrollo turístico del cantón de
Golfito; para lo cual, el Estado, por medio de sus instituciones públicas,
podrá promover el desarrollo de la infraestructura y las inversiones de turismo
en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del
ambiente, que fortalezcan la condición social y económica de este cantón.
Asimismo, el Estado podrá apoyar todas las iniciativas que promuevan el
desarrollo local y las actividades de las pequeñas y medianas empresas de los
habitantes, vinculados al desarrollo turístico.



ARTÍCULO 2- Participación
de las instituciones públicas. Se insta a todas las instituciones públicas del
país, para que, dentro del marco jurídico respectivo, gestionen los mecanismos
de apoyo y cooperación con el cantón de Golfito para la ejecución de esta ley,
mediante diferentes recursos o alternativas, convenios de cooperación,
iniciativas y asociaciones público-privadas, con el fin de promover el
desarrollo turístico de este cantón.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de
la República, San José, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos
mil veinticinco.

EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10799). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.