El Censo
Ley10811Vigente
Ley

Oreamuno podrá perdonar patentes inactivas vencidas al 2024

La ley autoriza a la Municipalidad de Oreamuno a condonar de oficio las patentes inactivas y sus multas e intereses vencidos al 31 de diciembre de 2024, pero deja por fuera el impuesto de bienes inmuebles y otros cobros.

Título oficial AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO, PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y SERVICIOS, SEAN PRINCIPAL, INTERESES Y MULTAS DE CARÁCTER MUNICIPAL

Atención: La ley perdona de oficio deudas tributarias de un cantón y deja fuera otros cobros, sin que el dossier mida el efecto en el presupuesto municipal.

La letra pequeña

Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.

  • El título habla de todos, pero la ventaja cae sobre un grupo pequeño.

    A quién le sirve: Contribuyentes de Oreamuno con patentes inactivas vencidas al 31 de diciembre de 2024

    La condonación no toca bienes inmuebles, residuos, aseo de vías, parques, acueducto, cementerio, patentes activas ni permisos de construcción.

    Queda exento de esta condonación el principal del impuesto sobre los bienes inmuebles, recolección de residuos, aseo de vías, parques, tarifas del acueducto municipal, cementerio y sus intereses de los últimos cinco años, patentes municipales activas, permisos de construcción y sus multas acumuladas a la promulgación de esta ley.
    2, texto oficial

Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.

A quién le toca

  • Contribuyentes de Oreamuno con patentes inactivas vencidas al 31 de diciembre de 2024: se les condona la deuda completa, con multas e intereses.
  • Contribuyentes con deudas por bienes inmuebles, residuos, aseo de vías, parques, acueducto o cementerio: quedan fuera del perdón y deben pagar o arreglar el pago.
  • Dueños de patentes activas y permisos de construcción: no reciben el beneficio.
  • La Municipalidad de Oreamuno: debe hacer una campaña de divulgación del beneficio.

A quién beneficia

  • Perdón total de patentes inactivas vencidas al 31 de diciembre de 2024, incluidas multas e intereses.
  • El perdón se aplica de oficio, sin trámite del contribuyente.

Qué cambia

  • La municipalidad deja de cobrar esas patentes inactivas y sus accesorios.
  • Las demás deudas municipales siguen cobrándose o deben arreglarse por reglamento interno.
  • La municipalidad debe informar a los contribuyentes sobre el beneficio.

La explicación completa

Qué cambia

La Municipalidad de Oreamuno queda autorizada para perdonar de oficio todas las deudas por patentes inactivas, con sus multas e intereses, que estuvieran vencidas al 31 de diciembre de 2024 (art. 1). "De oficio" quiere decir que la municipalidad lo hace sin que usted tenga que pedirlo.

El perdón no cubre todo. Queda exento de la condonación el principal del impuesto sobre los bienes inmuebles (art. 2). Tampoco cubre la recolección de residuos, el aseo de vías, los parques, las tarifas del acueducto municipal ni el cementerio.

La ley también deja fuera los intereses de esos cobros de los últimos cinco años (art. 2). Tampoco se condonan las patentes municipales activas, los permisos de construcción ni sus multas acumuladas a la promulgación de la ley.

La municipalidad tiene una obligación: hacer una campaña de divulgación adecuada para que cada contribuyente se entere de los alcances y los procedimientos del beneficio (art. 3).

Quienes están en morosidad y quedan exentos del perdón deben cancelar la deuda o hacer un arreglo de pago, según el reglamento interno de la Municipalidad de Oreamuno (art. 3).

La ley rige a partir de su publicación (art. 3). El texto está dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.

A quién le toca

A los contribuyentes de Oreamuno con patentes inactivas vencidas al 31 de diciembre de 2024: la municipalidad les condona la totalidad de esa deuda, incluidas multas e intereses (art. 1).

A los contribuyentes con deudas por bienes inmuebles, recolección de residuos, aseo de vías, parques, acueducto municipal o cementerio: no reciben el perdón y deben pagar o arreglar el pago (art. 2) (art. 3).

A los dueños de patentes municipales activas y de permisos de construcción: quedan fuera del beneficio, igual que sus multas acumuladas (art. 2).

A la Municipalidad de Oreamuno: debe hacer la campaña de divulgación del beneficio (art. 3).

Cómo está hoy según SINALEVI

La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma, la número 1 de 1, y no le pone observaciones 2.

El texto consolidado que publica SINALEVI es el mismo que se aprobó: no aparece una versión distinta ni una reforma posterior 2.

Frente a la Constitución

El artículo 169 de la Constitución pone la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley encaja ahí: le da una autorización concreta a una municipalidad para manejar deudas de su cantón (art. 1).

El artículo 170 dice que las corporaciones municipales son autónomas Constitución, art. 170. La ley respeta esa autonomía porque no obliga a condonar cualquier deuda: fija cuáles sí y cuáles no (art. 1) (art. 2).

El artículo 175 ordena que las municipalidades dicten sus presupuestos y que la Contraloría General los apruebe y fiscalice su ejecución Constitución, art. 175. Perdonar de oficio deudas por patentes inactivas reduce un ingreso municipal. El Censo no encontró en el dossier un estudio que mida ese efecto sobre el presupuesto de Oreamuno, así que no puede afirmar si hay o no choque con ese artículo.

El artículo 18 dice que los costarricenses deben contribuir para los gastos públicos Constitución, art. 18. La ley perdona una deuda tributaria a un grupo de contribuyentes. El Censo no encontró en el dossier una norma constitucional que prohíba ese perdón cuando lo autoriza una ley.

El Censo no encontró un choque claro entre esta ley y los artículos de la Constitución que están en el dossier.

Qué puede hacer usted

Si vive en Oreamuno y tiene una patente inactiva vencida al 31 de diciembre de 2024, revise si la municipalidad ya aplicó el perdón. La ley la obliga a divulgar los alcances y procedimientos del beneficio (art. 3).

Si la municipalidad no cumple con esa divulgación, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Esa institución protege los derechos e intereses de quienes habitan en Costa Rica y vela por el buen funcionamiento de los servicios del sector público, incluidas las municipalidades guía, p. 71.

Si un acto concreto de la municipalidad le viola un derecho, puede interponer un recurso de amparo. Cualquier persona puede hacerlo, según el artículo 33 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional guía, p. 22. El recurso se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio.

El amparo por derechos patrimoniales debe interponerse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que usted tuvo noticia fehaciente de la violación guía, p. 22.

Si considera que la ley misma choca con la Constitución, existe la acción de inconstitucionalidad contra leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24. Esa acción requiere, por regla general, un asunto pendiente de resolver ante los tribunales o en el procedimiento para agotar la vía administrativa.

Si quiere cambiar esta ley, puede proponer una reforma por iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de dos años guía, p. 26. La Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa brinda asesoramiento técnico gratuito para redactar el proyecto.

Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto dinero representa la deuda que se condona ni cuántos contribuyentes se benefician.

El dossier no incluye el reglamento interno de la Municipalidad de Oreamuno que regula los arreglos de pago.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

Estado en SINALEVI

VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

La ley encaja con la autonomía municipal y la administración local de los artículos 169 y 170. El Censo no encontró un choque claro con los artículos del dossier, aunque no hay estudio sobre el efecto en el presupuesto municipal del artículo 175.

  1. Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designará la ley."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Oreamuno , para que condone de oficio la totalidad de las deudas por concepto de patentes inactivas, sus multas e intereses, vencidos al 31 de diciembre del año 2024."

    Sin choque aparente La Constitución pone los asuntos locales en manos del gobierno municipal. La ley le da a esa municipalidad una autorización concreta sobre deudas de su cantón.

  2. Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
    Esta ley, art. 2"Queda exento de esta condonación el principal del impuesto sobre los bienes inmuebles, recolección de residuos, aseo de vías, parques, tarifas del acueducto municipal, cementerio y sus intereses de los últimos cinco años, patentes municipales activas, permisos de construcción y sus multas acumuladas a la promulgación de esta ley."

    Sin choque aparente La ley no obliga a perdonar cualquier deuda: fija límites claros. Eso deja espacio a la autonomía municipal que reconoce la Constitución.

  3. Constitución, art. 175"Las Municipalidades dictarán sus presupuestos ordinarios o extraordinarios, los cuales necesitarán para entrar en vigencia, la aprobación de la Contraloría General que fiscalizará su ejecución."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Oreamuno , para que condone de oficio la totalidad de las deudas por concepto de patentes inactivas, sus multas e intereses, vencidos al 31 de diciembre del año 2024."

    Hay dudas Perdonar de oficio deudas reduce un ingreso municipal que la Contraloría fiscaliza. El dossier no trae un estudio del efecto en el presupuesto de Oreamuno, así que no se puede afirmar si hay choque.

  4. Constitución, art. 18"Los costarricenses deben observar la Constitución y las leyes, servir a la Patria, defenderla y contribuir para los gastos públicos."
    Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Oreamuno , para que condone de oficio la totalidad de las deudas por concepto de patentes inactivas, sus multas e intereses, vencidos al 31 de diciembre del año 2024."

    Sin choque aparente La ley perdona una deuda tributaria a un grupo de contribuyentes. El dossier no trae una norma constitucional que prohíba ese perdón cuando lo autoriza una ley.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Fuentes

  1. Ley 10811: AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO, PARA LA CONDONACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y SERVICIOS, SEAN PRINCIPAL, INTERESES Y MULTAS DE CARÁCTER MUNICIPAL Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa
  2. Ley 10811 en SINALEVI: Autorización a la Municipalidad de Oreamuno para la condonación de deudas tributarias y servicios, sean principal, intereses y multas de carácter municipal (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1) SINALEVI, Procuraduría General de la República, 13/11/2025
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-02. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

Ley 10811

Autorización a la Municipalidad de Oreamuno para la condonación de deudas tributarias y servicios, sean principal, intereses y multas de carácter municipal

-Usted está en la última versión de la norma-

Ir a la última versión

Anterior

Versión de la Norma: 1 de 1

Siguiente

N° 10811

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO, PARA LA

CONDONACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y SERVICIOS, SEAN

PRINCIPAL, INTERESES Y MULTAS DE CARÁCTER MUNICIPAL

ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad del cantón de Oreamuno , para que condone de oficio la totalidad de las deudas por concepto de patentes inactivas, sus multas e intereses, vencidos al 31 de diciembre del año 2024.

ARTÍCULO 2- Queda exento de esta condonación el principal del impuesto sobre los bienes inmuebles, recolección de residuos, aseo de vías, parques, tarifas del acueducto municipal, cementerio y sus intereses de los últimos cinco años, patentes municipales activas, permisos de construcción y sus multas acumuladas a la promulgación de esta ley.

ARTÍCULO 3- La Municipalidad de Oreamuno deberá realizar una adecuada campaña de divulgación, para que cada contribuyente se entere de los alcances y los procedimientos de este beneficio; los contribuyentes en morosidad, exentos de esta condonación, deberán cancelar la deuda existente o realizar un arreglo de pago, según lo establecido en el reglamento interno de la Municipalidad de Oreamuno.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.

Observaciones

¿Vio algo que no calza?

Si encontró un error, sabe algo que falta o leyó una noticia sobre esta ley, cuéntenos. No se publica: lo lee el equipo y lo revisamos contra las fuentes antes de cambiar nada.

¿Qué opina usted?

0 comentarios

Nadie ha comentado todavía. Puede ser el primero.

0/1200