Jueces ya no pueden dar brazalete a delitos con armas
La ley 10900 prohíbe el arresto domiciliario con brazalete y la localización electrónica en delitos cometidos con armas, crimen organizado, delitos sexuales contra menores y narcotráfico.
Título oficial REFORMA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 57 BIS DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DEL 4 DE MAYO DE 1970, Y DEL INCISO J) DEL ARTÍCULO 244 DE LA LEY N.º 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DEL 10 DE ABRIL DE 1996; LEY PARA ELIMINAR EL BENEFICIO DE BRAZALETE ELECTRÓNICO EN DELITOS CON ARMAS
Atención: La ley quita a los jueces la opción del brazalete en delitos con armas, crimen organizado, delitos sexuales contra menores y narcotráfico, lo que puede aumentar la prisión preventiva.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
Alguien queda pagando algo que el título no menciona.
A quién le sirve: Personas imputadas por los delitos cubiertos
Al cerrar la opción de localización electrónica, el juez debe buscar otra medida o mantener la prisión preventiva.
La imposición de la medida de localización permanente con mecanismo electrónico, siempre y cuando no sea por delitos que califiquen como delincuencia organizada
2, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- Personas imputadas o sentenciadas por delitos cometidos con armas de fuego, contundentes o punzocortantes
- Personas acusadas de delincuencia organizada
- Personas acusadas de delitos sexuales contra personas menores de edad
- Personas investigadas por los delitos de los artículos 59 y 74 de la Ley 7786
- Autoridades de ejecución de la pena que deben promover educación virtual
A quién beneficia
- Las víctimas de delitos con armas no verán al imputado cumplir la pena en casa con brazalete
- El texto mantiene la regla de que un día con brazalete equivale a un día de prisión preventiva
Qué cambia
- Más personas podrían permanecer en prisión preventiva mientras se investiga su caso
- Los jueces pierden una alternativa menos gravosa para ciertos delitos
- La población carcelaria podría crecer en los delitos cubiertos por la prohibición
La explicación completa
Qué cambia
La ley 10900 reforma dos artículos para quitar el brazalete electrónico en ciertos delitos. Rige desde su publicación, el 8 de junio de 2026, según la ficha de la Asamblea Legislativa 1.
El primer cambio toca el Código Penal. El arresto domiciliario con monitoreo electrónico es una sanción que sustituye la prisión y busca la reinserción social de la persona sentenciada (art. 1). El juez puede aplicarla solo si se cumplen varios requisitos. El inciso 2 ahora dice que no procede "por delitos que califiquen como delincuencia organizada, ni delitos sexuales contra personas menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes".
La misma prohibición cubre los delitos de los artículos 59 y 74 de la Ley 7786, sobre estupefacientes y legitimación de capitales (art. 1). El artículo 59 de esa ley castiga con prisión de tres a ocho años a quien construya o facilite pistas de aterrizaje para transportar dinero o bienes del narcotráfico 2.
El segundo cambio toca el Código Procesal Penal. Antes del juicio, el tribunal puede cambiar la prisión preventiva por una medida menos gravosa (art. 2). El inciso j) permite la localización permanente con mecanismo electrónico, pero ahora con las mismas exclusiones: crimen organizado, delitos sexuales contra menores, delitos con armas de fuego, contundentes o punzocortantes, y los delitos de la Ley 7786.
Ese mismo inciso mantiene una regla de conteo: "un día bajo localización permanente con dispositivo electrónico equivale a un día de prisión preventiva" (art. 2).
El texto aprobado no cambia el inciso 1 del artículo 57 bis, que permite el arresto domiciliario cuando la pena no supere los cuatro años de prisión 3.
A quién le toca
A las personas imputadas o sentenciadas por delitos cometidos con armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes. Para ellas, el juez ya no puede sustituir la prisión por brazalete, ni en sentencia ni durante el proceso (art. 1) (art. 2).
A quienes enfrentan causas por delincuencia organizada o por delitos sexuales contra personas menores de edad. Quedan fuera del arresto domiciliario con monitoreo y de la localización electrónica (art. 1) (art. 2).
A las personas investigadas por los delitos de los artículos 59 y 74 de la Ley 7786. El artículo 57 bis las excluye del brazalete (art. 1). El inciso j) del artículo 244 excluye a las de toda la Ley 7786 (art. 2).
A las autoridades de ejecución de la pena. El artículo 57 bis les pide promover la educación virtual a distancia por internet para facilitar la reinserción (art. 1).
Lo que se dijo en la Asamblea
El plenario aprobó el expediente 25.158 en segundo debate con 40 votos a favor y cero en contra, el 7 de abril de 2026 01:08:39.
Una persona legisladora explicó el objetivo del proyecto. Dijo que busca "corregir una omisión que se introdujo en una ley aprobada por esta misma Asamblea Legislativa, la ley 10517" 00:01:09. Según esa intervención, la ley 10517 eliminó la restricción y el proyecto busca "restablecer la prohibición en un contexto que todos conocemos de violencia armada" 00:01:20.
La misma persona hizo una advertencia sobre el enfoque de las sanciones. Dijo que "solo pensar en sanción y otra sanción y otra sanción sin tener una coordinación con el tema de la prevención" no resuelve el problema 00:01:54. También pidió que la sanción "tiene que estar proporcional con la acción que se va a sancionar" 00:02:15.
El video no permite identificar con certeza el nombre de quien habla. Los subtítulos automáticos tampoco son confiables en varias palabras.
Cómo está hoy según SINALEVI
La ley está vigente. SINALEVI registra una sola versión de la norma y no le pone observaciones 6.
El texto vigente del artículo 57 bis del Código Penal coincide con el aprobado. SINALEVI anota que el inciso 2 fue reformado por el artículo 1 de la ley 10900 del 12 de mayo de 2026 3.
Hay una diferencia de fechas. La ficha de la Asamblea dice que la ley rige desde el 8 de junio de 2026 1. SINALEVI fecha la reforma el 12 de mayo de 2026 3. El dossier no explica el motivo de la diferencia.
El inciso 1 del artículo 57 bis sigue vigente con la redacción de la ley 10517 del 26 de agosto de 2024 3.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre esta ley y los artículos de la Constitución incluidos en el dossier.
El artículo 35 dice que "nadie puede ser juzgado por comisión, tribunal o juez especialmente nombrado para el caso" Constitución, art. 35. La ley 10900 no crea tribunales nuevos. Solo limita una medida que los jueces ya podían aplicar (art. 1) (art. 2).
El artículo 36 protege el derecho a no declarar contra sí mismo Constitución, art. 36. La ley no toca ese derecho.
Queda una duda sobre el principio de proporcionalidad de las penas. La Constitución del dossier no incluye un artículo que lo regule de forma expresa. Por eso el dossier no permite comparar ese punto.
Qué puede hacer usted
Si un juez le aplicó o le niega el brazalete y usted cree que se violó un derecho suyo, puede presentar un recurso de amparo. Cualquier persona puede interponerlo contra el servidor o el órgano que causó el agravio guía, p. 22.
El amparo se puede presentar en cualquier tiempo mientras subsista la violación, y hasta dos meses después de que cesen sus efectos guía, p. 22.
En el escrito debe indicar el hecho o la omisión, el derecho que considera violado, el nombre del servidor o del órgano y las pruebas guía, p. 23. No hace falta citar el artículo constitucional exacto.
Si lo que quiere es atacar la ley misma, la vía es la acción de inconstitucionalidad. Procede contra leyes que infrinjan alguna norma o principio constitucional guía, p. 24.
Para interponerla se requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa. No se exige ese caso cuando se defienden intereses difusos o colectivos guía, p. 24.
Si el problema es el mal funcionamiento de una institución pública en la ejecución de la pena, puede presentar una queja ante la Defensoría de los Habitantes. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede hacerlo guía, p. 71.
La Defensoría no investiga casos que estén a la espera de una resolución judicial guía, p. 71.
Lo que no sabemos
El dossier no dice cuántas personas tienen hoy brazalete electrónico ni cuántas quedarían excluidas con esta ley.
El dossier no explica por qué la ficha de la Asamblea y SINALEVI dan fechas distintas para la vigencia.
El dossier no incluye el texto del artículo 74 de la Ley 7786, solo el del artículo 59.
El dossier no permite saber quién habló en el video V1, porque los subtítulos no lo identifican.
Estado en SINALEVI
VigenteVersión de la norma: 1 de 1Ver en SINALEVI
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10900 y los artículos constitucionales del dossier. La ley limita una medida procesal y de ejecución, sin crear tribunales ni tocar el derecho a no declarar.
Constitución, art. 35"Nadie puede ser juzgado por comisión, tribunal o juez especialmente nombrado para el caso, sino exclusivamente por los tribunales establecidos de acuerdo con esta Constitución."
Esta ley, art. 1"Que no sea por delitos que califiquen como delincuencia organizada, ni delitos sexuales contra personas menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes"
Sin choque aparente La ley no crea jueces ni tribunales nuevos. Solo cambia qué medidas puede aplicar el juez que ya tiene el caso.
Constitución, art. 36"En materia penal nadie está obligado a declarar contra sí mismo, ni contra su cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales hasta el tercer grado inclusive de consanguinidad o afinidad."
Esta ley, art. 2"La imposición de la medida de localización permanente con mecanismo electrónico, siempre y cuando no sea por delitos que califiquen como delincuencia organizada"
Sin choque aparente La ley regula una medida de localización, no obliga a nadie a declarar. No toca este derecho.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:01:09
"corregir una omisión que se introdujo en una ley aprobada por esta misma Asamblea Legislativa, la ley 10517"
- 00:01:20
"restablecer la prohibición en un contexto que todos conocemos de violencia armada"
- 00:01:54
"solo pensar en sanción y otra sanción y otra sanción sin tener una coordinación con el tema de la prevención"
- 00:02:15
"tiene que estar proporcional con la acción que se va a sancionar"
- 01:08:39
"40 a favor, cero en contra. Aprobado"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Ley 10900: REFORMA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 57 BIS DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DEL 4 DE MAYO DE 1970, Y DEL INCISO J) DEL ARTÍCULO 244 DE LA LEY N.º 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DEL 10 DE ABRIL DE 1996; LEY PARA ELIMINAR EL BENEFICIO DE BRAZALETE ELECTRÓNICO EN DELITOS CON ARMAS
- Ley 7786: Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso No Autorizado, actividades Conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (Vigente)
- Ley 4573: Código Penal (Vigente)
- Plenario Legislativo, Sesión ordinaria #126, 07 Abril 2026
- Eliminan beneficio de brazalete electrónico en delitos con armas
- Ley 10900 en SINALEVI: Ley para eliminar el beneficio de brazalete electrónico en delitos con armas (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1)
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- El video "Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #65, 14 Setiembre 2026" no tiene subtítulos; no se citó.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-02. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PLENARIO
REFORMA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 57 BIS DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DEL 4 DE MAYO DE 1970, Y DEL INCISO J) DEL ARTÍCULO 244 DE LA LEY N.º 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DEL 10 DE ABRIL DE 1996; LEY PARA ELIMINAR EL BENEFICIO DE BRAZALETE ELECTRÓNICO EN DELITOS CON ARMAS
DECRETO LEGISLATIVO N.º 10900
EXPEDIENTE N.º 25.158
SAN JOSÉ - COSTA RICA
10900
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
REFORMA DEL INCISO 2) DEL ARTÍCULO 57 BIS DE LA LEY N.º 4573, CÓDIGO PENAL, DEL 4 DE MAYO DE 1970, Y DEL INCISO J) DEL ARTÍCULO 244 DE LA LEY N.º 7594, CÓDIGO PROCESAL PENAL, DEL 10 DE ABRIL DE 1996; LEY PARA ELIMINAR EL BENEFICIO DE BRAZALETE ELECTRÓNICO EN DELITOS CON ARMAS
ARTÍCULO 1- Se reforma el inciso 2) del artículo 57 bis de la Ley 4573, Código Penal, del 4 de mayo de 1970. El texto es el siguiente:
Artículo 57 bis- El arresto domiciliario con monitoreo electrónico es una sanción penal en sustitución de la prisión y tendrá la finalidad de promover la reinserción social de la persona sentenciada con base en las condiciones personales y sociales reguladas para la fijación de la pena. Para facilitar la reinserción social de la persona sentenciada, las autoridades de ejecución de la pena promoverán la educación virtual a distancia mediante el uso del internet.
Al dictar sentencia, el juez tendrá la facultad de aplicarla, siempre que concurran los siguientes presupuestos:
(…)
2- Que no sea por delitos que califiquen como delincuencia organizada, ni delitos sexuales contra personas menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes, ni en los delitos contemplados en los artículos 59 y 74 de la Ley 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, del 30 de abril de 1998.
(…).
ARTÍCULO 2- Se reforma el inciso j) del artículo 244 de la Ley 7594, Código Procesal Penal, del 10 de abril de 1996. El texto es el siguiente:
Artículo 244- Otras medidas cautelares
Siempre que las presunciones que motivan la prisión preventiva puedan ser evitadas razonablemente con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado, el tribunal competente, de oficio o a solicitud del interesado, deberá imponerle en su lugar, en resolución motivada, alguna de las alternativas siguientes:
(…)
j) La imposición de la medida de localización permanente con mecanismo electrónico, siempre y cuando no sea por delitos que califiquen como delincuencia organizada, ni delitos sexuales contra personas menores de edad, ni en delitos en que se hayan utilizado armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes, ni en los delitos contemplados en la Ley 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, del 30 de abril de 1998. Para tal efecto, un día bajo localización permanente con dispositivo electrónico equivale a un día de prisión preventiva. (…).
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los siete días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO
Rodrigo Arias Sánchez Presidente
Carlos Felipe García Molina Gloria Zaide Navas Montero Primer Secretario Segunda Secretaria