# Ley 10974: Concejos municipales deberán fijar prioridades con enfoque de derechos humanos

- Página: https://elcenso.com/leyes/10974
- Tipo: Ley de la República de Costa Rica
- Título oficial: MODIFICACIÓN DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 7794, CÓDIGO MUNICIPAL, DEL 30 DE ABRIL DE 1998
- Estado: Vigente (SINALEVI: Vigente)
- Rige desde: 2026-10-14
- Publicada: 2026-10-14
- La Gaceta: 194
- Expediente: 24880
- Fuente oficial: https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1

## En resumen

La ley 10974 obliga a los concejos municipales a fijar sus prioridades de desarrollo respetando derechos humanos y con perspectiva de género, y les permite crear una oficina con presupuesto para eso.

## A quién le toca

- Los concejos municipales de todo el país, que deben fijar prioridades con respeto a derechos humanos y perspectiva de género
- Las personas habitantes de cada cantón, que deben participar en la definición de prioridades
- Las personas que sufren discriminación en el cantón
- Las oficinas de bienestar de la mujer y oficinas similares que podrían crearse con presupuesto propio

## A quién beneficia

- El concejo municipal puede crear un departamento, unidad u oficina especializada con su respectivo presupuesto anual
- Las prioridades de desarrollo deben adoptarse con participación de las personas habitantes del cantón
- Las políticas municipales deben asegurar el respeto y la promoción de los derechos humanos

## Qué cambia

- Los concejos municipales deben cambiar cómo fijan sus prioridades de desarrollo
- Cada municipalidad decide si crea o no la oficina especializada
- El presupuesto de esa oficina sigue sujeto a la aprobación de la Contraloría General

## Cláusulas a revisar

- **El concejo decide si crea la oficina** (único): El texto usa "podrá aprobar", así que la creación de la oficina especializada queda a discreción de cada concejo. La ley no obliga a crearla. Texto: "Para su cumplimiento, podrá aprobar la creación del departamento, unidad u oficina especializada, con su respectivo presupuesto anual."
- **Presupuesto anual sin monto definido** (único): La ley permite asignar un presupuesto anual a la oficina, pero no fija monto ni fuente de recursos. El dossier no dice cuánto costaría. Texto: "con su respectivo presupuesto anual"

## Explicación

### Qué cambia

La ley 10974 cambia el inciso a) del artículo 13 del Código Municipal. Ahora el concejo de cada municipalidad debe fijar la política y las prioridades de desarrollo del cantón con tres condiciones nuevas. Primero, respetando los derechos humanos de la Constitución, las leyes y los convenios internacionales ratificados. Segundo, incorporando la perspectiva de género para prevenir y eliminar toda forma de discriminación. Tercero, haciéndolo con la participación de las personas habitantes del cantón ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

El concejo también podrá aprobar la creación de un departamento, unidad u oficina especializada para cumplir esas prioridades. Esa oficina tendrá su propio presupuesto anual ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

La ley rige desde su publicación, el 14 de octubre de 2026, en la Gaceta 194, alcance 138 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx).

### A quién le toca

A los concejos municipales de todo el país. Son los cuerpos que deben fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

A las personas habitantes de cada cantón. El texto dice que esas prioridades deben adoptarse mediante la participación de las personas habitantes del cantón ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

A las personas que sufren discriminación. El texto ordena incorporar la perspectiva de género para prevenir y eliminar toda forma de discriminación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

A las oficinas de bienestar de la mujer y oficinas similares. El concejo puede crear un departamento, unidad u oficina especializada con su respectivo presupuesto anual ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

La diputada Alfaro Guerrero Istaru habló en el segundo debate del expediente 24.880, el 17 de setiembre de 2026. Dijo que hablaba como exregidora de la municipalidad de San José y que estas reformas son importantes para integrar la visión de derechos humanos y de perspectiva de género ([video, 02:09:55](https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ&t=7795s)).

La misma diputada explicó el objetivo del proyecto: "lo que se busca con este proyecto es reformar el Código Municipal para que el Consejo Municipal pueda aprobar propuestas reales que tengan presupuesto" ([video, 02:10:22](https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ&t=7822s)).

Sobre las oficinas de la mujer, dijo que son "una herramienta clave y básica para eh los gobiernos locales" ([video, 02:10:36](https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ&t=7836s)). Y agregó que hacen esfuerzos por capacitar a la población en temas de violencia contra la mujer y violencia intrafamiliar ([video, 02:10:51](https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ&t=7851s)).

La votación del segundo debate terminó con 49 votos a favor y cero en contra ([video, 02:13:21](https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ&t=8001s)).

### Cómo está hoy según SINALEVI

La norma está vigente. SINALEVI registra la versión 1 de 1 y no tiene observaciones [\[3\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1).

El texto vigente del inciso a) del artículo 13 del Código Municipal es el que aprobó la ley 10974. SINALEVI lo marca así: "(Así reformado el inciso anterior por el artículo único de la ley N° 10974 del 7 de octubre de 2026)" [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=40197&param2=152716&param3=1).

Hay una diferencia de fechas entre fuentes. La ficha de la Asamblea dice que la ley se publicó el 14 de octubre de 2026 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx). SINALEVI dice que la reforma es del 7 de octubre de 2026 [\[4\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=40197&param2=152716&param3=1). El texto principal indica que la ley rige a partir de su publicación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

### Frente a la Constitución

El artículo 169 de la Constitución dice que la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón está a cargo del Gobierno Municipal ([Constitución, art. 169](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 10974 trabaja dentro de ese marco: le da al concejo una tarea más precisa sobre cómo fijar sus prioridades ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

El artículo 170 dice que las corporaciones municipales son autónomas ([Constitución, art. 170](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley no le quita autonomía al concejo. Le pide cumplir condiciones al fijar sus prioridades y le permite crear una oficina con presupuesto ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

El artículo 33 dice que toda persona es igual ante la ley y que no podrá practicarse discriminación alguna contraria a la dignidad humana ([Constitución, art. 33](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley 10974 ordena incorporar la perspectiva de género para prevenir y eliminar toda forma de discriminación ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)). El Censo no encontró choque entre estas dos normas.

El artículo 175 dice que las municipalidades dictan sus presupuestos y que necesitan la aprobación de la Contraloría General para entrar en vigencia ([Constitución, art. 175](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La ley permite crear una oficina con su presupuesto anual, pero no exime ese presupuesto del control de la Contraloría ([art. único](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1)).

El Censo no encontró un choque directo entre la ley 10974 y los artículos revisados de la Constitución.

### Qué puede hacer usted

Si un concejo municipal fija prioridades sin respetar derechos humanos o sin participación de los habitantes, puede presentar un recurso de amparo. Procede contra toda disposición o acuerdo de servidores públicos que viole o amenace violar derechos fundamentales ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

El amparo lo puede interponer cualquier persona. Se plantea contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio ([guía, p. 22](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)).

Puede presentar una acción de inconstitucionalidad contra la ley o contra un acuerdo municipal que infrinja la Constitución ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)). Para eso necesita un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando defienda intereses difusos.

Puede denunciar ante la Contraloría General un manejo irregular de recursos públicos. La Contraloría revisa y aprueba presupuestos de municipalidades ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)). Las denuncias se presentan en la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional.

Puede quejarse ante la Defensoría de los Habitantes por mal funcionamiento de un servicio público. Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja ([guía, p. 71](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)).

Puede pedir un cabildo. Es la reunión pública del Concejo Municipal a la que los habitantes del cantón son invitados a participar para discutir asuntos de interés para la comunidad ([guía, p. 37](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=37)).

Puede proponer una reforma por iniciativa popular. El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuántas municipalidades ya tienen una oficina de bienestar de la mujer ni cuántas la crearían con esta ley.

El dossier no dice cuánto costaría la oficina especializada en cada municipalidad.

El dossier no aclara por qué la ficha de la Asamblea da el 14 de octubre de 2026 como fecha de publicación y SINALEVI da el 7 de octubre de 2026 como fecha de la reforma.

## Frente a la Constitución

La ley 10974 trabaja dentro del marco de los artículos 169, 170, 33 y 175 de la Constitución. El Censo no encontró un choque directo.

## Qué puede hacer usted

- Recurso de amparo: Lo puede interponer cualquier persona contra el servidor o titular del órgano que aparece como presunto autor del agravio (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=22)
- Acción de inconstitucionalidad: Requiere un asunto pendiente ante los tribunales o en la vía administrativa, salvo cuando se defiendan intereses difusos (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)
- Denuncia ante la Contraloría General: En la Plataforma de Servicios en Sabana Sur, al teléfono 2501-8025 o por el portal institucional (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Queja ante la Defensoría de los Habitantes: Cualquier persona que habite en Costa Rica puede presentar la queja (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=71)
- Cabildo: El Concejo Municipal acuerda la consulta popular con asesoría del Tribunal Supremo de Elecciones (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=37)
- Iniciativa popular: El proyecto se tramita por los procedimientos legislativos ordinarios y debe votarse en un plazo máximo de dos años (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Leyes que reforma

- Ley 7794, CODIGO MUNICIPAL: MODIFICA EL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13

## Fuentes

1. Ley 10974: MODIFICACIÓN DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 7794, CÓDIGO MUNICIPAL, DEL 30 DE ABRIL DE 1998. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2026-10-14. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaLeyes.aspx
2. Plenario Legislativo, Sesión Ordinaria #67, 17 Setiembre 2026. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2026-09-18. https://www.youtube.com/watch?v=n7kRHkHWocQ
3. Ley 10974 en SINALEVI: Reforma Código Municipal (Vigente, Versión de la norma: 1 de 1). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 07/10/2026. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=108073&param2=152715&param3=1
4. Ley 7794: Código Municipal (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 30/04/1998. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=40197&param2=152716&param3=1
5. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
6. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 7794,
CÓDIGO MUNICIPAL, DEL 30 DE ABRIL DE 1998

LEY N.º 10974

EXPEDIENTE N.º 24.880

SAN JOSÉ - COSTA RICA

10974

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

MODIFICACIÓN DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 7794, CÓDIGO MUNICIPAL, DEL 30 DE ABRIL DE 1998

### ARTÍCULO ÚNICO- Se modifica el inciso a) del artículo 13 de la Ley 7794, Código Municipal, del 30 de abril de 1998. El texto es el siguiente:

### Artículo 13- Son atribuciones del concejo:

Fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio, conforme al programa de gobierno inscrito por la alcaldía municipal para el período por el cual fue elegida y mediante la participación de las personas habitantes del cantón. Estas políticas y prioridades deben adoptarse asegurando el respeto, protección, garantía y promoción de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, leyes y convenios internacionales ratificados, e incorporando de manera transversal la perspectiva de género para prevenir y eliminar toda forma de discriminación. Para su cumplimiento, podrá aprobar la creación del departamento, unidad u oficina especializada, con su respectivo presupuesto anual.

(…).

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los diecisiete días del mes de setiembre del año dos mil veintiséis.

COMUNÍQUESE AL PODER EJECUTIVO

6724658418300

-2449-172400

Publicación: 14-10-2026 Gaceta: 194 Alcance: 138

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/10974). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.