# Expediente 22494: Proyecto para prestar en colones a las pymes se archivó por vencimiento

- Página: https://elcenso.com/leyes/22494
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: REFORMA A LA LEY N° 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS, PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA Y PERMITIR QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS TENGAN ACCESO A CRÉDITOS EN MONEDA NACIONAL MEDIANTE EL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
- Publicada: 2021-05-18
- La Gaceta: 94
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El expediente 22494, que proponía bajar el peaje bancario en colones para que las pymes recibieran créditos en moneda nacional, venció el 1 de mayo de 2025 y quedó archivado.

## A quién le toca

- Las micro, pequeñas y medianas empresas que buscan crédito en colones
- El Banco Nacional de Costa Rica y el Banco de Costa Rica, que administran el Fondo de Crédito para el Desarrollo
- Los bancos privados que trasladan el peaje bancario

## A quién beneficia

- Las pymes tendrían acceso a más crédito en la moneda en que reciben sus ingresos
- Los bancos estatales dejarían de acumular dólares que no pueden prestar
- Los bancos privados trasladarían 5 puntos porcentuales menos de sus captaciones

## Qué cambia

- El proyecto no es ley: venció el 1 de mayo de 2025 y se archivó el 22 de mayo de 2025
- El porcentaje del peaje bancario en colones bajaría del 15% actual al 10% propuesto
- El expediente nunca llegó a primer debate

## Explicación

El proyecto de ley 22494 ya no está en trámite. Venció su plazo de cuatro años el 1 de mayo de 2025 y la Asamblea archivó el expediente el 22 de mayo de 2025 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

### Qué propone

El proyecto propone cambiar un solo artículo de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, la Ley 1644 ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Ese artículo obliga a los bancos privados a mantener un saldo de préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo. Hoy ese saldo es del 17% de sus captaciones a 30 días o menos, en colones o en dólares [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=9925&param2=147899&param3=1).

La reforma propone que, si todos los depósitos son en colones, el porcentaje baje al 10% ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El texto actual de la Ley 1644 fija ese mismo caso en un 15% [\[2\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=9925&param2=147899&param3=1). El proyecto también mantiene la excepción de encaje para los recursos que reciben los bancos estatales administradores.

La exposición de motivos explica el problema. Los bancos privados pueden trasladar el peaje bancario en dólares. Los bancos estatales deben devolverlo en la misma moneda ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Eso deja al Sistema de Banca para el Desarrollo con dólares que no puede prestar. Según el texto, solo el 3% de esos recursos en dólares se usa y el 97% queda sin prestar.

El objetivo declarado es que el Banco Nacional de Costa Rica y el Banco de Costa Rica presten más en colones a las pymes ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El expediente está archivado. La Asamblea recibió el proyecto el 1 de mayo de 2021 y lo publicó en La Gaceta el 18 de mayo de 2021 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El 5 de agosto de 2021 se asignó a comisión y se informó al Plenario [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El 12 de agosto de 2021 llegó a la Comisión de Asuntos Económicos. El 17 de agosto de 2021 entró en el orden del día de esa comisión.

El 22 de mayo de 2025 la comisión archivó el expediente por vencimiento del plazo cuatrienal del artículo 119 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Ese mismo día se archivó en el Plenario.

El proyecto nunca llegó a primer debate. Para ser ley le faltaba el dictamen de la comisión, el debate en Plenario y la aprobación en dos debates ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos de la Constitución que están en el dossier. La reforma toca porcentajes de crédito entre bancos privados y estatales. No toca presupuesto, tributos ni derechos fundamentales.

El artículo 50 de la Constitución dice que el Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La exposición de motivos del proyecto dice que busca reactivar la economía y dar crédito a las pymes ([art. único](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). En ese punto, el texto calza con el artículo 50.

El artículo 176 pide una gestión pública sostenible, transparente y responsable ([Constitución, art. 176](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto no cambia reglas de presupuesto ni de rendición de cuentas. No se ve choque ahí.

El artículo 121 da a la Asamblea la potestad de dictar y reformar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La reforma a la Ley 1644 entra en esa potestad. El trámite se detuvo por el plazo del artículo 119, no por un problema de constitucionalidad.

### Qué puede hacer usted

El expediente está archivado. Las herramientas de la guía sirven para pedir información o para empujar un proyecto nuevo.

1. Pedir información sobre el expediente. La Oficina de Iniciativa Popular brinda información sobre el estado de tramitación de los proyectos de ley ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). Puede preguntar por qué se archivó el 22494 y si hay un proyecto nuevo sobre el mismo tema.

2. Presentar una propuesta de ley. La Asamblea tiene un formulario web para que la población presente propuestas ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). No hace falta el texto completo. Basta con plantear la idea de forma sencilla. Esa vía no garantiza que la propuesta se discuta ni se vote.

3. Hablar con diputados. La guía recomienda entrevistas con los diputados para argumentar a favor o en contra de un proyecto ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)). Sirve si se presenta un proyecto nuevo sobre el mismo tema.

4. Usar la iniciativa popular. La guía explica que un proyecto de iniciativa popular necesita firmas y revisión del Tribunal Supremo de Elecciones ([guía, p. 26](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)). Luego la Asamblea debe votarlo en un plazo máximo de dos años.

### Lo que no sabemos

- No se sabe cuántos recursos en dólares y en colones tenía el Sistema de Banca para el Desarrollo al 31 de enero de 2021. El texto menciona una consulta a sbdcr.com, pero no incluye las cifras.
- No se sabe por qué la comisión no dictaminó el proyecto entre 2021 y 2025.
- No se sabe si existe un proyecto nuevo con el mismo objetivo.
- No hay grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre la reforma y los artículos constitucionales del dossier. El proyecto calza con el artículo 50, que pide estimular la producción y repartir la riqueza.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información a la Oficina de Iniciativa Popular: Preguntar por el estado del expediente 22494 y si hay un proyecto nuevo sobre el mismo tema (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Presentar una propuesta de ley por formulario web: Llenar el formulario en la página de la Asamblea. No hace falta el texto completo, basta con la idea (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Hablar con diputados: Entrevistas con los diputados para argumentar a favor o en contra con motivos de fondo (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)
- Iniciativa popular: Reunir las firmas, el TSE las revisa y traslada el proyecto a la Asamblea, que debe votarlo en dos años (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=26)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 22494: REFORMA A LA LEY N° 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS, PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA Y PERMITIR QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS TENGAN ACCESO A CRÉDITOS EN MONEDA NACIONAL MEDIANTE EL SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-05-18. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Ley 1644: Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 26/09/1953. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=9925&param2=147899&param3=1
3. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf
4. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

REFORMA A LA LEY N.° 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS, PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA Y PERMITIR QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
TENGAN ACCESO A CRÉDITOS EN MONEDA NACIONAL
MEDIANTE EL SISTEMA DE BANCA PARA
EL DESARROLLO

Ivonne acuña cabrera
DIPUTADA

EXPEDIENTE N.° 22.494

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud de la proponente, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY

REFORMA A LA LEY N.° 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS, PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA Y PERMITIR QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
TENGAN ACCESO A CRÉDITOS EN MONEDA NACIONAL
MEDIANTE EL SISTEMA DE BANCA PARA
EL DESARROLLO

Expediente N.º 22.494

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El Sistema Banca para el Desarrollo (SBD)

El Sistema de Banca para Desarrollo (Ley No. 9274) es un mecanismo orientado a financiar e impulsar proyectos viables y factibles de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Este sistema cuenta con 3 fuentes de recursos:

1- El Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (FINADE), cuyos fondos provienen de presupuestos públicos y otros fideicomisos.

2- El Fondo de Crédito para el Desarrollo (FCD) que se compone del dinero proveniente del 17% de las captaciones a la vista que realizan los bancos privados.

3- El Fondo de Financiamiento para el Desarrollo (FOFIDE), compuesto por el 5% de las utilidades netas anuales de los bancos estatales y que son administrados por cada Banco.

El Fondo de Crédito para el Desarrollo (FCD)

Al FDC se le llama popularmente “peaje bancario”, y corresponde al 17% de las captaciones a menos de 30 días que los bancos privados deben trasladar a los Bancos Estatales para el SBD.

En lugar de trasladar los recursos del peaje bancario a los bancos estatales, los bancos privados tienen la opción de otorgar ellos mismos el 10% de sus captaciones como créditos del SBD. Sin embargo, la mayoría de los bancos privados prefieren trasladar los recursos a la banca estatal para que sean ellos quienes administren los recursos y coloquen los créditos, ya que el proceso para que ellos otorguen los créditos conlleva:

1- Gran cantidad de trámites.

2- El proceso no es inmediato, es paulatino.

3- Deben mantener sucursales en varias zonas del país para la atención de las solicitudes de crédito.

4- Las sanciones por no cumplimiento de los requisitos son elevadas.

La problemática actual del peaje bancario en el SBD

La Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional N.° 1644, permite que los bancos privados trasladen recursos del peaje bancario en dólares.

Los bancos estatales como administradores del SBD, deben devolver los recursos (incluido el interés correspondiente) en la moneda en que los bancos privados trasladaron el peaje al SBD.

Esto provoca que el SBD acumule recursos en dólares, que no puede colocar como créditos en dólares. Esto podemos verlo a continuación mediante la consulta realizada en https://www.sbdcr.com/

Recursos disponibles en colones en el SBD al 31/01/2021:

Recursos disponibles en dólares en el SBD al 31/01/2021:

Esta acumulación ocurre porque el traslado de peaje bancario en dólares obliga al BNCR y al BCR a colocar esos recursos como créditos a las PYMES en dólares. Si un banco estatal presta en colones lo que los bancos privados le trasladaron en dólares, el banco estatal asumiría el riesgo cambiario porque tiene que devolver a los bancos privados en moneda extranjera.

Dado que la gran parte de las PYMES tienen ingresos en colones, si toman créditos en dólares asumirían ellas el riesgo cambiario. Son pocas las PYMES que tienen ingresos en dólares. Sólo existen algunas empresas exportadoras y otras son del sector turismo que juntas hacen uso del 3% de los recursos en dólares disponibles, quedando el 97% de los recursos en dólares sin poderse prestar.

Por tanto, el objetivo de esta iniciativa es aumentar la eficiencia del Sistema de Banca para el Desarrollo de manera que los recursos del peaje bancario proveniente de los bancos privados sean trasladados a los bancos estatales en moneda nacional. El proyecto permite que el BCNR y el BCR puedan dar más créditos en colones a las PYMES.

En otras palabras, el propósito de esta iniciativa es que el BNCR y el BCR dejen de acumular dólares que no pueden prestar. El proyecto permite, además, que las PYMES se beneficien al tener acceso a créditos en la moneda que ellos reciben sus ingresos. Para lograr estos objetivos, la propuesta es estimular a los bancos privados para que trasladen la totalidad del peaje bancario a los bancos estatales en colones.

Lo anterior se logra homologando el porcentaje del peaje bancario en colones, con el porcentaje al que los bancos privados podrían prestar como Banca para el Desarrollo.

Con el proyecto:

- Los bancos estatales no incurren en gastos de administración de fondos en dólares que sólo les genera pérdidas porque no los pueden prestar y además deben devolverlo con intereses a los bancos privados.

- Los bancos privados trasladan a los bancos estatales 5 puntos porcentuales menos de sus captaciones. Esto aumenta la liquidez del sistema bancario, permitiendo que los bancos privados tengan más recursos disponibles para otorgar otros créditos (distintos a los de Banca para el Desarrollo pero que de igual manera contribuye con la reactivación económica).

- Las pequeñas y medianas empresas se benefician porque tienen acceso a más crédito y en moneda nacional. Esto permite un aumento en la producción nacional y una reducción del desempleo.

Lo anterior es particularmente importante para las PYMES, ya que son las empresas que más se han visto más perjudicadas con la pandemia. El proyecto permite que las PYMES cuenten con recursos que les permita continuar con su actividad económica y que los trabajadores conserven su empleo.

Con base en todos los aspectos supra señalados, y convencidos que este proyecto de ley mejorará la asignación de créditos a las micro, pequeñas y medianas empresas al tener acceso a crédito en moneda nacional, presento a consideración de las Señoras y Señores Diputados el texto que a continuación se indica.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

REFORMA A LA LEY N.° 1644, LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y SUS REFORMAS, PARA REACTIVAR LA ECONOMÍA Y PERMITIR QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
TENGAN ACCESO A CRÉDITOS EN MONEDA NACIONAL
MEDIANTE EL SISTEMA DE BANCA PARA
EL DESARROLLO

### ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el inciso i) del Artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y sus reformas, Ley N.º 1644, para que en adelante se lea de la siguiente forma:

i) Mantener permanentemente un saldo de préstamos en el Fondo de Crédito para el Desarrollo equivalente a un diecisiete por ciento (17%) de sus captaciones totales a plazos de treinta días o menos, tanto en moneda nacional como extranjera, una vez deducido el encaje correspondiente. En caso de que la totalidad de los depósitos se realice en moneda nacional, el porcentaje será únicamente de un diez por ciento (10%) sobre la misma base de cálculo. Los recursos recibidos por el o los bancos estatales administradores, de las entidades privadas, se exceptúan del requerimiento del encaje mínimo legal, para las operaciones que realicen el o los bancos administradores, según lo establecido en el artículo 36 de la Ley N.° 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo, de 23 de abril de 2008, y sus reformas.

Rige a partir de su publicación.

Ivonne Acuña Cabrera
Diputada

12 de mayo 2021

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/22494). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.