RECOPE ya donó el terreno para el camino de Peralta
La Ley 10689 autoriza a RECOPE a donar 4.456 m² a la Municipalidad de Turrialba para abrir un camino entre Peralta y la ruta 415.
Título oficial AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TURRIALBA
Atención: La ley vigente agrega a la Municipalidad la obligación de garantizar el acceso de RECOPE al oleoducto y a sus válvulas de seguridad dentro del terreno donado.
A quién le toca
- A los vecinos del distrito de Peralta, en Turrialba, que hoy usan un trayecto alterno más largo para salir a la ruta 415.
- A la Municipalidad de Turrialba, que recibe el terreno y debe construir y mantener el camino.
- A RECOPE, que conserva obligaciones de acceso a su oleoducto y válvulas dentro del terreno donado.
A quién beneficia
- Peralta tendría un camino público directo hacia la carretera nacional 415.
- La Municipalidad de Turrialba recibe 4.456 m² sin pagar impuestos, tasas ni contribuciones por la escritura.
- RECOPE mantiene el acceso libre y rápido a su oleoducto y a las válvulas de seguridad.
Qué cambia
- La Municipalidad solo puede usar el terreno para el camino público; otro uso queda fuera de la ley.
- La Municipalidad debe cuidar las válvulas y el oleoducto de RECOPE dentro del terreno.
- La Notaría del Estado puede corregir medidas, linderos y errores registrales del inmueble.
La explicación completa
El proyecto del expediente 22527 ya es ley. La Asamblea Legislativa lo convirtió en la Ley 10689, publicada y vigente desde el 24 de abril de 2025 1.
Qué propone
La ley autoriza a RECOPE a segregar y donar un lote de 4.456 m² a la Municipalidad de Turrialba (art. 1). El terreno está en el distrito de Peralta, cantón de Turrialba, provincia de Cartago, y sale de la finca 63719-000.
El destino es uno solo: habilitar un camino público de la red vial cantonal que una Peralta con la carretera nacional 415 (art. 3). La Municipalidad no puede darle otro uso.
La ley también autoriza a la Notaría del Estado a hacer la escritura de donación. Esa escritura no paga impuestos, tasas ni contribuciones (art. 4).
El texto aprobado cambió frente al proyecto original. La Ley 10689 fija otros linderos: al norte con el Instituto de Desarrollo Rural y RECOPE; al sur, al este y al oeste con RECOPE y con camino público 1.
La ley vigente agrega una obligación a la Municipalidad. Debe garantizar el libre y rápido acceso de RECOPE al paso del oleoducto y a las válvulas de seguridad. Tampoco puede hacer nada que afecte esas válvulas ni el oleoducto 1.
El proyecto original desafectaba el terreno de su uso actual (art. 2). La ley vigente cambia ese artículo: al terreno se le suma el uso público de camino para la red vial cantonal 1.
En qué va el trámite
El trámite terminó. El expediente 22527 pasó por la Comisión de Asuntos Municipales, que dictaminó el 9 de febrero de 2022 2. La Ley 10689 está vigente desde el 24 de abril de 2025 1.
El proyecto se presentó el 1 de junio de 2021 y vencía el 1 de junio de 2025 por el plazo cuatrienal 2. La ley se publicó antes de ese vencimiento.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró choque entre la Ley 10689 y los artículos de la Constitución que están en el dossier.
El artículo 45 protege la propiedad y permite privar a alguien de ella por interés público comprobado, con indemnización previa Constitución, art. 45. Aquí no hay privación forzosa: RECOPE dona el terreno por autorización de la ley. La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes Constitución, art. 121.
El artículo 169 pone la administración de los intereses locales a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. La ley le da el terreno a la Municipalidad de Turrialba para un camino cantonal, lo que calza con esa función. El artículo 170 reconoce la autonomía municipal Constitución, art. 170.
Qué puede hacer usted
La ley ya está publicada. Las herramientas de la guía sirven para vigilar que se cumpla.
Puede pedir información a la Municipalidad de Turrialba sobre el estado de la donación y la obra del camino. La guía describe la contraloría de servicios como la vía para presentar gestiones ante una institución pública guía, p. 119.
Si sospecha un manejo irregular de fondos públicos en la donación o en la obra, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. La guía explica que la CGR fiscaliza empresas públicas como RECOPE y municipalidades guía, p. 68.
La denuncia se presenta en la Plataforma de Servicios o el Área de Denuncias e Investigaciones, en Sabana Sur. También por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr guía, p. 68.
Lo que no sabemos
El dossier no dice si la Notaría del Estado ya firmó la escritura de donación.
El dossier no dice si la Municipalidad de Turrialba ya construyó el camino.
El dossier no incluye el plano catastrado C-2244422-2020 ni su contenido.
La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente
La ley usa la potestad legislativa para autorizar una donación de RECOPE a la Municipalidad de Turrialba, con un destino fijo de camino cantonal. El Censo no encontró choque con los artículos del dossier.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
Esta ley, art. 1"Se autoriza a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (Recope)"
Sin choque aparente La Asamblea Legislativa tiene la potestad de dictar la ley que autoriza la donación de un bien de una empresa pública.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Fuentes
- Ley 10689: Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (RECOPE), para que segregue y done un terreno de su propiedad a la Municipalidad del Cantón de Turrialba (Vigente)
- Expediente 22527: AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TURRIALBA
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Límites de esta investigación
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-08. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TURRIALBA
PABLO HERIBERTO ABARCA MORA Y OTROS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DPUTADAS
EXPEDIENTE N° 22.527
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
NOTA: A solicitud de las partes interesadas, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley PROYECTO DE LEY
AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TURRIALBA
Expediente N° 22.527
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Sin caminos no hay progreso, los caminos son las vías por las cuales se mueven las actividades económicas y humanas, hoy en día la calidad de vida de una región está directamente sujeta al nivel de desarrollo de su sistema vial, siendo esta un insumo básico para el desarrollo de las comunidades, fomentando las actividades productivas, y estimulando el arraigo y la organización de los asentamientos humanos.
El desarrollo del sistema vial no solo se convierte en plataforma del desarrollo local, además brinda acceso a la educación, centros de salud, destinos turísticos, tierras cultivables, lugares de trabajo, siendo un importante facilitador para la realización de las actividades culturales y sociales de las comunidades y dinamizando las actividades económicas y sociales. Desde esa perspectiva el acrecentamiento de la red vial cantonal implica una gran oportunidad de atender los requerimientos de infraestructura vial que demandan las comunidades para llevar a cabo sus expectativas para el progreso y merece la máxima atención de las autoridades.
Peralta es el distrito tercero, del cantón de Turrialba, de la provincia de Cartago, y presenta un fuerte crecimiento productivo, principalmente en el campo agropecuario lo que genera un crecimiento económico, y requiere de una mayor movilidad de sus habitantes tanto hacia la cabecera del cantón como al resto del país, sin embargo, la carencia de infraestructura vial es un factor que se convierte en un obstáculo para la consolidación de sus actividades productivas.
En junio del año 2015 este distrito se vio fuertemente afectado por el aumento de las lluvias que azotaron el sector Caribe de Costa Rica, lo que provocó la desaparición de un tramo del camino que comunicaba Peralta con la ruta nacional 415, situación que desde entonces ha perjudicado a esta población, que se ve en la necesidad de transitar por un trayecto alterno de distancia mucho mayor para la realización de muchas de sus actividades básicas.
En virtud de lo anterior y de la necesidad de gestionar recursos nacionales para apoyar el desarrollo de una mejor infraestructura vial que brinde a la población de Peralta, la posibilidad de sacar sus productos, y la atención a su demanda de servicios, nace el presente proyecto de Ley con el objetivo de realizar la segregación de un terreno propiedad de la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (RECOPE) cédula jurídica número tres-uno cero uno- cero cero siete siete cuatro nueve (3-101-007749), y donarlo a la Municipalidad de Turrialba, cédula de persona jurídica tres- cero uno cuatro- cero cuatro dos cero ocho ocho (N.° 3-014-042088), para la habilitación de un camino público que comunique el distrito de Peralta con la ruta nacional 415.
El terreno a segregar cuenta con una extensión de cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis metros cuadrados (4.456 m²), y se encuentra ubicado en el distrito 3° Peralta del cantón 5° Turrialba de la provincia 3° Cartago, según plano catastrado C-2244422-2020, y que es parte de la finca de la provincia de Cartago número seis tres siete uno nueve – cero cero cero (63719-000). El traslado de dominio del terreno a ser parte de la red vial Cantonal de la Municipalidad de Turrialba, garantiza el aprovechamiento de este, lo que impactará de manera positiva a la comunidad peralteña que se encuentra a la espera de contar con una vía de transporte y comunicación acorde a sus necesidades.
La red vial cantonal de Turrialba requiere de una atención impostergable por parte de las autoridades, es por esta razón que como Diputados de la República estamos en la obligación de ser generadores de progreso, y el presente proyecto de ley, se convierte en una herramienta necesaria para que, mediante el aprovechamiento de recursos del estado, la autoridad local pueda fungir como facilitador del desarrollo local y satisfacer las demandas de sus comunidades.
Así las cosas, por las razones expuestas, y con el objetivo de solucionar el problema de falta de infraestructura vial que conecte el distrito de Peralta con el resto del país, se presenta a la corriente legislativa el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO SOCIEDAD ANÓNIMA (RECOPE) PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE TURRIALBA
ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (Recope), cédula jurídica número tres-uno cero uno- cero cero siete siete cuatro nueve (3-101-007749), para que segregue y done a la Municipalidad de Turrialba, cédula de persona jurídica tres- cero uno cuatro- cero cuatro dos cero ocho ocho (N.° 3-014-042088), un lote que mide cuatro mil cuatrocientos cincuenta y seis metros cuadrados (4.456 m²), de conformidad con las descripciones que constan en el plano catastrado C-2244422-2020, que es parte de la finca inscrita en el Registro Público de la propiedad, provincia de Cartago, matrícula seis tres siete uno nueve – cero cero cero (63719-000), situado en la provincia de Cartago, cantón Turrialba, distrito Peralta, finca madre que limita al norte con Gilberto Bell Arrieta ,Guillermo Solano Solano, y Pedro Matarrita Matarrita, al sur con Rio Torito, al este con Pedro Matarrita Matarrita, y al Oeste con Rio Torito.
ARTÍCULO 2- Se desafecta de su uso actual el terreno donado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3- El terreno donado lo destinará la Municipalidad exclusivamente para la habilitación de un camino público de la red vial cantonal de Turrialba que comunique el distrito de Peralta (distrito tres) y la carretera nacional 415.
ARTÍCULO 4- Se autoriza a la Notaría del Estado para que formalice todos los trámites de esta donación mediante la elaboración de la escritura correspondiente, la cual estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones. Además, queda facultada expresamente, la Notaría del Estado, para que actualice y corrija la situación, la medida, los linderos y cualquier otro error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
Pablo Heriberto Abarca Mora Luis Fernando Chacón Monge
Paola Alexandra Valladares Rosado Sylvia Patricia Villegas Álvarez
Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández Mario Castillo Méndez
Laura Guido Pérez Diputados y diputadas
08 de junio de 2021
NOTAS: Este Proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.