Archivado el plan para que el Conavi arregle las entradas a los parques nacionales
El proyecto 22.534 murió por vencimiento del plazo de cuatro años sin llegar al plenario: buscaba convertir en rutas nacionales los caminos de ingreso a los parques para que el Conavi, y no las municipalidades, los mantuviera.
Título oficial LEY PARA DECLARAR COMO RUTAS NACIONALES LAS VÍAS DE INGRESO A PARQUES NACIONALES
Atención: El proyecto está archivado, pero su artículo 2 obligaba a las municipalidades a coordinar con el Conavi el mantenimiento de caminos, lo que toca la autonomía municipal del artículo 170.
La letra pequeña
Encontramos 2 artículos que no calzan con lo que el título de la ley promete. Cada uno viene con la frase exacta de la ley, para que usted juzgue.
El permiso está escrito en palabras tan amplias que casi no tiene límite.
A quién le sirve: SINAC
El artículo 4 deja que las estaciones del SINAC definan las rutas y las amplíen con criterio técnico, sin fijar un límite en la ley.
Las rutas de acceso a Parques Nacionales serán definidas por las estaciones del SINAC y se podrán ampliar según se estime necesario mediante un criterio técnico que así lo justifique
4, texto oficial
Esto lo encontró un programa que leyó el texto completo de la ley y lo comparó con su título. No es una acusación ni una opinión legal. Lea la cita y el texto original y saque su propia conclusión.
A quién le toca
- A las personas que visitan parques nacionales por caminos de lastre en mal estado.
- A las municipalidades que hoy tienen a cargo rutas cantonales de acceso a parques.
- A las comunidades cercanas a los parques que viven del turismo.
- A los vecinos de Corcovado y del Parque Internacional La Amistad, que aparecían como prioridad.
A quién beneficia
- El Conavi y el MOPT quedarían a cargo del mantenimiento de las rutas de acceso a parques.
- Las rutas en estado malo y regular tendrían prioridad según criterio técnico del SINAC.
- El MINAE, el ICT y el INDER podrían destinar recursos a esas rutas.
- Corcovado y La Amistad serían obras prioritarias por su condición fronteriza.
Qué cambia
- El proyecto está archivado y no puede convertirse en ley en esta forma.
- El texto no creaba un fondo nuevo: ordenaba coordinar el uso del impuesto a los combustibles ya repartido.
- La coordinación obligatoria entre municipalidad y Conavi toca la autonomía municipal del artículo 170.
- El expediente venció el 8 de junio de 2025 y se archivó el 19 de mayo de 2026.
La explicación completa
El proyecto de ley 22.534 está archivado. La Asamblea Legislativa lo envió al archivo por vencimiento del plazo cuatrienal del artículo 119 y ya no puede convertirse en ley en esta forma 1. Se llamaba "Ley para declarar como rutas nacionales las vías de ingreso a parques nacionales" y lo presentaron la diputada Carmen Irene Chan Mora y el diputado Harllan Hoepelman Paez el 9 de junio de 2021 (art. 1).
Qué propone
El proyecto proponía meter los caminos de entrada a los parques nacionales dentro de la red vial nacional. Para eso reformaba el artículo 1 de la Ley General de Caminos Públicos N° 5060, que clasifica los caminos según quién los administra (art. 1). En la lista de carreteras secundarias agregaba "las rutas de acceso a las estaciones de ingreso a Parques Nacionales".
La idea de fondo era que el mantenimiento dejara de depender de las municipalidades. El texto dice que algunos gobiernos locales alegan no tener presupuesto para obras viales en el acceso a los parques, porque no las consideran prioritarias (art. 1). Con el cambio, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Conavi quedarían a cargo de esas vías, en coordinación con la municipalidad de cada cantón.
El artículo 2 agregaba un párrafo al artículo 5 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias N° 8114. Ese artículo reparte el impuesto único a los combustibles: 48,60% para el Ministerio de Hacienda, que lo gira a las instituciones (art. 2). Del total, 21,75% va al Conavi y 22,25% a las municipalidades. El párrafo nuevo ordenaba que "La municipalidad correspondiente y el CONAVI coordinarán esfuerzos para la conservación, el mantenimiento rutinario, el mantenimiento periódico, el mejoramiento y la rehabilitación de las rutas de acceso a Parques Nacionales".
El artículo 3 autorizaba al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y al Instituto de Desarrollo Rural (INDER) a incluir en su planificación recursos financieros y humanos para esas rutas, con el fin de incentivar el turismo, el desarrollo local y la investigación (art. 3).
El artículo 4 ponía primero los caminos en mal estado. Tendrían prioridad las rutas de acceso con condición "mala y regular" según criterio técnico del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) (art. 4). También serían obras prioritarias las mejoras al Parque Nacional Corcovado y al Parque Internacional La Amistad, por su condición fronteriza y seguridad nacional. Las rutas las definirían las estaciones del SINAC y se podrían ampliar con criterio técnico.
El texto justificaba la propuesta con datos del SINAC: Costa Rica tiene 30 parques nacionales y 43 rutas de ingreso. De ellas, una es un sendero, dos son marítimas y cuarenta son terrestres. Dieciséis están pavimentadas y en buenas condiciones, veinte están en lastre y regulares, y cuatro están en mal estado (art. 1).
En qué va el trámite
El expediente está en el archivo. La ficha del Sistema de Información Legislativa registra el ingreso a la Comisión de Turismo el 18 de agosto de 2021, la votación y el dictamen en comisión el 4 de octubre de 2022, y el archivo por vencimiento del plazo cuatrienal el 19 de mayo de 2026 1. El plazo vencía el 8 de junio de 2025.
El proyecto nunca llegó al plenario para primer debate. La ficha anota que el 5 de agosto de 2021 se asignó a comisión y se informó al plenario, y que el 18 de agosto de 2021 el expediente se remitió a la comisión 1.
Lo que se dijo en la Asamblea
La grabación de la Comisión de Turismo del 11 de octubre de 2022 no trata sobre este proyecto. En esa sesión se habla de guías de turismo y de certificaciones para turismo de aventura. Una persona dice que la propuesta busca que las empresas tengan "gente acreditada como guía de turismo" 00:30:08. Otra persona plantea la duda de pasar de certificaciones a "una certificación jurada que la emite la misma empresa" 00:33:30. La sesión termina a las 19 horas con 10 minutos 01:20:14.
El resto de las grabaciones del dossier tampoco corresponde a este expediente. V2 trata del proyecto 21.640 para declarar el café símbolo nacional 00:00:14. V3 trata de las abstenciones de comparecientes en comisiones 00:00:09.
Frente a la Constitución
El Censo no encontró un choque directo entre el texto y la Constitución del dossier. El artículo 121, inciso 1, da a la Asamblea Legislativa la potestad de "Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica" Constitución, art. 121. Clasificar caminos públicos por ley entra en esa potestad.
Hay una duda sobre la autonomía municipal. El artículo 170 dice que "Las corporaciones municipales son autónomas" y que la ley determinará las competencias que se trasladarán del Poder Ejecutivo a las municipalidades Constitución, art. 170. El artículo 169 pone la administración de los intereses y servicios locales a cargo del Gobierno Municipal Constitución, art. 169. El proyecto no quita la vía a las municipalidades: ordena que la municipalidad y el Conavi coordinen esfuerzos (art. 2). Esa coordinación obligatoria podría chocar con la autonomía que reconoce el artículo 170, pero el texto no la elimina.
El artículo 50 garantiza el derecho a "un ambiente sano y ecológicamente equilibrado" y ordena al Estado garantizarlo, defenderlo y preservarlo Constitución, art. 50. El artículo 89 incluye entre los fines culturales "proteger las bellezas naturales" Constitución, art. 89. Mejorar los accesos a los parques puede leerse como apoyo a esos fines, aunque el texto no lo dice en esos términos.
Qué puede hacer usted
El proyecto está archivado, así que las herramientas de la guía sirven para pedir información o plantear el tema de nuevo, no para incidir en una votación que ya no existe.
-
Pedir información sobre el estado del expediente. La Oficina de Iniciativa Popular brinda información inmediata sobre "el estado de la tramitación de los proyectos de ley" y las actas de Plenario y Comisión guía, p. 27.
-
Presentar una propuesta de ley nueva por el formulario web de la Asamblea. La guía explica que no hace falta el texto completo: "basta con plantear de forma sencilla la propuesta" guía, p. 27. Esa vía no garantiza que la acojan, la discutan o la voten.
-
Hablar con diputados si el tema se vuelve a presentar. La guía recomienda "entrevistas con los diputados proponiendo y argumentando con motivos de fondo" durante la discusión en comisión guía, p. 29.
-
Denunciar ante la Contraloría General de la República si ve un manejo irregular de fondos públicos en caminos o parques. La CGR fiscaliza el uso de fondos públicos y recibe denuncias por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025 guía, p. 68.
Lo que no sabemos
El dossier no dice por qué el proyecto no se votó en el plenario antes del vencimiento.
El dossier no dice cuánto costaría arreglar las rutas de acceso a los parques.
El dossier no dice si el Conavi tiene capacidad para asumir el mantenimiento de esas vías.
El dossier no incluye el dictamen de la Comisión de Turismo del 4 de octubre de 2021.
La Constitución y esta ley, lado a ladoHay dudas
El proyecto cabe en la potestad de la Asamblea para dictar leyes, pero la coordinación obligatoria entre municipalidad y Conavi plantea una duda frente a la autonomía municipal del artículo 170.
Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica"
Esta ley, art. 1"Reforma del artículo 1 de la Ley General de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972 y sus reformas"
Sin choque aparente La Asamblea puede cambiar por ley cómo se clasifican los caminos públicos. El proyecto usa esa potestad.
Constitución, art. 170"Las corporaciones municipales son autónomas."
Esta ley, art. 2"La municipalidad correspondiente y el CONAVI coordinarán esfuerzos para la conservación, el mantenimiento rutinario, el mantenimiento periódico, el mejoramiento y la rehabilitación de las rutas de acceso a Parques Nacionales."
Hay dudas El texto obliga a las municipalidades a coordinar con el Conavi en caminos que hoy son cantonales. Eso podría chocar con la autonomía municipal, aunque el proyecto no les quita la vía.
Constitución, art. 169"La administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal"
Esta ley, art. 1"las rutas de acceso a las estaciones de ingreso a Parques Nacionales"
Hay dudas Pasar rutas cantonales a la red nacional cambia quién administra esos caminos. El artículo 169 pone los servicios locales en manos del Gobierno Municipal.
Constitución, art. 50"Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado."
Esta ley, art. 4"deberá considerarse como obras prioritarias de mejora de ruta de acceso al Parque Nacional Corcovado, y Parque Internacional La Amistad por su condición fronteriza y seguridad nacional"
Sin choque aparente Mejorar accesos a parques puede apoyar la protección ambiental, pero el texto no lo plantea como obligación ambiental.
Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.
Lo que se dijo, minuto a minuto
- 00:30:08
"gente acreditada como guía de turismo"
- 00:33:30
"una certificación jurada que la emite la misma empresa"
- 01:20:14
"no habiendo más asuntos que tratar al ser las 19 horas con 10 minutos se levanta la sesión"
- 00:00:14
"proyecto 21.640 con el fin de que se reconozca el café como símbolo nacional"
- 00:00:09
"la frase me abstengo a declarar ya no podrá ser usada como herramienta para no responder las preguntas de los diputados"
Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.
Fuentes
- Expediente 22534: LEY PARA DECLARAR COMO RUTAS NACIONALES LAS VÍAS DE INGRESO A PARQUES NACIONALES
- Comisión de Turismo, martes 11 de octubre 2022
- DICTAMINAN PROYECTO QUE DECLARA CAFÉ COMO SÍMBOLO PATRIO
- Investigaciones abiertas no serán obstáculo para dar respuestas a diputados
- Constitución Política (texto vigente)
- Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica
Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-08. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.
Texto oficial completo
Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.
Leer el texto completo
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
LEY PARA DECLARAR COMO RUTAS NACIONALES LAS VÍAS DE INGRESO A PARQUES NACIONALES
CARMEN IRENE CHAN MORA Y OTRAS SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS
EXPEDIENTE N° 22.534
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES
NOTA: A solicitud de las partes interesadas, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley PROYECTO DE LEY
LEY PARA DECLARAR COMO RUTAS NACIONALES LAS VÍAS DE INGRESO A PARQUES NACIONALES
Expediente N° 22.534
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Costa Rica se ha caracterizado por sus esfuerzos a favor de la conservación ambiental, y ha apostado al turismo como pieza clave para el progreso, por ser de gran relevancia en el desarrollo económico y social, siendo generador de empleos e integrador de grupos de población vulnerables a sectores productivos, esto por su propia naturaleza en la amplia gama de oportunidades, especialmente de las comunidades receptoras que a través de este logran combatir la pobreza de las regiones, al igual que la construcción de la cohesión social.
En el marco de la promoción del turismo y la conservación se impulsan proyectos y programas con miras al desarrollo de comunidades, distritos y cantones en toda la nación; Costa Rica ha construido una marca verde de renombre mundial, centrada en la conservación, la reforestación y los parques nacionales. Este ha sido un motor importante de crecimiento económico y bienestar para los costarricenses.
El país es conocido por su biodiversidad, ya que a pesar de representar solo el 0,03% del territorio global, posee casi el 5% de la biodiversidad del mundo. Las áreas protegidas, que cubren el 26% del país, han contribuido a reducir la pobreza en las comunidades locales, principalmente a través de nuevas oportunidades de trabajo que ofrece el turismo.
Según cifras de la Cuenta Satélite de Turismo del Banco Central de Costa Rica, la contribución económica del turismo, es de 8.2% del Producto Interno Bruto, lo que significó 4 mil millones de dólares en el año 2019, que, a su vez, genera un aproximado de más de 3 millones de visitantes extranjeros al año, y aporta el 8.8% de todos los empleos del país.
Por su lado, los Parques Nacionales, así como otras clasificaciones de zonas protegidas, se han creado con el fin de preservar la flora y la fauna que contienen, para estudio y disfrute de las generaciones actuales y futuras, para nacionales y extranjeros; el valor ecológico que representa para Costa Rica su conservación es enorme, como el Parque Nacional Corcovado que se considera alberga cerca de 2,5% de la biodiversidad del planeta y el 50% de las especies de Costa Rica.
Es tarea del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), como entidad competente, designar la creación de nuevos parques nacionales, por medio del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y administrar las áreas protegidas a nivel nacional, clasificadas según la regulación vigente aplicable a las Áreas de Conservación y Áreas Silvestres Protegidas.
Según se extrae del Pronunciamiento del Procurador Agrario y Ambiental Lic. Jose Joaquín Barahona Vargas, Dictamen 174 del 8 de septiembre de 1987, se entiende por Parques Nacionales:
Son porciones territoriales de vasta extensión (internacionalmente se recomienda usar la nomenclatura superficies mínimas de mil hectáreas; véase criterios preparados por la U.I.C.N. en Canadá, 1972, punto 3) con ninguna o poca alteración humana, que presentan bellezas paisajísticas, rasgos históricos, o flora y fauna sobresalientes, contentivas de al menos un ecosistema de gran significación, destinadas a conservarse y perpetuarse en su proceso natural, para uso público, propiciando la recreación, educación ambiental e investigación científica controladas. (Dictamen 174 del 08/09/1987, Pronunciamientos PGR)
De acuerdo con información suministrada por el SINAC, Costa Rica cuenta con 30 Parques Nacionales, de los cuales, las entradas a los mismos tienen condiciones diversas, como ingresos vía terrestre, marítima y aérea; y en un buen número de estas, las rutas de acceso vía terrestre se encuentran en mal estado, lo cual dificulta el ingreso a los parques nacionales.
A continuación, se presenta un cuadro resumen de los parques nacionales actualizados a febrero del 2021.
PARQUE NACIONAL SECTORES DE INGRESO VÍAS DE ACCESO (TERRESTRE / AÉREO / MARÍTIMO CONDICIÓN DE LAS VÍAS DE ACCESO VISITACIÓN CANTIDAD DE FUNCIONARIOS
2016 2017 2018 2019 2020
Arenal Volcán Terrestre Pavimento (Bueno) 99,990 106,461 111,286 119,801 49,838 8
Península Terrestre Lastre (Regular)
Braulio Carrillo Quebrada González Terrestre Pavimento (Bueno) 35,480 39 080 26 752 33 919 8401 21
Volcán Barva Terrestre Lastre (Regular)
El Ceibo Terrestre Lastre (Regular)
Juan Castro Blanco Sector Volcán Viejo Terrestre Lastre (Regular) 139 83 61 144
6
El Quetzal Terrestre Lastre (Regular)
Volcán Turrialba Terrestre Lastre (Regular)
1416 6
Volcán Poas Terrestre Pavimento (Bueno) 402,126 143,933 49,785 147,230 85,114 13
Barra Honda Terrestre Lastre (Regular) 5,676 4,080 6,430 5,621 2,707 5
Marino Las Baulas, Guanacaste Terrestre y marino Pavimento (Bueno) 3,423 587 721 259
8
Guanacaste Terrestre Lastre (Regular) 4 38 82 20
9
Rincón de la Vieja Pailas Terrestre Pavimento (Bueno) 69,215 82,135 98,057 103,462 41,376 11
Santa María Terrestre (cerrado al público actualmente) Lastre (Regular)
Santa Rosa Terrestre Pavimento (Bueno) 45,589 48,580 41,755 46,146 19,200 18
Tortuguero Cuatro Esquinas Terrestre y luego acuático Lastre (Regular) 143,534 114,871 136,704 147,466 57,902 21
Jalova Terrestre y luego acuático Lastre (Regular)
Corcovado Sirena Terrestre, marino Por sendero desde la Leona 55,325 1,610 56,794 70,114 27,547 40
San Pedrillo Marino Desde Bahía Drake (Regular a malo)
La Leona Terrestre Lastre (malo) hasta Karate
Los Patos Terrestre Lastre (malo)
Piedras Blancas Terrestre y marino Lastre (malo) 124 222 306 763 262 9
Marino Ballena Colonia Terrestre Pavimento (Bueno) 156,906 167,054 165,875 171,562 127,106 21
Manuel Antonio Terrestre Pavimento (Bueno) 437,430 475,052 524,835 513,050 224,762 16
Cahuita Playa Blanca Terrestre Pavimento (Bueno) 100,792 126,902 126,372 136,430 62,868 8
Puerto Vargas Terrestre Lastre (Bueno)
Chirripó Base Crestones Terrestre Pavimento (Bueno) hasta San Gerardo de Rivas, luego a través de un sendero natural 8,443 15,179 21,079 18,901 6,840 9
Internacional La Amistad Puesto Altamira Terrestre Lastre (regular) 786 807 744 657 646 11
Barbilla Terrestre Lastre (regular)
221 517 204 166 4
Isla del Coco Marino
7,370 17,503 18,540 12,975 4,193 22
Palo Verde Terrestre Lastre (regular) 6,241 8,245 8,312 6,741 3,570 11
Volcán tenorio El pilón Terrestre Pavimento (Bueno) desde Bijagua, Upala 82,485 92,019 112,562 148,062 70,371 8
Volcán Irazú Cráteres Terrestre Pavimento (Bueno) 266,186 343,254 422,947 352,034 188,786 15
Prusia Terrestre Pavimento (Bueno)
Tapantí-Macizo de la muerte Orosi Terrestre Lastre (regular) 28,021 32,241 28,806 20,888 23,534 12
La Esperanza Terrestre Lastre (regular)
Villa Mills Terrestre Lastre (regular)
Carara Terrestre Pavimento (Bueno) 44,982 39,827 42,752 54,273 24,307 11
La Cangreja Terrestre Lastre (regular) 874 1,380 1,002 3,458 782 5
Diria Terrestre Lastre (regular) 1,705 1,430 1,073 3,204 2,510 3
Los Quetzales Terrestre Pavimento (Bueno)
6,973 6
Miravalles-Jorge Manuel Dengo Terrestre Lastre (regular)
2
San Lucas Marítimo NA 1,442 2,409
3,764 5
Dentro de las rutas de acceso de los Parques Nacional, hay un total de 43 rutas de ingreso, dentro de las cuales, una corresponde a un sendero, dos son vía marítima, y los otros cuarenta ingresos son vía terrestre, de los cuales dieciséis se encuentran en buenas condiciones y pavimentados, veinte están en lastre y en condiciones regulares y cuatro están en malas condiciones. Algunos de los ingresos a estos parques se encuentran en rutas cantonales y otros en rutas nacionales, con lo cual en los trabajos que se realizan sobre estas vías concurren dos entes, la Municipalidad local y el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, según sea la clasificación de la ruta.
La razón de ser de los parques nacionales, tal como se conoce, respecto a la conservación ambiental, y la preservación de la flora y la fauna para el disfrute y el estudio científico, se esclarece también por la siguiente cita:
En su conocida obra "Planificación de Parques Nacionales para el desarrollo en Latinoamérica" (Edic. Fepma. 1980, páginas 43 y siguientes), el doctor Kenton Miller enumera los siguientes objetivos primarios que deben cumplir los parques nacionales, mantener: muestras representativas de las principales unidades bióticas como ecosistema en funcionamiento a perpetuidad; la diversidad ecológica y regulación ambiental; los recursos genéticos; los objetos, estructuras y sitios del patrimonio cultural y proteger las bellezas escénicas. Y como restringidos: la educación, investigación y monitoria del medio, la recreación y el turismo. (Dictamen 174 del 08/09/1987, Pronunciamientos PGR)
En ese entendido, los parques nacionales buscan preservan la flora y la fauna, así como los demás recursos ambientales contenidos en sus límites, asimismo, desempeñan un papel fundamental como fuente de aprovechamiento con fines, científicos y turísticos; sin embargo, en la práctica, dicho aprovechamiento, se ha visto permeado por condiciones de acceso complicadas o caso contrario, convergen una serie de circunstancias que hacen imposible tener un acceso seguro y óptimo a los parques nacionales.
Un claro ejemplo de esta situación, se presenta en el Parque Nacional Corcovado, el cual representa el 2,5% de la biodiversidad del mundo, pero que adolece de serias deficiencias en cuanto a sus cuatro rutas de ingreso, en el sentido, que el ingreso por ruta nacional 245 de Puerto Jiménez hasta playa Carate 42km, cuenta con 6 pasos de río que no tienen puente y la carretera está en lastre, el otro ingreso es Bahía Drake, la cual es carretera municipal desde el puente de Río Rincón hasta la comunidad de Bahía Drake, que, también es de lastre y le faltan puentes; otro de los ingresos es marítimo y el último, es por medio de un sendero.
Lo anterior, evidencia, que, por las deficiencias de la infraestructura vial, se han complicado las condiciones de accesibilidad al parque, lo cual, ha repercutido en gran manera, el aprovechamiento de su potencial.
En lo que corresponde a las condiciones de las rutas cantonales, las mismas presentan una serie de limitaciones, partiendo del hecho, que algunos gobiernos locales alegan no contar con suficiente presupuesto disponible para ejecutar obras viales para el acceso a los parques nacionales de su competencia, por no ser consideradas prioritarias dentro de las necesidades del Cantón, y este ha sido el argumento sostenido por dichas corporaciones históricamente, lo que ha venido a generar una distorsión y rezago muy marcado principalmente en la infraestructura vial de rutas cantonales alejadas de los centros urbanos, afectando de forma negativa no solamente las comunidades alejadas, sino también la visitación turística a sitios como parques nacionales.
En cuanto, a la ejecución de proyectos de mejoras en rutas nacionales, en comparación con las rutas cantonales, han resultado ser más eficiente el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT), por ello, se propone en esta iniciativa de ley, que dicho Ministerio, por ser ente responsable de la infraestructura vial nacional, con sus dependencias, sean las encargadas del mantenimiento de las vías que conectan las vías nacionales con Parques Nacionales, en conjunto con la Municipalidad que corresponda, en razón de su competencia territorial, y que a su vez, cuenten con el apoyo del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) en aras de potenciar el turismo nacional y extranjero en los parques nacionales administrados por el SINAC, así como el aporte que puede brindar el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) en cuanto al desarrollo local.
Por lo tanto, el objetivo de la presente propuesta es propiciar la visitación turística, nacional y extranjera, a los Parques Nacionales, contribuir al desarrollo de actividades económicas en las comunidades aledañas, así como con la creación de emprendimientos relacionados al turismo y al desarrollo sostenible; por medio de la inclusión de los caminos de ingreso a Parques Nacionales dentro de la clasificación de rutas nacionales para potenciar mejoras significativas al ingreso a los parques nacionales.
Por todo lo anterior, es que someto a consideración de las señoras Diputadas y señores Diputados el presente proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY PARA DECLARAR COMO RUTAS NACIONALES LAS VÍAS DE INGRESO A PARQUES NACIONALES
ARTÍCULO 1- Reforma del artículo 1 de la Ley General de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972 y sus reformas, para que se lea de la siguiente forma:
Artículo 1º- Para los efectos de la presente ley, los caminos públicos, según su función -con su correspondiente órgano competente de administración- se clasificarán de la siguiente manera:
RED VIAL NACIONAL: Corresponde su administración al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual la definirá según los requisitos que al efecto determine el Poder Ejecutivo, por vía de acuerdo. Esta red estará constituida por las siguientes clases de caminos públicos:
a) Carreteras primarias: Red de rutas troncales, para servir de corredores, caracterizados por volúmenes de tránsito relativamente altos y con una alta proporción de viajes internacionales, interprovinciales o de larga distancia.
b) Carreteras secundarias: Rutas que conecten cabeceras cantonales importantes -no servidas por carreteras primarias- así como otros centros de población, producción o turismo, que generen una cantidad considerable de viajes interregionales o intercantonales; y las rutas de acceso a las estaciones de ingreso a Parques Nacionales.
(…)
ARTÍCULO 2- Adición de un párrafo al artículo 5 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias N°8114 del 4 de julio del 2001 y sus reformas, para que se lea de la siguiente forma:
Artículo 5º- Destino de los recursos
Del producto anual de los ingresos provenientes de la recaudación del impuesto único sobre los combustibles, se destinará un cuarenta y ocho coma sesenta por ciento (48,60%) con carácter específico y obligatorio para el Ministerio de Hacienda, el cual, por intermedio de la Tesorería Nacional, se lo girará directamente a cada una de las siguientes instituciones:
a) Un veintiuno coma setenta y cinco por ciento (21,75%) a favor del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) para la atención de la red vial nacional, los cuales se destinarán exclusivamente a la conservación, el mantenimiento rutinario, el mantenimiento periódico, el mejoramiento, la rehabilitación y la construcción de obras viales nuevas de la red vial nacional.
b) Un veintidós coma veinticinco por ciento (22,25%) a favor de las municipalidades, para la atención de la red vial cantonal, monto que será priorizado conforme a lo establecido en el plan vial de conservación y desarrollo (quinquenal) de cada municipalidad.
La municipalidad correspondiente y el CONAVI coordinarán esfuerzos para la conservación, el mantenimiento rutinario, el mantenimiento periódico, el mejoramiento y la rehabilitación de las rutas de acceso a Parques Nacionales.
(…)
ARTÍCULO 3- Se autoriza al Ministerio de Ambiente y Energía, al Instituto Costarricense de Turismo y al Instituto de Desarrollo Rural para incluir en su planificación recursos financieros y humanos destinados a las rutas de acceso a Parques Nacionales a fin de incentivar el turismo, el desarrollo local y la investigación.
ARTÍCULO 4- Tendrán prioridad para la ejecución de la presente ley las rutas de acceso a los Parques Nacionales que tengan una condición mala y regular según criterio técnico que lo justifique por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación. Asimismo, deberá considerarse como obras prioritarias de mejora de ruta de acceso al Parque Nacional Corcovado, y Parque Internacional La Amistad por su condición fronteriza y seguridad nacional.
Las rutas de acceso a Parques Nacionales serán definidas por las estaciones del SINAC y se podrán ampliar según se estime necesario mediante un criterio técnico que así lo justifique, a fin de habilitar accesos que se consideren indispensables para brindar un mejor servicio turístico a los visitantes de los Parques Nacionales.
Rige a partir de su publicación.
Carmen Irene Chan Mora Harllan Hoepelman Paez
Diputada y diputado
09 de junio de 2021
NOTAS: Este Proyecto aún no tiene comisión asignada.
El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.