# Expediente 22637: El terreno de la vieja escuela de Puente Salas ya es de la Asada

- Página: https://elcenso.com/leyes/22637
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE PUENTE SALAS DE SAN PEDRO DE BARVA
- Publicada: 2021-08-31
- La Gaceta: 167
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

La Ley 10129 quitó el uso público a un terreno de 698,93 m2 en San Pedro de Barva y autorizó donarlo a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas.

## A quién le toca

- Los vecinos de Puente Salas de San Pedro de Barva, que usan el acueducto comunal
- La Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas, que recibe el terreno
- La Junta de Educación de Puente de Salas, que deja de tener el inmueble en administración
- El Estado, que deja de ser dueño de un terreno de 698,93 metros cuadrados

## A quién beneficia

- La Asada obtiene el terreno libre de gravámenes y anotaciones para administrar el acueducto
- La comunidad gana un espacio para talleres del Instituto Nacional de Aprendizaje y estacionamiento
- El Estado se ahorra el mantenimiento de una escuela vieja en desuso

## Qué cambia

- El terreno solo puede destinarse a la administración del acueducto y los fines de la Asada
- La Notaría del Estado debe confeccionar la escritura pública de la donación
- La Procuraduría General de la República puede corregir defectos que señale el Registro Nacional

## Cláusulas a revisar

- **Dos destinos en el mismo texto** (1): El artículo 1 afecta el terreno a un nuevo uso para construcción y el artículo 2 lo limita a la administración del acueducto. Texto: "y se afecta al nuevo uso de terreno para construcción"

## Explicación

### Qué propone

El proyecto se convirtió en la Ley 10129, que ya está vigente [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96546&param2=129382&param3=1). La ley desafecta del uso público un inmueble del Estado y autoriza donarlo a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barva ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El terreno mide 698,93 metros cuadrados y está inscrito con la matrícula 086488-000 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Su naturaleza es "ampliación de Escuela Puente Salas" y está en el distrito segundo San Pedro, cantón segundo Barva, partido de Heredia. Los linderos son: al norte con Junta de Educación de Puente de Salas, al sur con Paula Calderón Valerio y otro, y al este con Juan Díaz Sánchez.

El Estado es el dueño, con cédula jurídica 2-000-045522 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La donataria es la Asociación Administradora del Acueducto de Puente de Salas de San Pedro de Barva de Heredia, cédula jurídica 3-002-257513 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La ley pide que el inmueble se done libre de gravámenes y anotaciones.

El destino del terreno queda amarrado: solo para la administración del acueducto y los objetivos exclusivos de la Asada ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La Notaría del Estado debe hacer la escritura pública de la donación ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La Procuraduría General de la República puede corregir los defectos que señale el Registro Nacional.

El texto explica por qué se propuso. La escuela vieja quedó en desuso desde que los niños de Puente Salas estrenaron centro educativo el 12 de agosto de 2009 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La Junta de Educación no usaba ni mantenía el inmueble desde hacía más de ocho años. La Asada ya usaba el terreno para estacionamiento, para talleres del Instituto Nacional de Aprendizaje y para el acueducto.

### En qué va el trámite

El proyecto ya terminó su trámite y es ley. La ficha del expediente 22637 registra la presentación el 11 de agosto de 2021 y el envío a Imprenta Nacional el 23 de agosto de 2021 [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). La Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local (Área VIII) votó el dictamen el 27 de octubre de 2021.

El plazo cuatrienal vencía el 11 de agosto de 2025 [\[2\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). No hizo falta esperar: la Ley 10129 está vigente y fue dada en la Presidencia de la República el 10 de febrero de 2022 [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96546&param2=129382&param3=1).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque claro entre la Ley 10129 y la Constitución del dossier. La Asamblea tiene la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El artículo 45 protege la propiedad y permite privar de ella por interés público comprobado, con indemnización previa ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). Aquí no hay privación a un particular: el dueño es el Estado y la ley traslada el bien a una asociación sin fines de lucro para un servicio de acueducto ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 50 reconoce el derecho humano de acceso al agua potable y dice que el agua es un bien de la nación ([Constitución, art. 50](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La guía explica que las Asadas son la figura comunitaria sin fines de lucro para administrar acueductos, con respaldo de un reglamento y de un convenio con AyA ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)). Eso calza con el destino que fija el artículo 2 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Queda una duda menor: el artículo 1 del proyecto dice que el terreno "se afecta al nuevo uso de terreno para construcción" ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)), mientras el artículo 2 lo limita a la administración del acueducto ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La ley publicada mantiene esa redacción [\[1\]](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96546&param2=129382&param3=1).

### Qué puede hacer usted

La ley ya está publicada, así que el camino es pedir información y fiscalizar el uso del terreno. La Contraloría General de la República fiscaliza los fondos públicos y recibe denuncias por escrito, por teléfono al 2501-8000 o al 2501-8025, o por correo a contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Paso 1: revise en el Registro Nacional que la donación se haya inscrito a nombre de la Asada, con la cédula jurídica 3-002-257513 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Paso 2: si el terreno se usa para algo distinto del acueducto, documente con fotos y fechas. El artículo 2 fija ese destino como exclusivo ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Paso 3: presente la denuncia ante la Contraloría con el hecho, las pruebas y el nombre del órgano ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

Paso 4: si considera que la ley viola un derecho, puede plantear una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional ([guía, p. 24](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice en qué fecha exacta se publicó la Ley 10129 en La Gaceta.

El dossier no dice si la escritura pública de donación ya se confeccionó.

El dossier no dice si el Registro Nacional ya inscribió el traspaso.

El dossier no incluye grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

La ley usa una potestad de la Asamblea y el destino del terreno calza con el derecho al agua potable. Queda una duda de redacción entre los artículos 1 y 2.

## Qué puede hacer usted

- Revisar la inscripción en el Registro Nacional: Consulte la matrícula 086488-000 y verifique que el dueño sea la Asada con cédula 3-002-257513 (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Denuncia ante la Contraloría General de la República: Presente el hecho por escrito con pruebas, en Sabana Sur, al 2501-8000 o 2501-8025, o a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)
- Acción de inconstitucionalidad: Se plantea ante la Sala Constitucional contra leyes que infrinjan una norma o principio constitucional (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=24)

## Lo que no sabemos

- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Ley 10129: Autorización al Estado para desafectar y donar un terreo de su propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barva (Vigente). SINALEVI, Procuraduría General de la República, 10/02/2022. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=96546&param2=129382&param3=1
2. Expediente 22637: AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE PUENTE SALAS DE SAN PEDRO DE BARVA. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-08-31. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1
4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR
UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE
PUENTE SALAS DE SAN PEDRO
DE BARVA

CARLOS RICARDO BENAVIDES JIMÉNEZ
DIPUTADO

EXPEDIENTE N.° 22.637

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR
UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE
PUENTE SALAS DE SAN PEDRO
DE BARVA

Expediente N.° 22.637

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Desde el día 12 de agosto de 2009, los niños (as) de la comunidad de Puente Salas de San Pedro de Barba de Heredia, cuentan con un nuevo centro educativo. A raíz de lo anterior, la infraestructura antigua donde se ubicaba la Escuela quedó en desuso, pero bajo la administración de la Junta de Educación Escuela Puente Salas, quien desde hace más de ocho años no usa ni se ocupa del mantenimiento del inmueble.

A los efectos de darle uso a ese terreno abandonado se propone el trámite y aprobación de este proyecto de ley que permita autorizar al Estado, cédula jurídica dos - cero cero cero - cero cuatro cinco cinco dos dos (N.°2-000-045522), a desafectar y donar el citado terreno ubicado en el partido de Heredia, cantón segundo Barba; distrito segundo San Pedro; inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad bajo el sistema de folio real matrícula número cero ocho seis cuatro ocho ocho---cero cero cero (N.°086488---000), cuya naturaleza es: ampliación de Escuela Puente Salas; con una medida de seiscientos noventa y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados (698.93 m2). Los linderos son: al norte con Junta de Educación de Puente de Salas, al sur con Paula Calderón Valerio y otro, al este con Juan Díaz Sánchez, y se afecta al nuevo uso de terreno para construcción. Se autoriza al Estado para que done el inmueble libre de gravámenes y anotaciones, a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente de Salas de San Pedro de Barba de Heredia, cédula jurídica número tres – cero cero dos doscientos cincuenta y siete mil quinientos trece (N.º 3-002-257513), para que lo destine a la administración del acueducto y los objetivos exclusivos de la Asada.

La Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba es una asociación sin fines de lucro, con un fin público como lo es la administración del recurso hídrico para el mejoramiento de las condiciones de vida y de salud de su comunidad. El inmueble que se pretende donar se utilizaría únicamente para llevar a cabo la consecución de sus fines, como es la administración del acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba, para lo cual cuenta con un convenio de delegación del A y A.

La Asada tiene más de ocho años de utilizar y administrar este terreno de la Junta de Educación y su correspondiente acceso, para fines, como son:

- Mejoramiento a la salud pública por medio de una prestación eficiente del servicio de acueducto.

- Cooperación con instituciones como el Instituto Nacional de Aprendizaje, al cual se le brinda el espacio para que realice diversos talleres.

- Estacionamiento para los vehículos de la asada.

- Brindar un cuidado, mantenimiento y uso debido al inmueble.

La Asada se ha encargado del mantenimiento y mejoras en la infraestructura del inmueble, del pago de los servicios y de la seguridad del lugar. Con anterioridad, la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba había recibido en donación el terreno adyacente que es donde se ubica su infraestructura por lo que con la donación de este otro terreno se complementaría su obra. En esa oportunidad la Dirección de Infraestructura y Equipamiento del MEP había indicado que “cualquier intervención en la infraestructura donde se ubica la antigua Escuela de Puente Salas implicaría para el MEP un gasto oneroso y que esta no tiene necesidad de utilizar las instalaciones viejas para el desarrollo de sus quehaceres diarios.” Y agrega “que por estas razones no encuentra este Ministerio motivo para la oposición a esa donación de terreno, siendo que ya se desarrollan en este terreno actividades propias de la ASADA.”

Estos argumentos sirven de fundamentación teórica para solicitar la donación del terreno que se describe en los párrafos anteriores y que fortalecería la eficiente labor que realiza la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barba.

En razón de lo expuesto, respetuosamente solicito a los señores y las señoras diputadas acoger y votar afirmativamente el siguiente proyecto de autorización.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

AUTORIZACIÓN AL ESTADO PARA DESAFECTAR Y DONAR
UN TERRENO DE SU PROPIEDAD A LA ASOCIACIÓN
ADMINISTRADORA DEL ACUEDUCTO DE
PUENTE SALAS DE SAN PEDRO
DE BARVA

### ARTÍCULO 1- Se desafecta del uso público un inmueble propiedad del Estado, cédula jurídica dos - cero cero cero - cero cuatro cinco cinco dos dos (N.°2-000-045522), ubicado en el partido de Heredia, cantón segundo Barba; distrito segundo San Pedro; inscrito en el Registro Nacional de la Propiedad bajo el sistema de folio real matrícula número cero ocho seis cuatro ocho ocho---cero cero cero (N.°086488---000), cuya naturaleza es: ampliación de Escuela Puente Salas; mide seiscientos noventa y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados (698.93 m2); los linderos son: al norte con Junta de Educación de Puente de Salas, al sur con Paula Calderón Valerio y otro, al este con Juan Díaz Sánchez, y se afecta al nuevo uso de terreno para construcción.

### ARTÍCULO 2- Se autoriza al Estado para que done el inmueble libre de gravámenes y anotaciones, a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente de Salas de San Pedro de Barba de Heredia, cédula jurídica número tres – cero cero dos doscientos cincuenta y siete mil quinientos trece (N.º 3-002-257513), para que se destine a la administración del acueducto y los objetivos exclusivos de la Asada.

### ARTÍCULO 3- Autorízase a la Notaría del Estado para que confeccione la respectiva escritura pública de la donación a que se refiere la presente ley. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Carlos Ricardo Benavides Jiménez
Diputado

19 de agosto de 2021

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/22637). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.