# Expediente 22666: Proyecto para donar cuatro fincas del INDER a extrabajadores venció sin aprobarse

- Página: https://elcenso.com/leyes/22666
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) PARA QUE SEGREGUE Y DONE CUATRO INMUEBLES DE SU PROPIEDAD A LOS ACTUALES POSEEDORES
- Publicada: 2021-09-10
- La Gaceta: 175
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

El expediente 22.666 venció el 30 de agosto de 2025 sin aprobarse, así que el INDER no separó ni donó las cuatro fincas a los extrabajadores de Matas de Costa Rica.

## A quién le toca

- Los extrabajadores de Matas de Costa Rica que ocupan las cuatro fincas en Siquirres
- Las familias de los 315 trabajadores que ocuparon la finca el 17 de noviembre de 2012
- El INDER, que sigue siendo dueño de los inmuebles
- Los vecinos del distrito Germania, cantón de Siquirres

## A quién beneficia

- Los poseedores nombrados en los artículos 1 y 2 habrían recibido título de propiedad sin pagar impuestos, tasas ni timbres
- El artículo 8 habría condonado las deudas de principal, intereses y póliza de esos predios
- El INDER habría pagado notarios y topógrafos para formalizar las escrituras

## Qué cambia

- El proyecto venció el 30 de agosto de 2025 sin aprobarse
- El INDER no separó ni donó las cuatro fincas
- Los poseedores siguen sin título de propiedad por esta vía
- El Estado ya había pagado ₵3.236.268.417,00 por la finca en diciembre de 2013

## Cláusulas a revisar

- **Lista cerrada de beneficiarios con nombre y cédula** (1): El proyecto nombra uno por uno a los beneficiarios de la donación, con número de predio y cédula. No es una regla general. Texto: "en favor de las siguientes personas poseedoras de este inmueble según las áreas ocupadas por cada uno de ellos y numero de predio del INDER"
- **Condonación total de deudas** (8): El artículo 8 autorizaba a la Junta Directiva del INDER a condonar principal, intereses corrientes, moratorios y póliza. El dossier no dice a cuánto ascendían esas deudas. Texto: "Se autoriza a la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), para que condone totalmente las deudas pendientes de pago por concepto del principal e intereses corrientes, moratorias y póliza, por la asignación, a título oneroso, de predios otorgados a las citadas en el artículo 1 y 2 de esta norma."

## Explicación

### Qué propone

El expediente 22.666 venció el 30 de agosto de 2025 sin aprobarse. Por eso el INDER no separó ni donó las cuatro fincas a los extrabajadores de Matas de Costa Rica [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

Lo que proponía era autorizar al Instituto de Desarrollo Rural (INDER) a separar y donar cuatro inmuebles de su propiedad a las personas que hoy los ocupan ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Esos terrenos están en el distrito Germania, cantón de Siquirres, provincia de Limón.

El artículo 1 cubría la finca matrícula 149060, con plano L-1702787-2013, como "PRIMERA ETAPA PROYECTO FINCA DIVERSIFICADA NUEVO HORIZONTE" ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El artículo 2 cubría tres fincas más: matrícula 48673, matrícula 65246 y matrícula 171662, como "SEGUNDA ETAPA" ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El texto incluía una lista larga de beneficiarios con nombre y cédula. Por ejemplo, José Antonio Mora Rojas y Débora Gómez Moraga en el predio P-1 de la primera etapa ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). En la segunda etapa aparecen Erlindo Antonio Pérez Fallas en el P-1 y Haniel Gómez Moraga en el P-2-1, P-2-2 y P-2-3 ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 3 decía que los inmuebles se usarían como fincas agrícolas, con los cultivos que dispusiera cada beneficiario ([art. 3](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El artículo 4 daba al INDER 12 meses desde la entrada en vigor para entregar los títulos de propiedad ([art. 4](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 5 decía que al inmueble adjudicado no se le anotaría "ningún tipo de restricción" ([art. 5](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El artículo 6 eximía la escritura y su inscripción del pago de impuestos, tasas, timbres y derechos municipales ([art. 6](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 7 autorizaba al INDER a contratar notarios y topógrafos, con costo a cargo de la institución ([art. 7](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El artículo 8 autorizaba a la Junta Directiva del INDER a condonar totalmente las deudas pendientes de principal, intereses corrientes, moratorios y póliza por la asignación de esos predios ([art. 8](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El proyecto quedó archivado y su plazo de cuatro años venció el 30 de agosto de 2025 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

La ficha registra estos pasos: presentación en el plenario el 30 de agosto de 2021 y envío a la Imprenta Nacional el 2 de setiembre de 2021 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Luego vino la asignación a comisión el 16 de setiembre de 2021 y la recepción en la Comisión Especial 20935 el 23 de setiembre de 2021.

El 4 de octubre de 2021 la comisión lo incluyó en el orden del día y lo debatió [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El 3 de agosto de 2022 la comisión lo remitió a la Secretaría del Directorio y el plenario lo recibió ese mismo día. El último paso registrado es del 23 de agosto de 2022: asignación a comisión e informe al plenario.

El texto no llegó a primer debate. Para ser ley le faltaba el dictamen de comisión, el debate en plenario y la aprobación en dos debates ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)).

### Lo que se dijo en la Asamblea

Las grabaciones del dossier no tratan el expediente 22.666. La sesión ordinaria #51 del 4 de octubre de 2021 discute otros proyectos, como zonas francas y empleo público ([video, 00:04:56](https://www.youtube.com/watch?v=ZVdQwkng9K4&t=296s)). La sesión extraordinaria #33 del 19 de octubre de 2021 trata el expediente 21.745 sobre publicidad de bebidas alcohólicas en el deporte ([video, 00:15:43](https://www.youtube.com/watch?v=CSURCjBF9Ro&t=943s)).

En la sesión del 4 de octubre, el diputado Carlos Ricardo Benavides habló de otro proyecto. Dijo que si ese proyecto se aprobaba "sería uno de los mayores aportes que la asamblea legislativa le haya hecho al país en los últimos cuatro años" ([video, 00:02:33](https://www.youtube.com/watch?v=KWOiNPnCPNY&t=153s)).

### Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo entre el texto y los artículos de la Constitución del dossier. La duda principal está en el artículo 45, que protege la propiedad y exige interés público comprobado e indemnización previa para privar a alguien de lo suyo ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)).

El proyecto no priva al INDER de su propiedad sin compensación: el Estado ya había comprado las fincas. La exposición de motivos dice que el gobierno compró la finca en diciembre de 2013 por ₵3.236.268.417,00 ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 121 inciso 1 da a la Asamblea Legislativa la potestad de dictar leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto usa esa vía porque cualquier donación de bienes del Estado a particulares debe tramitarse mediante proyecto de ley ante la Asamblea ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 56 dice que el Estado debe procurar ocupación honesta y útil, debidamente remunerada ([Constitución, art. 56](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La exposición de motivos cuenta que 315 trabajadores ocuparon la finca el 17 de noviembre de 2012 por falta de pago de salarios y cuotas del Seguro Social ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

El artículo 73 protege los seguros sociales de los trabajadores ([Constitución, art. 73](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). La exposición de motivos menciona que la empresa tampoco cancelaba las cuotas del Seguro Social ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### Qué puede hacer usted

El proyecto ya venció, así que las herramientas para incidir en su trámite no aplican. Si el tema le interesa, puede pedir información sobre el estado de cualquier expediente a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Puede presentar una propuesta de ley nueva mediante el formulario web de la Asamblea. No hace falta el texto completo, basta con plantear la idea ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Si detecta un manejo irregular de fondos públicos en este u otro caso, puede denunciar ante la Contraloría General de la República. Los teléfonos son 2501-8000 y 2501-8025, y el correo es contraloria.general@cgrcr.go.cr ([guía, p. 68](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el expediente no avanzó después del 23 de agosto de 2022.

El dossier no dice si el INDER entregó títulos a los extrabajadores por otra vía.

El dossier no dice cuánto sumaban las deudas que el artículo 8 proponía condonar.

El dossier no dice si las cuatro fincas siguen en manos del INDER.

## Frente a la Constitución

El Censo no encontró un choque directo. La duda está en el artículo 45 sobre propiedad y en si la donación cumple el interés público que exige la Constitución.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información sobre el estado de un expediente: Solicitar a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa información sobre la tramitación del proyecto (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Presentar una propuesta de ley nueva: Rellenar el formulario web de la Asamblea. No hace falta el texto completo, basta con plantear la idea (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Denunciar ante la Contraloría General de la República: Llamar al 2501-8000 o al 2501-8025, o escribir a contraloria.general@cgrcr.go.cr (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=68)

## Lo que no sabemos

- No se pudo leer el video VOFSf-9u28k.
- No se pudo leer el video 6hfAGadIqY.

## Fuentes

1. Expediente 22666: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) PARA QUE SEGREGUE Y DONE CUATRO INMUEBLES DE SU PROPIEDAD A LOS ACTUALES POSEEDORES. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-09-10. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf
3. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #51, lunes 04 de octubre 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-10-05. https://www.youtube.com/watch?v=ZVdQwkng9K4
4. Plenario Legislativo, sesión extraordinaria #33, martes 19 de octubre 2021. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-10-20. https://www.youtube.com/watch?v=CSURCjBF9Ro
5. Asamblea Legislativa Noticias, edición 4 de octubre. Asamblea Legislativa Costa Rica, 2021-10-04. https://www.youtube.com/watch?v=KWOiNPnCPNY
6. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER) PARA QUE SEGREGUE Y DONE CUATRO
INMUEBLES DE SU PROPIEDAD A LOS
ACTUALES POSEEDORES

EXPEDIENTE N° 22.666

MAROLIN AZOFEIFA TREJOS
DIPUTADA

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud de los proponentes, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley.
PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER) PARA QUE SEGREGUE Y DONE CUATRO
INMUEBLES DE SU PROPIEDAD A LOS
ACTUALES POSEEDORES

Expediente N.° 22.666
ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Objetivo del proyecto: Es autorizar al INDER a segregar y donar las fincas del partido de Limón, matricula 149060, con plano catastrado L-1702787-2013, La matrícula 48673, duplicado A horizontal, con plano catastrado L-0766434-1988, La matrícula 65246, con plano catastrado L-0766220-1988, La matrícula 171662, con plano catastrado L-2083680-2018, inscritas a nombre del INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER) con cedula jurídica 4-000-042143, favor de los EXTRABAJADORES DE MATAS DE COSTA RICA que actualmente las POSEEN, las cuales se encuentran ubicadas en el distrito Germania, cantón de Siquirres de la provincia de Limón.

Exposición de motivos

En el año 2012, la pobreza y la acumulación de incumplimientos de derechos laborales por parte de la empresa Matas de Costa Rica, en Milano de Siquirres, conllevo a que los peones agrícolas se organizaran y tomaran la decisión de ocupar las tierras de dicha empresa, esto por cuanto no les efectuaban el pago de salarios y tampoco la empresa les cancelaba las cuotas del Seguro Social, adicionalmente se estaban efectuando despidos masivos sin recibir las prestaciones legales, 315 trabajadores de la finca conocida como Matas de Costa Rica, y sus familias, ocuparon esa propiedad el 17 de noviembre de 2012.
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Según el grupo de trabajadores, desde ya hacía 15 años, la empresa, una de las principales exportadoras de plantas ornamentales en el mundo, enfrentó problemas económicos que la obligaron a vender a nuevos propietarios. Con los nuevos dueños habrían comenzado los problemas en el pago de salarios y con el pago de los extremos laborales en la cesación de los contratos.

Dentro de los afectados había personas con más de 25 años de laborar para esta empresa y que como medida estratégica la empresa Matas de Costa Rica toma la decisión de traspasar la finca a nombre de otra empresa denomida CFV Fiduciaria S.A, y a la vez generando arrendamientos con la exdueña de los terrenos para efectos de no generar alteraciones comerciales y laborales con sus empleados.

El viernes 4 de enero del 2013, los extrabajadores que habían ocupado la finca en mención desde el 17 de noviembre de 2012, fueron desalojados por la fuerza pública y puestos a la orden de la fiscalía de Siquirres.

Este desalojo tuvo como consecuencia un impacto psicológico en todo el asentamiento ya que se vivieron injusticias que nunca fueron informadas en los comunicados de prensa.

Al día siguiente en una rueda de prensa la empresa los convocó para que retiren las demandas que ya habían sido interpuestas, por lo que el grupo de trabajadores se presentan a las oficinas de la empresa para así llegar a un acuerdo, esto en horas de la tarde acudieron a dicho llamado para buscar una solución al conflicto, cuando se encontraban en la finca para la reunión, la seguridad privada contratada por los dueños de la finca, se encargó de encerrarlos dentro la finca atrincherándose detrás de una amapola y abriendo fuego contra todos sin importar, hubo al menos siete heridos de bala, entre ellos una mujer impactada en la cabeza.

Por su parte, Eugenio Solano, Exviceministro de Trabajo y Seguridad Social, acepto la existencia de una compleja situación jurídica con este grupo de trabajadores.

“Bajo el nombre de Matas de Costa Rica hay toda una maraña jurídica compleja -que ya se ha venido aclarando-, con la existencia de varias empresas y modalidades de trabajo (…). Hay una situación desde la perspectiva legal en cuanto a las prestaciones laborales de los trabajadores muy curiosa, habría que ver la condición laboral de estos trabajadores en ese entonces”, afirmó Solano.

Por su parte el exdiputado Walter Céspedes aseguraba que la configuración de varias empresas implica una intención de evadir responsabilidades con los trabajadores.

Tras el desalojo y sin tener respuestas positivas, los extrabajadores de la empresa Matas de Costa Rica, optaron por llevar la presión a las calles para buscar que el estado interviniera en el conflicto se lograra una solución.

Con estas manifestaciones logran que en la Asamblea Legislativa así buscar el apoyo de los diferentes diputados para tratar que a través de ellos se les hiciera justicia frente a la empresa que les venía lesionando sus derechos laborales, y que el estado no les está atendiendo ni garantizando sus derechos, contra una empresa que estaba evadiendo sus obligaciones patronales y con el mismo estado en el pago se sus impuestos.

Gracias a la intervención de los diputados de ese momento lograron que viernes 1 de febrero 2013, el Carlos Ricardo Benavidez ministro de la presidencia los atendieran, con el objetivo de que el estado comprara la finca y se las dieran como una forma de indemnización por los extremos laborales que habían dejado de percibir, considerando que el estado tenía corresponsabilidad al permitir que la empresa Matas de Costa Rica estaba vulnerando normativa laboral y tributaria, y el estado estaba sin accionar en contra de esta.

Él 23 de noviembre del 2013, llegaron a un acuerdo con casa presidencial donde el ejecutivo se comprometían a comprar la finca con fondos del estado a través de la Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y se la entregaría a los extrabajadores con en la modalidad de cooperativa, un mes después el 25 de diciembre 2013 en tiempo récord el gobierno cumple con la compra de la finca por un monto de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE COLONES (₵3.236.268.417,00). Y así trabajarían la finca por medio de la cooperativa con supervisión del INDER e INFOCOOP.

Esto seda gracias al acuerdo tomado por la Junta Directiva del INDER en el artículo No. 2 de la Sesión Extraordinaria 040-2013, celebrada el 25 de noviembre de 2013.

Una vez efectuada la compra de la finca según el acuerdo de junta directiva del INDER, que al momento de la recepción de la misma por parte del Inder, esta debía estar libre de ocupantes, por lo que le autorizan a que la dueña de la finca en ese momento CFV Fiduciaria S.A., para que retire la producción de ornamentales como plazo máximo de retiro el día 30 de abril del año 2014, comprometiéndose bajo su responsabilidad a proteger y cuidar el inmueble y sus instalaciones y entregarlo libre de ocupantes en la fecha indicada, al incumplir la empresa con este acuerdo de compra, y el INDER al no recibir la finca, el comité de extrabajadores de Matas de Costa Rica acude ante el INDER para que les entregue la finca ya que se tenía el acuerdo con Casa Presidencial de comenzar a reactivar la producción de ornamentales y empezar a encaminar el proceso de la cooperativa con INFOCOOP, no fue sino hasta el 5 de julio donde tuvieron luz verde para empezar a reactivar la producción de plantas ornamentales (DRACAENA MARGINATA) y así cumplir con casa presidencial.

Los extrabajadores fundan Coopehorizonte RL y consiguen un contrato con la empresa Bula Dorada, quienes le ofrecían comprar la producción, misma que cumplió con su parte inicial del contrato y les brindó todo el apoyo económico acordado con la condición que esta suma de dinero sería reintegrada a la empresa una vez que se comenzara a exportar, la modalidad de trabajo consistía en que Baula Dorada les prestaría el capital e insumos, y planillas para iniciar la producción mientras que la cooperativa estuviera consolidada con su cedula jurídica.

Luego de ocho meses Baula Dorada decide no continuar dándoles el respaldo y decide cobrar la suma adeuda, lo cual debieron de honrar un grupo de 16 extrabajadores mediante un préstamo que les realiza el INDER por medio del fondo de Caja Agraria, los cuales deben pagar estos posteriormente, siendo esto el detonante para que Baula Dorada tomara la decisión de ponerle fina al contrato que se tenía con la futura cooperativa dejando en el campo una producción de 900.000 plantas equivalentes a ¢86.000.000 los cuales eran la proyección de la primer exportación de la futura cooperativa y así poder solventar el préstamo de Caja Agraria.

Después de esto el INDER decide dividir la finca en parcelas de 3 hectáreas asignándole temporalmente una parcela a cada extrabajador para que aquellos que si puedan trabajar la tierra por sus propios medios lo puedan hacer.
El INDER inicio con un proceso de estudios de idoneidad sin tomar en cuenta el motivo real de la compra de la finca y el compromiso que se tenía con Casa Presidencial de entregar las tierras a los extrabajadores por medio de arriendo a 90 familias totales de la finca.

Posterior mente el INDER para poder honrar los compromisos del Estado con los extrabajadores afectados por la empresa Matas de Costa Rica, procede acuerdo tomado por la Junta Directiva del INDER en el artículo No. 6 de la Sesión Ordinaria 40, celebrada el 17 de diciembre de 2018, acordó la compra LAS FINCAS INSCRITAS AL FOLIO REAL MATRÍCULA 7-0048673-A-000, FOLIO REAL MATRÍCULA 7-65246-000, Y FOLIO REAL MATRÍCULA 7-171662-000 CON UNA MEDIDA TOTAL DE 88 HAS.1392,54M2, SITUADA EN EL CAIRO, DEL CANTÓN DE SIQUIRRES, PROVINCIA DE LIMÓN, PARA EJECUTAR EL PROYECTO denominado “SEGUNDA ETAPA PROYECTO FINCA DIVERSIFICADA NUEVO HORIZONTE, CONOCIDA COMO MATAS DE COSTA RICA”.
Donde se logró constituir como una sola unidad productiva y establecer 12 parcelas que le fueron entregas a un grupo de extrabajadores.

El INDER (Instituto de Desarrollo Rural) nació a la política pública nacional como ITCO (Instituto de Tierras y Colonización), creado mediante Ley de Tierras y Colonización, Ley N.º 2825, de 8 de diciembre de 1962. A través de la Ley N.º 6735, de 29 marzo de 1982, se transforma el Instituto de Tierras y Colonización, en Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) y el 22 de marzo de 2012 la Asamblea Legislativa aprueba la Ley N.º 9036, que transforma el Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural.

Los objetivos que justificaron el nacimiento del ITCO son los mismos de hoy para el INDER, los cuáles son impulsar la seguridad alimentaria, democratizar el acceso a la tierra para fines productivos, la mejora en las condiciones de vida y bienestar económico de los agricultores costarricenses. De esta manera, el objetivo institucional que todavía persiste “es la equitativa redistribución de la tierra como factor de producción, para que cumpla la función social de ser racionalmente explotada; mediante la organización campesina para la producción y el reconocimiento legal de la existencia e indiscutible legitimidad de la propiedad”. (Página del INDER, http://www.ida.go.cr al 4 de agosto de 2013).

Con el afán de estimular la producción nacional, se inició el otorgamiento de parcelas agrícolas a grupos familiares, obligándolos a realizar un pago mensual sobre el costo de la tierra otorgada (principal) y una tasa de interés, con la intención de recuperar recursos para reinvertirlos en la compra de nuevas tierras.

Cabe recalcar que este caso en particular de la “Finca de Matas de Costa Rica” es un caso particular que se sale de cualquier esquema de las tareas del INDER, considerando que el INDER fue utilizado como un instrumento para resolver un problema social derivado de la falta de pago de extremos laborales a los empleados de esta empresa, siendo que el Poder Ejecutivo para honrar los acuerdos con los trabajadores transfirieron los recursos al INDER para que esta institución adquiriera los terrenos y los pudiera transferir a los extrabajadores, y de esa forma poner fin a una serie se conflictos, manifestaciones y bloqueos en la Ruta nacional N°32, pero de camino se desvirtuó el objetivo y los acuerdos que se habían tomado y se consideró por parte del INDER que debían hacer y aplicar los mismos procedimientos y reglamentos como cuando el INDER compra una finca para un grupo de beneficiarios, lo cual conllevo a que después de 8 años aún no se ha logrado resolver la situación de estos extrabajadores de la empresa Matas de Costa Rica.

Por lo que siendo que cualquier donación a favor de particulares de bienes del Estado, deberá tramitarse mediante proyecto de Ley ante la Asamblea Legislativa, con el fin de obtener la respectiva aprobación, me permito presentar a consideración de los señores diputados y señoras diputadas, el siguiente proyecto de ley.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA**

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
(INDER) PARA QUE SEGREGUE Y DONE CUATRO
INMUEBLES DE SU PROPIEDAD A LOS
ACTUALES POSEEDORES DE ESTA

### ARTÍCULO 1- Se autoriza al Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-042143 para que segregue y done como PRIMERA ETAPA PROYECTO FINCA DIVERSIFICADA NUEVO HORIZONTE, la finca del Partido de Limón, matrícula 149060, con un área de DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ METROS CON OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, descrita mediante plano catastrado L-1702787-2013, NATURALEZA: TERRENO DE POTRERO CON PLANTAS ORNAMENTALES, SITUADA EN EL DISTRITO 4-GERMANIA, CANTON 3-SIQUIRRES DE LA PROVINCIA DE LIMON, LINDEROS: NORTE: INSTITUTO DE DESARROLO RURAL, SUR: CON CVF FIDUCIARIA S.A, ESTE: HACIENDA DOS NOVILLOS, OESTE: CALLE PUBLICA, en favor de las siguientes personas poseedoras de este inmueble según las áreas ocupadas por cada uno de ellos y numero de predio del INDER:

N° PREDIO
NOMBRE COMPLETO
CÉDULA

P-1
JOSÉ ANTONIO MORA ROJAS
DÉBORA GÓMEZ MORAGA
701510860
701720345

P-2-1 Y P-2-2
RUPERTO JAIME DOUGLAS DOUGLAS
XINIA MARÍA DEL CARMEN CARVAJAL TORRES
700570632
204040752

P-4-1 Y P-4-2
SERGIO HERIBERTO BARQUERO MORALES
MARÍA GABRIELA JIMÉNEZ CALDERÓN
700970692
303280696

P-5-1 Y P-5-2
VÍCTOR ENRIQUE BARQUERO MORALES
HILDA MOLINA COTO
700790339
701090651

P-6-1 Y P-6-2
SERIER BUSTAMANTE JIMÉNEZ
604370953

P-8-1 Y P-8-2
CARLOS LUIS DE LA TRINIDAD ROSALES VILLEGAS
HAYDEE DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ
600890266

900640131

P-9-1 Y P-9-2
KEVIN NELSON BRENES QUIRÓS
109530643

P-10-1 Y P-10-2
NOILYN IVANIA PÉREZ QUINTANA
701800996

P-11-1 Y P-11-2
JASON LEONARDO BERNARD ALVARADO
701800016

P-12-1 Y P-12-2
JOSÉ MANUEL ACUÑA CUBILLO
SONIA PATRICIA ARIAS PÉREZ
107570719
603220799

P-13-1 Y P-13-2
CARLOS MANUEL VALVERDE ÁLVAREZ
SONIA MARÍA RODRÍGUEZ CASTRO
602560394
108820946

P-14-1 Y P-14-2
WALTER EDUARDO CORDERO FUENTES
FRANCINI MARÍA RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ
700900103
602810219

P-16
RAFAEL ÁNGEL DEL CARMEN VILLALOBOS HERRERA
JEANNETTE PATRICIA CAMPOS ULLOA
602000122

701100173

P-17
ADRIÁN DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ SERRANO
ROSAURA LÓPEZ CARRILLO
701180910

107760502

P-18
HÉCTOR LUIS JÚNEZ AVILES
GISELA ZAMORA DUARTE
900770903
502840298

P-19
JOSÉ LUIS NÚÑEZ DUARTE
LIDA MARITZA ZUÑIGA GUZMAN
502950482
700790217

P-20
ESLI DANIEL NÚÑEZ MARCHENA
JACQUELINE DE LOS ÁNGELES MONCADA ESPINOZA
701670734
701970341

P-21
OMAR DEL CARMEN VILLALOBOS HERRERA
JULIANA GRACIELA ZÚÑIGA GUZMÁN
502720812
701730979

P-22
BERNARD GERARDO SANDÍ RAMÍREZ
KEYLIN YOHANNA CASTILLO LÓPEZ
701750708
701880845

P-23
JOSÉ ÁNGEL NICOLÁS CAMBRONERO MONGE
SONIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ
600750277

601041317

P-24
CARLOS MANUEL ESPINOZA URRUTIA
REINA JARQUÍN ROSALES
155815526809
155812876130

P-25
JEANNETTE LEDEZMA SERRANO
205530458

P-26
HÉCTOR VILLALOBOS HERRERA
ROSA EDITH DE LA TRINIDAD CABEZAS ZAMORA
502470580

602280928

P-27
DAVID ANICETO CASTILLO JIMENEZ
701540961

P-28
ANDREA ISABEL RUIZ FUENTES
701640537

P-29
RONALD GERARDO MYERS HERNANDEZ
JACQUELINE MARCELA CASASOLA RIVERA
303100458
701590523

P-30
VÍCTOR MANUEL NÚÑEZ DUARTE
LUISA MARISOL TINOCO TORREZ
701870603
155815526809

P-31
LUIS GERARDO SOLANO SANDÍ
LEDA AZOFEIFA ANCHÍA
700540065
104440634

P-32
WILLIAM ORLANDO BRENES QUIRÓS
BERANIA DE LOS ÁNGELES QUIRÓS SANCHEZ
108910193
701120563

P-33
GERARDO DE JESUS SAMUDIO LÓPEZ
MARÍA ISABEL CÉSPEDES PIZARRO
601120388
700520900

P-34
RIGOBERTO ROJAS MENDOZA
LISSETH IVANIA FRANCIS MATA
700870798
303130949

P-35
CARLOS CASIMIRO AGUIRRE ÁLVAREZ
DIONISIA DE YANIRA VALDERRAMOS JIMÉNEZ
501720717
601200431

P-36
YAHAIRA DE LOS ANGELES ALVARADO RAMIREZ
401930807

P-37
CLAUDIO ALBERTO MEDINA RIVAS

CARMEN MORALES SAENS
155802393700

203620780

P-39-1, P-39-2, P-39-3
ESTEBAN GÓMEZ MORAGA
701500695

P-40-1 Y P-40-2
JOSÉ ARLEY MORALES AGUILAR

CANDY ESTEFANNY MORALES MONTERO
701690825

115230351

P-41-1 Y P-41-2
GREIVIN ALBERTO FUENTES ARAYA
303790584

P42-1 Y P-42-2
WALTER ALONSO FUENTES ARAYA
JOSEFITA PRISCILLA MATTHEWS SOLANO
303660426
303710173

P-43-1 Y P43-2
ALLAN FUENTES ARAYA
701720243

P-45
ARCELIO DE JESUS CHAVES MORA
602840227

P-46
ZORAIDA MOLINA VENEGAS
WALNER DE LOS ANGELES REYES ALVAREZ
502500023

502390593

P-47
ABID JESUS RODRIGUEZ GUTIERREZ
602270257

P-48
SANTANA DE LA TRINIDAD LOPEZ OTAROLA
601530426

P-50
JUAN JOSE DE LOS ANGELES MONTERO QUIROS
CLARISA ALBERTINA MEZA CERDAS
700760267

502330160

P-51
DAVID GUIDO BARAHONA
502810880

P-52
LUZ MARINA RAMÍREZ NÚÑEZ
700610128

P-53
RAMÓN VILLALOBOS HERRERA
MARIA TERESA DE LOS ANGELES UMAÑA MENA
900830508

700800301

P-55
HENDEL REYNOL CARMONA BRENES
MARCIA ALETIS PÉREZ CRUZ
701090257
502250688

P-56
GERMAN ALCIDES ROJAS OÑETT
YAMILETH CARMONA ÁLVAREZ
700980941
303430375

P-57
MAINOR GERARDO CHAVES CORELLA
MARIA LUISA DE LA TRINIDAD ROMERO SANCHEZ
204590196

602340781

P-58
VICTOR ANTONIO DE LOS ANGELES SANCHEZ HERNANDEZ

302830936

P-59
JUAN DEL CARMEN DURAN MOLINA
MARTA EUGENIA DE LOS ANGELES GUTIERREZ RAMOS
601200422

302380647

P-60
ANA LORENA MEDRANO NOGUERA
502100854

P-61
VICTOR MANUEL ALVAREZ MATAMOROS
ISABEL CRISTINA REAL PIEDRA
700940397
701320594

P-62
PEDRO VÁSQUEZ VÁSQUEZ
MARITZA DE LA TRINIDAD ALVAREZ RAMIREZ
302090414

601660637

P-65
AIDA ANGELA DEL CARMEN CESPEDES ROJAS

600980023

P-67
JOSÉ FABIO FONSECA SÁNCHEZ
LUCIA ADELINA MENDEZ GARCIA
105040008
203820420

P-68
CARLOS LUIS CARMONA ÁLVAREZ
GRETTEL DURAN MEDRANO
303720409
111490823

P-70
ANA YURI BRENES JINESTA
GEOVANI GUTIÉRREZ CORDERO
206250536
701530855

P-71
HORACIO JESUS GAMBOA VILLALOBOS
EVARISTA LIDIETH SEQUEIRA CORTES
701080554

602380022

P-72
JOSE GERARDO DE LA TRINIDAD ARIAS MENA
BLANCA FLOR ROMERO SÁNCHEZ
302800974

602510126

P-73
JAIRO NEMESIO DENIS HERNÁNDEZ
MARÍA DE LOS ÁNGELES ARIAS RODRÍGUEZ
700900576
205470594

P-74-1 Y P-74-2
RICARDO HERNÁNDEZ CALVO
MARIA DEL SOCORRO CORONADO RODRIGUEZ
501670236

501830360

P-76
JOSUÉ ARIEL RUÍZ LÓPEZ
ARACELLY CRISTINA ROJAS VILLEGAS
155814246616
106080302

P-77
JORGE EDUARDO VILLEGAS VILLEGAS
111770762

P-78
GILBERTO ANTONIO DE LOS ANGELES SANCHEZ HERNANDE
LUZMILDA ROJAS MENDOZA
302830937

700970038

P-79
GIOVANNI VINDAS SÁNCHEZ
LIDIANA YENSI PEREZ QUINTANILLA
108960823
701320022

P-80
RONDALD SOLÍS ALEMÁN
ROSANGELA CORTÉS BARQUERO
204940381
701400120

*Los predios que aparecen a nombre de dos personas es porque son pareja
* Cuando una misma persona aparece con mas de un predio ejemplo P-39-1, P-39-2, P-39-3, es porque ese predio debió sufrir segregaciones por afectación de PNT, pero es una misma área.

### ARTÍCULO 2- Se autoriza al Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-042143 para que segregue y done como SEGUNDA ETAPA PROYECTO FINCA DIVERSIFICADA NUEVO HORIZONTE, conocida como MATAS DE COSTA RICA, la finca del Partido de Limón, matrícula 48673, duplicado A horizontal, con un área de CIENTO DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CON NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS, descrita mediante plano catastrado L-0766434-1988, NATURALEZA: AGRICULTURA N.73, SITUADA EN EL DISTRITO 4-GERMANIA, CANTON 3-SIQUIRRES DE LA PROVINCIA DE LIMON, LINDEROS: NORTE: LOTE 72-1, SUR: LOTE 75, ESTE: CALLE, OESTE: RIO DESTIERRO, la finca del Partido de Limón, matrícula 65246, con un área de CINCUENTA Y UN MIL CIENTO CATORCE METROS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS, descrita mediante plano catastrado L-0766220-1988, NATURALEZA: TERRENO PARA LA AGRICULTURA ASENTAMIENTO NEGUEV LOTE 71-A, SITUADA EN EL DISTRITO 4-GERMANIA, CANTON 3-SIQUIRRES DE LA PROVINCIA DE LIMON, LINDEROS: NORTE: RIO DESTIERRO, SUR: LOTE 72-1, ESTE: CALLE PUBLICA, OESTE: RIO DESTIERRO Y LOTE 68-A, y la finca del Partido de Limón, matrícula 171662, con un área de SEISCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, descrita mediante plano catastrado L-2083680-2018, NATURALEZA: TERRENO DE AGRICULTURA, SITUADA EN EL DISTRITO 4-GERMANIA, CANTON 3-SIQUIRRES DE LA PROVINCIA DE LIMON, LINDEROS: NORTE: CALLE PUBLICA, SUR: DEPORTIVO MUSTANG GT SOCIEDAD ANONIMA, ESTE: INVERSIONES TIAFETAM SOCIEDAD ANONIMA, OESTE: CALLE PUBLICA -DEPORTIVO MUSTANG GT SOCIEDAD ANONIMA, en favor de las siguientes personas poseedoras de estos inmuebles que a nivel de campo son una sola unidad productiva, según las áreas ocupadas por cada uno de ellos y numero de predio del INDER:

N° Predio
Nombre completo
Cédula

P-1
ERLINDO ANTONIO PEREZ FALLAS
700580364

P-2-1. P-2-2 y P-2-3
HANIEL GÓMEZ MORAGA
701590785

P-3-1 y P-3-2
LUIS GÓMEZ MORAGA
701440078

P-4-1. P-4-2, P-4-3, P-4-4 y P-4-5
CARLOS ZAMORA MORA
501440660

P-5
CARLOS GERARDO MORALES AGUILAR
ROCIÓ GÓMEZ MORAGA
602460022
701380725

P-6-1 y P-6-2
AGNER ARISTIDES VALERIN MOLINA
JUANA LEONOR GUTIERREZ MEDRANO
700930024
502620662

P-7-1 y P-7-2
INDER LO CONSERVA

P-8
JAIKEL HERNAN ALVARADO VALVERDE
KATTYA CISNEROS MORA
701980343

702420475

P-9-1 y P-9-2
HERNAN ANTONIO DEL CARMEN ALVARADO GONZALEZ
NIDIA MARIA VALVERDE ALVAREZ
203900270

602310272

P-10
MAIDA GISELLE VARGAS SEQUEIRA
JOSE ENRIQUE DE LA TRINIDAD DIAZ BRENES
700910506
302650469

P-11-1 y P-11-2
MARIA MARLENIS CASTRILLO CARRILLO
JOSE JOAQUIN CESPEDES PIZARRO
502450579
700550965

P-12
MARILUZ ALVAREZ PORRAS
JOSE EDUARDO CRUZ PORRAS
602450170
602320814

P-13-1, P-13-2 y P-13-3
GERALDINE VARGAS BATISTA
JORGE ARTURO VILLALOBOS LOPEZ
115080923
115120145

*Los predios que aparecen a nombre de dos personas es porque son pareja
* Cuando una misma persona aparece con más de un predio ejemplo P-13-1, P-13-2, P-13-3, es porque ese predio debió sufrir segregaciones por afectación de PNT, caminos u otros, pero es una misma área.

### ARTÍCULO 3- Dichos inmuebles serán utilizado como fincas agrícolas dedicadas a diferentes cultivos según disponga cada uno de los beneficiarios de esta norma.

### ARTÍCULO 4- Para otorgar los respectivos títulos, el Instituto de desarrollo Rural contara con un periodo de tiempo de 12 meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley para culminar el proceso de entrega de títulos de propiedad en favor de los beneficiarios.

### ARTÍCULO 5- El inmueble adjudicado y traspasado, a cada uno de los beneficiarios, no se le anotara o aplicada ningún tipo de restricción.

### ARTÍCULO 6- La escritura y su inscripción se formalizarán ante un notario público y estarán exentas del pago de impuestos, tasas, timbres y derechos municipales.
### ARTÍCULO 7- Se autoriza al Instituto de Desarrollo Rural (INDER) para que contrate notarios y topógrafos u otro personal de apoyo hasta el cumplimiento de la presente ley para que realicen los procesos derivados de esta, cuyo costo será a cargo del INDER.

### ARTÍCULO 8- Se autoriza a la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), para que condone totalmente las deudas pendientes de pago por concepto del principal e intereses corrientes, moratorias y póliza, por la asignación, a título oneroso, de predios otorgados a las citadas en el artículo 1 y 2 de esta norma.

Rige a partir de su publicación.

Marolin Azofeifa Trejos
Diputada

02 de setiembre de 2021

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

Este proyecto cumplió el trámite de revisión de errores formales, materiales.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/22666). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.