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Expediente22679Vigente
Proyecto

Archivado el proyecto que declaraba benemérito a Centeno Güell

El expediente 22.679, que declaraba benemérito de la patria a Fernando Centeno Güell, fue aprobado en el Plenario en 2022 pero quedó archivado y su plazo cuatrienal venció el 9 de setiembre de 2025.

Título oficial DECLARATORIA DE FERNANDO CENTENO GÜEL COMO BENEMÉRITO DE LA PATRIA

A quién le toca

  • A la familia de Fernando Centeno Güell, que impulsó la declaratoria
  • A las personas con discapacidad, a quienes el texto menciona como beneficiarias del legado de Centeno Güell
  • A la comunidad educativa del Centro Nacional de Educación Especial Fernando Centeno Güell

A quién beneficia

  • Reconocimiento honorífico para la figura de Fernando Centeno Güell
  • Visibilización de la enseñanza especial en Costa Rica

Qué cambia

  • El proyecto no se convirtió en ley y quedó archivado
  • El plazo cuatrienal venció el 9 de setiembre de 2025
  • La declaratoria no tuvo efecto jurídico

La explicación completa

Qué propone

El proyecto proponía declarar Benemérito de la Patria a Fernando Centeno Güell, maestro y pionero de la enseñanza especial en Costa Rica. El texto tiene un solo artículo: "Declárase Benemérito de la Patria al insigne ciudadano, humanista, benefactor de las personas con discapacidad, maestro, promotor cultural, escritor, poeta y académico, señor Fernando Centeno Güel, en reconocimiento a su valiosa trayectoria al servicio de Costa Rica" (art. único).

El proyecto no creaba instituciones ni daba dinero. Era un reconocimiento honorífico. Según el texto, Centeno Güell nació en San José en 1907, estudió pedagogía especializada en la Universidad Central de Madrid y se graduó en 1936 (art. único). Regresó a Costa Rica en 1939 e inició la atención de niños con discapacidad.

El texto también dice que la escuela que él fundó fue asumida por el Estado mediante el Decreto Ejecutivo N.°10, del 23 de julio de 1940 (art. único). Y que participó en la creación de escuelas de enseñanza especial en Nicaragua, Panamá y Honduras.

En qué va el trámite

El proyecto está archivado y su plazo cuatrienal venció. La ficha del expediente registra el vencimiento cuatrienal el 9 de setiembre de 2025 1.

El trámite avanzó hasta la votación en el Plenario el 11 de octubre de 2022. Ese día se aprobó con 51 votos a favor y cero en contra 02:07:40. Sin embargo, el expediente quedó archivado y no llegó a ser ley. El dossier no explica por qué no continuó después de esa votación.

Lo que se dijo en la Asamblea

En la sesión del 11 de octubre de 2022, la diputada Priscila Brinda Salazar dijo que la declaratoria llegaba en un momento en que "la discapacidad se habla y no se habla a la vez" 01:17:10. También dijo que los derechos de las personas con discapacidad "van muchísimo más allá que una rampa de autobús" 01:17:36.

La diputada Carolina Delgado Ramírez dijo que Centeno Güell fue "cofundador de la primera escuela de educación especial en nuestro país en el año de 1940" 01:20:28. Y agregó que "la patria no la construyen los colonos la patria la construyen Los Pioneros" 01:25:29.

La diputada Katia Cambronero Aguiluz dijo que Centeno Güell regresó al país en 1939 después de prepararse en Europa para ser maestro 01:26:49. Y que fundó un año después de su regreso la escuela que hoy lleva su nombre 01:28:28.

Al momento de la votación, la presidencia dijo: "declaramos al Señor Fernando Centeno well como Benemérito de la patria" 02:08:24. La votación fue de 51 votos a favor y 0 en contra 02:07:40.

Frente a la Constitución

El Censo no encontró choque entre este proyecto y la Constitución. El proyecto era un acuerdo de reconocimiento honorífico, no una ley que creara obligaciones o gastos. La Constitución permite a la Asamblea Legislativa dictar leyes y acuerdos Constitución, art. 121.

El artículo 124 de la Constitución dice que para convertirse en ley todo proyecto debe ser objeto de dos debates Constitución, art. 124. Este proyecto era un acuerdo, no una ley, y se votó en una sola sesión 02:07:40. El artículo 124 también dice que no tienen carácter de leyes los acuerdos tomados en uso de las atribuciones del artículo 121.

Qué puede hacer usted

Este proyecto ya está archivado y su plazo venció. Las herramientas de participación ciudadana de la guía sirven para proyectos en trámite, no para este caso.

Si quiere proponer un proyecto similar, puede usar el formulario web de la Asamblea Legislativa. La guía explica que no es necesario presentar el texto completo, basta con plantear la propuesta de forma sencilla guía, p. 27. La Oficina de Iniciativa Popular recopila esas iniciativas y las remite a los diputados.

También puede contactar a los diputados para que retomen el tema. La guía dice que la incidencia ciudadana se ejerce mediante entrevistas con los diputados, proponiendo argumentos de fondo guía, p. 29.

Lo que no sabemos

El dossier no dice por qué el proyecto no continuó después de la votación del 11 de octubre de 2022.

El dossier no dice si el acto formal de colocación del retrato se realizó.

El dossier no incluye el texto completo del Decreto Ejecutivo N.°10 del 23 de julio de 1940.

La Constitución y esta ley, lado a ladoSin choque aparente

El proyecto era un acuerdo honorífico de un solo artículo. No creaba obligaciones, gastos ni controles. El Censo no encontró choque con la Constitución.

  1. Constitución, art. 121"Dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica, salvo lo dicho en el capítulo referente al Tribunal Supremo de Elecciones"
    Esta ley, art. único"Declárase Benemérito de la Patria al insigne ciudadano, humanista, benefactor de las personas con discapacidad, maestro, promotor cultural, escritor, poeta y académico, señor Fernando Centeno Güel, en reconocimiento a su valiosa trayectoria al servicio de Costa Rica."

    Sin choque aparente La Asamblea tiene la potestad de emitir acuerdos. Este proyecto era un acuerdo de reconocimiento, no una ley que creara obligaciones.

  2. Constitución, art. 124"Para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo"
    Esta ley, art. único"Rige a partir de su aprobación."

    Sin choque aparente El proyecto era un acuerdo, no una ley. El artículo 124 exceptúa de los dos debates a los acuerdos tomados en uso de las atribuciones del artículo 121. Se votó en una sola sesión.

Esto es una lectura comparada, no un fallo. Solo la Sala Constitucional puede declarar una ley inconstitucional.

Lo que se dijo, minuto a minuto

  • 01:17:10

    "esta declaratoria de Don Fernando Centeno güell creo que nos viene en un momento donde la discapacidad se habla y no se habla a la vez"

    Priscila Brinda Salazar · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 01:17:36

    "los derechos de las personas con discapacidad compañeros y compañeras dan muchísimo más allá que una rampa de autobús"

    Priscila Brinda Salazar · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 01:20:28

    "Y a cambio erigir y ser cofundador de la primera escuela de educación especial en nuestro país en el año de 1940"

    Carolina Delgado Ramírez · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 01:25:29

    "que la patria no la construyen los colonos la patria la construyen Los Pioneros como Don Fernando Centeno well"

    Carolina Delgado Ramírez · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 01:26:49

    "hace 83 años un día de 1939 regresó a este país el maestro Fernando Centeno"

    Katia Cambronero Aguiluz · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 01:28:28

    "Don Fernando fundó un año después de su regreso la escuela que hoy lleva su nombre"

    Katia Cambronero Aguiluz · Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 02:07:40

    "con 51 votos a favor"

    Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

  • 02:08:24

    "declaramos al Señor Fernando Centeno well como Benemérito de la patria"

    Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022

Las citas vienen de los subtítulos de YouTube de la Asamblea. Cada hora abre el video en ese segundo.

Fuentes

  1. Expediente 22679: DECLARATORIA DE FERNANDO CENTENO GÜEL COMO BENEMÉRITO DE LA PATRIA Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-09-29
  2. Plenario Legislativo, sesión ordinaria #78, martes 11 de octubre 2022 Asamblea Legislativa Costa Rica, 2022-10-11
  3. Constitución Política (texto vigente) SINALEVI, PGR, 2026-11-02
  4. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica CONAMAJ, 2025, 2025
Límites de esta investigación
  • No se pudo leer el video dkIHLMHtmGA.
  • No se pudo leer el video XDKypHncWUw.
  • No se pudo leer el video mpmfNlD8TWc.
  • No se pudo leer el video zQp2XxlTnXM.

Investigado y verificado automáticamente el 2026-11-08. Cada cita textual se comprobó contra su fuente antes de publicar.

Texto oficial completo

Así lo publica la Asamblea Legislativa. Compárelo con el resumen de arriba: si algo no calza, créale al texto oficial.

Leer el texto completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE ACUERDO

DECLARATORIA DE FERNANDO CENTENO GÜELL COMO BENEMÉRITO DE LA PATRIA

ERICK RODRÍGUEZ STELLER DIPUTADO

EXPEDIENTE N.°22.679

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

PROYECTO DE ACUERDO

DECLARATORIA DE FERNANDO CENTENO GÜEL COMO BENEMÉRITO DE LA PATRIA

Expediente N.°22.679 ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El presente proyecto de acuerdo tiene por objeto declarar benemérito de la patria al insigne ciudadano, humanista, benefactor de las personas con discapacidad, maestro, promotor cultural, escritor, poeta y académico, Fernando Centeno Güell, pionero de la enseñanza especial, sin cuya visión, sostenido esfuerzo de estudio, formación de educadores especializados y una dedicación de toda una vida en la atención de una población de seres humanos que, por limitaciones visuales, auditivas y cognitivas sufrían de una penosa exclusión social. En el contexto de la primera mitad del siglo XX, por perjuicios de la época, las personas con discapacidad en muchos casos sufrían de abandono y tampoco contaban con las posibilidades de tener una debida atención que les posibilitara una vida digna. Gracias a la sensibilidad y visión del profesor Centeno Güell esta población pudo obtener acceso a la educación, que anteriormente de forma tácita debían vivir dependientes de sus padres y en muchos casos recluidos en asilos, instituciones de bien social o incluso condenados a la indigencia.

En La Gaceta N.°200 de jueves 14 de octubre de 2010 se publicó la Declaratoria de Institución Benemérita de la Patria al Centro Nacional de Educación Especial Fernando Centeno Güell, reconociéndose el valor histórico de esta importante institución. Es claro que las obras no surgen solas o por simple decreto, sino que ellas son la materialización visible de un sueño y de esfuerzos que responden a los ideales de un visionario. Con el paso del tiempo los hombres pasan y las obras permanecen, y estos hombres pioneros suelen ser invisibilizados y a veces injustamente olvidados.

La página oficial de la Editorial de Costa Rica expone la vida del educador de la siguiente manera:

Fernando Centeno Güell nació en San José en 1907. Fue becado por España, estudió pedagogía especializada en la Universidad Central de Madrid y en el Instituto Español de Educación, se graduó en 1936. De 1937 a 1939 ocupó el cargo de profesor en el Instituto Municipal de Deficientes de Barcelona, y representó el cargo, ad honórem de canciller en los consulados de Costa Rica, en Madrid y Barcelona. En 1936, emigró hacia Francia, donde completó estudios sobre la enseñanza de los niños con deficiencias mentales.

Regresó a Costa Rica en 1939 e inició la atención de los niños discapacitados y años más tarde su paso por la enseñanza especial ha sido reconocido en la institución que lleva su nombre, el Instituto de Educación Especial Fernando Centeno Güell. Incursionó en otras áreas como el ser miembro permanente del Comité Ejecutivo de la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO, representante del Instituto de Cultura Hispánica, el 4 de marzo de 1987 fue nombrado Miembro de Número de la Academia Costarricense de la Lengua y, en ese mismo año, también fue nombrado correspondiente hispanoamericano, en Costa Rica, de la Real Academia Española.

Su trabajo ha sido galardonado y reconocido en muchos campos del quehacer nacional e internacional:

  • Mención de Honor del Premio Interamericano de Educación Andrés Bello;

  • Honor al Mérito otorgado por el Ministerio de Educación de Costa Rica, el 30 de octubre de 1984;

  • Premio Magón, 1989 (otorgado en sesión solemne celebrada en el Teatro Nacional, por su labor de una vida dedicada a ser un distinguido educador, académico, poeta y promotor cultural);

  • Encomienda de la Orden de Isabel la Católica otorgada, en 1986 en Madrid, por su Majestad el Rey Juan Carlos de Borbón;

  • Doctorado Honoris Causa de la Universidad de Costa Rica, en diciembre de 1990.

Aunque su dinámica participación fue más conocida en el campo educativo, este no fue el aporte exclusivo de Centeno Güell. También se le reconoce por su labor literaria, en la que sobresalen las siguientes obras: Fábula del Bosque Signo y Mensaje, y El hacedor de sueños. Como escritor, editó sus primeros poemas a los 17 años, pues empezó a escribir a los 12. A partir de entonces, editoriales de Costa Rica, México y España han acogido su vasta cosecha literaria. Además, destacan sus escritos en prosa, especialmente en el área de la psicología, el teatro y la pedagogía.

Es necesario hacer esa reseña para comprender la trascendencia e importancia de la obra de don Fernando Centeno Güell, que buscó los apoyos y colaboraciones necesarias y requeridas de parte de diferentes actores profesionales y políticos para integrar esfuerzos en la comprensión, sensibilización y realización de esta obra, pionera en el tema de la inclusión, que logra su materialización efectiva, mediante el Decreto Ejecutivo N.°10, de 23 de julio de 1940, cuando la Escuela de don Fernando, que sostenía privadamente a duras penas, es asumida por el Estado, continuando él a la cabeza de la institución y abocándose a la formación de las primeras maestras en esta disciplina. Esta obra trascendió nuestras fronteras, por lo que don Fernando, con su equipo de colaboradores, participaron en la creación de Escuelas de Enseñanza Especial en los siguientes países: Nicaragua (11 de enero de 1946), Panamá (6 de mayo de 1946 y 14 de setiembre de 1951) y Honduras (20 de febrero de 1950). Cabe mencionar que, en 1946, en Guatemala, participó como asesor en la reorientación de la Escuela para Ciegos y Sordomudos. Dedicó gran parte de su vida a la enseñanza especial, una actividad marginada en ese tiempo por lo que no había educadores especializados, siendo él quien inició también la formación de los primeros maestros en este campo contribuyendo a que la niñez costarricense afectada por una discapacidad profunda contara con aulas, materiales, pupitres, maestras y en especial, con un plan educativo acorde con su propia realidad. Este tipo de enseñanza en Costa Rica, como lo dijo en vida don Fernando Centeno, es un sistema que ha evolucionado según las necesidades del país y está en un nivel alto, comparativamente con otros países de América. Para este pedagogo esto era muy satisfactorio, sobre todo si se considera que la enseñanza especial dio inicio con ocho niños y hoy miles reciben esa atención.

La declaratoria de Benemérito de la Patria a don Fernando Centeno Güell es una tarea pendiente en la Asamblea Legislativa. En legislaturas anteriores los diputados Edelberto Castilblanco Vargas y, posteriormente, Wálter Robinson Davis, en el uso de sus facultades, presentaron proyectos con este mismo objeto. Asimismo, en su oportunidad la diputada y ahora expresidenta Laura Chinchilla Miranda, también puso a despacho el proyecto que, sin embargo, no le hace justicia a la figura ni a la labor humanística y social de don Fernando Centeno Güell, quien también se destacó en las letras, siendo miembro de número de la Academia Costarricense de Lengua y colaborador en la fundación de otras instituciones como el Conservatorio Castella.

Por lo expuesto, y próximos al 15 de setiembre, Bicentenario de nuestra Independencia Patria, y conmemorando asimismo en dicha fecha el 28 aniversario del fallecimiento de don Fernando Centeno, es justo, meritorio y urgente, que del mismo modo que los legisladores que ya habían reconocido la nobleza de esta causa, retomo la propuesta, ahora también presentada por un grupo de ciudadanos, y familiares de don Fernando, para que la Asamblea Legislativa rinda el homenaje que merece tan destacado ciudadano. Que mejor fecha que el día de la patria, puesto que la obra de don Fernando vino a incluir en ella, a quienes por limitaciones intelectuales o físicas se veían excluidos de los derechos que ya hoy son reconocidos.

Tanto por el valor de su obra literaria como la trascendencia de su trabajo pedagógico, don Fernando Centeno Güell es uno de los hijos de la patria que con mayor ahínco ha laborado por el engrandecimiento de este país. Costa Rica está en deuda con este ilustre ciudadano, por lo que consideramos justo que el pueblo, por medio de quienes le representan, le rinda un homenaje de admiración y gratitud otorgándole el título de Benemérito de la Patria al cumplirse el centenario de su nacimiento.

Por estas razones, nos honramos en someter a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados el presente proyecto de acuerdo.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA ACUERDA:

DECLARATORIA DE FERNANDO CENTENO GÜEL COMO BENEMÉRITO DE LA PATRIA

ARTÍCULO ÚNICO- Declárase Benemérito de la Patria al insigne ciudadano, humanista, benefactor de las personas con discapacidad, maestro, promotor cultural, escritor, poeta y académico, señor Fernando Centeno Güel, en reconocimiento a su valiosa trayectoria al servicio de Costa Rica.

Rige a partir de su aprobación.

Erick Rodríguez Steller Diputado

17 de setiembre de 2021

NOTA: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

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