# Expediente 22751: Proyecto busca donar dos terrenos del INVU a vecinos de Paraíso

- Página: https://elcenso.com/leyes/22751
- Tipo: Proyecto de ley (expediente legislativo)
- Título oficial: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD, A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL BARRIO EL INVU DE PARAÍSO DE CARTAGO
- Publicada: 2021-11-05
- La Gaceta: 214
- Fuente oficial: https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx

## En resumen

Si se aprueba, el INVU pasaría dos terrenos en El Invu de Paraíso a la Asociación de Desarrollo Integral del barrio para plaza de deportes y salón comunal.

## A quién le toca

- La Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago, que recibiría los dos lotes.
- El INVU, que dejaría de ser dueño de los dos terrenos sin recibir pago.
- Las personas que usan la plaza de deportes y el salón comunal del barrio El Invu.

## A quién beneficia

- La Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago recibiría dos terrenos sin pagar.
- El barrio El Invu tendría terrenos con uso fijo para plaza de deportes y salón comunal.

## Qué cambia

- El INVU perdería la propiedad de dos lotes en Paraíso de Cartago.
- Los terrenos quedarían con un uso definido: plaza de deportes y salón comunal.
- El proyecto vence el 27 de octubre de 2029 y se archiva si no se aprueba antes.

## Cláusulas a revisar

- **Donación a una asociación con nombre propio** (1): El proyecto nombra a una sola asociación como beneficiaria de los dos terrenos del INVU. Texto: "Se autoriza al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Cédula jurídica 4 -000 – 042134, para que done a la Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago, con cedula jurídica 3002794335, provincia de Cartago, cantón de Paraíso, distrito central, los dos lotes que se describen a continuación"
- **El INVU entrega propiedad sin pago** (1): El texto no fija precio ni compensación para el INVU por los dos lotes. Texto: "para que done a la Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago"

## Explicación

### Qué propone

El proyecto autoriza al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) a donar dos terrenos a la Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). La donación es a título gratuito: el INVU entrega los lotes y no recibe pago por ellos.

El primer lote está inscrito en el Registro Público con la matrícula 58278-000, en el cantón de Paraíso, distrito central ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Mide seiscientos veinticinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados.

El segundo lote tiene la matrícula 51445-000, también en Paraíso, distrito central ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). Mide trescientos veintinueve mil ciento dos metros con treinta decímetros cuadrados, según el plano catastrado C-637475-86.

El texto fija un uso para los terrenos: ser espacio para la plaza de deportes y un salón comunal, con fines recreativos, comunales y solidarios para los barrios de la zona y el cantón ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

La Asociación beneficiaria tiene cédula jurídica 3002794335 y se constituyó el 28 de noviembre de 2019 al amparo de la Ley 3859, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### A quién le toca

A la Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago, que recibiría los dos lotes si el proyecto se aprueba ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

Al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, que dejaría de ser dueño de los dos terrenos y los pasaría sin cobro ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

A las personas que usan la plaza de deportes y el salón comunal del barrio El Invu, porque el texto destina los inmuebles a fines recreativos, comunales y solidarios ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)).

### En qué va el trámite

El expediente 22751 está en la Comisión Especial de Cartago (Área IV), que el 12 de febrero de 2026 votó y emitió dictamen [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El 2 de marzo de 2026 la comisión remitió el expediente a la Secretaría del Directorio.

El proyecto se presentó el 26 de octubre de 2021 y se publicó en La Gaceta el 5 de noviembre de 2021, en la gaceta 214 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx).

El plazo cuatrienal vence el 27 de octubre de 2029 [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). Si no se aprueba antes de esa fecha, el expediente se archiva.

Para que sea ley falta el debate en el Plenario en primer debate, la votación, el segundo debate y la firma y publicación ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)).

### Frente a la Constitución

El artículo 45 de la Constitución dice que "La propiedad es inviolable; a nadie puede privarse de la suya si no es por interés público legalmente comprobado, previa indemnización conforme a la ley" ([Constitución, art. 45](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto traslada propiedad pública del INVU a una asociación privada sin pago ([art. 1](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El Censo no encontró en el texto una justificación de interés público comprobado ni una indemnización, lo que deja una duda sobre cómo se cumple ese artículo.

El artículo 65 de la Constitución dice: "El Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio familiar del trabajador" ([Constitución, art. 65](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto cita ese artículo en su exposición de motivos y usa los terrenos para plaza y salón comunal, no para vivienda ([art. 2](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx)). El Censo no encontró choque entre ese fin y el artículo 65.

El artículo 121, inciso 1, de la Constitución da a la Asamblea Legislativa la atribución de dictar las leyes ([Constitución, art. 121](https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1)). El proyecto es un proyecto de ley ordinario que sigue ese trámite [\[1\]](https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx). El Censo no encontró choque en ese punto.

### Qué puede hacer usted

Si vive en El Invu de Paraíso o le interesa el proyecto, puede pedir información sobre el expediente 22751 a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa, que da información sobre el estado de tramitación de los proyectos de ley ([guía, p. 27](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)).

Puede pedir una entrevista con los diputados de la Comisión de Cartago (Área IV) para plantear su posición sobre el proyecto, antes de que pase al Plenario ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

Puede pedir a los diputados que presenten mociones de fondo para cambiar el texto mientras la comisión no haya votado ([guía, p. 28](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)).

Si el proyecto llega al Plenario, puede dar información y propuestas a los diputados para que presenten mociones de orden durante las primeras seis sesiones del primer debate ([guía, p. 29](https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)).

### Lo que no sabemos

El dossier no dice cuánto valen los dos terrenos ni cuánto dejaría de recibir el INVU.

El dossier no dice si la Asociación tiene planos, permisos de construcción o financiamiento para las mejoras de la plaza y el salón comunal.

El dossier no incluye el dictamen de la Comisión de Cartago del 12 de febrero de 2026 ni el sentido de la votación.

El dossier no tiene grabaciones de la Asamblea sobre este expediente.

## Frente a la Constitución

El texto dona dos terrenos públicos a una asociación sin pago. La Constitución protege la propiedad y exige interés público comprobado e indemnización para privar a alguien de lo suyo. El Censo no encontró en el texto esa justificación ni esa indemnización.

## Qué puede hacer usted

- Pedir información sobre el expediente a la Oficina de Iniciativa Popular: Solicite el estado de tramitación del expediente 22751 y las órdenes del día de la Comisión de Cartago (Área IV). (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=27)
- Entrevista con los diputados de la comisión: Pida una cita con los diputados de la Comisión de Cartago (Área IV) y explique su posición sobre la donación. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)
- Mociones de fondo en comisión: Pida a un diputado que presente una moción escrita para cambiar el texto ante la Secretaría de la comisión. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=28)
- Mociones de orden en el Plenario: Dé información y propuestas a los diputados para que presenten mociones de orden en el Plenario. (https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf#page=29)

## Lo que no sabemos

- El video "Comisión Provincia Cartago, martes 16 febrero 2021" no tiene subtítulos; no se citó.
- No se encontraron grabaciones de la Asamblea que mencionen este expediente.

## Fuentes

1. Expediente 22751: AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD, A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL BARRIO EL INVU DE PARAÍSO DE CARTAGO. Asamblea Legislativa, Sistema de Información Legislativa, 2021-11-05. https://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Consultas_SIL/SitePages/ConsultaProyectos.aspx
2. Herramientas de participación ciudadana en Costa Rica. CONAMAJ, 2025, 2025. https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/10/Herramientas-de-participacion-ciudadana.pdf
3. Constitución Política (texto vigente). SINALEVI, PGR, 2026-11-02. https://sinalevi.go.cr/ResultadosNormativa/Informacion?param1=871&param2=147492&param3=1

## Texto oficial completo

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO (INVU) PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD
A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE EL INVU DE PARAÍSO DE CARTAGO

JOSE MARÍA VILLALTA FLÓREZ-ESTRADA
DIPUTADO

EXPEDIENTE N°22.751

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES

NOTA: A solicitud de los proponentes, este Departamento no realizó la revisión de errores formales, materiales e idiomáticos que pueda tener este proyecto de ley.

PROYECTO DE LEY

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO (INVU) PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD
A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL
DE EL INVU DE PARAÍSO DE CARTAGO

Expediente N°22.751

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El barrio El Invu, del cantón de Paraíso de la provincia de Cartago, nace en 1956, ante la problemática de vivienda que se vivía en el cantón, donde un gran número de personas que habitaban casas inadecuadas y en malas condiciones, lo que obligó a la entonces corporación Municipal a iniciar gestiones ante el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, para la construcción de 25 viviendas, debidamente acondicionadas, en las que instalaron familias, para ese entonces la Municipalidad aportó la cantidad de sesenta mil colones.

Lo anterior lo relata el libro: “Memoria de la Municipalidad de Paraíso Periodo 1953-1958”, publicado por la imprenta Lehmann, en el cual también se destaca la correspondencia entre el municipio y la gerencia del Invu, que en ese momento según indica el documento, era ejercida por el ex presidente don Rodrigo Carazo Odio, (q.d.d.g).

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, entidad creada para desarrollar los postulados para la concreción del Estado Social de Derecho consagrado constitucionalmente en su artículo 50, y que prescribe como parte de sus contenidos la garantía del artículo 65 de la Constitución Política : “Artículo 65: El Estado promoverá la construcción de viviendas populares y creará el patrimonio familiar del trabajador”; llevó a buen puerto la conformación de uno de los barrios más antiguos del distrito central de Paraíso, habitado desde entonces, y hasta la fecha, por familias trabajadoras que han contribuido al desarrollo del cantón.

El desarrollo del barrio ha contado con dos fincas para el uso comunal: una plaza de deportes, conocida como “la cancha” y un salón comunal, conocido como el “centro de nutrición”, este último ha cumplido como espacio físico por muchos años con la labor de alimentación a la niñez que han realizado los CEN CINAI.

Los supracitados inmuebles, pertenecen al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, según consta en el Registro Nacional de la propiedad. Lo anterior no constituyó un inconveniente históricamente, dado que fueron utilizados para fines recreativos, comunales, solidarios y religiosos por los barrios de la zona y el propio cantón. Sin embargo, el paso del tiempo, y tras de varias décadas de uso, ambas instalaciones se encuentran muy deterioradas y generan problemas de salubridad, con un tendido eléctrico y fluvial deficiente, que hacen imposible hacer un uso correcto del espacio.

Es por lo anterior que el pasado 28 de noviembre del 2019, tras muchos esfuerzos comunales, al amparo de la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad, Ley N° 3859, se constituye la Asociación de Desarrollo Integral del Barrio El INVU, cédula jurídica 3002794335, que tiene como objetivos, la participación de la comunidad activa y voluntaria de la comunidad en la gestión de sus intereses económicos, sociales y culturales dentro de lo que se contempla de manera puntual en ejecución de sus actividades el brindar mejoras sustanciales al espacio destinado a la plaza y del salón comunal, para beneficio de la comunidad, así como y procurar un mejor y más seguro uso de los mismos para la consecución del desarrollo del barrio.

La Asociación tiene su domicilio en el cantón de paraíso en su distrito Primero y tiene como límites según consta en su libro de actas son los siguientes: “Al norte con el barrio la Estación; al sur con la calle del Liceo de Paraíso, al costado este con el Parque de Paraíso; y al costado oeste con el cementerio de Paraíso.” Dichos limites son los correspondientes a la zona llamada “El Cucaracho”, por la división del Área de Salud de Paraíso-Cervantes, y cuenta con una población de 5378 personas, según el reporta dicha área.

Siendo las mejoras de la plaza de deportes y del salón comunal, una forma de puntual de desarrollo de las condiciones de vida de la comunidad, y como parte de los objetivos de la Asociación de Desarrollo Integral, El INVU Paraíso de Cartago, en atención a lo estipulado en el inciso c) del artículo 3 de su acta constitutiva que indica que para cumplir sus fines debe “ …colaborar con el Gobierno, las municipalidades o cualquier organismo cuyas actividades contribuyan al desarrollo de la Comunidad mediante la participación activa de los vecinos de la comunidad” , solicitan a este Diputado realizar la propuesta que se plasma en esta iniciativa y que se ha construido con la comunidad, para que se autorice al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, dentro de los fines de la legislación para los que fue creado, done estos terrenos a una comunidad que los ha usado y les ha dado mantenimiento históricamente, para que ésta puede generar proyectos de inversión, según lo faculta la ley No. 3859, Ley sobre Desarrollo de la Comunidad, del 7 de abril de 1967,  al igual que otras formas de financiamiento y donaciones privadas.

En virtud de las consideraciones expuestas, sometemos a conocimiento de la Asamblea Legislativa el siguiente proyecto de ley para su estudio y aprobación por parte de los señores diputados y las señoras diputadas.

**LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA**
**DECRETA:**

AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO PARA QUE DONE DOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD, A LA
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DEL BARRIO
EL INVU DE PARAÍSO DE CARTAGO

### ARTÍCULO 1- Se autoriza al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, Cédula jurídica 4 -000 – 042134, para que done a la Asociación de Desarrollo Integral de El Invu Paraíso de Cartago, con cedula jurídica 3002794335, provincia de Cartago, cantón de Paraíso, distrito central, los dos lotes que se describen a continuación:

A) Registro Público de la Propiedad Folio Real matrícula 58278-000 provincia de Cartago, cantón 2 Paraíso, distrito 1 central. Naturaleza: terreno para construir, con una medida de seiscientos veinte cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados, con los siguientes linderos: Norte: calle pública; Sur: calle pública y Teresa Brenes; Este: calle pública y Teresa Brenes; Oeste: calle pública y Teresa Brenes.

B) Registro Público de la Propiedad Folio Real matrícula N°51445--000, provincia de Cartago, cantón 2 Paraíso, distrito 1 central. Naturaleza: terreno para construir, con una medida de trescientos veinte nueve mil ciento dos metros con treinta decímetros cuadrados, con los siguientes linderos: Norte: Luis Angel Palma Araya; Sur: Calle pública; Este: calle pública; oeste: calle pública. de conformidad con el plano catastrado C-637475-86.

### ARTÍCULO 2- Los inmuebles objeto de la donación tendrán como fin ser un espacio para la plaza de deportes, un salón comunal, utilizados para fines recreativos, comunales, solidarios por los barrios de la zona y el propio cantón.

Rige a partir de su publicación.

José María Villalta Flórez-Estrada Sylvia Patricia Villegas Álvarez

Xiomara Priscilla Rodríguez Hernández
Diputado y diputadas

28 de octubre de 2021

NOTAS: Este proyecto aún no tiene comisión asignada.

El Departamento de Servicios Parlamentarios ajustó el texto de este proyecto a los requerimientos de estructura.

Fuente: El Censo (https://elcenso.com/leyes/22751). Resumen en lenguaje sencillo; ante cualquier diferencia, vale el texto oficial.